VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

✠✠ "Sede Vacante Nihil Innovetur" ✠ "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus" ✠ "Inferior non potest tollere legem superioris" ✠✠

DEFINITIVO REMEDIO DE LA CRISIS TOTAL QUE AGITA AL MUNDO

S.S.Pío XII
EXHORTACION RADIAL
DAL NOSTRO CUORE
PREGON FUNDAMENTAL DEL MOVIMIENTO “POR UN MUNDO MEJOR”
(10-II-1952)

1. Un grito de alarma: ¡a la acción!

Desde Nuestro corazón, amados hijos e hijas de Roma, os llega esta paternal exhortación: desde Nuestro corazón intranquilo, de una parte, por la prolongación de las peligrosas condiciones exteriores, que no logran permanente claridad; de otra, por una tibieza demasiado difundida que a muchos impide el emprender aquella vuelta a Cristo, a la Iglesia, a la vida cristiana, que tantas veces hemos señalado como definitivo remedio de la crisis total que agita al mundo. Pero la confianza de encontrar en vosotros el consuelo de la comprensión y la firme prontitud para la actuación, Nos ha movido a abrir Nuestra alma. Grito de alerta es el que hoy escucháis de los labios de vuestro Padre y Pastor; de Nos, que no podemos permanecer mudos e inertes ante un mundo que inconscientemente prosigue por aquellos caminos que conducen al abismo almas y cuerpos, buenos y malos, civilización y pueblos. El sentimiento de Nuestra responsabilidad ante Dios exige de Nos el intentarlo todo, el emprenderlo todo, para que al género humano le sea ahorrada desgracia tan grande.

2. En la fiesta de Nuestra Señora de Lourdes, progresiva renovación religiosa.

Para confiaros estas Nuestras angustias hemos escogido la festividad –que mañana se celebra– de la Virgen de Lourdes porque conmemora las prodigiosas apariciones que hace casi cien años, fueron, en aquel siglo de desbordamiento racionalista y de depresión religiosa, la respuesta misericordiosa de Dios y de su Madre celestial a la rebelión de los hombres, la irresistible llamada a lo sobrenatural, al primer paso para una progresiva renovación religiosa. Y ¿qué corazón de cristiano, por tibio y olvidadizo que fuera, podría resistir a la voz de María? No ciertamente los corazones de los Romanos; de vosotros que habéis heredado, transmitido durante largos siglos, junto con la fe de los Mártires, el filial afecto a María, invocada en sus venerables imágenes con los amorosos títulos, de lapidaria elocuencia, “Salus Pópuli Románi”, “Portus Románæ Securitátis” y con aquel otro más reciente de “Madre del Divino Amor”, todos los cuales son monumentos de la constante piedad mariana, y con mayor verdad aún, dulce sello de una historia de probadas intervenciones de la Virgen en las calamidades públicas, que hicieron temblar estos viejos muros de Roma, siempre salvada gracias a la protección de Ella.

3. Frente a los graves peligros, examina qué se debe hacer.

Mas no ignoráis que mucho más extendidos y graves de cuanto fueran las pestes y los cataclismos terrestres son los peligros que sin cesar se ciernen sobre la presente generación, bien que su permanente amenaza ha comenzado a hacer a los pueblos casi insensibles y apáticos. ¿Sería, tal vez, este el más infausto síntoma de la interminable pero no decreciente crisis que hace temblar a las mentes conscientes de la realidad? Renovado, por lo tanto, el acudir a la benignidad de Dios y a la misericordia de María, necesario es que todo fiel, todo hombre de buena voluntad, se torne a examinar, con una resolución digna de los grandes momentos de la historia humana, cuanto personalmente pueda y deba hacer, como contribución suya a la obra salvadora de Dios, para venir en socorro de un mundo, que hoy se halla camino de la ruina.

4. Después de la floración religiosa del Año Santo, sacudir el funesto letargo.

La persistencia de una situación general, que no dudamos en calificar de explosiva a cada instante y cuyo origen tiene que buscarse en la tibieza religiosa de tantos, en el bajo tono moral de la vida pública y privada, en la sistemática obra de intoxicación de las almas sencillas a las que se les propina el veneno después de haberles narcotizado –digámoslo así– el sentido de la verdadera libertad, no puede dejar a los buenos inmóviles en el mismo surco; contemplando con los brazos cruzados un porvenir arrollador.

El mismo Año Santo, que consigo trajo una prodigiosa floración de vida cristiana, abierta primero entre vosotros y luego en los rincones todos de la tierra, no ha de mirarse como un meteoro resplandeciente pero fugitivo, ni como un esfuerzo momentáneo ya cumplido, sino como el paso, primero y prometedor, hacia la completa restauración del espíritu evangélico que, además de arrancar millones de almas de la ruina eterna, es el único que puede asegurar la convivencia pacífica y la fecunda colaboración de los pueblos.

Y ahora ha llegado el tiempo, amados hijos. Ha llegado el tiempo de dar los otros pasos definitivos, es tiempo de sacudir el funesto letargo; es tiempo de que todos los buenos, todos los preocupados por los destinos del mundo se reconozcan y aprieten sus filas; es tiempo de repetir con el Apóstol: «Hora est jam nos de somno súrgere» (Rom. XIII, 11): ¡Ea, es hora de que nos despertemos del sueño, porque ahora está próxima nuestra salvación!

5. Un mundo entero que rehacer.

Es todo un mundo, que se ha de rehacer desde los cimientos, que es necesario transformar de selvático en humano, de humano en divino, es decir, según el corazón de Dios. Millones y millones de hombres claman por un cambio de ruta, y miran a la Iglesia de Cristo como fuerte y único timonel que, respetando la humana libertad, pueda ponerse a la cabeza de empresa tan grande, y le suplican la dirección de ella con palabras claras y más aún con las lágrimas ya derramadas, con las heridas todavía sangrantes, señalando los inmensos cementerios que el odio organizado y armado ha extendido sobre la faz de los continentes.

6. La responsabilidad del Papa y de Roma.

¿Cómo podríamos Nos, puestos por Dios, bien que indignos, luz en las tinieblas, sal de la tierra, Pastor de la grey cristiana, rechazar esa misión tan saludable? Como aceptamos, en un día ya lejano, porque a Dios así plugo, la pesada cruz del Pontificado, así Nos sometemos al arduo oficio de ser, en cuanto lo permiten nuestras débiles fuerzas, heraldos de un mundo mejor, querido por Dios, y cuya bandera deseamos entregar primero a vosotros, amados hijos de Roma, más vecinos a Nos y más particularmente confiados a nuestros cuidados; y por ello mismo, puesto está, también vosotros como luz sobre el candelabro, levadura entre los hermanos, ciudadela sobre el monte; a vosotros, de quienes con razón esperan los demás mayor valor y más generosa prontitud.

7. Exhortación a Roma a volver a sus realizaciones históricas de salvación.

Acoged con noble ímpetu de entrega, reconociéndola como llamada de Dios y digna razón de vida, la santa consigna que en el día de hoy os confía vuestro Pastor y Padre: Dar comienzo a un poderoso despertar en el pensamiento y en la actuación. Despertar, que obligue a todos, sin que nadie pueda evadirse al Clero y al pueblo, a las autoridades, a las familias, a los grupos, a cada una de las almas, en el frente de la renovación total de la vida cristiana, en la línea de la defensa de los valores morales, en la realización de la justicia social, en la reconstrucción del orden cristiano, de tal suerte que hasta el mismo esfuerzo de la Urbe, centro –desde los tiempos apostólicos– de la Iglesia, aparezca en breve tiempo resplandeciente en santidad y belleza.

La ciudad de Roma, sobre la cual cada edad ha impreso la huella de gloriosas actuaciones, convertidas luego en herencia del mundo entero, reciba de la actual generación, de los hombres que hoy la pueblan, la aureola de promotora de la salvación común en un tiempo en que fuerzas opuestas se disputan el mundo. Todo eso esperan de ella los pueblos cristianos, y, sobre todo, esperan de ella acción.

8. Acción y ya no discusión.

Este no es el momento de discutir, de buscar nuevos principios, de señalar nuevos ideales y metas. Los unos y los otros, ya conocidos y comprobados en su sustancia, porque han sido enseñados por el mismo Cristo, iluminados por la secular elaboración de la Iglesia, adaptados a las inmediatas circunstancias por los últimos Romanos Pontífices, tan solo esperan una cosa: la realización concreta.

¿De qué serviría el investigar las vías de Dios y del espíritu, si en la práctica se eligieran los caminos de la perdición y con docilidad se doblegase la espalda al flagelo de la carne? ¿De qué saber y decir que Dios es Padre y que los hombres son hermanos, cuando se temiese toda intervención de Aquel en la vida privada y pública? ¿De qué serviría el disputar sobre la justicia, sobre la caridad, sobre la paz, si la voluntad estuviese ya resuelta a rehuir la inmolación, el corazón determinado a encerrarse en glacial soledad, y si ninguno osase ser el primero en romper las barreras del odio separador, para correr a ofrecer un sincero abrazo? Todo esto no haría sino convertir en más culpables a los hijos de la luz, a los cuales les será menos perdonado, si han amado menos. No es con esa incoherencia e inercia como la Iglesia transformó en sus comienzos la faz del mundo, y se extendió rápidamente, y perduró bienhechora en el correr de sus siglos y conquistó la admiración y la confianza de los pueblos.

9. El principal enemigo es la indiferencia e inercia.

Quede bien claro, amados hijos que en la raíz de los males actuales y de sus funestas consecuencias no está, como en los tiempos precristianos o en las regiones aún paganas, la invencible ignorancia sobre los destinos eternos del hombre y sobre los verdaderos caminos para conseguirlos: sino el letargo del espíritu, la anemia de la voluntad, la frialdad de los corazones. Los hombres, inficionados por semejante peste, intentan, como justificación, el rodearse con las tinieblas antiguas y buscan una disculpa en nuevos y viejos errores. Necesario es, por lo tanto, actuar sobre sus voluntades.

10. Cómo proceder: conocer los males y atacarlos.

La acción a la que hoy llamamos a Pastores y fieles, sea reflejo de la de Dios: Sea iluminante y clarificadora, generosa y amable. A este fin, enfrentándoos con el estado concreto de vuestra y Nuestra ciudad, esforzaos por que estén bien comprobadas las necesidades, bien claras las metas, bien calculadas las fuerzas disponibles, de suerte tal que los presentes recursos iniciales no se presenten inútiles por ser ignorados, ni se les emplee desordenadamente, ni se les malgaste en actividades secundarias. Invítase a las almas de buena voluntad; ofrézcanse ellas mismas espontáneamente. Sea su ley la incondicional fidelidad a la persona de Jesucristo y a sus enseñanzas. Sea su oblación humilde y obediente; únase su trabajo como elemento activo a la grandiosa corriente que Dios moverá y conducirá por medio de sus ministros.

11. Primero Roma y después la humanidad entera: las clases de almas y la secular misión.

Para ello, invitamos a Nuestro Venerable Hermano, el Señor Cardenal Vicario, a que asuma su alta dirección, en la diócesis de Roma, de esta acción regeneradora y salvadora. Estamos seguros de que no faltarán, ni en número ni en calidad, los corazones generosos que acudirán a Nuestra llamada y que llevarán a la realidad este Nuestro deseo. Hay almas ardientes, que con ansia esperan ser convocadas; a su anhelo impaciente se les señale el vasto campo de roturar. Hay otras somnolientas, y será preciso despertarlas; pusilánimes otras, y será necesario animarlas; desorientadas otras y habrá que guiarlas. A todas se les requiere un prudente encuadramiento, un acertado empleo, un ritmo de trabajo que corresponda a la apremiante necesidad de defensa, de conquista, de positiva construcción. Así es como Roma revivirá en su secular misión de maestra espiritual de los pueblos, no solamente como lo fue y lo es, por la cátedra de verdad que Dios estableció en su centro, sino por el ejemplo de su pueblo, de nuevo ferviente en la fe, ejemplar en las costumbres, concorde en el cumplimiento de los deberes religiosos y civiles, y, si pluguiere al Señor, próspero y feliz. Esperamos de buen grado Nos que este potente despertar, al que hoy os invitamos, promovido sin tardanza y continuado tenazmente según el plan trazado, y que otros podrán ilustrar en sus detalles, será imitado muy presto por las diócesis vecinas y por las lejanas, de suerte que sea dado a Nuestros ojos el ver volverse a Cristo, no solo las ciudades, sino también las naciones, los continentes, la humanidad entera.

12. La mano en el arado.

Manos, pues, al arado: Os mueve Dios que así lo quiere, os atraiga la nobleza de la empresa, os estimule su urgencia; y que el justificado temor de tremendo porvenir que seguirá a una culpable inercia venza todo titubeo y vigorice todas las voluntades.

13. Oración y ayuda divina: el auxilio de María.

Os apoyarán las oraciones de los humildes y de los pequeños, a quienes van vuestras más tiernas preocupaciones, los dolores aceptados y ofrecidos de los que sufren. Fecundarán vuestros esfuerzos por el ejemplo, y la intercesión de los Mártires y de los Santos, que a este suelo hicieron sagrado. Bendecirá y multiplicará el feliz éxito, por el cual ardientemente oramos, la Virgen Santísima, la cual, si en todo tiempo estuvo pronta a extender su mano protectora sobre sus Romanos, no dudamos que querrá hacer sentir a estos hijos, que tan afectuosa piedad demostraron en su reciente glorificación, cuyo potente grito de hosana aún resuena bajo este cielo.

14. La Bendición Apostólica.

Os sirva, en fin, de consuelo y firmeza la paternal Bendición Apostólica que, con ilusión de corazón, impartimos a todos vosotros que Nos escucháis, a vuestras familias, a vuestras obras y a esta Ciudad Eterna, cuya fe, ya desde los tiempos del Apóstol, es anunciada en el universo mundo (Rom. I, 8), y cuya cristiana grandeza, faro de verdad, de amor y de paz se perpetúa constante a través de los siglos. Así sea.


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NO SE DEBE CREER A QUIEN DICE SER DELEGADO SI NO PRUEBA SU DELEGACIÓN


Decretales de
S.S.Gregorio IX

Titulus XXIX . 
De officio et potestate iudicis delegati.
Capítulo XXXI

No se debe creer a quien dice ser delegado si no prueba su delegación.
Non creditur quis delegatus, nisi delegationem probet.

Título: No se debe creer a quien dice ser delegado si no prueba su delegación. Emisor: El mismo Papa (Inocencio III) al Obispo de Bayeux.

"Además, has preguntado: cuando alguien te manda algo bajo esta forma: 'por la autoridad que ejerzo, te ordeno que denuncies a tal persona como sujeta a sentencia de excomunión', y tú dudas sobre el mandato apostólico porque nadie te ha dado fe (prueba) de dicho mandato, ¿estás obligado a ejecutar tal orden?

Sobre esto te damos esta respuesta: que a menos que estés seguro del mandato de la Sede Apostólica, no se te obligará a ejecutar lo que se te manda."


Capitulum XXXI. Non creditur quis delegatus, nisi delegationem probet. Idem Episcopo Baiocensi. Quum in iure peritus (Et infra: [cf. c. 33. de elect. I. 6.]) Praeterea quaesivisti, quum tibi ab aliquo sub hac forma mandatur: «auctoritate, qua fungor, iniungo, ut talem denuncies excommunicationis sententiae subiacere,» ac tibi super mandato apostolico haesitanti ab aliquo non sit facta fides, an mandatum huiusmodi exsequi tenearis? Super quo tibi huiusmodi damus responsum, quod, nisi de mandato sedis apostolicae certus exstiteris, exsequi non cogeris quod mandatur. [Contingit etc. Dat. Lat. X. Kal. Sept. Pont. nostr. Ao. XI. 1208.]


PARA DECLARAR EN SU NOMBRE AL CONGRESO DE CONSTANZA, CONCILIO GENERAL LEGÍTIMO

Canónigo Eduardo Blasco
Glorias del Pontificado
ESTUDIO HISTÓRICO SOBRE LA INSTITUCION PONTIFICIA
1887

"...el cardenal supo que Segismundo se encontraba en igual disposición. Este monarca reconvenía a Gregorio que no fuera a Constanza, a donde debió ir para poner fin al cisma de la Iglesia. El Papa Gregorio XII respondió que no rehusaba reconocer el concilio, pero que no aprobaba un congreso reunido por Juan, que no era ni vicario de Jesucristo, ni sucesor de San Pedro.

Teniendo en cuenta estas disposiciones poco favorables, Gregorio que deseaba vivamente la paz de la Iglesia, escribió en 1415, una carta dando al cardenal de Ragusa, y a los demás de su obediencia, pleno poder para declarar en su nombre al congreso de Constanza, concilio general legítimo, pero no como reunido por Baltasar Coscia, y con el expresa condición de que este no presidiría ni asistiría al mismo."


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RELACIONADO

NINGUNA DUDA
DE LA COMPLETA VALIDEZ CANÓNICA
DE LA ELECCIÓN DE URBANO VI

CANÓNICAMENTE, PUES, URBANO VI FUE PAPA LEGÍTIMO Y CLEMENTE VII, ANTIPAPA

Luis Suárez Fernández
Catedrático de Historia Medieval, Académico de número de la Real Academia de la Historia, Rector de la Universidad de Valladolid, Director de la Escuela Española de Historia y Arqueología en Roma
Castilla, el cisma y la crisis conciliar, 1378-1440
1960

El Cónclave del 7 al 8 de abril ha de ser considerado, a la luz de nuestra información actual, como perfectamente legítimo.


El Cónclave del 7 al 8 de abril ha de ser considerado, a la luz de nuestra información actual, como perfectamente legítimo. Mientras los cardenales deliberaban, se alzaron algunos alborotos en las calles de la ciudad. El pueblo gritaba: Romano lo volemo, almanco italiano! Ello no obstante el cardenal de Marsella mantuvo bien cerradas las puertas de la sala y la elección de Bartolomé Prignano se hizo con entera libertad, aunque el temor de los cardenales fuese grande. Solo en la mañana del 8 de abril, cuando la votación había concluido, entraron los amotinados en la sala. Entonces alguien, creyendo halagar los sentimientos de la plebe, señaló como Papa al anciano cardenal Tebaldeschi, que fue paseado en hombros a pesar de sus protestas. El día 9 la multitud estaba ya calmada y pudo anunciarse el nombre del elegido. Canónicamente, pues, Urbano VI fue Papa legítimo y Clemente VII, Antipapa. Las gentes inteligentes y preparadas, como nuestro don Pedro Tenorio, de quien hemos de hablar repetidas veces, lo sabían. Ello no obstante, Louis Gayet "Le Grand Schisme d'Occident", tomo I, Florencia 1889, pág. IX, considera a ambos Papas como dudosos y a esta opinión se adhiere Noel Valois "La France et le Grand Schisme d'Occident", tomo I, Paris, 1896, pág. 8. Lo que verdaderamente puede afirmarse es que, para muchos de sus contemporáneos, no muy versados en la doctrina del primado, era punto menos que imposible, en la práctica, saber quién era el verdadero Papa.

CRÍTICA AL AXIOMA «PAPA DUBIUS, PAPA NULLUS» EN EL GRAN CISMA DE OCCIDENTE

P. Pietro Ballerini
SOBRE LA POTESTAD ECLESIÁSTICA DE LOS SUMOS PONTÍFICES Y DE LOS CONCILIOS GENERALES
1847

Pues si se juzgara increíble aquel dicho: Papa dubius, Papa nullus (Papa dudoso, Papa nulo), especialmente en aquel prolongado cisma en el que se dice que la Iglesia careció de un verdadero Pontífice durante más de treinta años (desde la elección de Urbano VI hasta la de Martín V), y que todas las elecciones fueron ilegítimas, esto parecería absurdo y casi imposible. Pues si, por ejemplo, la elección de Urbano VI se creyera nula, la subsiguiente elección de Clemente VII, su rival, no podría decirse ilegítima por otra causa sino porque la elección legítima y ratificada de Urbano debía ser válida.


Si, digo, aquel primer dicho se juzga increíble, me explicaré de otra manera. Pues cuando entre dos o tres contendientes por el Pontificado se debe decir que uno de ellos fue en realidad el verdadero Pontífice, aunque permaneciera oculto quién de ellos fuera el verdadero (si Urbano VI, Clemente VII o similarmente de otros que fueron subrogados), las mismas razones por las que probamos en los números 3 y 4 que el Pontífice cierto no está sujeto a la jurisdicción de un concilio, por más que sea ecuménico, ni puede ser depuesto por él, prueban también que no puede ser depuesto aquel que, entre dos o tres de derecho incierto o dudoso, es el verdadero y legítimo Papa, aunque sea ignorado y tenido por dudoso e incierto entre los hombres.

Por eso (como se ha probado arriba), ningún concilio, ni siquiera general, tiene potestad sobre el Pontífice cierto, porque es el verdadero Pontífice y goza de primado, por lo cual es superior por derecho divino a toda la Iglesia reunida en concilio; y no puede ser que el inferior tenga derecho coactivo sobre su superior. Este mismo primado reside en cualquier Pontífice que sea verdadero y legítimo, aunque por circunstancias dudosas no conste quién de los contendientes sea el legítimo y verdadero. Esta ignorancia puede ciertamente excusar a quienes, ignorando invenciblemente al verdadero Pontífice, no le rinden los oficios debidos; pero así como la simple ignorancia nada quita del derecho, tampoco puede quitarlo a aquel que es en realidad verdadero y legítimo Pontífice aunque sea desconocido para otros, nada le confiere el concilio, aunque sea ecuménico: pues el derecho de primado permanece en realidad en el verdadero y legítimo Pontífice, quien siempre posee este derecho de primado por sí mismo en toda la Iglesia y es superior a cualquier concilio, sustrayéndose de la jurisdicción de estos.

Quodsi illud effatum Papa dubius, Papa nullus, incredibile judicetur praesertim in diuturniori illo schismate, in quo dicere Ecclesiam per annos triginta et amplius, quibus idem schisma duravit ab electione Urbani VI. usque ad electionem Martini V. caruisse semper vero Pontifice, omniumque electionem fuisse illegitimam, absonum videtur, et fere etiam impossibile (si enim electio ex. gr. Urbani VI. irrita fuisse credatur, subsecuta electio Clementis VII. ejus aemuli, quae non alia de causa dici potest illegitima, nisi ob legitimam et ratam electionem Urbani, valida dicenda esset): si illud, inquam, primum effatum judicetur incredibile, alia via me expediam. Ubi enim inter duos vel tres de Pontificatu contendentes unus ex illis verus reipsa Pontifex fuisse dicendus sit, et solum latuisse, quisnam ex illis verus fuerit, num Urbanus VI. an Clemens VII. et similiter de aliis, qui utrinque subrogati fuerunt: eaedem rationes, quibus num. 3. et 4. probavimus certum Pontificem non subesse jurisdictioni concilii quantumvis oecumenici, nec posse ab eo deponi, probant etiam non subesse, nec deponi posse eum, qui inter duos vel tres incerti dubiive juris Pontifices verus reapse et legitimus sit, quamvis ignoretur, et dubius incertusque apud homines habeatur. Ideo enim (ut antea probatum est) supra certum Pontificem jus nullum est concilio etiam generali, quia verus Pontifex est, et primatu fruitur, ob quem toti Ecclesiae etiam collective sumptae, et in concilio adunatae jure divino superior est; nec inferiori in superiorem suum coactivum jus esse potest. Idem vero primatus inest cuivis Pontifici, qui verus et legitimus sit, etiamsi ob ancipites circumstantias non constet, quis inter contendentes sit legitimus et verus. Haec enim ignorantia potest quidem excusare eos, qui verum re ipsa Pontificem sibi invincibiliter ignotum debitis officiis non prosequuntur; at sicut simplex ignorantia nihil juris adimit, aut adimere potest ei, qui re ipsa verus et legitimus Pontifex sit, licet aliis ignotus, ita nihil juris tribuit, aut tribuere potest in ipsum concilio quamvis oecumenico: semper nimirum jus primatus manet re ipsa vero legitimoque Pontifici, qui semper hoc primatus jure re ipsa toti Ecclesiae, et cuivis concilio superior, a jurisdictione istorum subtrahitur.


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CONCILIO GENERAL COMO EN CONSTANZA,
CONVOCADO POR EL PAPA

NINGUNA DUDA
DE LA COMPLETA VALIDEZ CANÓNICA
DE LA ELECCIÓN DE URBANO VI

EL ACTO DE GREGORIO XII DIO AL CONCILIO INDUDABLE LEGALIDAD

Cardenal Joseph Hergenröther
HISTORIA DE LA IGLESIA
TOMO IV
1887

Ahora cumplió también Gregorio XII su promesa de abdicación, que había mandado ratificar y confirmar el 13 y 15 de mayo en Constanza. Cual correspondía a su dignidad de Papa legítimo, obró con prudencia y sin humillaciones de ningún género, adelantándose en el mismo momento a las imposiciones del Concilio. El día mismo en que se celebró la sesión 13, o sea el 15 de junio, se presentó en Constanza el plenipotenciario, el príncipe Carlos Malatesta, rodeado de brillante séquito, y dirigiéndose al rey Segismundo, le declaró que se le enviaba allí, por cuanto Gregorio no reconocía la legitimidad del Concilio.

Añadióle que el Papa, resuelto a devolver a la Iglesia la paz que no habían podido darle los pueblos ni los gobiernos acudiendo a las soluciones que les ofrecía el derecho vigente, sin duda por la situación anómala de las naciones, presentaba desde luego su renuncia, bajo la condición de que no se considerase legítimo el Concilio hasta la fecha, y de que él mismo le convocase de nuevo, y que ni Cossa ni otra persona de su obediencia ocupase la presidencia en la sesión en que se anunciase su abdicación. Aceptadas estas condiciones, se reconoció y concedió explícitamente que las trece sesiones celebradas hasta entonces no tenían valor ecuménico, ya que un verdadero Concilio general no podía ni debía admitir semejante cosa; y al otorgar a Gregorio el derecho de convocar nuevamente y confirmar el Concilio, siquiera fuese con la equívoca salvedad: «en cuanto que parece que a él le corresponde, y cada vez que cierta precaución para llegar a la certeza, aun siendo innecesaria, a nadie perjudica, antes bien es útil a todos», se dio la debida satisfacción a los derechos del Papa legítimo.

Estos se reconocieron igualmente por toda la Asamblea en el mero hecho de presidir la sesión 14, del 4 de julio, Segismundo, por no poderse anunciar la renuncia de Gregorio bajo la presidencia de un Cardenal de otra obediencia, con lo cual quedó también el Concilio reducido a la categoría de una Asamblea convocada por la autoridad civil. 

Presentáronse en dicha sesión dos cartas credenciales de los plenipotenciarios de Gregorio, por una de las cuales se autorizaba a sus embajadores a convocar y confirmar el Concilio, en tanto que la otra confería a Carlos Malatesta plenos poderes para el restablecimiento de la paz.

Entonces el cardenal Juan Dominici de Ragusa convocó, autorizó y confirmó a nombre del Papa el Concilio y sus actos ulteriores (agenda, no acta), en virtud de la Bula de convocatoria de Gregorio. Diose luego lectura de varios documentos, por los que se acreditaba y legalizaba la unión de ambas obediencias y se levantaban las censuras que mutuamente se habían aplicado. Habiendo ocupado nuevamente la presidencia el cardenal de Ostia, Viviers, leyó Malatesta la renuncia de Gregorio, y pidió que el Concilio determinase si la abdicación se aceptaba inmediatamente o se aguardaba a conocer el resultado de las negociaciones con Benedicto.

La Asamblea optó por lo primero, y a seguida se anunciaron varios decretos del tenor siguiente: la futura elección pontificia debía obtener la confirmación del Concilio y verificarse con sujeción a las instrucciones dictadas por el mismo; el Concilio no podría disolverse antes de dicho acto; se reconoció valor legal a todas las disposiciones adoptadas en su obediencia por Gregorio XII con sujeción a los cánones, y se declaró que al prohibirse su reelección no se quería significar que fuese incapaz para ejercer la autoridad pontificia o indigno de ella, sino que de ese modo se quería asegurar mejor la paz de la Iglesia; y por último, se decretó que Gregorio y sus Cardenales fuesen admitidos en el sacro colegio.

Una vez aprobados estos acuerdos, renunció solemnemente Malatesta, en nombre de Gregorio, el derecho, el título y la posesión del pontificado que había recibido de Dios, sobre lo cual extendió un acta. El Te Deum anunció la feliz conclusión de tan delicado asunto. El mismo Concilio concedió al Papa dimisionario el obispado de Porto con la delegación de Ancona. Gregorio XII confirmó todos estos acuerdos, y en un escrito que posteriormente dirigió al Concilio toma ya el nombre de Obispo-Cardenal Angelo. Murió en olor de santidad el 18 de octubre de 1417 en Recanati a la edad de 90 años. El acto de Gregorio dio al Concilio indudable legalidad.



Cardenal Joseph Hergenröther
HISTORIA DE LA IGLESIA
TOMO IV
1887

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DE LA COMPLETA VALIDEZ CANÓNICA
DE LA ELECCIÓN DE URBANO VI

EXHIBICIÓN DEL RESCRIPTO PONTIFICIO

Wernz & Vidal
Ius Canonicum

A quien afirma ser delegado, le incumbe la carga de probar la delegación (can. 200, § 2); la delegación es un hecho (res facti), y los hechos, por regla general, no se presumen, sino que deben probarse. Dicha prueba, si se trata de un delegado del Romano Pontífice, según el derecho precedente debía realizarse mediante la exhibición del rescripto pontificio.

..qui delegatum se asserit, incumbit onus probandae delegationis; delegatio est res facti, facta autem regulariter non. praesumuntur. sed probari debent, quae probatio si agatur de delegato a Rom. Pontifice ex iure praecedenti debebat fieri per exhibitionem rescripti Pontificii.


AL PUEBLO DE RUMANÍA BAJO PERSECUCIÓN DEL RÉGIMEN COMUNISTA

Epístola Apostólica "Veritatem Facientes" del Papa Pío XII, dirigida al clero y al pueblo de Rumania el 27 de marzo de 1952, en un momento de fuerte persecución bajo el régimen comunista.


S.S.Pío XII
Veritatem Facientes

EPÍSTOLA APOSTÓLICA

A LOS VENERABLES HERMANOS Y DILECTOS HIJOS, OBISPOS, CLERO Y PUEBLO DE RUMANIA QUE TIENEN PAZ Y COMUNIÓN CON LA SEDE APOSTÓLICA.

PIO PP. XII

VENERABLES HERMANOS Y DILECTOS HIJOS, SALUD Y BENDICIÓN APOSTÓLICA

"Haciendo la verdad en la caridad" (Efesios 4, 15), al considerar las tristísimas condiciones en las que se encuentra la Iglesia Católica entre vosotros, no podemos contenernos de alabar vuestra fortaleza cristiana, de la cual dais un ejemplo preclaro, y de lamentar con ánimo doliente que los sagrados derechos de la religión católica hayan sido atacados y, especialmente, que su debida libertad haya sido reducida a un gravísimo peligro. Por lo cual, la voluntad paterna exige que a todos vosotros, cuantos Hermanos e hijos tenemos en Cristo, y a vosotros especialmente nos unamos, para impartiros aquellos consuelos que en las presentes angustias podemos; a saber, que por medio de esta carta os hablemos como si estuviéramos presentes, y os aseguremos que Nosotros participamos de vuestras aflicciones y amarguras, y elevamos ante Dios, Padre de las misericordias, Nuestras oraciones por vosotros, a las cuales se unen ciertamente las súplicas de todo el mundo católico.

La conciencia del oficio apostólico que desempeñamos postula que alcemos Nuestra voz defendiendo la causa de Dios y de la Iglesia: "pues nada podemos contra la verdad, sino por la verdad" (2 Cor. 13, 8). Ciertamente, Nos son conocidas las cosas que hasta ahora habéis tolerado: sabemos que ya no tenéis entre vosotros Pastores sagrados que puedan gobernar libremente sus Diócesis, moderar a sus sacerdotes y transmitir a los fieles laicos los preceptos y normas oportunos. Pues todos ellos han sido perturbados y alejados de sus sedes, o arrojados a la cárcel, o relegados lejos de sus rebaños. De donde ocurre aquello que, con lamentable detrimento, sucede: "Heriré al pastor y se dispersarán las ovejas del rebaño" (Mateo 26, 31).

Sabemos además que la Iglesia de Rito Oriental, que tanto florece entre vosotros por el número de católicos y por su virtud, es considerada por ley pública como eliminada, y sus edificios e instituciones sagradas han sido destinados a otros fines, como si se tratara de los deseos de los mismos católicos; que muchísimas congregaciones religiosas de hombres y mujeres han sido disueltas, y las escuelas de letras y disciplinas, en las cuales los adolescentes eran iluminados por la luz de la sabiduría humana y cristiana, han sido prohibidas como peligrosas para la cosa pública y encomendadas a otros; no pocos sacerdotes, por el hecho de que mantenían con la Sede Apostólica una unión estrechísima, por no querer de ningún modo relajar su constancia cristiana, manchar su conciencia o traicionar su deber, fueron deportados a regiones desconocidas, o forzados a trabajos en las minas, o finalmente arrojados a la cárcel, donde llevan una vida miserable, pero gloriosa ante los ojos de Dios y de los hombres buenos.

A esto se añade que, en tal inundación de libros y revistas, no se permite a los católicos facultad alguna de elevar su voz en escritos; para que la verdad no resplandezca y los derechos de la Iglesia no sean repuestos en su luz y seguridad según las fuerzas.

Fácilmente, pues, la misma Iglesia Católica es descrita y representada como si fuera hostil e enemiga de la cosa pública. Pero a todos es totalmente manifiesto que aquellos que siguen rectamente los preceptos cristianos y los llevan a la práctica de la vida, no ceden ante nadie en amor a la patria, en observar la potestad civil y en obedecer las normas editadas, siempre que estas no manden algo que repugne a las leyes naturales, divinas o eclesiásticas. Por lo cual, Venerables Hermanos y dilectos hijos, sois vejados por persecuciones y todo género de amarguras precisamente porque defendéis la fe arraigada en vuestras almas católicas; lo cual no se convierte en deshonor o infamia, sino en gloria.

Aparecéis ante Nosotros como hombres de corazón, cuantos pueden conocer la verdad y proferir libremente su voz, como para renovar los fastos de la Iglesia primitiva; y tanto más os llevamos en Nuestro ánimo, que os amamos con peculiarísima caridad, los que "sufrís persecución por causa de la justicia" (Mateo 5, 10). Deseamos besar vuestros vínculos, vosotros que estáis injustamente detenidos en cárceles por la religión de vuestros antepasados, por las instituciones sagradas debilitadas, por la eterna salvación de vuestros pueblos puesta en peligro; lloráis y desfallecéis, más por la libertad perdida de cada uno que por sus propios tormentos. ¡Convertid los ojos, los ánimos, la confianza al Cielo! Recordad, Venerables Hermanos y dilectos hijos, que allí se os reserva el premio, a saber, el esplendor de la bienaventuranza que no conoce el ocaso; recordad a todos los católicos que con Nosotros, Padre común, elevan oraciones encendidas a Dios en todas partes de la tierra, para que Él mismo, benigno, madure el fin de los dolores y angustias; y conceda paz a las almas, paz a los pueblos, paz a todas las Naciones. Esa paz, decimos, que proteja en seguridad los derechos de la religión santísima, que defienda la dignidad y libertad de la conciencia de cada uno, que una a todas las gentes, sin distinción de injusticia, entre sí por un pacto amigo. Deseamos esta paz, y hace tiempo que hablando, persuadiendo y obrando la recomendamos; no aquella en la que la Iglesia sea reducida a la servidumbre, cuando la vemos oprimida o cuando, eliminada la religión, los fundamentos de la misma cosa pública flaquean y los ciudadanos no pueden alcanzar la prosperidad y la felicidad de su nombre.

Ya en los anales de vuestra patria brillan preclaros ejemplos de fe cristiana, constancia y fortaleza. Desde tiempos antiquísimos se tiene por memoria transmitida que hubo mártires en Durostorum, Axiopolis y Tomis, que derramaron su sangre por el nombre de Cristo. Y aunque nada más de su vida conocemos excepto su martirio, eso sin embargo, puesto que consta con seguridad, habla suficientemente (A.A.S. 1937, p. 421). De estos mártires sois en cierto modo hijos; y por tanto: "hermanos míos amados, estad firmes e inmóviles; abundando siempre en la obra del Señor, sabiendo que vuestro trabajo no es en vano en el Señor" (1 Cor. 15, 58).

Y así como vuestra tierra fue ya purpurada por la sangre de los santos mártires, así fue regada por el sudor apostólico. En aquellos que, no escatimando labores, introdujeron entre vosotros el nombre cristiano y el culto de la sabiduría humana y divina, resplandece con luz peculiar San Nicetas, Obispo de Remesiana, quien, a finales del siglo cuarto y principios del quinto, existió como infatigable apóstol de este pueblo. Por él vuestros mayores aprendieron a "hacer resonar a Cristo con corazón romano, y a vivir la plácida paz de los castos" (S. Paulino Nol. carmen XVII). Y no solo ilustró vuestros antepasados con los preceptos del Evangelio y la virtud cristiana, sino que dejó también a la posteridad documentos de doctrina eximia, pues "compuso con sermón simple y nítido" escritos de no mediocre peso (cf. Genadio, De viris illus. c. 22).

Y si en el transcurso del tiempo, por gravísimas circunstancias de las cosas, el acceso de vuestra gente a esta Sede Apostólica fue casi cerrado, nunca sin embargo la fe católica se extinguió entre vosotros; por el contrario, apenas pudo, comenzó a revivir de nuevo, respondiendo fielmente a las voces de la edad antiquísima. A vosotros hoy pertenece, Venerables Hermanos y dilectos hijos, escuchar esta misma voz, imitar estos mismos ejemplos. Dificultades, impedimentos, peligros ciertamente no os faltan; y no faltaron a vuestros mayores, que los superaron con ánimo fuerte.

Proseguid, pues, como hacéis, tolerando con invicta firmeza de ánimo las persecuciones, angustias y amarguras; proseguid sufriendo el exilio, la cárcel, la pérdida de todas las cosas, antes que jurar contra vuestra fe y romper o relajar la estrechísima unión con esta Sede de los Príncipes de los Apóstoles. Tened por cierto el auxilio de la ayuda divina, que nunca os faltará ante vuestras súplicas.

Confiamos en que estos Nuestros exhortos, estos testimonios de Nuestra flagrantísima caridad, puedan llegar a vuestra noticia y que de ellos recibáis todos un consuelo saludable y celestial; de modo que con aquella fortaleza indómita que soléis, os esforcéis por resistir y avanzar. Es fácil ver que se trata de la causa de Dios, de la Iglesia y de las almas; por tanto, nunca se debe ceder en el ánimo; nunca se deben descuidar aquellas cosas que la conciencia cristiana impera y que los preceptos divinos mandan, sino que deben ser servidas con suma constancia, alacridad e infatigabilidad, e incolumes en todo tiempo, para ser llevadas a efecto según las fuerzas. Estarán ciertamente con vosotros en una protección y patrocinio validísimo aquellos Santos Celestes de los que se gloría vuestra Patria; estará en primer lugar desde el Cielo la Virgen Madre de Dios María, a quien veneráis con encendida piedad, la cual os impetrará de su Unigénito auxilios celestiales que tanto necesitáis en tan grave peligro; estarán finalmente, unidas a Nuestras oraciones, las de todo el mundo católico, las cuales, hechas con intención, implorarán al Padre de las misericordias que os conceda lo que para todos está en los votos: la libre facultad de profesar privada y públicamente vuestra religión, sus instituciones, normas y preceptos, manteniéndolos intactos.

Que os concilie esto el auspicio de las gracias celestiales y el testimonio de Nuestra voluntad paterna, la Bendición Apostólica que a todos vosotros en particular, Venerables Hermanos y dilectos hijos, amantísimamente en el Señor impartimos.

Dado en Roma, junto a San Pedro, el día 27 del mes de marzo, del año 1952, decimocuarto de Nuestro Pontificado.

PIUS PP. XII
***

¿QUIÉN LOS HA ENVIADO? NADIE, SON LADRONES QUE NO HAN ENTRADO POR LA PUERTA DEL REDIL

 
CONTRA
EL FALSO CLERO SEDEVACANTISTA

  • ¿QUÉ PAPA HA ELEGIDO A LOS CANDIDATOS SEDEVACANTISTAS AL EPISCOPADO?
    NINGUNO.
  • ¿QUÉ PAPA HA ACREDITADO LA CAPACIDAD AL EPISCOPADO DEL CANDIDATO SEDEVACANTISTA?
    NINGUNO.
  • ¿QUÉ PAPA HA CONSAGRADO AL EPISCOPADO A LOS CANDIDATOS SEDEVACANTISTAS?
    NINGUNO.
  • ¿QUÉ PAPA HA CONFIRMADO A LOS FALSOS OBISPOS SEDEVACANTISTAS
    NINGUNO.
  • ¿QUÉ PAPA HA TRANSMITIDO LA JURISDICCIÓN ORDINARIA A LOS FALSOS OBISPOS SEDEVACANTISTAS
     NINGUNO.
  • ¿QUÉ PAPA HA TRANSMITIDO LA APOSTOLICIDAD A LOS FALSOS OBISPOS SEDEVACANTISTAS? 
     NINGUNO.
  • ¿QUÉ PAPA HA ENVIADO A LOS SEDEVACANTISTAS?
    NINGUNO.
  • ¿QUÉ PAPA HA DADO PERMISO A LOS SEDEVACANTISTAS, EN LA VIUDEDAD DE LA SANTA MADRE IGLESIA, CON LA SEDE APOSTÓLICA VACANTE, DE CAMBIAR LA DISCIPLINA Y LEYES A SU ARBITRIO, Y DE USURPAR LOS PODERES Y JURISDICCIÓN DEL PAPA, SI ESTÁ EXPRESAMENTE CONDENADO BAJO INVALIDEZ EN UNA CONSTITUCIÓN APOSTÓLICA EX CÁTEDRA, LA CONSTITUCIÓN VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS?
    NINGUNO.
  • ¿A QUÉ PAPA ESTÁN SOMETIDOS LOS "OBISPOS" SEDEVACANTISTAS SI ESTÁN EN DESOBEDIENCIA CONTUMAZ A LOS MANDATOS Y AUTORIDAD DE S.S.PÍO XII?
    A NINGUNO, SE SOMETEN AL NON SERVIAM DISFRAZADOS DE FALSA TRADICIÓN Y FALSA PIEDAD.


Canon 147

p.1 Un oficio eclesiástico no puede obtenerse válidamente sin atribución canónica 
(Concilio Constantinopolitano IV, acto X, can. 12)

p.2 Por 'disposición canónica' se entiende la concesión de un oficio eclesiástico, hecha por la autoridad eclesiástica competente, de acuerdo con las reglas del santo cánones.
(Charitas, Cum pro pastorali, Acerbissimum, Etsi multa, Quod nunquam, etc)

Canon 953
 “La consagración de los obispos está reservada al Romano Pontífice, de tal manera que no se permite a ningún obispo consagrar como obispo a nadie a menos que primero hubiera tenido la certeza de tener un mandato del Papa.”
(Super Soliditate, Alias, In postrem, Trans Oceanum, Mystici Corporis Christi, Ad Sinarum Gentem, Apostolorum Principis Sepulcrum.)

Canon 2370
El obispo que consagra a otro obispo sin mandato apostólico, contrariamente al can. 953 , sus asistentes, obispos o sacerdotes, y el obispo consagrado quedan automáticamente suspendidos hasta que la Sede Apostólica los haya dispensado.
(Alias, Charitas)

Canon 2372
Un suspenso 'a divinis' reservado a la Sede Apostólica, golpea así a quienes tienen la presunción de recibir las órdenes de un ministro excomulgado, suspendido o prohibido después de una sentencia declaratoria o condenatoria, o de un notorio apóstata, hereje o cismático. Los que hayan sido ordenados de buena fe por uno de ellos quedan privados del ejercicio del orden así recibido, hasta que estén exentos de esta prescripción.
(Etsi pastoralis, Apostolicae Sedis)

ACTASS. CONGREGATIONUM SUPREMA SACRA CONGREGATIO S. OFFICII
II DECRETUM DE CONSECRATIONE EPISCOPI SINE CANONICA PROVISIONE
“El obispo de cualquier rito y dignidad, que confiera la consagración episcopal a alguien sin haber recibido el nombramiento de la Sede Apostólica o sin por la misma hubiera sido expresamente confirmada, y también el que recibe dicha consagración, aunque uno y otros lo hagan coaccionados por miedo grave (canon 2229 § 3, 3°), incurren ipso facto en excomunión reservada de un modo especialísimo a la Sede Apostólica”

Canon 329
§2. El Romano Pontífice nombra libremente a los obispos.
(Liber Extra, Liber Sextus, Concilio de Trento, In postremo, Multiplices inter, Acerbissimum,  Nunquam fore, Syllabus, Levate,Sapienti consilio)

Canon 331
p.3 El juicio de idoneidad de un candidato (episcopal) está reservado únicamente a la Sede Apostólica.
(Duplicem)

Canon 293
§ 1. Los territorios que no han sido erigidos como diócesis son gobernados por Vicarios o Prefectos Apostólicos; todos ellos son nombrados exclusivamente por la Sede Apostólica.

§ 2. El Vicario y el Prefecto Apostólico toman posesión de su territorio, el primero mostrando las letras apostólicas, el segundo el decreto o las letras patentes de la Sagrada Congregación de Propaganda Fide, ya sea por sí mismo o a través de un procurador, a aquel que gobierna el territorio según la norma del canon 309.

Canon188  
Todos los cargos quedarán vacantes ipso facto por renuncia tácita:
4) Si un clérigo se ha apartado públicamente de la fe católica ".
(Cum ex apostolatus officio)

Canon 109
Los que son admitidos en la jerarquía eclesiástica, no lo son por el consentimiento o llamamiento del pueblo o de la potestad secular, sino que son constituidos en los grados de la potestad de orden por la sagrada ordenación; en el supremo Pontificado, por el mismo derecho divino, cumplida la condición de la elección legítima y de su aceptación; en los demás grados de la jurisdicción, por la misión canónica.

Canon 1328
A nadie le está permitido ejercer el ministerio de la predicación si no ha recibido misión del Superior legítimo que le otorgue facultad especial, o le confiera un oficio al cual por disposición de los sagrados cánones vaya anejo el cargo de predicar.

Concilio de Trento
Sesión XXIII (23) del Concilio de Trento, celebrada el 15 de julio de 1563.

CAN. VII. Si alguno dijere, que los Obispos no son superiores a los presbíteros; o que no tienen potestad de confirmar y ordenar; o que la que tienen es común a los presbíteros; o que las órdenes que confieren sin consentimiento o llamamiento del pueblo o potestad secular, son nulas; o que los que no han sido debidamente ordenados, ni enviados por potestad eclesiástica, ni canónica, sino que vienen de otra parte, son ministros legítimos de la predicación y Sacramentos; sea anatema.

CAN. VIII. Si alguno dijere, que los Obispos que son elevados a la dignidad episcopal por autoridad del Pontífice Romano, no son legítimos y verdaderos Obispos, sino una ficción humana; sea anatema.


LOS "OBISPOS" SEDEVACANTISTAS NO HAN SIDO ENVIADOS POR NINGÚN PAPA, NO HAN SIDO ENVIADOS POR DIOS, SON INTRUSOS, LOBOS QUE NO HAN ENTRADO POR LA PUERTA DEL REDIL, LADRONES DE OVEJAS DEL REBAÑO DE N.S.J.C., MIEMBROS DE LA ANOMIA DEL ÁNOMOS, MIEMBROS DE BABILONIA LA GRANDE.




APLÍQUESE LO MISMO A LA SECTA LEFEBVRISTA Y A LA MEGA SECTA CONCILIAR/GRAN BABILONIA MADRE DEL THUCISMO Y EL LEFEBVRISMO.



HEGEMONÍA Y SUJECIÓN ABSOLUTA AL ROMANO PONTÍFICE
SUJECIÓN ABSOLUTA A LA DISCIPLINA VIGENTE
DE LA CONSTITUCIÓN PARA LA SEDE VACANTE DE S.S. PÍO XII
"VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS"
CONTRA LOS USURPADORES

«LA OBEDIENCIA ES MEJOR QUE EL SACRIFICIO.»
SAMUEL XV, 22.

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CONTRA EL FALSO CLERO SEDEVACANTISTA:

NO DECIMOS QUE USTEDES HAYAN PERDIDO
LA POTESTAD DE ORDEN,
DECIMOS QUE JAMÁS LA RECIBIERON

ES UN DOGMA QUE PARA SER PASTOR CATÓLICO ES NECESARIA LA MISIÓN CANÓNICA DADA POR EL PAPA


ETIQUETA INVÁLIDOS


LOS THUCISTAS Y LEFEBVRISTAS
NO TIENEN APOSTOLICIDAD

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QUE ESTA VERDAD ESTUVIERA ENVUELTA EN DUDAS NO LA HACÍA MENOS VERDAD

P. Bertrand L. Conway
 The Question-Box Answers
1903

¿Qué ocurrió con la sucesión papal en la época del Gran Cisma de Occidente (1378-1417 d.C.)?

¿No hubo en un momento dado tres hombres, cada uno afirmando ser el verdadero Papa?

¿Cómo pueden afirmar que su Iglesia fue siempre una, cuando durante cuarenta años fue destruida por el Cisma de Occidente?

La línea papal no se rompió de ninguna manera por el Gran Cisma de Occidente, pues siempre hubo un Papa verdadero; históricamente parece más probable que Urbano VI fuera el Papa validamente elegido el 9 de abril de 1378. Así lo consideran, tras un cuidadoso estudio, muchos historiadores católicos (Hefele, Papencordt, Hergenrother, Heinrich) y no católicos (Ueo, Hinschius, Siebe-king, Lindner, Gregorovius, Erler; cf. Pastor, "Historia de los Papas", vol. i. p. 102). En ese caso, sus sucesores durante el cisma, Bonifacio IX, Inocencio VII y Gregorio XII, formaron la línea directa de Papas legítimos, y los otros —Clemente VII, Benedicto XIII, Alejandro V y Juan XXIII— fueron simplemente antipapas.

Debemos recordar, también, “que el cisma no fue un cisma en el sentido ordinario del término. Porque por cisma se entiende ordinariamente el retiro de la obediencia a aquel que se sabe que es el Pontífice Romano incuestionablemente legítimo. Es muy posible y probable que los autores del daño, a quienes no podemos sino identificar con los cardenales que se alejaron de Urbano después de haberlo elegido, fueran cismáticos en el sentido estricto. Pero el nombre no es verdaderamente aplicable a la gran cantidad de prelados y pueblo cristiano que, entre tantos testimonios contradictorios, fueron totalmente incapaces de descubrir quién era el verdadero Pontífice. Ellos no eran cismáticos, porque reconocían la autoridad papal, hacían lo posible por descubrir quién era su verdadero titular vivo y estaban preparados para someterse de inmediato una vez que se hiciera el descubrimiento".

"Hubo, además, un Papa verdadero todo el tiempo; pues el hecho de que esta verdad estuviera envuelta en dudas no la hacía menos verdad; y este verdadero Papa era una verdadera fuente de autoridad y un verdadero centro de unidad para todo el mundo" (Rev. Sydney Smith, S.J., "El Gran Cisma de Occidente", publicaciones de la Catholic Truth Society). La sucesión al trono de Inglaterra no se interrumpió porque en varias épocas surgieran pretendientes para reclamarlo.

En 1876 hubo dudas considerables respecto a la validez de la elección del presidente Hayes. Supongamos que surgiera una guerra civil sobre el asunto entre demócratas y republicanos. Ambas partes estarían de acuerdo en que hay un solo presidente; la única cuestión sería cuál es el legítimo. Lo mismo ocurrió con el Papa y los antipapas en el siglo XV. Todos los católicos de la época creían firmemente que solo había un Papa; la única duda era cuál era el legítimo.

Los católicos, por supuesto, reconocen que este cisma causó un gran daño a las almas y debilitó en los corazones de muchos la verdadera reverencia por el poder papal, que siempre ha sido la marca del cristianismo auténtico. En cierta medida, preparó el camino para el cisma del siglo XVI, por el cual muchos perdieron para sí mismos y para sus descendientes el evangelio puro de Cristo.

Aun así, la verdadera sucesión continuó a través de Martín V, la elección del Concilio de Constanza, y continúa hasta el día de hoy inalterada —una prueba para todo seguidor fiel de Cristo del carácter sobrenatural de la barca de Pedro, que ha capeado muchas tormentas por el poder de Cristo, el Hijo de Dios—. (Alzog, vol. ii. p. 845, et seq; Pastor, "Historia de los Papas", vol. i.; Smith, publicaciones de la Catholic Truth Society; American Catholic Quarterly, d.C. 1891, p. 67).


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RELACIONADO

NINGUNA DUDA
DE LA COMPLETA VALIDEZ CANÓNICA
DE LA ELECCIÓN DE URBANO VI

LAS LENGUAS MORTALES DE LOS HEREJES SON LAS PUERTAS DEL INFIERNO

S.S.Vigilio
Segundo Concilio de Constantinopla

Nos, teniendo presente las promesas hechas respecto a la santa Iglesia, y a Aquel que dijo que las puertas del infierno no prevalecerán contra ella, es decir, las lenguas mortales de los herejes; recordando también lo que fue profetizado respecto a ella por Oseas, diciendo: "Te desposaré conmigo en fidelidad, y conocerás al Señor", y contando junto con el diablo, padre de la mentira, las lenguas desenfrenadas de los herejes que perseveraron en su impiedad hasta la muerte, y sus escritos más impíos, les diremos: "He aquí, todos vosotros encendéis un fuego, y hacéis que la llama del fuego se fortalezca, caminaréis en la luz de vuestro fuego, y en la llama que encendéis." Pero Nos, teniendo el mandamiento de exhortar al pueblo con la doctrina correcta, y de hablar al corazón de Jerusalén, es decir, a la Iglesia de Dios, nos apresuramos justamente a sembrar en justicia, y a cosechar el fruto de la vida; y encendiendo para nosotros la luz del conocimiento de las Sagradas Escrituras, y la doctrina de los Padres, hemos considerado necesario comprender en ciertos Capítulos, tanto la declaración de la verdad como la condenación de los herejes y de su maldad.


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