THUCISTAS DESESPERADOS POR SU SITUACIÓN DE INTRUSOS, PARA ENGAÑAR DICEN TENER UNA MISIÓN Y JURISDICCIÓN DADA TÁCITAMENTE POR PÍO XII EN 1981 A SUS SECTAS Y DE SUS SECTAS A LOS QUE ELLOS DECIDAN
S.S.Pío XII les responde:
"Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus"
S.S.Pío XII les responde:
"Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus"
Ahora no podéis ignorar que ellos no tuvieron, ni tienen, de ninguna manera en absoluto, esta misión. Porque si Nuestro Señor los hubiera enviado, habría sido o bien mediata o bien inmediatamente. Decimos que la misión se da mediatamente cuando somos enviados por alguien que tiene de Dios el poder de enviar, según el orden que Él ha establecido en su Iglesia; y tal fue la misión de San Dionisio en Francia por Clemente, y la de Timoteo por San Pablo. La misión inmediata es cuando Dios mismo ordena y da un encargo, sin la interposición de la autoridad ordinaria que Él ha puesto en los prelados y pastores de la Iglesia: como fueron enviados San Pedro y los Apóstoles, recibiendo de la propia boca de Nuestro Señor este mandamiento: Id por todo el mundo y predicad el Evangelio a toda criatura; $^*$ y como Moisés recibió su misión ante el Faraón y ante el pueblo de Israel. Pero ni de una ni de otra manera tienen vuestros ministros misión alguna. ¿Cómo, entonces, han emprendido la tarea de predicar? ¿Cómo predicarán, dice el Apóstol, si no son enviados?
[...]
Primero, digo entonces que nadie debe alegar una misión extraordinaria a menos que la pruebe mediante milagros: porque, os ruego, ¿dónde estaríamos si este pretexto de misión extraordinaria hubiera de ser aceptado sin prueba? ¿No sería un manto para toda clase de delirios? Arrio, Marción, Montano, Mesalio, ¿no podrían ser recibidos en esta dignidad de reformadores, prestando el mismo juramento?
[...]
Digo, en segundo lugar, que jamás debe recibirse una misión extraordinaria cuando es desautorizada por la autoridad ordinaria que está en la Iglesia de Nuestro Señor.
Porque:
(1.) estamos obligados a obedecer a nuestros pastores ordinarios bajo pena de ser considerados paganos y publicanos (Mat. xviii. 17): —¿cómo, entonces, podemos ponernos bajo otra disciplina que no sea la suya? Los extraordinarios vendrían en vano, ya que estaríamos obligados a negarnos a escucharlos en el caso de que fueran, como he dicho, desautorizados por los ordinarios.
(2.) Dios no es el autor de la disensión, sino de la unión y de la paz (1 Cor. xiv. 33), principalmente entre sus discípulos y los ministros de la Iglesia; como Nuestro Señor muestra claramente en la santa oración que hizo a su Padre en los últimos días de su vida mortal (Juan xvii.)
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https://archive.org/details/catholiccontrove00sain/page/12/mode/2up?
https://archive.org/details/catholiccontrove00sain/page/18/mode/2up?
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