VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

✠✠ "Sede Vacante Nihil Innovetur" ✠ "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus" ✠ "Inferior non potest tollere legem superioris" ✠✠
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LA LARGA OPOSICIÓN QUE PRECEDIÓ EN ROMA AL RECONOCIMIENTO DE CONSTANTINOPLA COMO SEGUNDA SEDE PATRIARCAL

El Concilio I de Constantinopla (381) estableció en su Canon 3 que el obispo de Constantinopla tendría el "primado de honor" tras Roma, justificándolo por ser la "Nueva Roma", un criterio político que chocó con la postura de la Sede Apostólica. Roma, bajo el Papa Dámaso I, no aceptó explícitamente el criterio político este canon, defendiendo su primacía basada en la sucesión de San Pedro y rechazando fundamentos "humanos".

Esta resistencia se intensificó en el Concilio de Calcedonia (451), donde el Canon 28 reafirmó y amplió el estatus de Constantinopla, siendo declarado nulo por el Papa León I, quien priorizaba el orden apostólico de Nicea (325) que otorgaba preeminencia a Roma, Alejandría y Antioquía.

La oposición de Roma reflejó una defensa de la tradición Petrina frente al creciente poder político del Imperio bizantino, que promovía a Constantinopla. Aunque los cánones de Constantinopla y Calcedonia fueron gradualmente aceptados en Occidente, Roma mantuvo reservas sobre su impacto en su autoridad.

No fue hasta el IV Concilio de Letrán (1215) que se reconoció formalmente el rango de Constantinopla como segunda sede, pero sin comprometer la supremacía romana, siempre fundamentada en su origen apostólico.


Concilio I de Constantinopla
381 

*Canon 3: "El obispo de Constantinopla gozará de privilegios de honor después del obispo de Roma, porque Constantinopla es la Nueva Roma."
"Episcopus Constantinopolitanus habeat privilegia honoris post episcopum Romanum, eo quod sit Nova Roma."


*NOTA: LA RAZÓN PURAMENTE HUMANA DE LA ANTIGUA AUTORIDAD DE ROMA QUE SUGIERE ESTE CANON NUNCA FUE ADMITIDA POR LA SEDE APOSTÓLICA, QUIEN SIEMPRE BASÓ SU RECLAMO A LA SUPREMACÍA EN LA SUCESIÓN DE SAN PEDRO.


Los sacrosantos concilios generales y particulares
celebrado por los Apostoles en Jerusalen hasta el Tridentino ...
Charles-Louis Richard (O.P.) · 1793



**Nota de la Enciclopedia Católica:

El famoso tercer canon declara que, como Constantinopla es la Nueva Roma, el obispo de esa ciudad debería tener una preeminencia de honor después del obispo de la Vieja Roma. 

Baronio mantuvo erróneamente la no autenticidad de este canon, mientras que algunos griegos de la Edad Media defendieron la tesis (igualmente errónea) de que declaraba al obispo de la ciudad real igual al Papa en todas las cosas.

LA RAZÓN PURAMENTE HUMANA DE LA ANTIGUA AUTORIDAD DE ROMA QUE SUGIERE ESTE CANON NUNCA FUE ADMITIDA POR LA SEDE APOSTÓLICA, QUIEN SIEMPRE BASÓ SU RECLAMO A LA SUPREMACÍA EN LA SUCESIÓN DE SAN PEDRO. 

Roma no reconoció fácilmente este injustificable reordenamiento de rangos entre los antiguos patriarcados de Oriente.

  • Fue rechazado por los legados papales en Calcedonia. El Papa San León I (Ep. CVI en P.L., LIV, 1003, 1005) declaró que este canon nunca había sido sometido a la consideración de la Sede Apostólica y que era una violación del orden establecido en Nicea.

  • En el Octavo Concilio General en 869, los legados romanos (Mansi, XVI, 174) reconocieron a Constantinopla como segunda en el rango patriarcal. 

  • En 1215, en el Cuarto Concilio Lateranense (op. cit., XXII, 991), esto fue admitido formalmente por el nuevo patriarca latino (S.S. Inocencio III), 

  • y en 1439, en el Concilio de Florencia, por el patriarca griego (Hefele-Leclercq, Historia de los Concilios, II, 25-27).

Los correctores romanos de Graciano (1582), en dist. XXII, c. 3, insertaron las palabras:
"canon hic ex iis est quos apostolica Romana sedes a principio et longo post tempore non recipit."




***

S.S. San León el Magno
Concilio de Calcedonia
451

El canon 28 hace un abuso de la autoridad de la silla de Constantinopla; violaba las prerrogativas de los patriarcas de Alejandría, Antioquía y Jerusalén, y era contrario a los cánones (VI, VII) del Concilio de Nicea. y no fue aceptado por el Papa.

Solicitó la ratificación de los asuntos disciplinarios promulgados, en particular el canon 28. Esta carta fue entregada a los legados papales, quienes partieron hacia Roma poco después de la última sesión del concilio. Cartas similares fueron escritas al papa León en diciembre por el emperador Marciano y Anatolio de Constantinopla. En respuesta, el papa León protestó enérgicamente contra el canon 28 y lo declaró nulo por atentar contra las prerrogativas de los obispos de Alejandría y Antioquía, y contra los decretos del Concilio de Nicea.
El canon 28 confiere el segundo lugar a la Iglesia de Constantinopla en estos términos: "Con razón han concedido los Padres a la Silla de la antigua Roma sus privilegios, porque era la Ciudad reinante; y por igual motivo los 150 Obispos del Concilio de Constantinopla juzgaron que la nueva Roma, que está condecorada con el Imperio y el Senado, debe gozar de las mismas prerrogativas en el orden eclesiástico, y ser la segunda en grado, de manera que los Metropolitanos de los tres Departamentos del Ponto, del Asia, y de la Tracia, y los Obispos dependientes de ellos, estén en territorio de los bárbaros, sean ordenados por el Obispo de Constantinopla después de haber sido electos canónicamente en sus Iglesias; pero cada uno de estos Metropolitanos ordenará a los Obispos de su Provincia, asistido de sus sufragáneos, con arreglo a los Cánones."

Este canon no se halla en la Colección de Dionisio el Exiguo, ni en la de los demás Colectores Latinos. Formáronlo en la Sesión 15 del Concilio, y fue causa de una gran contienda entre los Padres de él y los Legados del Papa, que se quejaron de su contenido en la Sesión 16 del día primero de Noviembre, que fue la última. San León jamás quiso aprobarlo.


Los sacrosantos concilios generales y particulares
celebrado por los Apostoles en Jerusalen hasta el Tridentino ...
Charles-Louis Richard (O.P.) · 1793


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S.S. San León el Magno
Carta 104, al emperador Marciano Augusto, 22 de Mayo del 452

«Hábeat, sicut optámus, Constantinopolitána cívitas glóriam suam, ac protegénte déxtera Dei, diutúrno cleméntiæ vestræ fruátur império. Ália tamen rátio est rerum sæculárium, ália divinárum; nec præter illam petram quam Dóminus in fundaménto pósuit (Matth. XVI, 18), stábilis erit ulla constrúctio. Própria perdit, qui indebíta concúpiscit. Satis sit prædícto quod vestræ pietátis auxílio, et mei favóris assénsu, (Anatólio) episcopátum tantæ urbis obtínuit. Non dedignétur régiam civitátem, quam apostólicam non potest facére sedem; nec ullo speret modo quod per aliórum possit offensiónes augéri. Privilégia enim Ecclesiárum, sanctórum Patrum canónibus institúta, et venerábilis Nicǽnæ sýnodi fixa decrétis, nulla possunt improbitáte convélli, nulla novitáte mutári.


Que la ciudad de Constantinopla tenga, como deseamos, su gloria y, con la diestra protectora de Dios, disfrute del perdurable reinado de tu clemencia. Sin embargo, el orden de las cosas seculares es diferente al de las divinas; y separado de la roca que el Señor puso como fundamento (Mt. 16, 18), ninguna construcción será estable. Quien codicia lo ajeno, destruye lo suyo. Baste decir que, con la ayuda de tu piedad y el asentimiento de mi favor, obtuvo (Anatolio) el episcopado de tan gran ciudad. Que no desprecie la ciudad real, a la que no puede convertir en sede apostólica; ni espere en modo alguno que pueda ser aumentada por las ofensas ajenas. Pues los privilegios de las Iglesias, establecidos por los cánones de los santos Padres y fijados por los decretos del venerable Sínodo de Nicea, no pueden ser quebrantados por ninguna impiedad ni alterados por ninguna novedad.

***
S.S. Adriano II
IV Concilio de Constantinopla
869-870

[Lc. 10, 16], fue también dicha para aquellos que, después de ellos y según ellos, han sido hechos sumos Pontífices y príncipes de los pastores en la Iglesia Católica, definimos que ninguno absolutamente de los poderosos del mundo intente deshonrar o remover de su propia sede a ninguno de los que presiden las sedes patriarcales, sino que los juzgue dignos de toda reverencia y honor; y principalmente al santísimo Papa de la antigua Roma, luego al patriarca de Constantinopla, luego a los de Alejandría, Antioquía y Jerusalén; mas que ningún otro, cualquiera que fuere, compile ni componga tratados contra el santísimo Papa de la antigua Roma, con ocasión de ciertas acusaciones con que se le difama, como recientemente ha hecho Focio y antes Dióscoro.

Y quienquiera usare de tanta jactancia y audacia que, siguiendo a Focio y a Dióscoro, dirigiere, por escrito o de palabra, injurias a la Sede de Pedro, príncipe de los Apóstoles, reciba igual y la misma condenación que aquellos....


Denzinger 341

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S.S.Inocencio III
Concilio de Letrán IV
1215

 CANON V 

"Renovando los antiguos privilegios de las sedes patriarcales, decretamos, con la aprobación de este sagrado sínodo universal, que después de la Iglesia Romana, que por disposición del Señor tiene primacía de poder ordinario sobre todas las demás Iglesias, por ser madre y maestra de todos los fieles de Cristo, la Iglesia de Constantinopla ocupará el primer lugar, la Iglesia de Alejandría el segundo, la Iglesia de Antioquía el tercero y la Iglesia de Jerusalén el cuarto, manteniendo cada una su propio rango..."



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RELACIONADO
ALIAS "LEÓN XIV", QUINTO SUCESOR DEL ANTICRISTO,
NIEGA EL DOGMA DEL PRIMADO DE ROMA

SAN DÁMASO, Papa y Confesor

11 de diciembre del Año del Señor
SAN DÁMASO
Papa y Confesor

MARTIROLOGIO ROMANO, 1956, SANTORAL DE JUAN ESTEBAN GROSEZ, S.J.
TOMO III, PATRON SAINTS INDEX

***

POR ENCIMA DE TODOS ELLOS ESTÁ EL VOTO DEL OBISPO DE ROMA


S.S. San Damaso I
(366-384)
Concilio romano 
(369-372)

Y no debe prejuzgarse en manera alguna por el número de los obispos que se reunieron en Rimini: siendo así que consta que ni el Obispo de Roma, cuya sentencia debió pedirse antes de la de todos los demás, ni Vicente, que por tantos años había desempeñado el episcopado íntegramente, ni otros, dieron consentimiento alguno a tales estatutos.
***
La "costumbre" de que hablaba Julio I, sancionada como ley en el concilio de Serdis, fue la norma de sus actos en los Romanos Pontífices subsiguientes. Vamos a exponer algunos testimonios sobre este particular. Durante las controversias cristológicas había convocado el papa Dámaso un sínodo en Roma (369-372). En él se redactó una declaración, enviada a los obispos de Oriente, que había de tener carácter de regla de fe. En ella se dice, entre otras cosas, que no basta el número de los obispos para dar valor definitivo a Concilio, y que por encima de todos ellos está el voto del Obispo de Roma. En un sínodo de Antioquía (375) fue suscrita por ciento cuarenta y seis obispos.


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S.S. SAN DAMASO I, PAPA Nº38

SAN DAMASO I (367-384)

De origen español, probablemente nacido en tierras de Tarragona, fue a Roma donde obtuvo la confianza del Papa Liberio. Después de elegido, un partido de descontentos le opuso el antipapa Ursicino o Ursino; Dámaso tuvo que recurrir a la fuerza para no ser destronado por su rival, quien, después de haber suscitado dos sangrientos motines, fue desterrado por el emperador Valentiniano. 

Apenas se hubo afirmado en el poder, el Papa reunió diversos concilios, debiéndose notar uno celebrado en el año 381 en el que tomaron parte San Ambrosio, San Epifanio y San Jerónimo. Dámaso encargó a este último la revisión de la traducción latina de las Sagradas Escrituras llamada Itala, de la que derivó la Vulgata. Tomó gran parte en la redacción del canon de las Escrituras, publicado más tarde por el Papa Gelasio I. 

La firmeza de sus convicciones religiosas le valieron el sobrenombre de Diamante de la fe, que le fue conferido por el concilio ecuménico de Constantinopla (381-382) convocado por Teodosio el Grande contra los macedonios y otros herejes. A pesar de que no había sido convocado por el Papa, éste les confirmó los cánones, excepto el tercero, lesivo de los derechos de la Iglesia de Roma. Este concilio es el segundo en el orden de los ecuménicos. 

Devoto de los mártires, Dámaso hizo ejecutar importantes trabajos en las catacumbas, donde descubrió numerosos sepulcros para los que compuso epitafios en versos latinos. 

Escribió un poema sobre la Virginidad que se extravió.
En la Edad Media se le atribuyó un Liber pontificalis que resultó ser apócrifo.
Quedan solamente de él algunas cartas.

Durante el pontificado de este Papa surgió en España la herejía priscilianista, que fue condenada por el concilio reunido en Zaragoza el año 380.

Los Papas, desde San Pedro hasta Pío XII
Giuseppe Arienti
Con Licencia Eclesiástica 1945


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REPROBACIÓN DE LA CONSAGRACIÓN SECRETA DE MÁXIMO, INVÁLIDA E INVÁLIDAS TODAS SUS ORDENACIONES


S.S. San Dámaso


San Gregorio Nacianceno
&
Máximo el Cínico

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Fray Enrique Flórez  O. S. A. 

No aceptó el primero sino á su pesar esta silla que le encargó Pedro de Alejandría a solicitud de muchos obispos congregados en Antioquía: pero casi á este mismo tiempo el referido Pedro envió a ocupar la silla de Constantinopla a Máximo, filósofo cínico, arrojado por el pueblo, aunque consagrado secretamente, consagración reprobada por el papa Dámaso. En 381 fué confirmada la elección de Gregorio en el concilio de Constantinopla; pero las quejas de los obispos de Egipto le precisaron á hacer abdicación, viéndose así privada la iglesia de Constantinopla de una de las mayores lumbreras y del más celoso defensor de la religión apostólica.


https://www.google.es/books/edition/Clave_historial_con_que_se_facilita_la_e/Y_QK-T_57y4C?hl=es&gbpv=0

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Charles-Louis Richard (O.P.)
Los Padres declararon que no había sido, ni era Obispo,
Consagración inválida de Máximo el Cínico y de todos sus ordenados.
Concilio de Constantinopla, año de 381.

El Concilio comenzó con el examen de la ordenación de Máximo. el Cínico, que se había hecho ordenar Obispo de Constantinopla. Los Padres declararon que no había sido, ni era Obispo, y establecieron solemnemente a San Gregorio Nacianceno en la Silla Episcopal de esta gran Ciudad, quien renunció poco después, y Nectario fué colocado en su lugar. Los PP. del Concilio establecieron sucesivamente la fé contra varias herejías, y compusieron un tomo, que era una profesión de fé bastante extensa, de que era parte el símbolo que des

CANON IV
Máximo el Cynico ni fué ni es Obispo ; que los que ordenó no deben contarse entre los ordenados, y que no tiene efecto lo hecho para él o por él.

***



Maximo Cinico, et ejus in ordinata constitutione, qua Constantinopoli facta est placuït, nec Maximun episcopum esse, vel fuisse, nec eos, qui ab ipso in aliquo gradu clerici sunt ordinati; cum omnia, qua ab eodem perpetrata sunt in irritum deducta esse videantur.
(Conc. Constat. 1.° c. 3.) 

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La Voz de la Religión
Tomos 1-2
1838

La Iglesia había definido tal cuestión, hasta el extremo de negar a tales Obispos la potestad de orden:

El concilio Niceno primero, en el canon sexto, había dicho en términos precisos y claros, "que si alguno fuere hecho Obispo sin la sentencia del Metropolitano (cuando en estos residía la facultad), a este tal declara el concilio que no es Obispo." Illud. generaliter clarum est quod si quis præter sententiam Metropolitaní fuerit factus Episcopus, hunc magna sinodus definivit Episcopum esse non oportere. (Nic. can. 6.) Es claro en términos generales que si alguien ha sido hecho obispo sin el consentimiento del metropolitano, este no debe ser considerado obispo, según lo ha definido el gran sínodo.

Y el Constantinopolitano primero, hablando de cierto Obispo instituido contra las reglas, dijo: "De Máximo Cinico y su constitucion inordenada, que se ha hecho en Constantinopla, se decreta que ni Máximo es, ni ha sido Obispo, ni clérigos aquellos que por él han sido ordenados, porque todas las cosas que ha hecho son irritas." De Maximo Cinico, et ejus in ordinata constitutione, quæ Constantinopoli facta est placuit, nec Maximun episcopum esse, vel fuisse, nec eos, qui ab ipso in aliquo gradu clerici sunt ordinati; cum omnia, quæ ab eodem perpetrata sunt in irritum deducta esse videantur. (Conc. Constat. 1.° c. 4.) Es claro que si los ordenados ilegítimamente no eran Obispos; si ni aun el nombre de tales debian tomar; según decía San Cipriano (libro de la Unidad de la Iglesia)...




https://www.google.es/books/edition/La_Voz_de_la_religi%C3%B3n/XeNDAAAAIAAJ?hl=es&gbpv=0




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Relacionado

S.S.León XIII
Apostolicae Curae 
1896
Bula sobre la invalidez del rito eduardiano, en su forma e intención, comenta sobre la autoridad de Julio III, y de Pablo IV, resalta la siguiente cita a tener en cuenta, ya que respaldaría a P.Morín sobre los cánones que hablan de ordenaciones nulas:

Ya que obtener ordenes nulliter significa lo mismo que por acto nulo y sin efecto,
esto es, inválido,

como la misma palabra y el habla común requieren. Esto es especialmente claro cuando la palabra es usada de la misma manera acerca de las Ordenes como también acerca de los “beneficios eclesiásticos.”


"Nulliter enim obtinuisse ordines idem est atque irrito actu nulloque effectu, videlicet invalide, ut ipsa monet eius vocis notatio et consuetudo sermonis; praesertim quum idem pari modo affirmetur de ordinibus quod de beneficiis ecclesiasticis..."


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Relacionado

SAN DÁMASO, Papa y Confesor

11 de diciembre del Año del Señor
SAN DÁMASO,
Papa y Confesor

Cualquiera que mirare a una mujer con mal deseo
ya adulteró en su corazón.
(Mateo 5, 28).


San Dámaso I, de origen español, siguió al Papa Liberio al exilio y le sucedió en el año 366. Su talento y su celo por la pureza de la doctrina y el esplendor del culto han hecho que el Concilio de Calcedonia lo llamase ornamento y gloria de Roma. Reunió cuatro concilios en esta ciudad y uno en Aquilea, para combatir las herejías. Edificó dos basílicas, una junto al teatro de Pompeyo, San Lorenzo in Dámaso; la otra en la vía Ardeatina, junto a las catacumbas. Adornó con epitafios en verso las tumbas de los mártires, introdujo la costumbre de añadir el Gloria Patri al final de los salmos y movió a San Jerónimo a corregir el Nuevo Testamento sobre el texto griego. Murió casi octogenario en el año 384, y fue enterrado con su madre y su hermana en la basílica de la vía Ardeatina.


ORACIÓN

Pastor eterno, considerad con benevolencia a vuestro rebaño, y guardadlo con constante protección por vuestro bienaventurado Sumo Pontífice Dámaso, a quien constituisteis pastor de toda la Iglesia. Por J. C. N. S. Amén.


MEDITACIÓN
SOBRE LOS MALOS
PENSAMIENTOS

I. Hay tres clases de pensamientos que debemos rechazar, que hasta deberíamos prevenir. Los primeros son las distracciones en nuestra oración; nos arrebatan todo el fruto de nuestras plegarias, y, a menudo, nos hacen cometer nuevos pecados en el momento en que deberíamos obtener el perdón de nuestras faltas pasadas. Para ahuyentar estos pensamientos importunos, haz con frecuencia actos de fe; piensa que Dios te ve, que oye tus ruegos y que castigará tu negligencia al no desechar esas distracciones.

II. Los pensamientos contra la castidad son mucho más peligrosos todavía: fácil es complacerse en ellos, detenerse en ellos voluntariamente y cometer en un instante grandísimos pecados. Así, vigila, rechaza esos pensamientos poniendo la atención de tu espíritu en otra cosa, ocupándolo con pensamientos graves tales como los de la muerte, del infierno y del juicio. ¿Quieres verte libre de esta clase de tentaciones? Vigila tus sentidos: tus ojos y tus oídos son las puertas que les dan acceso a tu alma.

III. El demonio te sugiere, a veces, dudas contra la fe: esas dudas son peligrosas, sobre todo en la hora de la muerte. Las vencerás con la humildad y la oración; desconfía, pues, de tus propias fuerzas e implora el socorro del Cielo. La fe es un don de Dios: Aquél que te la dio te la conservará, siempre que recurras a Él. Si con todo esos pensamientos continuaran importunándote, haz actos de fe. Cuanto más te cueste penetrar las verdades de la salvación, más debes reverenciarlas y admirarlas. (San Eusebio).

Fuentes: Martirologio Romano (1956), Santoral de Juan Esteban Grosez, S.J. – Tomo IV, Patron Saints Index.


De origen español, probablemente nacido en tierras de Tarragona, fué a Roma donde obtuvo la confianza del Papa Liberio. Después de elegido, un partido de descontentos le opuso el antipapa Ursicino o Ursino; Dámaso tuvo que recurrir a la fuerza para no ser destronado por su rival, quien, después de haber suscitado dos sangrientos motines, fué desterrado por el emperador Valentiniano. Apenas se hubo afirmado en el poder, el Papa reunió diversos concilios, debiéndose notar uno celebrado en el año 381 en el que tomaron parte San Ambrosio, San Epifanio y San Jerónimo. Dámaso encargó a este último la revisión de la traducción latina de las Sagradas Escrituras llamada Itala, de la que derivó la Vulgata. Tomó gran parte en la redacción del canon de las Escrituras, publicado más tarde por el Papa Gelasio I. La firmeza de sus convicciones religiosas le valieron el sobrenombre de Diamante de la fe, que le fué conferido por el concilio ecuménico de Constantinopla (381-382) convocado por Teodosio el Grande contra los macedonios y otros herejes. A pesar de que no había sido convocado por el Papa, éste les confirmó los cánones, excepto el tercero, lesivo de los derechos de la Iglesia de Roma. Este concilio es el segundo en el orden de los ecuménicos. Devoto de los mártires, Dámaso hizo ejecutar importantes trabajos en las catacumbas, donde descubrió numerosos sepulcros para los que compuso epitafios en versos latinos. Escribió un poema sobre la Virginidad que se extravió. En la Edad Media se le atribuyó un Liber pontificalis que resultó ser apócrifo. Quedan solamente de él algunas cartas.

Durante el pontificado de este Papa surgió en España la herejía priscilianista, que fué condenada por el concilio reunido en Zaragoza el año 380.


11 de Diciembre del Año del Señor.
SAN DÁMASO I
Papa y Confesor
n. hacia el año 306 en Roma;
† 11 de diciembre del año 384 en Roma

Patrono de los arqueólogos.

Cualquiera que mirare a una mujer con mal deseo ya adulteró en su corazón. (Mateo 5, 28)

+ En Roma, San Dámaso I, Papa y Confesor, que condenó al heresiarca Apolinar, y restituyó del destierro a su sede a Pedro, Obispo de Alejandría; halló también muchos cuerpos de santos Mártires, y honró sus sepulcros con epitafios en verso.
+ En Roma igualmente, el suplicio de san Trasón, el cual, por sustentar con sus bienes a los Cristianos que trabajaban en las termas, y se veían abrumados con otras obras públicas o encarcelados, fue preso por orden de Maximiano; y juntamente con otros dos, llamados Ponciano y Pretextato, coronado del martirio.
+ En Amiens de Francia, los santos Mártires Victórico y Fusciano, en tiempo del mismo Emperador; a los cuales el Presidente Ricciovaro mandó atravesar con anillos de hierro las narices y las orejas, taladrar las sienes con clavos candentes, después arrancarles los ojos, y a poco asaetearles los cuerpos, y de esta suerte, decapitándolos junto con san Genciano su huésped, pasaron al Señor.
+ En Persia, san Bársabas, Mártir.
+ En España, san Eutiquio, Mártir.
+ En Plasencia, san Sabino, Obispo, esclarecido en milagros.
+ En Constantinopla, san Daniel Estilita.

+ Y en otras partes, otros muchos santos Mártires y Confesores, y santas Vírgenes.
R. Deo Gratias.

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SINCERA ADHESIÓN AL JERARCA SUPREMO

MAURO CAPPELLARI O.S.B.Cam
S.S.Gregorio XVI
El Triunfo de la Santa Sede y de la Iglesia contra los ataques de los novadores (jansenistas)

"La buena fe de aquellos Padres (San Jerónimo) y su sincera adhesión al Papa, por la cual declaraban anti-Cristos a todos los que no recogían con él (el Papa San Damaso), y no conservan la unidad de creencia, la buena fe, digo, y la sincera adhesión de aquellos Padres al Jerarca supremo..."



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SAN JERÓNIMO AL PAPA SAN DÁMASO

 Carta nº15 de
San Jerónimo
al Papa San Dámaso 
(un fragmento)

San Jerónimo le pide a S.S. San Dámaso que se pronuncie sobre cuál (Paulino, Vital o Meletio) es el verdadero obispo de Antioquía.

Es un testimonio de la universalidad de la jurisdicción en manos del obispo de Roma, y atestiguan la infalibilidad papal.

"Yo hablo con el sucesor del pescador, con el discípulo de la cruz. Yo, que no reconozco otra primacía que la de Cristo, me uno por la comunión a tu beatitud, es decir, a la cátedra de Pedro. Sobre esa roca sé que está edificada la Iglesia. Quienquiera comiere fuera de esta casa el cordero, es profano (Ex 12,43). Todo el que no estuviere, durante el diluvio, en el arca de Noé, perecerá.

Por  mis pecados he emigrado a este desierto que separa a Siria de los confines de la barbarie, y, pues nos separan tan enormes distancias, no me es posible solicitar de tu santidad constantemente «el santo del Señor». Por eso sigo aquí a los confesores egipcios, compañeros tuyos, y, navecilla insignificante, me omito tras los grandes navios de carga. No conozco a Vital, rechazo a Melecio ignoro a Paulino. Quienquiera contigo no recoge, desparrama, es decir, el que no es de Cristo es del anticristo."

CARTA COMPLETA:

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