VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

✠✠ "Sede Vacante Nihil Innovetur" ✠ "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus" ✠ "Inferior non potest tollere legem superioris" ✠✠
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LOS JANSENISTAS DISTINGUEN AL PONTÍFICE DE LA SILLA, COMO HACEN LOS THUCISTAS DE LA TESIS CASSICIACUM

MAURO CAPPELLARI O.S.B.Cam
S.S.Gregorio XVI
El Triunfo de la Santa Sede y de la Iglesia contra los ataques de los novadores (jansenistas)

Los novadores modernos (Jansenistas) distinguen al Pontífice de la Silla. Esta ridícula y poco católica distinción se refutará en su lugar. Aquí basta solo reflexionar de paso que San Gerónimo tiene por una mismísima cosa al Pontífice y á la Cátedra de Pedro, diciendo al Papa San Dámaso: Beatitudini tuæ, id est Cathedræ Petri, communione consocior: y que San Leon IX dice que siempre combatieron la heregía Pedro y sus sucesores, y no la Silla tomada separadamente de los que se sientan en ella, los romanos Pontífices.



El Triunfo de la Santa Sede y de la Iglesia contra los ataques de los novadores 
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S.S. San León IX
In terra pax hominibus

Cap. 7."La Santa Iglesia, edificada sobre la roca, esto es, Cristo, y sobre Pedro o Cefas, hijo de Juan, que antes se llamaba Simón; porque de ningún modo habría de ser superada por las puertas del infierno, es decir, por las disputas de los herejes, que conducen a los vanos a la perdición. Así lo promete la Verdad misma, por quien son verdaderas todas las cosas que son verdaderas: Las puertas del infierno no prevalecerán contra ella (Mateo 16, 18). El mismo Hijo protesta que Él alcanzó del Padre el efecto de esta promesa mediante sus ruegos, diciendo a Pedro: Simón, he aquí que Satanás... etc. (Lucas 22, 31).

¿Habrá, pues, alguien de tanta demencia que se atreva a pensar que la oración de Aquel, cuyo querer es poder, sea en algo vana? ¿Acaso no han sido reprobados, convictos y derrotados los inventos de todos los herejes por la Sede del Príncipe de los Apóstoles —a saber, la Iglesia Romana— tanto por el mismo Pedro como por sus sucesores, y han sido confirmados los corazones de los hermanos en la fe de Pedro, la cual hasta ahora ni ha fallado, ni fallará hasta el fin?"

Cap. 11. "Al pretender juzgar (hacer prejuicio) a la Sede Suprema, sobre la cual a ningún hombre le es lícito emitir juicio, habéis recibido el anatema de todos los Padres de todos los venerables Concilios."

Cap. 32. "Así como el quicio, permaneciendo inmóvil, trae y lleva la puerta, así Pedro y sus sucesores tienen libre juicio sobre toda la Iglesia, dado que nadie debe conmover su estado, porque la Sede Suprema por nadie es juzgada (summa Sedes a nemine iudicatur)."

S. Leo IX, Epist. In terra pax hominibus, 2 sept. 1053, ad Michaelem Cerularium et Leonem Acridanum, de primatu Romani Pontificts:

« Cap. 7. Sancta Ecclesia super petram, id est Christum, et super Petrum vel Cepham, filium Ioannis, qui prius Simon dicebatur, aedificata, quia inferi portis, disputationibus scilicet haereticerum, quae vanos ad interitum introducunt, nullatenus foret superanda; sic pollicetur ipsa Veritas, per quam sunt vera quaecunque sunt vera: Portae inferi non praevalebunt adversus

eam. (Matth., XVJ, 18). Cuius promissionis effectum se precibus impetrasse a Patre idem Filius protestatur, dicendo ad Petrum: Simon, ecce Satanas, etc. (Luc., XXII, 31). Erit ergo quisquam tantae dementiae, qui orationem illius, cuius velle est posse, audeat in aliquo vacuam putare? Nonne a Sede principis Apostolorum, Romana videlicet Ecclesia, tam pe. eundem ~ Petrum quam per successores suos, reprobata et convicta atque expugnata sunt omnium haereticorum commenta, et fratrum corda in fide Petri, quae hactenus nec defecit, nec usque in finem deficiet,. sunt confirmata?

«Cap. 11. Praeiudicium faciendo summae Sedi, de qua nec iudicium licet facere cuiquam hominum, anathema accepistis ab universis Patribus omnium venerabilium Conciliorum.

« Cap. 31. Sicut cardo immobilis permanens ducit et reducit ostium, sic Petrus et sui successores liberum de omni Ecclesia habent iudicium, cum nemo debeat eorum dimovere statum, quia summa Sedes a nemine iudicatur ».

(P. L., 143, 748. 751. 765).
Catechismus Catholicus
Petri Cardinals Gasparri
https://archive.org/details/catechismuscatho0000petr/page/349/mode/1up

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LA AUTORIDAD DE LA SEDE ROMANA EN LOS CONCILIOS Y LAS CAUSAS MAYORES

S.S. San León IX
Cum ex venerabilium
17 de dic. 1053.

§ 1. La Aflicción por la Disminución de Obispos en África

Puesto que recordamos por la autoridad de los venerables Cánones que doscientos cinco Obispos asistieron al Concilio de Cartago, y ahora escuchamos de tu fraternidad que apenas sobreviven cinco Obispos en toda África, que es la tercera parte de este mundo corruptible; compadecemos con todas las fibras de nuestro ánimo tan gran disminución vuestra.

Pero cuando nos enteramos de que esos mismos restos de la Cristiandad son destrozados y dispersados por la disensión interna y mutua, y que se inflan unos contra otros con el celo y la contienda por el Principado, al principio no se nos ocurre decir nada más que aquello del Santo Profeta Amós: “Perdona, Señor, te ruego, perdona; ¿quién levantará a Jacob, porque es pequeño?” (Amós 7, 2.5).

§ 2. La Alegría por Recurrir a la Sede Romana

Pero aunque nos duela muchísimo tal y tan grande defecto de la religión, sin embargo, nos alegramos mucho, porque requerís y esperáis la sentencia de la Santa Iglesia Romana, vuestra Madre, sobre vuestras cuestiones.

Y juzgáis que es óptimo que, como arroyos que brotan de una sola fuente y se esparcen en su curso por diversos lugares, debáis volver al manantial original de esa misma fuente, para que de allí retoméis el camino de la dirección, de donde tomasteis el principio de toda la Religión Cristiana.

§ 3. La Preeminencia del Arzobispo de Cartago

Debes saber, por tanto, sin lugar a dudas, que después del Romano Pontífice, el primer Arzobispo y Metropolitano máximo de toda África es el Obispo de Cartago.

Y no tiene ninguna licencia el Obispo de Gummi, quienquiera que sea, para consagrar o deponer Obispos, o para convocar un Concilio Provincial sin el consentimiento del Arzobispo de Cartago (el cual tiene delegación del Papa), de cualquier dignidad o potestad que sea; exceptuados aquellos que pertenecen a su propia Parroquia.

En lo demás, sin embargo, como los otros Obispos Africanos, procederá por consejo del Arzobispo de Cartago. Por lo cual, nuestros carísimos Cohermanos y Coobispos Pedro y Juan opinan rectamente sobre la dignidad de la Iglesia Cartaginense, y no consienten el error de la Iglesia de Gummi.

§ 4. La Autoridad de la Sede Romana en los Concilios y las Causas Mayores

Y esto no quiero que os pase inadvertido: que no se debe celebrar Concilio universal, ni condenar o deponer Obispos, sin la sentencia del Romano Pontífice.

Y aunque os sea lícito examinar a algunos, sin embargo, como se ha dicho, no es lícito dar la sentencia definitiva sin la consulta del Romano Pontífice, lo cual, si lo buscáis, podéis encontrarlo establecido en los Santos Cánones.

Pues aunque a todos los Apóstoles en general les haya dicho el Señor: “Todo lo que atéis en la tierra, atado será en el Cielo; y todo lo que desatéis en la tierra, desatado será en el Cielo” (Mateo 18, 18); sin embargo, no sin motivo se dijo especial y nominalmente al Bienaventurado Príncipe de los Apóstoles: “Tú eres Pedro, y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia, y te daré las llaves del Reino de los Cielos” (Mateo 16, 18-19).

Y en otro lugar: “Confirma a tus hermanos” (Lucas 22, 32); es decir, porque las causas mayores y más difíciles de todas las Iglesias deben ser definidas por la santa y principal Sede del Bienaventurado Pedro, por sus sucesores.

Ya que hemos resuelto responder también a las preguntas de nuestros Cohermanos Obispos Pedro y Juan, deseamos que la santa e indivisa Trinidad conserve siempre a tu santa fraternidad, carísimo Hermano, que vela continuamente por los intereses de la Santa Iglesia Católica y reza devotamente por nosotros.



S. Leo IX, ep. Cum ex venerabilium, 17 dec. 1053.!

I. Cum ex venerabilium Canonum auctoritate recolimus, CCV Episcopos Concilio interfuisse Carthaginensi, et nunc a tua fraternitate audimus quinque vix Episcopos superesse in tota Africa, utique tertia huius corruptibilis mundi parte; compatimur tantae vestrae imminutioni totis visceribus animi. Cum autem ipsas Christianitatis reliquias ediscimus interna et mutua dissensione discindi et dispergi, et adversus se invicem zelo et contentione Principatus inflari, nil aliud nobis primo dicendum occurrit, quam illud S. Amos Vatis: Parce Domine, parce obsecro; quis suscitabit Iacob, quia parvulus est?

2. Sed quamvis in tali tantoque defectu religionis plurimum doleamus, multum tamen gaudemus, quia sanctae Romanae Ecclesiae Matris vestrae sententiam requiritis, et exspectatis super quaestionibus vestris, et quasi rivulis ab uno fonte erumpentibus, et in suo se cursu per diversa spargentibus, ad ipsius fontis primam scaturiginem reverti debere optimum putatis, ut inde resumatis directionis vestigium, unde sumpsistis totius Christianae Religionis exordium.

 3. Noveris ergo procul dubio, quia post Romanum Pontificem primus Archiepiscopus, et totius Africae maximus Metropolitanus est Carthaginensis Episcopus; nec quicumque sit ille Gummitanus Episcopus, aliquam licentiam consecrandi Episcopos vel deponendi, seu Provinciale Concilium convocandi habet sine consensu Carthaginen. Archiepiscopi, cuiuslibet dignitatis aut potestatis sit: exceptis his, qui ad propriam Parochiam pertinent, caetera autem, sicut et alii Africani Episcopi, consilio Carthaginensis Archiepiscopi aget. Unde carissimi Confratres nostri et Coepiscopi Petrus et loannes recte sentiunt de Carthaginensis Ecclesiae dignitate, nec consentiunt errori Gummitani Ecclesiae.

 4. Hoc autem nolo vos lateat, non debere praeter sententiam Romani Pontificis universale Concilium celebrari, aut Episcopos damnari, vel deponi; etsi quia licet vobis aliquos examinare, definitivam tamen sententiam absque consultu Romani Pontificis, ut dictum est, non licet dare, quod in sanctis Canonibus statutum si quaeritis, potestis invenire. Quamvis enim omnibus generaliter Apostolis dictum sit a Domino: Quaecumque ligaveritis in terra, ligata erunt et in Caelo; et quaecumque solveritis in terra, soluta erunt et in Caelo: tamen non sine causa specialiter et nominatim dictum est Beato Apostolorum Principi: Tu es Petrus, et super hanc petram aedificabo Ecclesiam: meam, et tibi dabo Claves Regni Caelorum. Et in alio loco: Confirma fratres tuos; scilicet quia omnium Ecclesiarum maiores, et difficiliores causae per sanctam et principalem B. Petri Sedem a successoribus eius sunt definiendae. lam vero quia ad interrogata etiam Coníratrum nostrorum Petri et Ioannis Episcoporum decrevimus respondere, optamus, ut sanctam tuam íraternitatem iugiter invigilantem utilitatibus sanctae Catholicae Ecclesiae, atque devote pro nobis orantem, sancta et individua Trinitas semper conservet, carissime Frater.

[Bull. Rom., tom. 1, p. 385, 386].


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S.S. SAN LEÓN IX , PAPA Nº 152


SAN LEÓN IX (1049-1054)


Brunón, hijo del conde Hugo de Egisheim, primo de Conrado el Sálico, nació en Alsacia en 1002. Era obispo de Toul desde el año 1026, cuando fue propuesto por la dieta de Worms, por voluntad de Enrique III; tomó el nombre de León IX. Aunque a disgusto, aceptó el pontificado con la expresa condición de que el clero y el pueblo romano lo eligiesen según las normas canónicas y por votación unánime. Habiendo emprendido el camino de Italia, pasó por Cluny para ir en busca del monje Hildebrando, y se presentó con él ante el pueblo romano, en hábito de peregrino y con los pies descalzos, pidiendo que se procediese rigurosamente a la elección, la cual se hizo por unanimidad.


En aquel mismo año (1049) reunió un concilio para poner fin a los escándalos de la simonía y para recordar a los sacerdotes la prohibición del matrimonio. 

Celebró después en Reims un segundo concilio para la reforma de la Iglesia de Francia, y el tercero en Maguncia con la misma finalidad. 

En 1050 condenó en Vercelli al heresiarca Berengario; luego viajó cerca de dos años por Lorena y Alemania, restableciendo la disciplina del clero. 

Envió legados a Constantinopla (1053), los cuales, después de haber buscado todos los medios para una conciliación con la Iglesia Oriental, terminaron por depositar sobre el altar de Santa Sofía la bula de excomunión lanzada contra el patriarca Miguel Cerulario, iniciándose un nuevo cisma en Oriente. 

Queriendo luego defender la ciudad de Benevento contra los hormandos, León IX fue derrotado en la batalla de Civitella y hecho prisionero. Supo, empero, infundir tal respeto a los príncipes normandos, que éstos le rindieron homenaje. 

Atacado por una grave enfermedad, se hizo llevar a San Pedro, donde murió el 19 de abril de 1054. 

Fue un pontífice de grandes méritos, y con él se inicia la gigantesca lucha contra la simonía y el concubinato, que durará enérgica y activa hasta el pontificado de Inocencio III.

Los Papas, desde San Pedro hasta Pío XII
Giuseppe Arienti
Con Licencia Eclesiástica 1945


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Y CUANDO EN EL ÚLTIMO DÍA EL PRÍNCIPE VISIBLE DE LA IGLESIA LEVANTE SU FRENTE


S.S. San León IX

Condenado a la prueba de la cruz, por un pensamiento de profunda humildad y también por una misteriosa inspiración, pidió ser crucificado con la cabeza gacha. En esta postura del Apóstol, había que re conocer que él era la primera y principal piedra, encajada, unida, soldada, inmediatamente superpuesta a la piedra angular, que es Cristo, para  soportar con inquebrantable solidez todo el peso  del edificio de la Iglesia. Así debe ligar a esta cabeza suprema el resto de su cuerpo místico, que crecerá y se desarrollará hasta la consumación de los tiempos; y cuando en el último día el Príncipe visible de la Iglesia levante su frente de las profundidades de la catacumba que ha recibido su carne mortal, con él ascenderán al cielo todos los miembros de Jesucristo, unidos a esta cabeza por nervios y lazos que nada puede romper. Como el Hijo de Dios, Pedro muere orando y perdonando, y con su muerte funda la Augusta Sede en la que la verdad siempre tiene apóstoles, la debilidad siempre patronos, la justicia siempre vengadores o mártires.

1 S. Léon IX, Ad Michael, imperat. C. P., epist. c.


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TIENEN LIBRE JUICIO SOBRE TODA LA IGLESIA; SIN QUE NADIE DEBA HACERLA CAMBIAR DE SITIO, PUES LA SEDE SUPREMA POR NADIE ES JUZGADA

S.S.San León IX 
In terra pax hominibus

…La Santa Iglesia edificada sobre la piedra, esto es, sobre Cristo, y sobre Pedro o Cefas, el hijo de Jonás, que antes se llamaba Simón, porque en modo alguno había de ser vencida por las puertas del infierno, es decir, por las disputas de los herejes, que seducen a los vanos para su ruina. Así lo promete la verdad misma, por la que son verdaderas cuantas cosas son verdaderas: Las puertas del infierno no prevalecerán contra ella. (Mt. 16, 18), y el mismo Hijo atestigua que por sus oraciones impetró del Padre el efecto de esta promesa, cuando le dice a Pedro: Simón, Simón, he aquí que "Mira que Satanás ha solicitado el poder cribaros como trigo;pero yo he rogado por ti, para que tu fe no desfallezca. Y tú, cuando hayas vuelto, confirma a tus hermanos.»"

(Lc. 22,31).

 ¿Habrá, pues, nadie de tamaña demencia que se atreva a tener por vacua en algo la oración de Aquel cuyo querer es poder? ¿Acaso no han sido reprobadas y convictas y expugnadas las invenciones de todos los herejes por la Sede del Príncipe de los Apóstoles, es decir, por la Iglesia Romana, ora por medio del mismo Pedro, ora por sus sucesores, y han sido confirmados los corazones de los hermanos en la fe de Pedro, que hasta ahora no ha desfallecido ni hasta el fin desfallecerá? (Dz. 351).

…Dando un juicio anticipado contra la Sede suprema, de la que ni pronunciar juicio es lícito a ningún hombre, recibisteis anatema de todos los Padres de todos los venerables Concilios… (Dz. 352). 

… Como el quicio, permaneciendo inmóvil trae y lleva la puerta; así Pedro y sus sucesores tienen libre juicio sobre toda la Iglesia; sin que nadie deba hacerla cambiar de sitio, pues la Sede suprema por nadie es juzgada… (Dz. 353).

https://archive.org/details/DEnchiridionSymbolorumDenzinger/page/n99/mode/2up?q=

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APRUEBO, LOO, Y CONFIRMO LA PROMOCIÓN AL EPISCOPADO

S.S. San León IX
A Pedro, Obispo de Antioquía, para participarle su elección al episcopado.
Citado en Quod aliquantum

Al anunciarme vuestra elección, habéis cumplido un deber indispensable, no queriendo diferir el llenar una formalidad esencial para vos y para la Iglesia confiada a vuestro cuidado. Elevado, a pesar  de mi indignidad, sobre el Trono apostólico para aprobar lo que merece serlo, y condenar lo condenable, apruebo, loo, y confirmo con placer la promoción al episcopado de vuestra santísima fraternidad, y fuego constantemente a Nuestro Señor, que os conceda la gracia de  merecer un dia a sus ojos el título, que os da el lenguaje de los hombres.

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¿HABRÁ, PUES, NADIE DE TAMAÑA DEMENCIA QUE SE ATREVA A TENER POR VACUA EN ALGO LA ORACIÓN DE AQUEL CUYO QUERER ES PODER?


San León IX

la Sede suprema por nadie es juzgada

…La Santa Iglesia edificada sobre la piedra, esto es, sobre Cristo, y sobre Pedro o Cefas, el hijo de Jonás, que antes se llamaba Simón, porque en modo alguno había de ser vencida por las puertas del infierno, es decir, por las disputas de los herejes, que seducen a los vanos para su ruina. Así lo promete la verdad misma, por la que son verdaderas cuantas cosas son verdaderas: Las puertas del infierno no prevalecerán contra ella. (Mt. 16, 18), y el mismo Hijo atestigua que por sus oraciones impetró del Padre el efecto de esta promesa, cuando le dice a Pedro: Simón, Simón, he aquí que "Mira que Satanás ha solicitado el poder cribaros como trigo;pero yo he rogado por ti, para que tu fe no desfallezca. Y tú, cuando hayas vuelto, confirma a tus hermanos.»"(Lc. 22,31)

¿Habrá, pues, nadie de tamaña demencia que se atreva a tener por vacua en algo la oración de Aquel cuyo querer es poder? ¿Acaso no han sido reprobadas y convictas y expugnadas las invenciones de todos los herejes por la Sede del Príncipe de los Apóstoles, es decir, por la Iglesia Romana, ora por medio del mismo Pedro, ora por sus sucesores, y han sido confirmados los corazones de los hermanos en la fe de Pedro, que hasta ahora no ha desfallecido ni hasta el fin desfallecerá? (Dz. 351)

…Dando un juicio anticipado contra la Sede suprema, de la que ni pronunciar juicio es licito a ningún hombre, recibisteis anatema de todos los Padres de todos los venerables Concilios… (Dz. 352)

… Como el quicio, permaneciendo inmóvil trae y lleva la puerta; así Pedro y sus sucesores tienen libre juicio sobre toda la Iglesia; sin que nadie deba hacerla cambiar de sitio, pues la Sede suprema por nadie es juzgada… (Dz. 353)


LAS PUERTAS DEL INFIERNO, ES DECIR, POR LAS DISPUTAS DE LOS HEREJES, QUE SEDUCEN A LOS VANOS PARA SU RUINA.


S.S. San León IX

…La Santa Iglesia edificada sobre la piedra, esto es, sobre Cristo, y sobre Pedro o Cefas, el hijo de Jonás, que antes se llamaba Simón, porque en modo alguno había de ser vencida por las puertas del infierno, es decir, por las disputas de los herejes, que seducen a los vanos para su ruina. Así lo promete la verdad misma, por la que son verdaderas cuantas cosas son verdaderas: Las puertas del infierno no prevalecerán contra ella. (Mt. 16, 18), y el mismo Hijo atestigua que por sus oraciones impetró del Padre el efecto de esta promesa, cuando le dice a Pedro: Simón, Simón, he aquí que "Mira que Satanás ha solicitado el poder cribaros como trigo;pero yo he rogado por ti, para que tu fe no desfallezca. Y tú, cuando hayas vuelto, confirma a tus hermanos.»"

(Lc. 22,31).

 ¿Habrá, pues, nadie de tamaña demencia que se atreva a tener por vacua en algo la oración de Aquel cuyo querer es poder? ¿Acaso no han sido reprobadas y convictas y expugnadas las invenciones de todos los herejes por la Sede del Príncipe de los Apóstoles, es decir, por la Iglesia Romana, ora por medio del mismo Pedro, ora por sus sucesores, y han sido confirmados los corazones de los hermanos en la fe de Pedro, que hasta ahora no ha desfallecido ni hasta el fin desfallecerá? (D. 351).

…Dando un juicio anticipado contra la Sede suprema, de la que ni pronunciar juicio es licito a ningún hombre, recibisteis anatema de todos los Padres de todos los venerables Concilios… (D. 352). 

… Como el quicio, permaneciendo inmóvil trae y lleva la puerta; así Pedro y sus sucesores tienen libre juicio sobre toda la Iglesia; sin que nadie deba hacerla cambiar de sitio, pues la Sede suprema por nadie es juzgada… (D. 353).


Carta In terra pax hominibus, a Miguel Cerulario y León de Acrida, de 2 de septiembre de 1053.