VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

✠✠ "Sede Vacante Nihil Innovetur" ✠ "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus" ✠ "Inferior non potest tollere legem superioris" ✠✠

LAS SECTAS THUCISTAS NO PUEDEN DISPENSAR DEL AYUNO CURESMAL APELANDO AL DECRETO DE 1949 YA QUE LAS DISPENSAS SOLO LAS PODÍA DAR EL OBISPO ORDINARIO


LA DISCIPLINA SOBRE EL AYUNO TRAS LA POSTGUERRA
DECRETO DE 1949
QUE LAS SECTAS THUCISTAS, FSSPX Y CONCILIAR,
NO PUEDEN DISPENSAR


Durante los estragos de la Segunda Guerra Mundial, en 1941, 1946 y 1949, se otorgaron dispensas mediante los Obispos Ordinarios.

Al finalizar la guerra y con las restricciones posteriores (hambrunas, penurias y dificultades generales), el Papa Pío XII renovó y al mismo tiempo limitó las facultades de dispensar que había concedido a los obispos Ordinarios en 1941 y 1946. Por decreto de la Sagrada Congregación del Concilio, de 28 de enero de 1949 (AAS 1949, pp. 32‑33), se autorizó a los obispos ordinarios a conceder dispensas de todas las obligaciones de ayuno y abstinencia, con las siguientes excepciones:

  • Abstinencia todos los viernes del año.

  • Ayuno y abstinencia en cuatro días concretos: la Nochebuena (24 de diciembre), el Miércoles de Ceniza, el Viernes Santo y la Vigilia de la Asunción (14 de agosto).

El decreto de 1949 no constituye solo una autorización amplia para dispensar por parte del Obispo Ordinario, sino que también establece límites claros a las dispensas previas.

Pío XII no eliminó el ayuno cuaresmal prescrito en el Canon 1252 §3; más bien, mediante este decreto reorganizó las dispensas concedidas durante la guerra, adaptándolas a la situación de posguerra. En consecuencia:

  • La norma general (Canon 1252) permanece vigente.

  • Solo los obispos ordinarios con jurisdicción y diócesis legítimas otorgadas por el Papa podían conceder dispensas dentro de su jurisdicción sobre los días restantes de Cuaresma según el decreto de 1949.


El Canon 1252 ES LA LEY VIGENTE

1 La ley de sola la abstinencia se ha de observar TODOS los Viernes del año.

2 Obliga la ley de la abstinencia con ayuno el Miércoles de Ceniza, los Viernes y Sábados de Cuaresma y los tres días de las Cuatro Témporas, las vigilias de Pentecostés, de la Asunción de la Madre de Dios*, de la Fiesta de Todos los Santos y de la Natividad del Señor.

3 Finalmente, hay días en que sólo se prescribe el ayuno; estos son todos los días de Cuaresma.

4 La ley de abstinencia, o de abstinencia y ayuno, o de ayuno solo, cesa los domingos y fiestas de precepto, excepto las fiestas que caen en Cuaresma y no se anticipan las vigilias; esta ley cesa también el Sábado Santo a partir del mediodía.

El decreto de 28 de enero de 1949 (AAS 1949, pp. 32–33) regula la facultad de los obispos ordinarios de dispensar de la ley de ayuno y abstinencia tras la Segunda Guerra Mundial.

Fija un núcleo obligatorio de observancia (viernes, Miércoles de Ceniza, Viernes Santo, Vigilia de la Asunción,Vigilia de Navidad).

Permite dispensas solo dentro de la jurisdicción del Ordinario.

Conclusión: Solo un Obispo Ordinario válido y legítimo podía otorgar esas dispensas; la ley universal (Canon 1252 §1 CIC 1917) sigue siendo vigente.


Además el decreto de 28 de enero de 1949 no puede considerarse una ley general, sino una regulación particular de posguerra, porque su alcance se limita a autorizar a los obispos ordinarios a conceder dispensas de ayuno y abstinencia dentro de su jurisdicción, fijando únicamente ciertos días inderogables como los viernes, Miércoles de Ceniza, Viernes Santo, Nochebuena y la Vigilia de la Asunción, y además evidencia su carácter temporal al no incluir modificaciones sobre otros días tradicionales de ayuno, como el Sábado Santo, que no fue alterado hasta 1955 por Pío XII, lo que demuestra que el decreto no sustituía la ley universal del canon 1252 sino que operaba como una excepción limitada a las circunstancias de la posguerra.

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SAGRADA CONGREGACIÓN PARA LA IGLESIA ORIENTAL DECRETO SOBRE LA OBSERVANCIA DE LA LEY DE ABSTINENCIA Y AYUNO

Puesto que las circunstancias adversas que aconsejaron relajar la ley de la abstinencia y del ayuno en el mes de diciembre del año del Señor 1941 han disminuido un tanto en casi todas partes, ante la llegada del tiempo propicio del Año Santo, a petición de muchos Excelentísimos Ordinarios, se ha considerado conveniente que dicha ley sea restaurada al menos en parte.

Por lo cual, Nuestro Santísimo Señor Pío XII, por la divina Providencia Papa, se ha dignado decretar para todos los fieles de rito oriental, incluidos los pertenecientes a Órdenes y Congregaciones Religiosas, que la facultad concedida a los Ordinarios para dispensar sobre la citada ley se limite de tal modo que, desde el primer día de la próxima Gran Cuaresma y hasta que se provea de otro modo, la ley de abstinencia y ayuno se observe «según el uso y la práctica de cada rito» en estos días:

I. Abstinencia: todos los viernes; II. Abstinencia y ayuno:

  1. El primer día de la Gran Cuaresma;

  2. El Viernes Santo;

  3. Las vigilias de Navidad; o, para los fieles de rito bizantino, la vigilia de la Epifanía;

  4. La vigilia de la Asunción de la B. M. V.;

concediendo sin embargo benignamente que, en los días de abstinencia y ayuno conjunto, los Excelentísimos Ordinarios puedan permitir huevos y lácteos incluso por la mañana y por la noche.

(Siguen exhortaciones a la caridad y oraciones por el Papa). Dado en Roma... 28 de enero de 1949. EUGENIO Card. TISSERANT, Secretario.

https://www.vatican.va/archive/aas/documents/AAS-41-1949-ocr.pdf

https://archive.org/details/sim_acta-apostolicae-sedis_1949-01-31_41_1/page/32/mode/2up

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DECRETO SOBRE LA OBSERVANCIA DE LA LEY DE ABSTINENCIA Y AYUNO

(A.A.S., XXXXI (1949), 32)

Puesto que las circunstancias adversas que aconsejaron relajar la ley de la abstinencia y del ayuno en el mes de diciembre del año del Señor 1941 han disminuido un tanto en casi todas partes, y ante la llegada del tiempo propicio del Año Santo, a petición de muchos Excelentísimos Ordinarios, se ha considerado conveniente que dicha ley sea restaurada al menos en parte.

Por lo cual, Nuestro Santísimo Señor Pío XII, por la divina Providencia Papa, se ha dignado decretar para todos los fieles de rito latino, incluidos los pertenecientes a Órdenes y Congregaciones Religiosas, que la facultad concedida a los Ordinarios para dispensar sobre la citada ley se limite de tal modo que, desde el primer día de la próxima Sagrada Cuaresma y hasta que se provea de otro modo, se guarde abstinencia todos los viernes; y la ley de abstinencia y ayuno conjuntamente el Miércoles de Ceniza, el Viernes Santo, las vigilias de la Asunción de la Bienaventurada Virgen María y de la Natividad de Nuestro Señor Jesucristo; concediendo sin embargo benignamente que en los días de abstinencia y ayuno conjunto sea lícito en todas partes tomar huevos y lácteos, incluso por la mañana y por la noche.

Los Ordinarios del lugar que hagan uso de esta nueva moderación de la ley de abstinencia y ayuno, no dejen de exhortar a los fieles, especialmente a los clérigos y religiosos de ambos sexos, para que en estos tiempos tan graves añadan de buen grado ejercicios voluntarios de perfección cristiana, así como obras de caridad, especialmente hacia los pobres y enfermos, y del mismo modo eleven preces según la intención del Sumo Pontífice.

Dado en Roma, el día 28 de enero de 1949.

F. CARD. MARMAGGI, Prefecto

F. ROBERTI,



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S.S.PÍO XII CAMBIÓ EL AYUNO DEL SÁBADO SANTO
EN 1955
CESA A LAS 00:00, NO A LAS 12:00
COMO PONE EN MUCHOS CIC Y MISALES ANTERIORES A 1955.

III - Ayuno de Cuaresma y ayuno hasta la medianoche prolongando el sábado santo.

10. Se prescriben la abstinencia y el ayuno durante la Cuaresma
que hasta ahora, según el can. 1252 §4, cesará después del mediodía de un sábado santo; en adelante cesará a la medianoche del mismo sábado.
Sin perjuicio de cualquier cosa en contrario.

LA SANTA IGLESIA CATÓLICA Y APOSTÓLICA, QUE FUÉ FUNDADA POR EL MISMO JESUCRISTO

S.S.San León III

Quien no creyere según la recta fe, a éste lo condena la Santa Iglesia Católica y Apostólica, que fué fundada por el mismo Jesucristo Señor Nuestro, a quien sea gloria por los siglos.

Carta enviada a los Monjes de Palestina con ocasión de las querellas suscitadas por la inserción en el Símbolo de la partícula Filioque. Es una paráfrasis del símbolo bautismal, en la cual se desarrolla la doctrina relativa a la Trinidad.
— Texto: MANSI, 13, 978-979. — Cf., E. AMANN, DTC 9, 304-312.


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MIÉRCOLES DE CENIZA COMIENZA LA CUARESMA

18 de febrero del Año del Señor 2026
MIÉRCOLES DE CENIZA

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NORMAS SOBRE EL AYUNO Y LA ABSTINENCIA CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO 1917


Canon 1250
La ley de la abstinencia prohíbe comer carne y caldo de carne, pero no prohíbe comer huevos, lacticinios y cualesquiera condimentos, aunque sean de grasa de animales.


Canon 1251
1 La ley del ayuno prescribe que no se haga sino una sola comida al día; pero no prohíbe tomar algún alimento por la mañana y por la tarde, con tal que se observe, respecto de la cantidad y la calidad, la costumbre aprobada en cada lugar.

2 Tampoco está prohibido mezclar carne y pescado en la misma comida; ni cambiar la colación de la noche con la comida del mediodía.


Canon 1252
1 La ley de sola la abstinencia se ha de observar TODOS los Viernes del año.

2 Obliga la ley de la abstinencia con ayuno el Miércoles de Ceniza, los Viernes y Sábados de Cuaresma y los tres días de las Cuatro Témporas, las vigilias de Pentecostés, de la Asunción de la Madre de Dios*, de la Fiesta de Todos los Santos y de la Natividad del Señor.

3 Finalmente, hay días en que sólo se prescribe el ayuno; estos son todos los días de Cuaresma.

4 La ley de abstinencia, o de abstinencia y ayuno, o de ayuno solo, cesa los domingos y fiestas de precepto, excepto las fiestas que caen en Cuaresma y no se anticipan las vigilias; esta ley cesa también el Sábado Santo a partir del mediodía.


Todos los Viernes y Sábados de Cuaresma
AYUNO Y ABSTINENCIA
Todos los demás días de Cuaresma 
Incluida la Fiesta de San José el 19 de marzo si no cae en Domingo
AAS Vol.12 pág 576 
AYUNO
menos los Domingos.

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Témporas de Primavera (o Primeras)
AYUNO Y ABSTINENCIA
El miércoles, viernes y sábado de la segunda semana de Cuaresma

  • Miércoles: 25 de febrero
  • Viernes: 27 de febrero
  • Sábado: 28 de febrero

Canon 1253
Estos cánones no cambiarán los indultos particulares, los votos de cualquier persona física o moral, las constituciones y reglas de cada religión o instituto aprobado, tanto de hombres como de mujeres, que lleven vida en común, incluso sin realizar votos).


Canon 1254
1 Están obligados a guardar abstinencia cuantos hayan cumplido los siete años de edad.

2 Obliga la ley del ayuno a todos desde que han cumplido veintiún años de edad hasta que hayan comenzado los sesenta.


S.S.Pío XII cambió el ayuno del Sábado Santo en 1955 y cesa a las 00:00, no a las 12:00 como pone en muchos CIC y misales anteriores a 1955

III - Ayuno de Cuaresma y ayuno hasta la medianoche prolongando el sábado santo
10. Se prescriben la abstinencia y el ayuno durante la Cuaresma
que hasta ahora, según el can. 1252 §4, cesará después del mediodía de un sábado santo; en adelante cesará a la medianoche del mismo sábado.
Sin perjuicio de cualquier cosa en contrario.
16 de noviembre de 1955
Página 841


*S.S.Pío XII trasladó el ayuno y abstinencia de la víspera de la Asunción a la víspera de la Inmaculada Concepción. AAS (1957) 638

FECHAS DE LAS PRÓXIMAS CUATRO TÉMPORAS, INSTITUIDAS POR S.S. EL PAPA SAN CALIXTO I

LA DISCIPLINA DE DISPENSA DE AYUNO CUARESMAL POR OBISPOS ORDINARIOS EN LA POSTGUERRA.
DECRETO DE 1949
QUE LAS SECTAS THUCISTAS, FSSPX Y CONCILIAR, NO PUEDEN DISPENSAR


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LO INMUTABLE, QUE NADIE LO ALTERE NI LO CAMBIE

S.S.Pío XII
Quamvis Inquieti
 a los Padres de la Compañía de Jesús
 17 de septiembre de 1946
(EXTRACTO)

 At quod immutabile est, nemo turbet et moveat

De ello se desprende que, al exponer y hablar sobre los asuntos en cuestión, en la forma en que formulan sus argumentos y el estilo que eligen para hablar, necesitan adaptar sabiamente sus discursos al carácter y la disposición de la época en que viven. Pero lo inmutable, que nadie lo altere ni lo cambie. Mucho se ha dicho, pero no lo suficiente tras una debida reflexión, sobre la «Nouvelle Théologie» [«Nueva Teología»], que, debido a su característica de moverse con todo en un estado de perpetuo movimiento, siempre estará en camino hacia algún lugar, pero nunca llegará a ninguna parte. Si uno pensara que tiene que estar de acuerdo con una idea como esa, ¿qué sería de los dogmas católicos, que nunca deben cambiar? ¿Qué sucedería con la unidad y la estabilidad de la fe?

Al considerar la veneración de la Verdad indefectible como algo sagrado y solemne, dedíquense a examinar y resolver con celo los problemas que hacen que la gente de hoy vacile en sus creencias, sobre todo si estos problemas pueden generar obstáculos y dificultades para los eruditos cristianos. Al arrojar luz sobre estas dificultades y transformar con su esfuerzo lo que parecía ser un obstáculo, fortalezcan así su fe. Pero cuando se examinen cuestiones nuevas o audaces, que los principios de la doctrina católica brillen con esplendor ante la mente. Que lo que resuene con el sonido de algo totalmente nuevo en teología se sopese cuidadosamente con vigilante prudencia. Que lo cierto y firme se distinga de lo que se ofrece como conjetura, de aquello que una forma de pensar transitoria y no siempre loable es capaz de introducir e insertar incluso en la teología y la filosofía. A quien yerra, que se le extienda una mano amiga. Pero no se debe dar ninguna indulgencia a los errores contenidos en sus opiniones.

Ex quo id infertur, ut in proponendis et proferendis quaestionibus, in argumentationibus ducendis, in dicendi quoque genere deligendo, oporteat sui saeculi ingenio et propensioni sapienter orationem suam accommodent. At quod immutabile est, nemo turbet et moveat. Plura dicta sunt, at non satis explorata ratione, «de nova theologia» quae cum universis semper volventibus rebus, una volvatur, semper itura, numquam perventura. Si talis opinio amplectenda esse videatur, quid fiet de numquam immutandis catholicis dogmatibus, quid de fidei unitate et stabilitate?

Dum igitur inocciduam Veritatem vereri sanctum sollemneque habetis, operam date problemata, quae labens fert tempus, studiose investigare et exsolvere, praesertim si ea eruditis christifidelibus obstacula et difficultates progignere possint; quin etiam eadem illustrando, in auxilium convertentes impedimentum, illorum fidem inde confirmate. Verumtamen, cum novae vel liberae agitantur quaestiones, catholicae doctrinae principia semper mentibus praefulgeant; quod in re theologica omnino novum sonat, evigilanti cautione perpendatur; certum firmumque ab eo, quod coniectura ducitur, ab eo, quod labilis nec semper laudabilis mos etiam in theologiam et philosophiam introducere et invehere potest, secernatur; errantibus amica praebeatur manus, nihil autem indulgeatur opinionum erroribus.



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LA MALVADA COSTUMBRE, S.S.BENEDICTO XIV Vs ROBERT PREVOST + NGO DINH THUC


S.S. Benedicto XIV
Allatae Sunt
1755

El Sumo Pontífice Gelasio, en su novena carta a los obispos de Lucania, cap. 26, reprobó la malvada costumbre ya introducida según la cual las mujeres servían al sacerdote que celebraba la Misa; y habiendo pasado el mismo abuso a los griegos, Inocencio IV, en la carta que dio al obispo de Tusculum, lo proscribió severísimamente: "Que las mujeres no se atrevan a servir en el altar, sino que sean totalmente repelidas de ese ministerio". Con estas mismas palabras es prohibido también por Nos en nuestra ya citada Constitución Etsi Pastoralis, § 6, num. 21, tomo 1, de nuestro Bullarium.

Summus Pontifex Gelasius in sua epistola nona ad Episcopos Lucaniae, cap. 26, pravam consuetudinem iam invectam improbavit, iuxta quam, mulieres Sacerdoti Missam celebranti inserviebant; cumque idem abusus ad Graecos transiisset, Innocentius IV in epistola, quam ad Episcopum Tusculanum dedit, eumdem severissime proscripsit: Mulieres autem servire ad Altare non audeant, sed ab illius ministerio repellantur omnino. Iisdem verbis a Nobis quoque prohibetur in nostra saepius citata Constitutione Etsi Pastoralis, § 6, num. 21, tom. 1, Bullarii nostri.

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Bob Prevost
SEXTO LÍDER DE LA SECTA DE MONTINI O GRAN BABILONIA DEL APOCALIPSIS
en Santa Maria Regina Pacis en Ostia Lido,
custodiado por "monaguillas o servidoras del altar"

https://www.instagram.com/p/DUye3drDJTU/?img_index=19
https://www.youtube.com/watch?v=sBF2zPApSXw


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RELACIONADO

Peter Martin Ngo Dinh Thuc
PADRE DE MÚLTIPLES SECTAS NEO-JANSENISTAS

Acta Synodalia Sacrosancti
Concilii Oecumenici 
Vaticani II
Periodus secunda, pars III

“… Me parece extraordinario que en el esquema del pueblo de Dios no se mencione expresamente a la mujer en ninguna parte, por lo que la Iglesia aparece totalmente masculina, mientras que la realidad es bastante diferente. ¿No constituyen las mujeres la mayor parte del laicado, incluso de las prescripciones eclesiásticas? Por supuesto, sé bien que la Iglesia tuvo que comportarse así para no ofender los prejuicios de aquellos tiempos. Así, San Pablo impuso el velo a las mujeres en la Iglesia, para que no desagradaran a los ángeles. Entonces, ¿por qué los hombres deben entrar con orgullo a la iglesia con la cabeza descubierta, lo cual es contrario a la costumbre de los clérigos de hoy tanto en Occidente como en Oriente? De la misma manera, se impuso el silencio a las mujeres mientras que en esta Basílica los muros resonaban recientemente al son de las voces de los Padres. Entonces, las monjas deben obtener el permiso de las iglesias para lavar la ropa sagrada. Y así también esta injusta discriminación aparece aquí y ahora en esta sala conciliar ... ¿Por qué es que en nuestra era atómica, cuando en casi todo el mundo las mujeres han alcanzado la igualdad jurídica con los hombres, es sólo en la Iglesia de Cristo que todavía las padecen? discriminaciones injuriosas… busco con ansia… que estas discriminaciones contra el sexo más valiente sean erradicadas. Por último, le estaré agradecido a quien pueda presentarme un texto simple y apodíctico del Evangelio que excluye a las hermanas de la Santísima Virgen María de las funciones sagradas ”.


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ADAPTADO Y ADAPTABLE A DIVERSOS TIEMPOS Y LUGARES

San Pío X
Lamentabili
1907

Proposición condenada 59

Cristo no enseñó un cuerpo determinado de doctrina aplicable a todos los tiempos y a todos los hombres, sino más bien inició un cierto movimiento religioso, adaptado y adaptable a diversos tiempos y lugares.


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EL PROTESTANTISMO NO AGRADA A DIOS

S.S.Pío IX
Syllabus

ERROR CONDENADO XVIII
El protestantismo no es más que una forma diversa de la misma verdadera Religión cristiana, en la cual, lo mismo que en la Iglesia, es posible agradar a Dios.
(Encíclica Noscitis et Nobiscum 8 diciembre 1849)


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RELACIONADO
Infalibilidad del Syllabus

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UNA ACTITUD "MINIMISTA" DE ACEPTAR SOLO LOS PRONUNCIAMIENTOS INFALIBLES ES SENCILLAMENTE NO CATÓLICA

Rev. John Fr. Cronin

Catholic social principles

En primer lugar, la misión de enseñanza de la Iglesia no se limita a los pronunciamientos infalibles del papa o de los concilios ecuménicos. 

El mandato de Cristo de enseñar a todas las naciones no estaba limitado por ninguna salvedad. La Iglesia ha sido comisionada por Dios para enseñar con autoridad en materias de fe y moral. Se le ha prometido la guía del Espíritu Santo. En casos raros, la plenitud de esta guía se invoca en una definición solemne de un artículo de fe.

Pero el grueso de la enseñanza de la Iglesia se recibe a través de los canales normales de los pronunciamientos de los papas, los obispos y los teólogos.

En lo que respecta al papa, el tipo de enseñanza varía en solemnidad y urgencia. A veces, el papa instruye directa y formalmente. En algunos asuntos, se contenta con hablar a través de las Sagradas Congregaciones.

Una vez más, se pueden instar posiciones como una cuestión de prudencia, más que de fe.

[...]

En consecuencia, una actitud "minimista" de aceptar solo los pronunciamientos infalibles es sencillamente no católica.

Catholic social principles; the social teaching of the Catholic Church applied to American economic life

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CONFORME A LAS SUCESIONES DE LOS OBISPOS, A LOS CUALES LOS APÓSTOLES CONFIARON LA IGLESIA

San Ireneo
Contra las herejías

3, 3, 4. — Y Policarpo, que no sólo fué instruído por los Apóstoles, y conversó con muchos de los que vieron al Señor, sino que por los Apóstoles fué constituído obispo en Asia, en la iglesia que está en Esmirna, a quien también vimos nosotros en nuestra primera edad (pues vivió mucho y muy anciano gloriosísima y nobilísimamente sufriendo el martirio, salió de esta vida), siempre enseñó estas cosas que había aprendido de los Apóstoles, las cuales entregó a la Iglesia, y son las únicas verdaderas. De ellas dan testimonio todas las iglesias que están en Asia, y los que hasta hoy han sucedido a Policarpo. H. 2, 12; MG. 7, 851.

Ib., 3, 4, 1. — Existiendo, pues, tan grandes pruebas, no conviene buscar más entre otros la verdad, que es tan fácil tomar de la Iglesia, pues los Apóstoles, como el rico en su depósito, encerraron abundantemente en ella todo lo que se refiere a la verdad, para que todo el que quiera tome de ella la bebida de vida. Esta es, pues, la puerta de la vida, todos los otros son salteadores y ladrones. Por lo cual conviene ciertamente guardarse de ellos; y las cosas que son de la Iglesia recogerlas con suma diligencia, adhiriéndonos a la tradición de la verdad. ¿Pues qué? Y si la disputa fuese de una pequeña cuestión no convendría acudir a las iglesias más antiguas en las que vivieron los Apóstoles, y de ellas tomar para la cuestión presente lo que es cierto y manifiesto? Más aún, si ni los Apóstoles nos hubieran dejado escritos, ¿no convendría seguir el orden de la tradición que dejaron a los que confiaban las iglesias? H. 2, 15; MG. 7, 855.

Ib., 4, 33, 8.La verdadera gnosis es la doctrina de los Apóstoles y el antiguo estado de la Iglesia en todo el mundo y el carácter del cuerpo de Cristo, conforme a las sucesiones de los obispos, a los cuales los Apóstoles confiaron la Iglesia, que se encuentra en los diferentes sitios; la completa transmisión de las Escrituras que ha llegado a nosotros sin ficción, bien guardada, sin haber recibido aumento ni disminución; lección sin falsedad, exposición legítima conforme a las Escrituras, y diligente y sin peligro y sin blasfemia; y el principal oficio de la caridad, que es más preciosa que la sabiduría, más gloriosa que la profecía, y por encima de los demás carismas. H. 2, 262; MG. 7, 1077.

Ib., 5, 20, 1. — Pues todos estos (herejes) son muy posteriores a los obispos, a quienes los Apóstoles confiaron las iglesias... Tienen, pues, necesidad... de andar, extraviados, por uno y otro camino. Pero la senda de los que pertenecen a la Iglesia rodeando el mundo entero, puesto que tiene la firme tradición de los Apóstoles, nos hace ver que es una y la misma la fe de todos. H. 2, 377; MG. 7, 1177.



LA IGESIA DE JESUCRISTO
José Madoz S.J.
1936
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DE TODO EL MUNDO ES ELEGIDO UN SOLO PEDRO


S.S. San León Magno
Sermo III, 3 (ML 54, 146)

«Sic enim prae ceteris est ordinatus, ut dum Petra dicitur, dum fundamentum pronuntiatur, dum regni caelorum ianitor constituitur, dum ligandorum solvendorumque arbiter, mansura etiam in caelis iudiciorum suorum definitione, praeficitur, qualis ipsi cum Christo esset societas, per ipsa appellationum eius mysteria nosceremus».

«De tal modo fue ordenado por encima de los demás que, al ser llamado Piedra, al ser proclamado fundamento, al ser constituido portero del reino de los cielos, al ser nombrado árbitro de lo que se debe atar y desatar —permaneciendo incluso en los cielos la definición de sus juicios—, conociéramos por los misterios mismos de sus apelaciones qué clase de sociedad tenía él con Cristo».

Sermo IV, 2 (ML 54, 150)

«De toto mundo unus Petrus eligitur, qui et universarum gentium vocationi, et omnibus apostolis cunctisque Ecclesiae Patribus, praeponatur, ut, quamvis in populo Dei multi sacerdotes sint multique pastores, omnes tamen proprie regat Petrus, quos principaliter regit et Christus».

«De todo el mundo es elegido un solo Pedro, para ser puesto al frente de la vocación de todas las gentes, de todos los apóstoles y de todos los Padres de la Iglesia; de modo que, aunque en el pueblo de Dios haya muchos sacerdotes y muchos pastores, Pedro rija propiamente a todos aquellos a quienes Cristo rige principalmente».

ESTUDIOS ECLESIÁSTICOS TOMO 3 1929
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DEFINITIVO REMEDIO DE LA CRISIS TOTAL QUE AGITA AL MUNDO

S.S.Pío XII
EXHORTACION RADIAL
DAL NOSTRO CUORE
PREGON FUNDAMENTAL DEL MOVIMIENTO “POR UN MUNDO MEJOR”
(10-II-1952)

1. Un grito de alarma: ¡a la acción!

Desde Nuestro corazón, amados hijos e hijas de Roma, os llega esta paternal exhortación: desde Nuestro corazón intranquilo, de una parte, por la prolongación de las peligrosas condiciones exteriores, que no logran permanente claridad; de otra, por una tibieza demasiado difundida que a muchos impide el emprender aquella vuelta a Cristo, a la Iglesia, a la vida cristiana, que tantas veces hemos señalado como definitivo remedio de la crisis total que agita al mundo. Pero la confianza de encontrar en vosotros el consuelo de la comprensión y la firme prontitud para la actuación, Nos ha movido a abrir Nuestra alma. Grito de alerta es el que hoy escucháis de los labios de vuestro Padre y Pastor; de Nos, que no podemos permanecer mudos e inertes ante un mundo que inconscientemente prosigue por aquellos caminos que conducen al abismo almas y cuerpos, buenos y malos, civilización y pueblos. El sentimiento de Nuestra responsabilidad ante Dios exige de Nos el intentarlo todo, el emprenderlo todo, para que al género humano le sea ahorrada desgracia tan grande.

2. En la fiesta de Nuestra Señora de Lourdes, progresiva renovación religiosa.

Para confiaros estas Nuestras angustias hemos escogido la festividad –que mañana se celebra– de la Virgen de Lourdes porque conmemora las prodigiosas apariciones que hace casi cien años, fueron, en aquel siglo de desbordamiento racionalista y de depresión religiosa, la respuesta misericordiosa de Dios y de su Madre celestial a la rebelión de los hombres, la irresistible llamada a lo sobrenatural, al primer paso para una progresiva renovación religiosa. Y ¿qué corazón de cristiano, por tibio y olvidadizo que fuera, podría resistir a la voz de María? No ciertamente los corazones de los Romanos; de vosotros que habéis heredado, transmitido durante largos siglos, junto con la fe de los Mártires, el filial afecto a María, invocada en sus venerables imágenes con los amorosos títulos, de lapidaria elocuencia, “Salus Pópuli Románi”, “Portus Románæ Securitátis” y con aquel otro más reciente de “Madre del Divino Amor”, todos los cuales son monumentos de la constante piedad mariana, y con mayor verdad aún, dulce sello de una historia de probadas intervenciones de la Virgen en las calamidades públicas, que hicieron temblar estos viejos muros de Roma, siempre salvada gracias a la protección de Ella.

3. Frente a los graves peligros, examina qué se debe hacer.

Mas no ignoráis que mucho más extendidos y graves de cuanto fueran las pestes y los cataclismos terrestres son los peligros que sin cesar se ciernen sobre la presente generación, bien que su permanente amenaza ha comenzado a hacer a los pueblos casi insensibles y apáticos. ¿Sería, tal vez, este el más infausto síntoma de la interminable pero no decreciente crisis que hace temblar a las mentes conscientes de la realidad? Renovado, por lo tanto, el acudir a la benignidad de Dios y a la misericordia de María, necesario es que todo fiel, todo hombre de buena voluntad, se torne a examinar, con una resolución digna de los grandes momentos de la historia humana, cuanto personalmente pueda y deba hacer, como contribución suya a la obra salvadora de Dios, para venir en socorro de un mundo, que hoy se halla camino de la ruina.

4. Después de la floración religiosa del Año Santo, sacudir el funesto letargo.

La persistencia de una situación general, que no dudamos en calificar de explosiva a cada instante y cuyo origen tiene que buscarse en la tibieza religiosa de tantos, en el bajo tono moral de la vida pública y privada, en la sistemática obra de intoxicación de las almas sencillas a las que se les propina el veneno después de haberles narcotizado –digámoslo así– el sentido de la verdadera libertad, no puede dejar a los buenos inmóviles en el mismo surco; contemplando con los brazos cruzados un porvenir arrollador.

El mismo Año Santo, que consigo trajo una prodigiosa floración de vida cristiana, abierta primero entre vosotros y luego en los rincones todos de la tierra, no ha de mirarse como un meteoro resplandeciente pero fugitivo, ni como un esfuerzo momentáneo ya cumplido, sino como el paso, primero y prometedor, hacia la completa restauración del espíritu evangélico que, además de arrancar millones de almas de la ruina eterna, es el único que puede asegurar la convivencia pacífica y la fecunda colaboración de los pueblos.

Y ahora ha llegado el tiempo, amados hijos. Ha llegado el tiempo de dar los otros pasos definitivos, es tiempo de sacudir el funesto letargo; es tiempo de que todos los buenos, todos los preocupados por los destinos del mundo se reconozcan y aprieten sus filas; es tiempo de repetir con el Apóstol: «Hora est jam nos de somno súrgere» (Rom. XIII, 11): ¡Ea, es hora de que nos despertemos del sueño, porque ahora está próxima nuestra salvación!

5. Un mundo entero que rehacer.

Es todo un mundo, que se ha de rehacer desde los cimientos, que es necesario transformar de selvático en humano, de humano en divino, es decir, según el corazón de Dios. Millones y millones de hombres claman por un cambio de ruta, y miran a la Iglesia de Cristo como fuerte y único timonel que, respetando la humana libertad, pueda ponerse a la cabeza de empresa tan grande, y le suplican la dirección de ella con palabras claras y más aún con las lágrimas ya derramadas, con las heridas todavía sangrantes, señalando los inmensos cementerios que el odio organizado y armado ha extendido sobre la faz de los continentes.

6. La responsabilidad del Papa y de Roma.

¿Cómo podríamos Nos, puestos por Dios, bien que indignos, luz en las tinieblas, sal de la tierra, Pastor de la grey cristiana, rechazar esa misión tan saludable? Como aceptamos, en un día ya lejano, porque a Dios así plugo, la pesada cruz del Pontificado, así Nos sometemos al arduo oficio de ser, en cuanto lo permiten nuestras débiles fuerzas, heraldos de un mundo mejor, querido por Dios, y cuya bandera deseamos entregar primero a vosotros, amados hijos de Roma, más vecinos a Nos y más particularmente confiados a nuestros cuidados; y por ello mismo, puesto está, también vosotros como luz sobre el candelabro, levadura entre los hermanos, ciudadela sobre el monte; a vosotros, de quienes con razón esperan los demás mayor valor y más generosa prontitud.

7. Exhortación a Roma a volver a sus realizaciones históricas de salvación.

Acoged con noble ímpetu de entrega, reconociéndola como llamada de Dios y digna razón de vida, la santa consigna que en el día de hoy os confía vuestro Pastor y Padre: Dar comienzo a un poderoso despertar en el pensamiento y en la actuación. Despertar, que obligue a todos, sin que nadie pueda evadirse al Clero y al pueblo, a las autoridades, a las familias, a los grupos, a cada una de las almas, en el frente de la renovación total de la vida cristiana, en la línea de la defensa de los valores morales, en la realización de la justicia social, en la reconstrucción del orden cristiano, de tal suerte que hasta el mismo esfuerzo de la Urbe, centro –desde los tiempos apostólicos– de la Iglesia, aparezca en breve tiempo resplandeciente en santidad y belleza.

La ciudad de Roma, sobre la cual cada edad ha impreso la huella de gloriosas actuaciones, convertidas luego en herencia del mundo entero, reciba de la actual generación, de los hombres que hoy la pueblan, la aureola de promotora de la salvación común en un tiempo en que fuerzas opuestas se disputan el mundo. Todo eso esperan de ella los pueblos cristianos, y, sobre todo, esperan de ella acción.

8. Acción y ya no discusión.

Este no es el momento de discutir, de buscar nuevos principios, de señalar nuevos ideales y metas. Los unos y los otros, ya conocidos y comprobados en su sustancia, porque han sido enseñados por el mismo Cristo, iluminados por la secular elaboración de la Iglesia, adaptados a las inmediatas circunstancias por los últimos Romanos Pontífices, tan solo esperan una cosa: la realización concreta.

¿De qué serviría el investigar las vías de Dios y del espíritu, si en la práctica se eligieran los caminos de la perdición y con docilidad se doblegase la espalda al flagelo de la carne? ¿De qué saber y decir que Dios es Padre y que los hombres son hermanos, cuando se temiese toda intervención de Aquel en la vida privada y pública? ¿De qué serviría el disputar sobre la justicia, sobre la caridad, sobre la paz, si la voluntad estuviese ya resuelta a rehuir la inmolación, el corazón determinado a encerrarse en glacial soledad, y si ninguno osase ser el primero en romper las barreras del odio separador, para correr a ofrecer un sincero abrazo? Todo esto no haría sino convertir en más culpables a los hijos de la luz, a los cuales les será menos perdonado, si han amado menos. No es con esa incoherencia e inercia como la Iglesia transformó en sus comienzos la faz del mundo, y se extendió rápidamente, y perduró bienhechora en el correr de sus siglos y conquistó la admiración y la confianza de los pueblos.

9. El principal enemigo es la indiferencia e inercia.

Quede bien claro, amados hijos que en la raíz de los males actuales y de sus funestas consecuencias no está, como en los tiempos precristianos o en las regiones aún paganas, la invencible ignorancia sobre los destinos eternos del hombre y sobre los verdaderos caminos para conseguirlos: sino el letargo del espíritu, la anemia de la voluntad, la frialdad de los corazones. Los hombres, inficionados por semejante peste, intentan, como justificación, el rodearse con las tinieblas antiguas y buscan una disculpa en nuevos y viejos errores. Necesario es, por lo tanto, actuar sobre sus voluntades.

10. Cómo proceder: conocer los males y atacarlos.

La acción a la que hoy llamamos a Pastores y fieles, sea reflejo de la de Dios: Sea iluminante y clarificadora, generosa y amable. A este fin, enfrentándoos con el estado concreto de vuestra y Nuestra ciudad, esforzaos por que estén bien comprobadas las necesidades, bien claras las metas, bien calculadas las fuerzas disponibles, de suerte tal que los presentes recursos iniciales no se presenten inútiles por ser ignorados, ni se les emplee desordenadamente, ni se les malgaste en actividades secundarias. Invítase a las almas de buena voluntad; ofrézcanse ellas mismas espontáneamente. Sea su ley la incondicional fidelidad a la persona de Jesucristo y a sus enseñanzas. Sea su oblación humilde y obediente; únase su trabajo como elemento activo a la grandiosa corriente que Dios moverá y conducirá por medio de sus ministros.

11. Primero Roma y después la humanidad entera: las clases de almas y la secular misión.

Para ello, invitamos a Nuestro Venerable Hermano, el Señor Cardenal Vicario, a que asuma su alta dirección, en la diócesis de Roma, de esta acción regeneradora y salvadora. Estamos seguros de que no faltarán, ni en número ni en calidad, los corazones generosos que acudirán a Nuestra llamada y que llevarán a la realidad este Nuestro deseo. Hay almas ardientes, que con ansia esperan ser convocadas; a su anhelo impaciente se les señale el vasto campo de roturar. Hay otras somnolientas, y será preciso despertarlas; pusilánimes otras, y será necesario animarlas; desorientadas otras y habrá que guiarlas. A todas se les requiere un prudente encuadramiento, un acertado empleo, un ritmo de trabajo que corresponda a la apremiante necesidad de defensa, de conquista, de positiva construcción. Así es como Roma revivirá en su secular misión de maestra espiritual de los pueblos, no solamente como lo fue y lo es, por la cátedra de verdad que Dios estableció en su centro, sino por el ejemplo de su pueblo, de nuevo ferviente en la fe, ejemplar en las costumbres, concorde en el cumplimiento de los deberes religiosos y civiles, y, si pluguiere al Señor, próspero y feliz. Esperamos de buen grado Nos que este potente despertar, al que hoy os invitamos, promovido sin tardanza y continuado tenazmente según el plan trazado, y que otros podrán ilustrar en sus detalles, será imitado muy presto por las diócesis vecinas y por las lejanas, de suerte que sea dado a Nuestros ojos el ver volverse a Cristo, no solo las ciudades, sino también las naciones, los continentes, la humanidad entera.

12. La mano en el arado.

Manos, pues, al arado: Os mueve Dios que así lo quiere, os atraiga la nobleza de la empresa, os estimule su urgencia; y que el justificado temor de tremendo porvenir que seguirá a una culpable inercia venza todo titubeo y vigorice todas las voluntades.

13. Oración y ayuda divina: el auxilio de María.

Os apoyarán las oraciones de los humildes y de los pequeños, a quienes van vuestras más tiernas preocupaciones, los dolores aceptados y ofrecidos de los que sufren. Fecundarán vuestros esfuerzos por el ejemplo, y la intercesión de los Mártires y de los Santos, que a este suelo hicieron sagrado. Bendecirá y multiplicará el feliz éxito, por el cual ardientemente oramos, la Virgen Santísima, la cual, si en todo tiempo estuvo pronta a extender su mano protectora sobre sus Romanos, no dudamos que querrá hacer sentir a estos hijos, que tan afectuosa piedad demostraron en su reciente glorificación, cuyo potente grito de hosana aún resuena bajo este cielo.

14. La Bendición Apostólica.

Os sirva, en fin, de consuelo y firmeza la paternal Bendición Apostólica que, con ilusión de corazón, impartimos a todos vosotros que Nos escucháis, a vuestras familias, a vuestras obras y a esta Ciudad Eterna, cuya fe, ya desde los tiempos del Apóstol, es anunciada en el universo mundo (Rom. I, 8), y cuya cristiana grandeza, faro de verdad, de amor y de paz se perpetúa constante a través de los siglos. Así sea.


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NO SE DEBE CREER A QUIEN DICE SER DELEGADO SI NO PRUEBA SU DELEGACIÓN


Decretales de
S.S.Gregorio IX

Titulus XXIX . 
De officio et potestate iudicis delegati.
Capítulo XXXI

No se debe creer a quien dice ser delegado si no prueba su delegación.
Non creditur quis delegatus, nisi delegationem probet.

Título: No se debe creer a quien dice ser delegado si no prueba su delegación. Emisor: El mismo Papa (Inocencio III) al Obispo de Bayeux.

"Además, has preguntado: cuando alguien te manda algo bajo esta forma: 'por la autoridad que ejerzo, te ordeno que denuncies a tal persona como sujeta a sentencia de excomunión', y tú dudas sobre el mandato apostólico porque nadie te ha dado fe (prueba) de dicho mandato, ¿estás obligado a ejecutar tal orden?

Sobre esto te damos esta respuesta: que a menos que estés seguro del mandato de la Sede Apostólica, no se te obligará a ejecutar lo que se te manda."


Capitulum XXXI. Non creditur quis delegatus, nisi delegationem probet. Idem Episcopo Baiocensi. Quum in iure peritus (Et infra: [cf. c. 33. de elect. I. 6.]) Praeterea quaesivisti, quum tibi ab aliquo sub hac forma mandatur: «auctoritate, qua fungor, iniungo, ut talem denuncies excommunicationis sententiae subiacere,» ac tibi super mandato apostolico haesitanti ab aliquo non sit facta fides, an mandatum huiusmodi exsequi tenearis? Super quo tibi huiusmodi damus responsum, quod, nisi de mandato sedis apostolicae certus exstiteris, exsequi non cogeris quod mandatur. [Contingit etc. Dat. Lat. X. Kal. Sept. Pont. nostr. Ao. XI. 1208.]


PARA DECLARAR EN SU NOMBRE AL CONGRESO DE CONSTANZA, CONCILIO GENERAL LEGÍTIMO

Canónigo Eduardo Blasco
Glorias del Pontificado
ESTUDIO HISTÓRICO SOBRE LA INSTITUCION PONTIFICIA
1887

"...el cardenal supo que Segismundo se encontraba en igual disposición. Este monarca reconvenía a Gregorio que no fuera a Constanza, a donde debió ir para poner fin al cisma de la Iglesia. El Papa Gregorio XII respondió que no rehusaba reconocer el concilio, pero que no aprobaba un congreso reunido por Juan, que no era ni vicario de Jesucristo, ni sucesor de San Pedro.

Teniendo en cuenta estas disposiciones poco favorables, Gregorio que deseaba vivamente la paz de la Iglesia, escribió en 1415, una carta dando al cardenal de Ragusa, y a los demás de su obediencia, pleno poder para declarar en su nombre al congreso de Constanza, concilio general legítimo, pero no como reunido por Baltasar Coscia, y con el expresa condición de que este no presidiría ni asistiría al mismo."


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NINGUNA DUDA
DE LA COMPLETA VALIDEZ CANÓNICA
DE LA ELECCIÓN DE URBANO VI