VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

✠✠ "Sede Vacante Nihil Innovetur" ✠ "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus" ✠ "Inferior non potest tollere legem superioris" ✠✠
Mostrando entradas con la etiqueta S.S. San Siricio. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta S.S. San Siricio. Mostrar todas las entradas

DE LA SEDE APOSTÓLICA SURGIÓ EL EPISCOPADO

Cardenal Joseph Hergenröther
Catholic church and Christian state
1876




Benedicto XIV cita la Epístola de Inocencio I a los obispos del Concilio de Cartago (Hard. i. 1025) n. 1, en la cual alaba a los obispos como «conscientes de lo que se debe a la Sede Apostólica; ya que todos los que estamos situados en este lugar deseamos seguir al propio Apóstol (Pedro), de quien surgió el mismo episcopado y toda la autoridad de este nombre». También la Ep. ad Victric. 2, n. 2, y antes que él, S.S.Siricio, Ep. 5, ad Episc. Afric.: «por quien tanto el Apostolado como el episcopado tuvieron su comienzo en Cristo».

Los obispos africanos escribieron al Papa Teodoro (Hard. iii. 734) que la Santa Sede era la «fuente de la cual brotan arroyos en abundancia, regando extensamente todo el mundo de los cristianos». León el Magno dice con mayor claridad aún, Ep. 10, ad Episc. Prov. Vienn. c.i. (cc. vii. d.19): «El Señor quiso que el sacramento de este don perteneciera al oficio de todos los Apóstoles de tal manera que lo colocó principalemente en el bienaventurado Pedro, el más alto de todos los Apóstoles, para que desde él mismo, como de una especie de cabeza, sus dones fluyan hacia todo el cuerpo, de modo que entienda que está exento del misterio divino quien se haya atrevido a separarse de la solidez de Pedro».

Benedicto comenta sobre estas palabras: «Y estima que esto fue hecho por Cristo el Señor con ese sapientísimo consejo». Santo Tomás, l. iv. c. gent. c. lxxvi.: «Para que, mediante este flujo continuo y casi perenne de jurisdicción de la cabeza a los miembros, el nexo de todos con ella fuera más firme y sólido, y se conservara mejor la unidad de la Iglesia. Solo a él —dice el Angélico, n. 4, hablando de la promesa de Cristo hecha a Pedro— prometió: 'A ti te daré las llaves del reino de los cielos', para que se mostrara que la potestad de las llaves debía derivarse a través de él hacia los demás para conservar la unidad de la Iglesia».

Los mismos argumentos que los de Benedicto son utilizados por San Buenaventura, Opusc. Quare fratres minores praedicent, Opp. t. vii. p. 340, ed. Lugd. 1668; Belarmino, l. iv. de Rom. Pont. c. xxiv. et xxv.; Vargas, en toda su obra sobre la jurisdicción de los obispos; Suárez, de Leg. iv. 4 p. tot.; Fagnan. en c. Perniciosam, n. 20, hasta el final, tit. de off. ordin.

También podemos citar las palabras de León el Magno, Serm. iv. de Natal. ips. c. ii.: Pedro «ha sido inundado por la fuente misma de todos los carismas con tan copiosos riegos que, aunque recibió mucho él solo, nada pasó a nadie sin su participación... si quiso que algo fuera común a los demás príncipes con él, nunca dio sino a través de él lo que no negó a los otros». Cf. ib. c. iv.

Aquí también pueden referirse las palabras de San Cipriano, de Unit. Eccl. c. ii., donde se dice, respecto a una cita de San Mateo xvi. 18 sig. y San Juan xx. 21 sig.: «Sobre uno edifica la Iglesia... para manifestar la unidad, dispuso con su autoridad que el origen de esa misma unidad comenzara desde uno». Cf. Ep. 73, ad Jubajan.; Ep. 55, ad Cornel. También las palabras de los Padres de Aquileya, 381, Ep. ad Imp. Constant. p. 554: «Pues desde allí (desde la Iglesia Romana, cabeza de todo el orbe) emanan hacia todos los derechos de la venerada comunión».



***


S.S. Pío XII

1942 A LOS PÁRROCOS Y A LOS CUARESMEROS DE ROMA 

"...el Vicario de Cristo es el centro de su unidad y la fuente de la autoridad, pues a él deben estar unidos todos los demás Pastores, que de él reciben inmediatamente su jurisdicción y su misión; a él corresponde confirmarlos en la fe, como Pastor primero y universal, y, como Pastor de los Pastores, prevenir y corregir los abusos, guardar inviolable el depósito de la doctrina de Cristo y de la santidad de la moral, condenar auténticamente el error. Sólo él, sucesor de Pedro, Piedra fundamental de la Iglesia."

S.S. Pío XII
1943 MYSTICI CORPORIS CHRISTI

"Por lo cual los obispos no solamente han de ser considerados como los principales miembros de la Iglesia universal, como quienes están ligados por un vínculo especialísimo con la Cabeza divina de todo el Cuerpo y por ello con razón son llamados «partes principales de los miembros del Señor», sino que, por lo que a su propia diócesis se refiere, apacientan y rigen como verdaderos pastores, en nombre de Cristo, la grey que a cada uno ha sido confiada; pero, haciendo esto, no son completamente independientes, sino que están puestos bajo la autoridad del Romano Pontífice, aunque gozan de jurisdicción ordinaria, que el mismo Sumo Pontífice directamente les ha comunicado." 


S.S. Pío XII
1954 AD SINARUM GENTEM

"Además - lo que del mismo modo ha sido establecido por disposición divina - a la potestad de orden (en virtud de la cual la Jerarquía eclesiástica se halla compuesta de Obispos, sacerdotes y ministros) se accede recibiendo el sacramento del Orden sagrado; la potestad de jurisdicción, además, que al Sumo Pontífice es conferida directamente por derecho divino, proviene a los Obispos del mismo derecho, pero solamente mediante el Sucesor de San Pedro, al cual no solamente los simples fieles, sino también todos los Obispos deben estar constantemente sujetos y ligados con el homenaje de la obediencia y con el vínculo de la unidad."

S.S. Pío XII
1958 AD APOSTOLORUM PRINCIPIS
1958

"... volvimos a referirnos a esta doctrina con estas palabras "La potestad de jurisdicción que se confiere directamente por derecho divino al Sumo Pontífice llega a los obispos por ese mismo derecho, pero sólo a través del sucesor de Pedro, al que no sólo los fieles sino también todos los obispos están obligados a estar constantemente sujetos y a adherirse tanto por la reverencia de la obediencia como por el vínculo de la unidad."




***
RELACIONADO

PÍO XII ENSEÑA POSITIVAMENTE QUE LA JURISDICCIÓN DEL OBISPO ES MEDIATA
Joaquín Salaverri S.J.

DEFINITIVAMENTE NO ES LIBRE PARA  SOSTENER QUE LA DOCTRINA ESTABLECIDA POR EL SANTO PADRE PUEDE SER RECHAZADA O MODIFICADA EN ABSOLUTO
Mons. Joseph C. Fenton

ESTA DOCTRINA ES ABSOLUTAMENTE CIERTA
Mons. Jean Marie Hervé

LA FALSA OPINIÓN DE LA JURISDICCIÓN INMEDIATA DEL OBISPO POR DIOS
ES LA OPINIÓN DESESPERADA DE LOS GALICANISTAS

Franz Xaver Wernz S.J.

***

SAN PEDRO PRINCIPIO DEL APOSTOLADO Y DEL EPISCOPADO

S.S. San Siricio

"Cuando nos reunimos muchos hermanos, nos reunimos junto a los restos del santo apóstol Pedro, 
por quien comenzó el apostolado y el episcopado..."

«Cum in unum plurimi fratres,  convenissemus ad sancti apostoli Petri reliquias, per quem et apostolatus et episcopatus sumpsit exordium ... » 

Migne, PL 13, 1155; I. D.
Mansi, Conciliorum amplissima collectio, 3, 669. 

P. Dino Staffa:  El papa Siricio, escribiendo al concilio de los obispos de África el 6 de enero del 386, empieza la carta con estas palabrasCum in unum plurimi fratres convenissemus ad sancti apostoli Petri reliquias, per quem et apostolatus et episcopatus sumpsit exordium” 51 ; con estas palabras —como lo demuestra el uso que de ellas se hizo después— no sólo se significa que San Pedro fue el primero en el apostolado y en el episcopado, según el orden del tiempo, del honor o del poder, sino que el mismo apostolado y episcopado de él derivan como de propia fuente. Con todo derecho por tanto estas palabras, que contienen un principio doctrinal de gran importancia, se insertaron después como fórmula habitual en las cartas de los Bomanos Pontífices.
(cf. M. MACARRONE, La doctrina del primado papal del siglo IV al VIII, Spoleto 1960, p.61.)


Il Papa S. Siricio, il 6 gennaio 386, scrive al Concilio dei Vescovi d'Africa una lettera che comincia così: "Essendoci riuniti in moltissimi fratelli davanti alle reliquie del Santo Apostolo Pietro, per mezzo del quale ebbe origine sia l'apostolato che l'episcopato..."

« Cum in unum plurimi fratres, convenissemus ad sancti apostoli Petri reliquias, per quem et apostolatus et episcopatus sumpsit exordium...» (MIGNE, PL 13, 1155; I. D. MANSI, Conciliorum amplissima collectio, 3, 669). Queste parole, come appare dall'uso che ne fu fatto, non significano soltanto che S. Pietro fu primo in ordine di tempo, di onore e di autorità, ma che da lui l'apostolato e l'episcopato hanno origine come dalla loro fonte; per questo il passato remoto del « sumpsit » diviene presente in documenti successivi e il testo, che enuncia un principio dottrinale della massima importanza, fu poi inserito, come una formula abituale, nelle Lettere dei Sommi Pontefici (cf. M. MACCARRONE, La dottrina del Primato Papale dal IV all'VIII secolo, Spoleto 1960, p. 61).

***

S.S. SAN SIRICIO Y S.S. SAN ANASTASIO I, PAPAS Nº 39 Y 40

SAN SIRICIO (384-398)

Este Papa promulgó decretos generales sobre asuntos de disciplina canónica y litúrgica; sostuvo la necesidad de la pureza y santidad de los eclesiásticos y el derecho del obispo de Roma a corregir a los equivocados. Es célebre su carta a Himerio de Tarragona en la que fija puntos esenciales de disciplina. 

Su pontificado fue turbado por la herejía de los priscilianistas, que practicaban un ascetismo exagerado, y por la de Joviniano y Bonoso, que entre otras cosas negaban la virginidad de María. 

Restauró la basílica de San Pablo.
Fue sepultado en el cementerio de Priscila, y Pascual II trasladó sus reliquias a Santa Práxedes.


SAN ANASTASIO I (399-402)

Fue romano, hijo de Máximo. 

Durante su pontificado se enconó aún más la cuestión sobre las doctrinas de Orígenes, iniciada bajo su antecesor. No consta que Anastasio hubiese tomado ninguna medida contra el defensor de Orígenes, Rufino, como algunos quisieran sostener. 

Tuvo también que ocuparse de la cuestión de los donatistas. 

Fue sepultado en el cementerio "ad Ursum pileatum" en la vía de Porto.
Durante este pontificado se celebró el primer concilio de Toledo.

Los Papas, desde San Pedro hasta Pío XII
Giuseppe Arienti
Con Licencia Eclesiástica 1945


***