VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

✠✠ "Sede Vacante Nihil Innovetur" ✠ "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus" ✠ "Inferior non potest tollere legem superioris" ✠✠
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SI ERES CUERDO HARÁS LO MISMO QUE YO

Cardenal Giuliano Cesarini
Carta al Cardenal Eneass Silvio (S.S.Pío II)


"He vuelto al redil después de haber estado mucho tiempo fuera del mismo; he oído la voz del Pastor Eugenio IV,
si eres cuerdo harás lo mismo que yo."

Historia de la Iglesia, Tomo IV, p 482, Cardenal Hergenröther
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NO ESTIMÉIS AL SEGLAR MÁS QUE AL PAPA; QUITAD ALLÁ A ENEAS, Y ACOGEOS A PÍO

S.S. Pío II

Eneas Silvio fue elegido Papa en 1458, y tomó el nombre de Pío II. Siete años más tarde expidió una Bula de retractación, en la que repudiaba sus errores pasados sobre el Papado, y en otro documento condenó sus escritos amatorios. He aquí algunos párrafos: 

«Descarriados como San Pablo, hemos dicho, escrito y hecho muchas cosas dignas de condenación, y, sin saber lo que hacíamos, hemos perseguido a la Iglesia de Dios y a la Sede romana. Por eso ahora nuestra oración es: Señor, perdónanos los pecados de nuestra juventud. Estamos, pues, obligados a imitar a San Agustín y retractar nuestros errores. 

Os exhortamos a que no deis crédito alguno a aquellos antiguos escritos nuestros que se oponen a la supremacía de la Sede romana, o contienen cosas. que la Iglesia de Roma reprueba. Sólo a San Pedro le fue dada la plenitud del poder; él y sus sucesores legales son los únicos poseedores del primado. 

Si en los diálogos o en las cartas o en algunas otras de nuestras obras encontráis algo contra esta doctrina, rechazadlo y menospreciadlo. 

Creed más bien lo que os decimos ahora de viejo que lo que os dijimos de joven; no estiméis al seglar más que al Papa; quitad allá a Eneas, y acogeos a Pío» 

(Pastor, Historia de los Papas, I, Pío II). 


Rev. Bertrand Louis Conway

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S.S. PÍO II, PAPA Nº 210

PÍO II (1458-1464)
ENEA SILVIO PICCOLOMINI


El 29 de agosto de 1458 Enea Silvio sucedía a Calixto III. Nació en Corsignano, de una familia noble pero decaída; frecuentó las Universidades de Sena y Florencia. De agudísimo ingenio y ferviente estudioso de los clásicos, fue poeta y buen orador: son testimonio de ello sus escritos juveniles, que más tarde repudió y ordenó que fueran destruídos. Fué primero secretario del cardenal Albergati, y después de adherirse a la causa del antipapa Felix V, pasó a la corte de Federico III. Durante su estancia en Roma como embajador de Federico cerca de Eugenio IV, reformó completamente su vida y decidió hacerse eclesiástico. No fué una conversión fingida; fué nombrado obispo de Trieste, luego de Sena, y Calixto III le creó cardenal, siendo elegido papa a los 53 años.

Su gran aspiración fué, como la de su predecesor, salvar a Europa de los musulmanes, y en 1459 convocó una asamblea de príncipes en Mantua; mas tuvo una gran decepción, pues sólo asistieron a ella algunos italianos, pocos franceses, y poquísimos alemanes. No decayó por eso su ánimo, y en el congreso habló de la paz entre los príncipes cristianos y de la Cruzada. Antes de cerrar el congreso publicó una bula (18) de enero de 1450) en defensa de la autoridad pontificia, prohibiendo, bajo pena de excomunión, apelar al concilio sobre las decisiones que hubiese tomado el papa, defendiendo así la genuina constitución monárquica de la Iglesia. Con eso desmentía las teorías del concilio de Basilea defendidas por él, y, desmintiéndose a sí mismo, decía: "Desoid a Eneas... escuchad a Pio." 

Los motines republicanos que se produjeron en Roma para la sucesión del trono de Nápoles, le obligaron a volver enseguida a la ciudad, donde recibió algunas cartas de Luis XI, rey de Francia, en las que, hipócritamente, era abolida la Pragmática Sanción, con la condición de que el papa favoreciese los intereses de Francia sobre el trono napolitano. 

Entre las mil dificultades que surgieron tanto en Alemania como en Bohemia, concibió la magnánima idea de convertir a Mahomet II, a quien escribió una carta y un tratado sobre la belleza de la fe cristiana; pero no surtió ningún efecto; por el contrario, Mahomet invadió Bosnia y amenazó la Herzegovina. 

Entonces decidió ponerse él mismo al frente de la Cruzada; hizo una vigorosa apelación a los pueblos y a los príncipes, y pareció que Europa se conmoviese: en el mes de junio de 1464, 300.000 hombres estaban prontos para partir. Pío II dejó Roma para embarcarse en Ancona; pero mientras esperaba la flota veneciana, extenuado por la fatiga y la enfermedad murió en Ancona, el 4 de agosto. ¡La Cruzada se desvaneció como un sueño!

En medio de tantos trabajos por la Cruzada, Pío II no descuidó la reforma de la Iglesia, de las órdenes religiosas, del clero y especialmente de la Curia de Roma, sirviéndose de la obra del cardenal Cusano y de Domingo Dominici. 

Canonizó a su gran conciudadana Santa Catalina de Sena.

Pío II, que muere al entrar en Ancona la flota cruzada, es según Reumont el representante de un gran ideal, cualquiera que sea la opinión que se tenga respecto a la insuficiencia de los medios.

Dejó bastantes obras: "Vida de Federico III", "Comentario", "Autobiografia", "Historia de Europa", "Descripción del mundo", muchas cartas y poesías.

Los Papas, desde San Pedro hasta Pío XII
Giuseppe Arienti
Con Licencia Eclesiástica 1945


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EXECRABILIS
Bula sobre la condena a cualquier apelación
a las decisiones papales

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CONDENADA PROFECÍA AGENDISTA CALENTÓLOGA DEL CAMBIO CAMBIÁTICO


S.S.Pío II
Carta Apostólica Cum Sicut 
Denz. 717a 

PERNICIOSO ERROR QUE DICE:

“El mundo debería ser destruido naturalmente y acabado por el calor del sol que consume la humedad de la tierra y del aire de tal manera que los elementos se incendian” 


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CONDENA A CUALQUIER APELACIÓN A LAS DECISIONES PAPALES

EXECRABILIS
S.S. PÍO II
Bula sobre la condena a cualquier apelación a las decisiones papales
Del 15 de febrero de 1460


1. Un execrable, y en pasadas épocas inaudito abuso, ha surgido en nuestro tiempo, especialmente porque alguna gente, imbuída con el espíritu de rebelión, se atreve a apelar a un futuro concilio del Romano Pontífice, el Vicario de Jesucristo, a quien fue dicho en la persona del bendito Pedro "apacienta mis ovejas" y "todo lo que atares en la tierra, también será atado en los Cielos"; ellos no obran así porque estén ansiosos de obtener un juicio ortodoxo, sino para escapar de las consecuencias de sus pecados, y todo el mundo que no sea ignorante de las leyes puede darse cuenta de cuán contrario es esto a los sagrados cánones y cuán perjudicial a la comunidad Cristiana.

Porque, -haciendo caso omiso de otras cosas que están muy manifiestamente opuestas a esta corrupción- ¿quién no lo encontrará ridículo, cuando las apelaciones son hechas para lo que no existe y para el tiempo de cuya futura existencia nadie conoce? Los pobres son oprimidos de muchas maneras por los más fuertes, crímenes permanecen impunes, la libertad es concedida a los delincuentes, y toda disciplina y orden jerárquico está confundido.

2. Deseando en consecuencia, rechazar de la Iglesia de Cristo este veneno pestilente, para cuidar de la salvación de todos aquellos que han sido encomendados a Nos, y para mantener fuera del redil de Nuestro Salvador toda causa de escándalo, Nos, por consejo de todos los prelados y jurisconsultos de las leyes divinas y humanas, apegándonos a la curia y en el terreno de nuestro seguro conocimiento, condenamos esta clase de llamamientos; y Nos, les denunciamos como erróneos y detestables; les invalidamos y les anulamos completamente en el caso de cualquier apelación que pueda ser descubierta, además de la existente presente; y Nos, declaramos y determinamos que ellos son como algo inválido y pestilente, de ninguna significación.

Consecuentemente, Nos, ordenamos que nadie se atreva bajo ningún pretexto a hacer apelaciones de cualesquiera ordenanzas, sentencias o mandamientos, a Nos o a aquellos que nos sucedan, o a adherirse a tales apelaciones hechas por otros o a usarlas de cualquier manera.

3. Si alguien de cualquier posición, rango, orden o condición que aún si estuviese revestido de la dignidad Imperial, real o Papal, contraviniera posterior al tiempo de dos meses después de la publicación de esta Bula por Cancillería Apostólica, él habrá ipso facto incurrido en sentencia de anatema, de la cual no podrá ser absuelto más que por el Pontífice Romano y al momento de la muerte. Una universidad o una corporación será sujeta de interdicción; no obstante, corporaciones y universidades, como antes dicho y cualesquiera otras personas incurrirán en aquellas penalidades y censuras de los ofensores que han cometido el "crímen laesa maiestatis" y de los promotores que se conozca hayan incurrido en tales depravaciones heréticas.

Además, los escribanos y testigos que hayan atestiguado actos de tal naturaleza, y en general, todos aquellos que hayan con conocimiento prestado consejo o ayuda o favorecido a los tales apeladores, serán castigados con el mismo castigo.

Por tanto, no es permitido a ningún hombre el infringir o el oponerse audazmente por perversión, al carácter de esta voluntad Nuestra, por la cual hemos condenado, reprobado, derogado, anulado, decretado, declarado y ordenado lo antes dicho. Mas si alguno, sin embargo, así lo intentara, sépase que incurrirá en la indignación de Dios Todopoderoso y de Sus Apóstoles los Santos Pedro y Pablo.

Dado en Mantua, en el año de 1460 de la Encarnación del Señor, en el día 15 antes de las Kalendas de febrero, en el segundo año de Nuestro Pontificado. Pío II.





BULL OF POPE PIUS II
JANUARY 18, 1460

PIUS EPISCOPUS, Servus Servorum Dei, ad futuram rei memoriam.

Pius the Bishop, servant of the servants of God, for a perpetual memorial of the matter.

1. Execrabilis, et pristinis temporibus inauditus tempestate nostra inolevit abusus, ut a Romano Pontifice, Jesu Christi Vicario, cui dictum est in persona Beati Petri: “Pasce oves meas,” et “quodque ligaveris super terram, erit ligatum et in Caelis,” nonnulli spiritu rebellionis imbuti, non sanioris cupiditate judicii, sed commissi evasione peccati, ad futurum Concilium provocare praesumant, quod quantum sacris Canonibus adversetur, quantumque Reipublicae Christianae noxium sit, quisquis non ignarus jurium intelligere potest. Namque (ut alia praetereamus, quae huic corruptelae manifestissime refragantur) quis non illud ridiculum judicaverit, quod ad id appellatur quod nusquam est, neque scitur quando futurum sit? Pauperes a potentioribus multipliciter opprimuntur, remanent impunita scelera, nutritur adversus primam Sedem rebellio, libertas delinquendi conceditur, et omnis Ecclesiastica disciplina, et hierarchicus ordo confunditur.

1. An execrable, and in former ages unheard-of abuse, has sprung up in our time, namely that many people, imbued with the spirit of rebellion, presume to appeal to a future Council from the Roman Pontiff, the Vicar of Jesus Christ, to whom it was said in the person of blessed Peter: “Feed my sheep” and “Whatsoever thou shalt bind on earth shall be bound also in Heaven”; they do not do so because they are anxious to obtain sounder judgment, but in order to escape the consequences of their sins, and anyone who is not ignorant of the laws can realize how contrary this is to the sacred canons and how detrimental to the Christian community. Because–passing over other things which are most manifestly opposed to this corruption–who would not find it ridiculous when appeals are made to what does not exist and the time of whose future existence nobody knows? The poor are oppressed in many ways by the stronger, crimes remain unpunished, freedom is conceded to delinquents, and all the ecclesiastical discipline and hierarchical order is confounded.

2. Volentes igitur hoc pestiferum virus a Christi Ecclesia procul pellere, et ovium nobis commissarum saluti consulere, omnemque materiam scandali, ab ovili nostri Salvatoris arcere, de venerabilium Fratrum nostrorum Sanctae Romanae Ecclesiae Cardinalium, cunctorumque praelatorum, ac Divini humanique juris interpretum, curiam sequentium, consilio, et assensu, ac certa nostra scientia, hujusmodi provocationes damnamus, et tamquam erroneas ac detestabiles reprobamus, cassantes, et penitus annullantes, si quae hactenus taliter interpositae reperiantur, easque tamquam inanes, ac pestiferas, nullius momenti esse decernimus, et declaramus. Precipientes deinceps, ut nemo audeat quovis quaesito colore, ab ordinationibus, sententiis, sive mandatis quibuscumque nostris, ac successorum nostrorum, talem appellationem interponere, aut interpositae per alium adhaerere, seu eis quomodolibet uti.

2. Wishing therefore to thrust away from Christ’s Church this pestilent venom, to take care of the salvation of all those who have been committed to us, and to hold off from the sheepfold of our Saviour all cause of scandal, we condemn appeals of this kind by the counsel of all prelates and jurisconsults of Divine and human law adhering to the Curia and on the ground of our sure knowledge; and we denounce them as erroneous and detestable, quash and entirely annul them in the event that any such appeals, extant at present, may be discovered, and we declare and determine that they are–like something void and pestilent–of no significance. Consequently, we enjoin that nobody dares under whatever pretext to make such an appeal from any of our ordinances, sentences or commands and from those of our successors, or to adhere to such appeals, made by others, or to use them in any manner.

3. Si quis autem contrafecerit, a die publicationis praesentium, in Cancellaria Apostolica, post duos menses, cujuscumque status, gradus, ordinis, vel conditionis fuerit, etiam si Imperiali, Regali, vel Pontificali praefulgeat dignitate, ipso facto sententiam execrationis incurrat, a qua nisi per Romanum Pontificem, et in mortis articulo, absolvi non possit. Universitas vero sive Collegium, Ecclesiastico subjaceat interdicto, et nihilominus tam Collegia, et Universitates, quam praedictae, et aliae quaecumque personae, eas poenas ac censuras incurrant, quas rei Majestatis, et haereticae pravitatis fautores, incurrere dignoscuntur. Tabelliones insuper, ac testes, qui hujusmodi actibus interfuerint, et generaliter qui scienter consilium, auxilium dederint, vel favorem talibus appellantibus, pari poena plectantur.

3. If any one, of whatever status, rank, order or condition he may be, even if adorned with Imperial, royal or Papal dignity, shall contravene this after the space of two months from the day of the publication of this Bull by the Apostolic Chancery, he shall “ipso facto” incur sentence of anathema, from which he can not be absolved except by the Roman Pontiff and at the point of death. A University or a corporation shall be subjected to an ecclesiastical interdict; nonetheless, corporations and Universities, like the aforesaid and any other persons, shall incur those penalties and censures which offenders who have committed the “crimen laesae maiestatis” and promoters of heretical depravity are known to incur. Furthermore scriveners and witnesses who shall witness acts of this kind and, in general, all those who shall knowingly furnish counsel, help or favour to such appealers, shall be punished with the same penalty.

Nulli ergo hominum liceat hanc paginam nostrorum voluntatis, damnationis, reprobationis, cassationis, annullationis, decreti, declarationis, et mandati infringere, vel ei ausu temerario contraire. Si quis autem hoc attentare praesumpserit, indignationem omnipotentis Dei, ac Beatorum Petri, et Pauli Apostolorum ejus, se noverit incursurum.

Therefore, it is not allowed to any man to infringe or to oppose by audacious perversion this charter of our will, by which we have condemned, reproved, quashed, annulled, decreed, declared and ordered the aforesaid. If any one, however, shall so attempt, let him know that he shall incur the indignation of Almighty God and of Saint Peter and Paul, His Apostles.

Datum Mantuae Anno Incarnationis Dominicae, millesimo quadringentesimo quinquagesimo nono decimo quinto Kalendas Februarii, Pontificatus nostri Anno Secundo.

Given at Mantua, in the year 1460 of the Lord’s Incarnation, on the fifteenth day before the Kalends of February, in the second year of our Pontificate.

PIUS II

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