VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

✠✠ "Sede Vacante Nihil Innovetur" ✠ "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus" ✠ "Inferior non potest tollere legem superioris" ✠✠
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TEXTOS DE LAS SAGRADAS ESCRITURAS CONTRA LA PLURALIDAD Y LIBERTAD DE CULTOS



El primer precepto de la ley escrita y promulgada en el monte Sinaí, dice: «No tendrás dioses ajenos delante de mí.» (ÉXODO, CAPÍTULO 20, VERSÍCULO 3.)

Irritado Dios contra los israelitas por haber faltado al precepto anterior, dice a Moisés: «Déjame que los extermine.»

Dios perdona al pueblo israelita, pero después de haber sido pasados a cuchillo 23.000 idólatras.

En el DEUTERONOMIO, CAPÍTULO 11, se lee: «No adoréis a ningún Dios extraño.»

«La ciudad que reconociese dioses extraños, será pasada a cuchillo y desolada.»

Si audieris in una urbium tuarum... Eamus et serviamus, diis alienis quos ignoratis...; si inveneris certum esse quod dicitur... statim percuties habitatores urbis illius in ore gladii, et delebis eam et omnia quae in illa sunt usque ad pecora. (DEUTERONOMIO, CAPÍTULO 13.) Traducción: "Si oyes en una de tus ciudades... Vamos y sirvamos a dioses extraños que no conocéis...; si encuentras que es cierto lo que se dice... enseguida golpearás a los habitantes de aquella ciudad a filo de espada, y la borrarás a ella y a todo lo que en ella hay hasta el ganado."

Luego que los israelitas entraron en la tierra de promisión, recibieron orden de Dios de ser intolerantes con el error, derribar sus ídolos, destruir sus aras y todo lugar en que se les diera culto. (ÉXODO, CAPÍTULO 34, VERSÍCULO 13.)

Dios enseña a su pueblo en el DEUTERONOMIO, CAPÍTULO 17, a quién ha de elegir por Rey, y manda que sea de su mismo pueblo, de su misma creencia y Religión, y no de otra, el que el mismo Dios escoja, y no el que por cualquier motivo quiera tomar su pueblo; y da al Rey que fuese elegido los consiguientes preceptos. «Después que se hubiere sentado en el trono de su reino, trasladará la recapitulación de esta ley, conforme al original que le darán los sacerdotes de la tribu de Leví, y tendrá este traslado consigo, y le leerá todos los días que viviere, para que aprenda a temer a su Dios y Señor, y guardar sus palabras y las ceremonias que se mandan en la ley. No se levante ni ensoberbezca su corazón sobre sus hermanos, ni se aparte un punto de lo que le está mandado, echando a la diestra o a la siniestra; porque si así lo hiciere, reinará largo tiempo él y sus hijos sobre Israel.»

En JOSUÉ, CAPÍTULO 1, se lee: «Esfuérzate y sé muy valeroso, y esforzado, para guardar y cumplir toda la ley que mandó Moisés, mi siervo, y no declines ni te apartes de ella a una parte ni a otra, porque así entenderás todo lo que debes hacer. Mira que tengas delante siempre el libro de esta ley, y que de día y de noche pienses en él para que guardes y cumplas todo lo que en él está escrito, porque así entenderás sus caminos y acertarás en ellos. Yo soy el que te lo mando; esfuérzate, ten ánimo, y sé robusto. No temas ni te espantes, porque tu Señor Dios está contigo para todas las cosas que emprendieres.»

Estando Josué próximo a la muerte, encargó a los capitanes y principales del pueblo guardasen la ley de Dios con suma diligencia, añadiendo estas palabras: «Haciéndolo así, el Señor Dios desarraigará delante de vosotros las gentes grandes y poderosas, y ninguno os podrá resistir; uno de vosotros perseguirá a mil de sus enemigos, porque vuestro Señor Dios peleará por vosotros, como lo tiene prometido: solamente procurad vosotros con grandísimo cuidado llamar a vuestro Dios y Señor.» (JOSUÉ, CAPÍTULO 23.)

Estando David para morir, dirigió a su hijo Salomón las siguientes palabras: «Guarda los mandamientos de tu Señor Dios y sus ceremonias, y sus juicios, y sus preceptos como están escritos en la ley de Moisés...; si tus hijos guardaren mi ley y anduvieren en mi acatamiento en verdad y con todo su corazón... no faltará de tu casta y generación Rey que se asiente en el Trono de Israel.» (1 REYES, LIBRO 1, CAPÍTULO 2.)

Dios dijo al Rey Salomón: «Si anduvieres por los caminos derechos que yo te he mostrado, y guardares mis preceptos y mandamientos como los guardó David, tu padre, yo te daré largos años de vida.» (1 REYES, LIBRO 1, CAPÍTULO 3.)

En el libro de la SABIDURÍA, CAPÍTULO 6, se lee: «Oídme, ¡oh Reyes! y entendedme, y los jueces de la tierra aprendan. Dadme oídos vosotros que gobernáis los pueblos y os complacéis en el mando de las naciones populosas, porque la potestad que tenéis el Señor os la ha dado...: porque siendo ministros de su reino no habéis juzgado con rectitud, ni guardado la ley de la justicia, ni caminado conforme a la voluntad de Dios. Presto y espantoso os aparecerá, porque se hará juicio durísimo contra los que presiden y gobiernan a los otros...

Doquiera que ha entrado este pueblo sin arco y sin flecha, sin escudo y sin espada, su Dios ha peleado por él y ha vencido, y no ha habido quien le haya podido sujetar sino cuando se ha apartado del libro de su Dios y Señor, y todas las veces que han dejado a su Dios y tomado otro, fueron despojados y muertos a cuchillo, y han sido oprobio de sus enemigos.» (JUDIT, CAPÍTULO 5.)

Dios mandó a los israelitas que no tratasen ni comunicasen con los cananeos, gebuseos y amorreos, que no se juntasen con ellos; que no se casasen ni tuviesen que ver con los infieles; que les hagan guerra y destruyan sus ciudades; que maten a los falsos profetas, para enseñarnos el odio y aborrecimiento que debemos tener a todos los que son enemigos de Dios y contrarios a nuestra purísima Religión. (DEUTERONOMIO, CAPÍTULOS 6 Y 31.)

En el libro de los REYES, hablando el Espíritu Santo de los pueblos de Samaria que servían a Dios y al mismo tiempo a los ídolos, dice lo siguiente: «Y por esto envió Dios sobre ellos muchos leones para que los despedazasen y matasen.» (2 REYES, CAPÍTULO 17.)

El Señor dijo, por medio de Moisés, a los de su pueblo: «Apartaos de los tabernáculos y tiendas de los impíos, y no toquéis cosa que pertenezca a ellos, para que no seáis castigados con ellos.» (NÚMEROS, CAPÍTULO 16.)

Los pecados de David y de Ezequías, a pesar de haber sido tan graves, no son considerados como pecados comparados con los de otros Reyes que, o fueron idólatras, o permitieron la idolatría, y fueron descuidados en la Religión. (ECLESIÁSTICO, CAPÍTULO 49.)

Los libros de JOSUÉ, de los JUECES, los SALMOS, las profecías, el libro de los MACABEOS y otros, contienen multitud de pasajes explícitos y terminantes en que Dios prohíbe la pluralidad y libertad de cultos.

Jehú dijo al Rey Josafat: «¿Al impío ayudas y tienes amistad con los que son enemigos de Dios? Por este pecado mereces la ira del Señor.»

Los Apóstoles, y principalmente San Pablo, en la PRIMERA EPÍSTOLA A LOS CORINTIOS, CAPÍTULO 10, atacan a la apostasía, a la idolatría, al judaísmo, a la herejía, y por consiguiente a la pluralidad y libertad de cultos. En el CAPÍTULO 10 dice: «Huid del culto a los ídolos.»

El mismo Apóstol prohíbe a los cristianos comer las carnes destinadas antes a un culto idolátrico; que tengan trato con los que no son cristianos; que no acudan a los tribunales paganos; que prefieran como árbitro al más despreciable de los cristianos, mejor que al más sabio de los paganos; que no contraigan matrimonios civiles, y no se casen con infieles. Nolite jugum portare cum infidelibus. Quae enim participatio justicia cum iniquitate? Aut quae societas lucis ad tenebras? Qui autem consensus templo Dei cum idolis? (2 EPÍSTOLA A LOS CORINTIOS, CAPÍTULO 6, VERSÍCULOS 14 Y 17.). San Mateo (MATEO, CAPÍTULO 12,) dice: «El que no está por mí, está contra mí; el que no coge conmigo, derrama.» Traducción: "No llevéis el yugo con los infieles. ¿Qué participación tiene la justicia con la iniquidad? ¿O qué sociedad la luz con las tinieblas? ¿Y qué acuerdo el templo de Dios con los ídolos?"

San Pablo, escribiendo a los GÁLATAS, les dice que ni por una hora, ni por un momento, había querido rendirse, ni consentir con los falsos hermanos que sembraban la mala doctrina en el campo de la santa Iglesia.

San Juan reprende en el APOCALIPSIS al ángel Obispo de Pérgamo porque tenía consigo algunos que seguían la doctrina y errores de los nicolaitas, y al Obispo de Tiatira, porque permitía que Jezabel engañase a los siervos de Dios.

No son menos explícitos y terminantes contra los herejes y la tolerancia en ellos los siguientes textos: DEUTERONOMIO, CAPÍTULO 13, VERSÍCULO 1; CAPÍTULO 13, VERSÍCULO 5; CAPÍTULO 15, VERSÍCULO 20; 1 REYES, CAPÍTULO 18, VERSÍCULO 40; 2 REYES, CAPÍTULO 10, VERSÍCULO 25; MATEO, CAPÍTULO 6, VERSÍCULO 15; San Pablo a los ROMANOS, CAPÍTULO 16, VERSÍCULOS 1 Y 2; a TIMOTEO, CAPÍTULO 1, VERSÍCULO 17; CAPÍTULO 3, VERSÍCULO 5; a TITO, CAPÍTULO 3, VERSÍCULO 10; 2 TESALONICENSES, CAPÍTULO 3, VERSÍCULO 14; 1 JUAN, CAPÍTULO 2, VERSÍCULO 10; APOCALIPSIS, CAPÍTULO 2, VERSÍCULO 14.







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Éxodo 20

    • 3 No tendrás otros dioses delante de Mí.

Éxodo 34
    • 13 Antes bien, destruid sus altares, quebrad sus piedras idolátricas y romped sus ascheras.
    • 14 No te postrarás ante ningún otro Dios, pues Yahvé, cuyo nombre es Celoso, es un Dios celoso. 
    • 15 No hagas pacto con los moradores de aquella tierra, porque ellos fornican con sus dioses y les ofrecen sacrificios. Te invitarán y tú comerás de sus sacrificios; 
    • 16 y tomarás de sus hijas para tus hijos; y fornicando sus hijas con sus dioses harán también fornicar a tus hijos con los dioses de ellas
Deuteronomio 13 
    • 1 Si se levantare en medio de ti un profeta, o un soñador de sueños, que te anuncia una señal o un prodigio, 
    • 2 aunque se cumpliere la señal o prodigio de que te habló, diciendo: ‘Vamos tras otros dioses, que tú no conoces, y sirvámoslos’, 
    • 3 no escucharás las palabras de ese profeta, o de ese soñador de sueños porque os prueba Yahvé, vuestro Dios, para saber si amáis a Yahvé, vuestro Dios, con todo vuestro corazón y con toda vuestra alma. 
    • 4 Id en pos de Yahvé, vuestro Dios; a Él habéis de temer; guardad sus mandamientos; escuchad su voz, servidle y allegaos a Él. 
    • 5 Ese profeta, o ese soñador de sueños, será muerto, por haber predicado rebelión contra Yahvé, vuestro Dios, que os sacó de Egipto y te rescató de la casa de la servidumbre, para apartarte del camino por donde Yahvé, tu Dios, te ha mandado que andes. Así extirparás el mal de en medio de ti.
Salmo 80
    • 10 No haya en ti ningún otro Dios; no te encorves ante un dios ajeno.
Salmo 95
    • 5 Pues todos los dioses de los gentiles son ficción en tanto que Yahvé hizo los cielos.

Isaías 42
    • 17 Entonces volverán atrás, llenos de vergüenza, los que confían en las estatuas; los que dicen a las imágenes fundidas: “Vosotros sois nuestros dioses.”
Jeremías 5
    • 19 Y si os preguntareis: “¿Por qué Yahvé, nuestro Dios, ha traído todo esto sobre nosotros?” les responderás: “Como me habéis dejado a Mí sirviendo a dioses extraños en vuestra tierra así serviréis a los extranjeros en tierra no vuestra.”
1 Macabeos 2
    • 19 Respondió Matatías, y dijo en alta voz: “Aunque todas las gentes obedezcan al rey Antíoco, y todos abandonen la observancia de la ley de sus padres, y se sometan a los mandatos del rey, 
    • 20 yo, y mis hijos, y mis hermanos obedeceremos la ley de nuestros padres. 
    • 21 Quiera Dios ampararnos. No nos es provechoso abandonar la Ley y los preceptos de Dios. 
    • 22 No daremos oídos a las palabras del rey Antíoco, ni ofreceremos sacrificios, violando los mandamientos de nuestra Ley por seguir otro camino”.
1 Corintios 10 
    • 19 ¿Qué es, pues, lo que digo? ¿Qué lo inmolado a los ídolos es algo? ¿O que el ídolo es algo? 
    • 20 Al contrario, digo que lo que inmolan [los gentiles], a los demonios lo inmolan, y no a Dios, y no quiero que vosotros entréis en comunión con los demonios. 
    • 21No podéis beber el cáliz del Señor y el cáliz de los demonios. No podéis participar de la mesa del Señor y de la mesa de los demonios. 
    • 22 ¿O es que queremos provocar a celos al Señor? ¿Somos acaso más fuertes que Él?
2 Corintios 6
    • 14 No os juntéis bajo un yugo desigual con los que no creen. Pues ¿Qué tienen de común la justicia y la iniquidad? ¿O en qué coinciden la luz y las tinieblas? 
    • 15 ¿Qué concordia entre Cristo y Belial? ¿O qué comunión puede tener el que cree con el que no cree? 
    • 16 ¿Y qué transacción entre el templo de Dios y los ídolos? Pues templo del Dios vivo somos nosotros, según aquello que dijo Dios: “Habitaré en ellos y andaré en medio de ellos; y Yo seré su Dios, y ellos serán mi pueblo.
    • 17 Por lo cual salid de en medio de ellos, y apartaos, dice el Señor, y no toquéis lo inmundo; y Yo os acogeré; 
    • 18 y seré Padre para vosotros, y vosotros seréis para Mí hijos e hijas, dice el Señor Todopoderoso”. 
Gálatas 1
  • 9 Lo dijimos ya, y ahora vuelvo a decirlo: Si alguno os predica un Evangelio distinto del que recibisteis, sea anatema.
2 Juan
  • 9 Todo el que va más adelante y no permanece en la enseñanza de Cristo, no tiene a Dios; el que permanece en la doctrina, ése tiene al Padre, y también al Hijo. 
  • 10 Si viene alguno a vosotros, y no trae esta doctrina, no le recibáis en casa, ni le saludéis.

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LA PLURALIDAD DE CULTOS PROHIBIDA
EN LA NUEVA LEY
DOCTRINA DE SAN PABLO

Seria fácil aducir muchos pasajes de San Pablo y de los otros Apóstoles en que se ataca a la idolatría, al judaísmo y a la herejía, y, por consiguiente, a la falsa tolerancia del error, la pluralidad y la libertad de cultos. Pero el que presenta una teoría mas completa es San Pablo, que precisamente había sido enemigo de la Iglesia y perseguidor de ella. Tal es el capítulo X, de la epístola I a los de Corinto.

Principia por prohibir la apostasía. Fugite ab idolorum culturaHuid de la idolatría. No es indiferente todo culto, ni la inmolación al Dios verdadero puede confundirse ni equipararse a la inmolación hecha a una falsa divinidad, como hacen muchos de los librecultistas. Sed quæ immolant gentes dæmoniis immolant et non Deo. Nolo vos socios fieri dæmoniorum: non potestis calicem Domini bibere et calicem dæmoniorum. Pero si lo que inmolan los gentiles, ¡lo inmolan a los demonios y no a Dios! Y yo no quiero que entréis en comunión con los demonios. No podéis beber de la copa del Señor y de la copa de los demonios. Así, pues, lo que hacen las autoridades extranjeras que favorecen lo mismo a una iglesia que a una sinagoga ó una mezquita, es beber un sorbo en el cáliz de Dios y dos en los cálices del demonio.

Pero, ¿A qué fin me ha dado Dios la libertad? Si Dios me la dio, ¿Quién me la puede quitar?

Parece que San Pablo estaba oyendo este argumento librecultista, pues añade en seguida: Omnia mihi licent; pero se responde a sí mismo: Omnia mihi licent, sed non omnia expediunt Omnia mihi licent, sed non omnia ædificant. «Todo es lícito», mas no todo es conveniente. «Todo es lícito», mas no todo edifica.

No todo lo que se puede hacer se debe hacer, y lo que no se debe hacer se dice que no se puede hacer. Yo puedo ser ladrón y adúltero, pero no debo serlo; por consiguiente, aunque tenga libertad y posibilidad física para hacerlo, no tengo posibilidad moral; luego no puedo hacerlo, y no puedo hacer aquello que escandaliza y arruina al prójimo.

Da en seguida un consejo práctico para que los cristianos que viven entre infieles comuniquen con ellos sin escrúpulo, pero no en cosa que pueda tener ningún colorido religioso ni de culto.

Si os convida a comer un infiel, no tengáis inconveniente en acompañarle a la mesa. Para evitar escrúpulos, no preguntéis la procedencia de los manjares (propter conscientiam). Pero si el que convidó dice:-"Esto fue sacrificado a los ídolos," ya no podéis comer de aquello. Tan lejos estaba San Pablo de admitir libertad de cultos, que ni aun permitía a los cristianos comer las carnes vendidas públicamente, si habían sido destinadas antes a un culto idolátrico y ellos lo sabían.

Estando entonces el mundo lleno de infieles y de cultos falsos é idolátricos, siendo los cristianos en escaso número, no podía ser objeto de cuestión si los católicos debían tolerar todos los cultos, cuando ellos no eran tolerados y morían por su religión. Pero aun así, y siendo él mismo destinado a predicar a los gentiles, cuyo Apóstol era, no quiere que los cristianos tengan trato con ellos, sino lo mas preciso. En caso de litigio, les prescribe que no vayan a los tribunales paganos, sino que busquen árbitros y amigables componedores entre sus mismos coreligionarios, prefiriendo al mas despreciable de los cristianos (contemptibiles qui sunt in vobis) mejor que al mas sabio jurisconsulto ó al pretor mas inteligente de entre los paganos.

Prohíbeles igualmente contraer matrimonios civiles, ni casarse con infieles (Epistola 2ª a los de Corintos, capitulo VI, versículo 14.). Nolite jugum portare cum infidelibus¿Quæ enim participatio justitiæ cum iniquitate? ¡Aut quae societas lucis ad tenebras? ¿Qui autem consensus templo Dei cum idolis? Vos enim estis templum Dei vivi. ¡No unciros en yugo desigual con los infieles! Pues ¿qué relación hay entre la justicia y la iniquidad? ¿Qué unión entre la luz y las tinieblas?¿Qué conformidad entre el santuario de Dios y el de los ídolos?  Porque nosotros somos templo de Dios vivo.

Hasta tal punto era San Pablo enemigo de la pluralidad de cultos y de la libertad de ellos, a pesar de tener que vivir entre infieles.

En su odio a las falsas religiones, San Pablo, no solo no admite tolerancia con ellas y con el error, sobre todo en lo relativo al culto, sino que exhorta a los cristianos a huir paganos y no vivir con ellos, Propter quod exite de medio Dominus, et immundum ne, Por tanto, salid de entre ellos y apartaos, dice el Señor. No toquéis cosa impura, aun el trato exterior de los si pueden estar separados. corum et separamini, dicit tetigeritis.

Si los cristianos, y sobre todo los católicos, deben huir de los infieles y separarse de ellos, según manda Dios y dice San Pablo como doctrina del Señor (dicit Dominus), ¿deberán permitir los cultos falsos y falsas religiones donde pueden evitarlo, y manchar lo que está limpio, como está España por la misericordia de Dios?

A los españoles se dirigen estas palabras del Espíritu Santo por boca de San Pablo: "Estáis limpios? pues no contaminéis vuestra patria con inmundicia extranjera. Et immundum ne tetigeritis. No toquéis cosa impura.

LA PLURALIDAD DE CULTOS Y SUS INCONVENIENTES
Vicente de la Fuente
1865

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SE PONE EN LUCHA CON LAS EXIGENCIAS DE LA RAZÓN Y LA PALABRA DIVINA

León Carbonero y Sol
DIRECTOR Y EDITOR DE LA REVISTA CATÓLICA "LA CRUZ"
Recibió el título pontificio de conde de Sol por concesión del Papa Pío IX en 1870


La dignidad propia del hombre, su verdadera grandeza, se halla en las relaciones de su alma con el mundo invisible. Él es espíritu, y como tal le arrastra un deseo indestructible hacia las sublimes regiones de la eternidad; y el conjunto de los medios que Dios ha revelado para mantener estas relaciones con el mismo, es lo que forma la verdadera Religión. 

Permanecer indiferente a ello, es buscar el soberano Bien sobre la tierra; es rivalizar durante su vida con los seres materiales; es hacerse más miserable que estos, puesto que quien vive sin tomar los caminos para ir con seguridad al orden divino de su destino, vive en una contradicción eterna con las necesidades de su naturaleza espiritual. «El que no está conmigo, está contra Mí,» dice la Verdad eterna; quiere decir, que el que no se decide por la doctrina de aquel Maestro divino, es enemigo de sí mismo; porque al decirnos que le sigamos como camino y Verdad, no ha tenido otro objeto que nuestra dicha.

Ahora bien: pues si la Religión católica, tanto en sus dogmas y moral, como en las prácticas de su culto, nos enseña esta misma doctrina que Dios le ha revelado para su gloria y nuestra santificación; el que cree puede conseguirlo y agradar a Dios en cualquiera otra religión, se pone en lucha con las exigencias de la razón y la palabra divina, porque las revelaciones de Jesucristo se hallan en la más perfecta armonía con la voz de la razón, con la voz de la naturaleza y de la conciencia, que es el órgano de la Providencia. La razón ilustrada por la fe, la conciencia, la naturaleza y el destino llaman las miradas del hombre hacia el mundo invisible, objeto esencial de la Religión; es necesario, pues, reconocer que solo puede y debe decidirse por aquella que lleve el carácter de la divina Verdad, que es única. La indiferencia en esta materia es un crimen de lesa majestad del alma humana; es un contrasentido, un atentado contra nuestro verdadero honor, y principalmente contra el que Dios se merece.

En efecto: si todas las creencias y prácticas religiosas, sean verdaderas o falsas, nos mantienen en relación con el Creador; si todo le es indiferente en orden al culto que se le tributa, entonces es preciso sostener que es igual en sí ofrecer a la divinidad una hostia inocente, o inmolarle víctimas humanas; sacrificarle, como los chinos, los niños recién nacidos, o consagrarlos a su servicio por el bautismo; autorizar la esclavitud, o proscribirla; quemarse sobre el sepulcro del esposo, o llorarle; imponerse privaciones que sin dañar a la salud sujetan los sentidos a la templanza y el corazón a la docilidad, o entregarse como los bonzos a los tormentos prolongados que ellos miran como una virtud, y que la humanidad se guardará muy bien de imponer en castigo de los más grandes crímenes. Tales son las consecuencias que se deducen del principio que supone indiferentes todas las religiones.


REVISTA LA CRUZ 1869
TOMO I
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"Non dubium est haeresis et schisma a diabolo, qui caput est malitiae, processisse; et ideo, quicquid ab haereticis geritur, eius instinctu fieri, qui eorum sensus mentes cogitationesque possedit, nulla dubitatio est."
Constantino el Grande

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BerGOGlio
Sucesor del Anticristo Montini

"Todas las religiones son un camino para llegar a Dios. Y, hago una comparación, son como diferentes lenguas, como distintos idiomas, para llegar allí. Porque Dios es Dios para todos. Y por eso, porque es Dios para todos, todos somos hijos de Dios. “¡Pero mi Dios es más importante que el tuyo!” ¿Eso es cierto? Sólo hay un Dios, y nosotros, nuestras religiones son lenguas, caminos para llegar a Dios. Uno es sijs, otro, musulmán, hindú, cristiano; aunque son caminos diferentes. Understood?


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EL PAPA SEPARA CON MANO FIRME LA ESCORIA DEL ORO PURO DE LA DOCTRINA CATÓLICA


Mons. Anastasio Rodrigo Yusto
Obispo de Salamanca
PASTORAL DEL 8 DE FEBRERO DE 1865
(EXTRACTO)

No es otro el motivo que ha impulsado a Nuestro Santísimo Padre el Papa Pio IX a expedir la Encíclica (Quanta cura) de que nos ocupamos.

Centinela vigilantísimo de la casa de Israel en la noche oscura de estos tiempos, da la voz de alerta a los cristianos adormecidos ó que corren peligro de adormecerse por el letargo de las seductoras enseñanzas modernas.

Custodio fidelísimo del depósito sagrado de la fe y de la moral, separa con mano firme la escoria con que se intenta empañar el oro puro de la doctrina católica. 

Como Pastor supremo de las almas, se dirige a las ovejas y a los corderos que debe apacentar, mostrando a Obispos y a fieles los pastos venenosos de que han de huir. 

Nuestro deber, amados Hermanos e Hijos nuestros, es el de prestar atento oído a esa voz cariñosa que nos es bien conocida por el interés que le inspira nuestro bien.


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LA RECTA RAZÓN, QUE ES LA NORMA DADA POR DIOS DICE QUE NO HAY MÁS QUE UN SOLO CULTO VERDADERO EL CATÓLICO

14

Miguel García Cuesta
Arzobispo de Santiago
EXPOSICIONES COLECTIVAS DEL EPISCOPADO ESPAÑOL AL SENADO
Y AL CONGRESO EN DEFENSA DE LA UNIDAD CATÓLICA 
Del metropolitano y sufragáneos de Compostela.

El arzobispo de Compostela y los demás Prelados de esta provincia eclesiástica que suscriben, acuden hey respetuosos al Congreso de señores diputados de la nación suplicando el restablecimiento integro de lo estipulado en los primeros artículos del Concordato de 1851, es á saber: que la Religión católica apostólica romana, única verdadera, es la que profesa la nación española, y que se prohíbe en su territorio el ejercicio de cualquier otro culto

"La ley no tiene fuerza de obligar si no es justa, y no es justa si es contraria a la recta razón, que es la norma dada por Dios al hombre para dirigir sus acciones al fin último...
Según ella, no hay más que un solo culto verdadero el católico apostólico romano."

Es doctrina corriente entre los filósofos en general, y entre los teólogos católicos en particular, que toda ley, según gráficamente expresa el Ángel de las Escuelas, ha de ser «ordenacion de la razón para el bien común» ordinatio rationis ad bonum commune; y esto porque la ley no tiene fuerza de obligar si no es justa, y no es justa si es contraria a la recta razón, que es la norma dada por Dios al hombre para dirigir sus acciones al fin último. Ahora bien: la libertad o tolerancia de cultos, ¿es conforme al dictamen de esta misma recta razón? De ninguna manera.

Según ella, no hay más que un solo culto verdadero, el católico apostólico romano; los innumerables antiguos y modernos que lo contradicen, todos son falsos; no es lícito apoyar el error, la mentira o la inmoralidad directa ni indirectamente; y por lo tanto, ni autorizarlo ni tolerarlo por medio de una ley que de uno ú otro modo les otorgue algún derecho. De donde se infiere que la que consignase la libertad ó tolerancia de cultos en España jamás llegaría a ser ley, porque nunca adquiriría el carácter de justa: jamás sería ordinatio rationis, sino ordinatio contra rationem; y siendo así, nunca merecería el acatamiento, la reverencia y la sumisión de un pueblo culto y civilizado como el español, que no ignora los fundamentos del derecho y del deber.

https://books.google.es/books?id=20gtAAAAYAAJ&pg=PA388&dq=EXPOSICIONES+COLECTIVAS+DEL+EPISCOPADO+ESPA%C3%91OL+AL+SENADO+Y+AL+CONGRESO+EN+DEFENSA+DE+LA+UNIDAD+CAT%C3%93LICA+(1).&hl=es&newbks=1&newbks_redir=1&sa=X&ved=2ahUKEwiAt4fBg6-LAxUURvEDHcxtAZwQ6AF6BAgHEAM

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LEGÍTIMOS Y VERDADEROS, LO QUE NO SUCEDERÍA SI LOS CONFIRMARA CON UNA POTESTAD INTRUSA E ILEGAL

León Carbonero y Sol

"El santo concilio de Trento en vez de reputar usurpada y expoliativa la autoridad del Papa en la confirmación de los Obispos, declara por el contrario, que son legítimos y VERDADEROS los creados por él, LO QUE NO SUCEDERÍA SI LOS CONFIRMARA CON UNA POTESTAD INTRUSA E ILEGAL. Dice pues así en el canon 8. de la sesión 23. Si alguno dijere que los Obispos que son elevados a la dignidad episcopal por autoridad del Pontífice Romano, no son legítimos y verdaderos Obispos sino una ficción humana, sea excomulgado." 


La Cruz.
Año 1856.
Tomo I
Página 167.
Artículo: Refutación de los proyectos cismáticos.

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ESA ENCÍCLICA (QUANTA CURA) ES DOGMÁTICA

Mariano Puigllat y Amigó
Obispo de Lérida
Pastoral del 21 de enero de 1865

¿Qué luz despide, qué doctrina contiene esa Pontificia Encíclica (Quanta Cura)? 

Ella es una instrucción, que tiene por objeto fijar los ánimos y los entendimientos, desvanecer la actual anarquía de las ideas, volver a los hombres a hijos de la Libre sacándolos de la Esclava é iluminar las conciencias con respecto a varios puntos de la doctrina y de la moral cristianas.

Contiene la doctrina invariable dada y enseñada por el mismo Jesucristo, la doctrina de siempre de su Iglesia, y de la que constituyó a esta su depositario y condena los errores que la misma Iglesia con su cabeza ha venido, viene condenando, es por fin esa Encíclica doctrinal, es dogmática. Eso es lo que hace en su veneranda Encíclica el Sumo Pontífice llevado del mayor celo y amor para la salvación de nuestras almas y para la tranquilidad, paz y felicidad de las naciones.

¿Quién es el que nos da y enseña esa doctrina toda divina, esa doctrina de salud eterna, y condena otras doctrinas erróneas, que siguiéndolas nos llevarían a la perdición eterna? 

Es nada menos, que el Vicario de Jesucristo, el Doctor y Pastor universal de toda la Iglesia, ese es el que ha dirigido su Encíclica, su voz de salud espiritual y eterna a todos los Obispos y por estos a los fieles católicos de todo el universo cristiano. A ese incumbe semejante obligación. A ese mandó Jesucristo en la persona de Pedro, que apacentase a los Obispos, pasce oves meas, y a los fieles, pasce agnos meos

Por el rogó Jesucristo, y le mandó que confirmase a sus hermanos los Obispos, hermanos en el orden episcopal, pero inferiores y súbditos en la jurisdicción, confirma fratres tuos; porque a el se le ha dado la plenitud de la potestad de lo alto, a fin de conservar la unidad de doctrina, y la unidad de la Iglesia, sin la que ya no seria ni la doctrina, ni la Iglesia de Jesucristo. Escuchemos sinó a S. Cipriano que dice: Primatus Petro datur, ut una Christi ecclesia, et Cathedra monstretur. S. Ambrosio dice; que donde está Pedro, está la Iglesia: S. Gerónimo, quien no congrega con el Sucesor de S. Pedro dispersa...


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RENUNCIEMOS PARA SIEMPRE A LAS MÁXIMAS TRASTORNADORAS DE TODO ORDEN

Juan José Castañer y Rivas
Obispo de Vich
Pastoral 27 de Enero de 1865

El Santísimo Padre Pío Nono... ha levantado su voz autorizada, dando lecciones al Orbe Católico, a fin de que, sumisos y obedientes a sus palabras, renunciemos para siempre a las máximas trastornadoras de todo orden, reprochemos todos los planes maquiavélicos, arranquemos la zizaña que el hombro enemigo ha sembrado en los corazones de tantos, reprobemos todos los errores que entrañan la Encíclica y el Syllabus o resumen que acaba dirigir al Episcopado, y sigamos en todo la verdad enseñada por la Iglesia. 



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ÓRGANO DE LA VERDAD

León Carbonero y Sol

Pio IX continúa en la silla imperecedera de San Pedro las nobles tradiciones de sus ilustres predecesores.

Órgano de la verdad, Pio IX habla y a su voz las rodillas se doblan, las inteligencias se someten, el error da el grito de la desesperación, herido en la frente como el animal feroz al que ha tecado la bala del cazador, ocultándose para morir y reducirse en su nada.

Pastor de los pueblos, el Santo Padre les enseña las verdades que deben hacerlos felices en esta vida y en la otra.


LA CRUZ 1867

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HERESIARCA MARSILIO DE PADUA Y LOS JANSENISTAS, COMPARTEN HEREJÍA CON LAS SECTAS IMPÍAS QUE CONFIGURÓ PIERRE MARTIN NGO DINH THUC Y LEFEBVRE

Podemos observar como en estas sectas impías, el hereje Thuc se comportaba como si tuviera jurisdicción universal, jurisdicción universal (territorial) que jamás tuvo, más que vicaria en el territorio de Vinh-Long en Vietnam (Can. 294) (Vicario Apostólico de Vinh-Long) y que perdió al apostatar en 1965 (Can. 188.4) junto al resto; así como sus vástagos adulterinos se comportan, los laicos disfrazados de Obispos, que se comportan como "Papas" en sus propias sectas y como un sin fin de falsos clérigos vagos/acéfalos, de estas sectas de perdición, que actúan como "Papas o Cardenales" recorriendo el mundo dispensando falsos e ilegítimos bienes espirituales, como falsos sacramentos, y pretendiendo sin poder alguno, ya sea docente, legislativo, judicial, vindicativo o administrativo, regir a los fieles bajo la herejía de que es Dios, sin Pedo y contra Pedro, quien les ha enviado y les ha dado la jurisdicción que jamás recibieron ni jamás recibirán.

S.S. Juan XXII
Errores de Marsilio de Padua y de Juan de Jandun 
Sobre la constitución de la Iglesia.
Enumerados y condenados en la 
Constitución Licet iuxta doctrinam, 
de 23 de octubre de 1327.

  • Lo que se lee de Cristo en el Evangelio de San Mateo, 495 que Él pagó el tributo al César cuando mandó dar a los que pedían la didraçma el estater tomado de la boca del pez [cf. Mt. 17, 26], no lo hace por condescendencia de su liberalidad o piedad, sino forzado por la necesidad.
    [De ahí concluían, según la Bula:]
  • Que todo lo temporal de la Iglesia está sometido al Emperador y éste lo puede tomar como suyo.
  • El bienaventurado Apóstol Pedro no tuvo más autoridad que los demás Apóstoles, y no fue cabeza de los otros Apóstoles. Asimismo, Cristo no dejó cabeza alguna a la Iglesia ni hizo a nadie vicario suyo.
  • Al Emperador toca corregir al Papa, instituirle y destituirle, y castigarle.
  • Todos los sacerdotes, sea el Papa, o el arzobispo o un simple sacerdote, tienen por institución de Cristo la misma jurisdicción y autoridad.
  • Toda la Iglesia junta no puede castigar a un hombre con pena coactiva, si no se lo concede el Emperador.

Declaramos sentencialmente que los predichos artículos son, como contrarios a la Sagrada Escritura y enemigos de la fe católica, heréticos o hereticales y erróneos, y los predichos Marsilio y Juan herejes y hasta heresiarcas manifiestos y notorios.


Dupl 1, 1 295 b s; CIC Extr. Ioh. XXII 14, 4: Frdbg II 1229 s; Rcht II 1143 s; Bar(Th) 1323, 61 (24, 332 b). Cómo esta definición de Juan XXII no obste la Constitución de NICOLAO III Exiit qui seminat, v. NATAL ALEX. en Hist. eccl. saec. XIII y XIV, diss. 11 art. 1.
2
Dict. de Théol. Cath., 10, 1 col, 167-172. DuP1 1, 1, 304 a s; cf. 397 b; cf. GOTTI, Verit. relig. christ. 11 385 sk.- Marsilio de Padua, nació el año 1280 (?), era en 1312 rector de la Universidad de París. Murió, sin reconciliarse con la Iglesia, antes del 10 ab. 1343. Juan de Jandun fué nominalmente excomulgado junto con Mar- silio en 1327 [Hrt 11 529, nota].



Denzinger
495-500
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RELACIONADO


S.S.Pío VI

AUCTOREM FIDEI - DERECHOS INDEBIDAMENTE ATRIBUIDOS A LOS OBISPOS -

CONCILIÁBULO DE PISTOYA Y LOS OBISPOS

Defendido por las turbas neo-jansenistas Thucistas.


28 de agosto de 1794

6. La doctrina del Sínodo, por la que profesa: estar persuadido que el obispo recibió de Cristo todos los derechos necesarios para el buen régimen de su diócesis, como si para el buen régimen de cada diócesis no fueran necesarias las ordenaciones superiores que miran a la fe y a las costumbres, o a la disciplina general, cuyo derecho reside en los Sumos Pontífices y en los Concilios universales para toda la Iglesia.

Es cismática, y por lo menos errónea.

7. Igualmente al exhortar al obispo a proseguir diligentemente una constitución más perfecta de la disciplina eclesiástica; y eso contra todas las costumbres contrarias, exenciones, reservas, que se oponen al buen orden de la diócesis, a la mayor gloria de Dios y a la mayor edificación de los fieles; al suponer que es lícito al obispo, por su propio juicio y arbitrio, establecer y decretar contra las costumbres, exenciones, reservas, ora las que tienen lugar en toda la Iglesia, ora también las de cada provincia, sin permiso e intervención de la superior potestad jerárquica, por la cual fueron introducidas y aprobadas y tienen fuerza de ley.

Es inductiva al cisma y a la subversión del régimen jerárquico y errónea.

8. Igualmente, lo que dice estar persuadido: que los derechos del obispo, recibidos de Jesucristo para gobernar la Iglesia no pueden ser alterados ni impedidos, y donde hubiere acontecido que el ejercicio de estos derechos ha sido interrumpido por cualquier causa, puede siempre y debe el obispo volver a sus derechos originales, siempre que lo exija el mayor bien de su Iglesia, al insinuar que el ejercicio de los derechos episcopales no puede ser impedido o coercido por ninguna potestad superior, siempre que el obispo, por propio juicio, piense que ello conviene menos al mayor bien de su diócesis.

Es inductiva al cisma y subversión del régimen jerárquico y errónea.

https://archive.org/details/A1090023/page/n17/mode/2up?view=theater

https://www.vatican.va/content/pius-vi/it/documents/bolla-auctorem-fidei-28-agosto-1794.html

http://www.clerus.org/bibliaclerusonline/es/ffz.htm

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RELACIONADO
PARROQUISMO Y JANSENISMO
León Carbonero y Sol
LA CRUZ 1865 TOMO II 

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RECONOCEN EN LA VOZ DEL JEFE VISIBLE DE LA IGLESIA LA PALABRA MISMA DE DIOS



Cardenal Costantino Patrizi

Sí; los fieles que su muestran talos por las palabras y por las obras, reconocen en la voz del Jefe visible de la Iglesia la palabra misma de Dios, palabra a la que ningún poder de la tierra tiene derecho a poner un freno. Él tiene autoridad , para hablar a toda la Iglesia, y el que no le escucha declara él mismo que deja de pertenecer a la Iglesia, que no forma parte del rebaño de Jesucristo y que no tiene derecho por lo tanto a la herencia eterna del cielo.

https://archive.org/details/A044025/page/524/mode/2up

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NO SE PUEDE ALEGAR LAS REVELACIONES PRIVADAS

PARA DIRIMIR UNA CONTROVERSIA TEOLÓGICA, Y MUCHO MENOS PARA RESOLVER UN PUNTO FILOSÓFICO, HISTÓRICO O DE OTRA CIENCIA CUALQUIERA

R.P. Pierre Toulemont S.J.
&
Mélanie Calvat

¿Cuál es, pues, la autoridad de las revelaciones privadas? Tienen el valor mismo que merece el testimonio de la persona que las refiere, ni mas ni menos. Y como esta persona no es infalible, resulta, pues, que las cosas que atestigua no son siempre y para siempre absolutamente ciertas, salvo el caso de un milagro obrado directamente en favor de este testimonio. En una palabra, las revelaciones privadas no tienen mas que una autoridad puramente humana y probable.

De aquí resulta que generalmente hablando, no se puede alegar las revelaciones privadas para dirimir una controversia teológica, y mucho menos para resolver un punto filosófico, histórico ó de otra ciencia cualquiera.

También seria un abuso excepto algunos casos excepcionales mencionar en el púlpito las revelaciones privadas; todo lo mas que está permitido en las exhortaciones dirigidas á algunas personas piadosas es ofrecérselas como alimento de edificación espiritual y es con las debidas precauciones para que no exageren la estimación que deben hacer de tales revelaciones. 


R.P. Pierre Toulemont S.J. 
Revelaciones privada según la doctrina Católica. 
Revista La Cruz 1866 T.II pág 240. 
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S.S. Benedicto XIV 
“En cuanto a lo que concierne a revelaciones privadas, no deberían ser recibidas con un sentido de fe Católica, sino con fe humana, de acuerdo a las reglas de prudencia que nos presentan tales revelaciones como probables y piadosamente creíbles. Esto no es para decir que estas revelaciones no pueden o no están destinadas a ser el instrumento de grandes gracias, aún para los fieles; pero como no son el objeto de un acto de fe teológico, ponerlas en duda o negarlas no es un pecado de herejía».

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