VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

✠✠ "Sede Vacante Nihil Innovetur" ✠ "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus" ✠ "Inferior non potest tollere legem superioris" ✠✠
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NO SE PUEDE ALEGAR LAS REVELACIONES PRIVADAS

PARA DIRIMIR UNA CONTROVERSIA TEOLÓGICA, Y MUCHO MENOS PARA RESOLVER UN PUNTO FILOSÓFICO, HISTÓRICO O DE OTRA CIENCIA CUALQUIERA

R.P. Pierre Toulemont S.J.
&
Mélanie Calvat

¿Cuál es, pues, la autoridad de las revelaciones privadas? Tienen el valor mismo que merece el testimonio de la persona que las refiere, ni mas ni menos. Y como esta persona no es infalible, resulta, pues, que las cosas que atestigua no son siempre y para siempre absolutamente ciertas, salvo el caso de un milagro obrado directamente en favor de este testimonio. En una palabra, las revelaciones privadas no tienen mas que una autoridad puramente humana y probable.

De aquí resulta que generalmente hablando, no se puede alegar las revelaciones privadas para dirimir una controversia teológica, y mucho menos para resolver un punto filosófico, histórico ó de otra ciencia cualquiera.

También seria un abuso excepto algunos casos excepcionales mencionar en el púlpito las revelaciones privadas; todo lo mas que está permitido en las exhortaciones dirigidas á algunas personas piadosas es ofrecérselas como alimento de edificación espiritual y es con las debidas precauciones para que no exageren la estimación que deben hacer de tales revelaciones. 


R.P. Pierre Toulemont S.J. 
Revelaciones privada según la doctrina Católica. 
Revista La Cruz 1866 T.II pág 240. 
***

S.S. Benedicto XIV 
“En cuanto a lo que concierne a revelaciones privadas, no deberían ser recibidas con un sentido de fe Católica, sino con fe humana, de acuerdo a las reglas de prudencia que nos presentan tales revelaciones como probables y piadosamente creíbles. Esto no es para decir que estas revelaciones no pueden o no están destinadas a ser el instrumento de grandes gracias, aún para los fieles; pero como no son el objeto de un acto de fe teológico, ponerlas en duda o negarlas no es un pecado de herejía».

***

"LA MAYORÍA DE LOS DEFENSORES DEL TEXTO DE 1879 SUFRIERON LA CENSURA DE SUS OBISPOS."

Acusan de que el análisis mediante el Magisterio de la inexistencia de jerarquía Católica tras la muerte de S.S.Pío XII más lo acontecido el 8 de diciembre de 1965 (la Gran Apostasía) y la llegada del Anticristo Montini, dicen que no se sujetan en las revelaciones y mensajes de La Salette, sin embargo sus múltiples fábulas dicen sí sostenerse allí, dando a entender que se sostiene incluso la marca de la bestia cientificista, de la que curiosamente han dejado de tratar como tal.


Para la defensa de los intrusos, o de la existencia de clero válido y lícito, ellos basan su relato en La Salette de 1878, no en la aparición que está aprobada por el Papa en 1851, sino que ellos se basan en el escrito aprobado para la impresión por el Vicario General de Lycii en el año 1879 (se puede ver aquí la foto sacada de un libro impreso en 1880) ,1879 son 33 años después de la aparición de la Santísima Siempre Virgen María y 9 años después de la usurpación de Roma, este escrito del que toman para justificar a los intrusos y sus exégesis escatológicas, éste de 1878, escrito que no ha sido aprobado por ningún Papa, así ellos justifican a sus intrusos, porque en ese escrito se da a entender que no todo el clero apostató.



Basándose éstos en dicha fuente, la cual corroborarían sus análisis y a sus intrusos de forma irrefutable, según ellos, haciendo toda exégesis sobre revelaciones privadas de asentimiento y fe humana como irrebatible, y más concretamente aquélla que ni siquiera fue aprobada por la Santa Sede, y no sobre el Magisterio que es de fe Católica, como S.S. Benedicto XIV así nos ha dejado escrito, exégesis y análisis que desoyen la Constitución Apostólica Vacantis Apostolicae Sedis de S.S. Pío XII, que es un documento ex cátedra, porque esta Constitución Apostólica define a sus defendidos como inválidos e intrusos.


Lo que desconocen, estos, es que Roma fue invadida y usurpada en 1870, y S.S. Pío IX comparó al invasor y usurpador Victor Manuel II con Antíoco tipo del antitipo del Anticristo, y a sus hordas invasoras con anticristos y pastores de Satanás, y que Roma cuando fue ocupada y usurpada por estos impíos en 1870 , buena parte de los sacerdotes, monjes y monjas se unieron a la revolución y a las hordas invasoras que prometían libertad, acabando en los más bajos pecados concupiscentes, y las hordas revolucionarias y mandileras expulsaron a los monjes y monjas católicos de sus conventos y convirtieron los monasterios en lupanares y casas de corrupción, incluso la habitación donde descansaba S.S. Pío IX fue profanada y convertida en la habitación de los más bajos instintos del impío príncipe Humberto de Saboya, hijo de Víctor Manuel II.


Todo esto se puede leer en el Magisterio de S.S. Pío IX anterior a 1878, que alguno está puesto en este blog, y en distintos libros sobre la usurpación del poder temporal del Papa.


Algunos ejemplos:


S.S. Pío IX 

1877 Representantes del infierno:

https://yt3.ggpht.com/iQfubvDajoGRLglzWEQqq0PGKX3uwtXFlE_WOMSh7XmQVeGZGDnLJj8DUatjvZkUjvCRnCwBwB4f=s490-c-fcrop64=1,00000000ffffffff-nd-v1


1877 Crean en Roma, templos del error, escuelas anticatólicas, casas infernales:

https://yt3.ggpht.com/FULPDQCDfhI3ylADZaVze2MBxvS03XRfnHMyV4srWZPbuwgc5qgM2EHRRJ9Ccu7s4JE2bW4pagIjtv8=s382-c-fcrop64=1,00000000ffffffff-nd-v1

https://ia904704.us.archive.org/16/items/img-238_202212/IMG_238.jpg


1875 Donde llama Babilonia a la Roma usurpada

https://archive.org/details/alocucion-del-4-de-febrero-de-1875


1873 "Hidra ponzoñosa salida de los antros más profundos del infierno"

https://archive.org/details/discurso-del-12-abril-de-1873





Es una evidencia que la usurpación del poder temporal del Papa en el reinado de S.S. Pío IX (Roma jamás fue recuperada) es el preludio a lo que vendría después de la muerte de S.S.Pío XII, y es el Magisterio de S.S. Pío XII el que debe regir lo acontecido, y no lo escrito en 1878 que puede tomarse como guía pero nada más, porque es evidente que el escrito de 1878 ya fue descrito por S.S. Pío IX que lo vivió en primerísima persona, no así el de 1846 que vendría a profetizar lo que sucedería en 1870 y años siguientes, siendo cierto y certero tomarlo como tipo del antitipo de lo que vendría después del 9 de octubre de 1958 y más concretamente el 8 de diciembre de 1965 y es la aplicación de Vacantis Apostolicae Sedis la que debe ser condición sine qua non para todo aquel que diga que la Sede está vacante desde el 9 de octubre de 1958, y no tomar los escritos de 1878, que son de fe humana, como la base absoluta que define lo que va a suceder, siendo estos de fe humana y siendo la Constitución Apostólica de obligación absoluta por Ley Divina.


A dónde quiero llegar, quiero llegar a que la Santísima Siempre Virgen María nos advirtió el 19 de septiembre de 1846 en el pueblo de La Salette-Fallavaux, lo que acontecería en 1870 en Roma y a S.S.Pío IX y sería el tipo del antitipo de lo que sucedería en 1958-1965, pero que esto sin el Magisterio de S.S.Pío XII no se puede entender, Magisterio que los profetas de la Anomia han derogado, como si pudieran, para adaptar los hechos a sus propias fábulas e intereses.


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THE CATHOLIC ENCYCLOPEDIA 1907

El secreto de Mélanie se insertó en su totalidad en un folleto que ella misma había impreso en 1879 en Lecce, Italia, con la aprobación del obispo de esa ciudad. Siguió una viva controversia sobre si el secreto publicado en 1879 era idéntico al comunicado a Pío IX en 1851, o si en su segunda forma no era simplemente una obra de la imaginación. Esta última era la opinión de sabios y prudentes, que estaban persuadidos de que había que hacer una distinción entre las dos Mélanies, entre la inocente y simple viajera de 1846 y la visionaria de 1879, cuya mente había sido perturbada por la lectura de libros apocalípticos y la vidas de illuminati. Como Roma no pronunció ninguna decisión, la lucha se prolongó entre los contendientes. LA MAYORÍA DE LOS DEFENSORES DEL TEXTO DE 1879 SUFRIERON LA CENSURA DE SUS OBISPOS. Maximin Giraud, después de una vida infeliz y errante, regresó a Corps, su pueblo natal, y murió allí una muerte santa (1 de marzo de 1875). Mélanie Calvat terminó una vida no menos errante en Altamura, Italia (15 de diciembre de 1904).

The Catholic encyclopedia

Volume IX (Laprade - Mass, Liturgy of the): 1907

Página 8

https://archive.org/details/07470918.9.emory.edu/page/n23/mode/2up

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PROHIBICIÓN DEL TEXTO PUBLICADO POR MELANIE

In generali consessu Supremae Sacrae Congregationis S. Officii Emi ac Rmi Domini Cardinales fidei et moribus tutandis praepositi proscripserunt atque damnaverunt opusculum:  L'apparition de la trés Sainte Vierge sur la montague de la Salette le samedi septiembre de 1846.—Simple réimpression du text intégral publié par Mélanie, etc. Societé Saint-Augustin, París-Roma-Brujas, 1922;




Acta Apostolicae Sedis (1923) págs. 287-288

https://www.vatican.va/archive/aas/documents/AAS-15-1923-ocr.pdf


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S.S.Benedicto XIV “En cuanto a lo que concierne a revelaciones privadas, no deberían ser recibidas con un sentido de fe Católica, sino con fe humana, de acuerdo a las reglas de prudencia que nos presentan tales revelaciones como probables y piadosamente creíbles. Esto no es para decir que estas revelaciones no pueden o no están destinadas a ser el instrumento de grandes gracias, aún para los fieles; pero como no son el objeto de un acto de fe teológico, ponerlas en duda o negarlas no es un pecado de herejía».


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PROHIBICIÓN DE S.S. BENEDICTO XV Y S.S. PÍO XI DEL TEXTO PUBLICADO, POR LA MELANIE ADULTA, SOBRE LAS APARICIONES DE LA SALETTE


S.S.Benedicto XV


Ha llegado a conocimiento de esta Suprema Congregación que no faltan algunos, incluso del grupo eclesiástico, que, siguiendo las respuestas y decisiones de la misma Santa Congregación, mediante libros, folletos y artículos publicados en revistas, firmadas o no, nombre, sobre el llamado Secreto de la Salette, se sigue discutiendo y comentando sus diferentes formas, y también su acomodación en tiempos presentes o futuros; y esto no sólo sin el permiso del Ordinario, sino también contra su prohibición, para que puedan ser reprimidos estos abusos, que ofenden la verdadera piedad y lesionan mucho la autoridad eclesiástica, la misma Sagrada Congregación manda a todos los fieles de cualquier región que no lo hagan, bajo mandato, cualquier pretexto o en cualquier forma, es decir, a través de libros, discutan o profundicen sobre el tema mencionado, firmados o no, serán suspendidos de la celebración de la misa: y si son laicos no serán admitidos a la misma, sacramentos hasta que se arrepientan por decreto de Nuestro Santísimo Señor, dado el 13 de marzo de 1625, contra quienes publiquen supuestas revelaciones sin permiso de los Ordinarios. Pero este decreto no prohíbe la devoción a la Santísima Virgen bajo el título de Reconciliadora comúnmente llamada de la Salette.

Dado en Roma, desde el Santo Oficio, el 21 de diciembre de 1915.




S.S.Pío XI
1923





https://archive.org/details/actesdesspiexien0013cath/page/n331/mode/2up?view=theater



9 de mayo de 1923

In generali consessu Supremae Sacrae Congregationis S. Officii Emi ac Rmi Domini Cardinales fidei et moribus tutandis praepositi proscripserunt atque damnaverunt opusculum:  L'apparition de la trés Sainte Vierge sur la montague de la Salette le samedi septiembre de 1846.—Simple réimpression du text intégral publié par Mélanie, etc. Societé Saint-Augustin, París-Roma-Brujas, 1922;

Acta Apostolicae Sedis (1923) págs. 287-288

Miércoles 9 de Mayo de 1923

En la Sesión General de la Suprema y Sagrada Congregación del Santo Oficio, los Eminentísimos y Reverendísimos Señores Cardenales prepósitos para la tutela de la Fe y las Costumbres han proscrito y condenado el opúsculo L’apparition de la Très Sainte Vierge sur la sainte montagne de la Salette le samedi 19 septembre 1845 – Simple réimpression du texte intégral publié par Mélanie, etc. Société Saint-Augustin, Paris-Rome-Bruges, 1922, ordenando, a quien tenga derecho, proceda de forma que los ejemplares del opúsculo condenado sean retirados de las manos de los fieles.

Y el mismo día,  Nuestro Santísimo Padre Pío, por la Divina Providencia Papa XI, en la audiencia ordinaria concedida al Reverendo Padre Asesor del Santo Oficio, aprobó según el informe que le fue hecho, la resolución de los Eminentísimos Padres.

Dado en Roma, en el palacio del Santo Oficio, el día 10 de Mayo de 1923.

     Luis Castellano, Notario de la Sagrada Romana y Universal Inquisició

https://archive.org/details/actesdesspiexien0013cath/page/n331/mode/2up?view=theater

https://www.vatican.va/archive/aas/documents/AAS-15-1923-ocr.pdf



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Arthur Preuss 
Editor de prensa Católica

The Fortnightly Review
1923

El secreto de La Salette

Hace más de quince años (F. R., XIV, n. 20, pp. 613 ss.) expresamos la opinión de que la aparición del beato. La Virgen María para Melanie Bergère era irreal y que su llamado "secreto de La Sallette" era "un mondo de stupidità". También llamamos la atención sobre el hecho (Vol. XV, No. 1, p. 24) de que este supuesto "secreto", en la forma en que fue revelado por Melanie, fue proscrito por la S. Congregación de el Índice (s. v. Combe... "augmentée de la folleto de Mélanie et autres pièces justificatives, Decr. 7 iun. 1901") y citó a un distinguido miembro de la S. Congregación (quien, ahora podemos divulgar, fue Mons. Esser) en el sentido de que esta entrada se hizo para estar seguro de que no sólo el tonto libro del Abbé Combe, sino también el "secreto" mismo sería condenado.

A pesar de todo esto, el "secreto de La Salette" siguió circulando en ciertos círculos. 

Últimamente incluso se reimprimió en el original. No debemos sorprendernos, por lo tanto, que la S. Congregación del Santo Oficio, a la que ahora está incorporada la Congregación del Index, acabe de emitir un decreto (fechado el 9 de mayo de 1923 y promulgado en las Acta Apostolicae. Sedis del 1 de junio, vol. XV, núm. 6, págs. 287 ss.), en el que proscribe y condena solemnemente (Emi ac Rmi Domini Cardinales fidei et moribus tutandis praepositi proscripserunt atque damnavernunt) el libro, " L'Apparition de la très Sainte Vièrge sur la sainte montague de la Salette le Samedi 18 de septiembre de 1845 Simple réimpression du texte integral publié par Mélanie, etc."
Société Saint-Augustin, París-Roma-Brujas, 1922), añadiendo: "mandantes ad quos spectat ut exemplaria damnati opusculi e manibus fidelium retrahere curent".
Es de esperar que este decreto ponga fin definitivamente al "Secreto de La Salette".

The Fortnightly Review, 
fue un periódico para Católicos estadounidenses.







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Thomas J. Shahan

THE CATHOLIC ENCYCLOPEDIA 1907

 "LA MAYORÍA DE LOS DEFENSORES DEL TEXTO DE 1879
SUFRIERON LA CENSURA DE SUS OBISPOS."

El secreto de Mélanie se insertó en su totalidad en un folleto que ella misma había impreso en 1879 en Lecce, Italia, con la aprobación del obispo de esa ciudad. Siguió una viva controversia sobre si el secreto publicado en 1879 era idéntico al comunicado a Pío IX en 1851, o si en su segunda forma no era simplemente una obra de la imaginación. Esta última era la opinión de sabios y prudentes, que estaban persuadidos de que había que hacer una distinción entre las dos Mélanies, entre la inocente y simple viajera de 1846 y la visionaria de 1879, cuya mente había sido perturbada por la lectura de libros apocalípticos y la vidas de illuminati. Como Roma no pronunció ninguna decisión, la lucha se prolongó entre los contendientes. LA MAYORÍA DE LOS DEFENSORES DEL TEXTO DE 1879 SUFRIERON LA CENSURA DE SUS OBISPOS. Maximin Giraud, después de una vida infeliz y errante, regresó a Corps, su pueblo natal, y murió allí una muerte santa (1 de marzo de 1875). Mélanie Calvat terminó una vida no menos errante en Altamura, Italia (15 de diciembre de 1904).


The Catholic encyclopedia

Volume IX (Laprade - Mass, Liturgy of the): 1907

Página 8

https://archive.org/details/07470918.9.emory.edu/page/n23/mode/2up

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Del Superior que tiene potestad coercitiva

974. I. Todos los que tienen potestad de dar leyes o de I poner preceptos, pueden también añadir penas a la ley o al precepto (can. 2220, § 1). Así, podrán imponerlas el Papa y el Concilio Ecuménico para toda la Iglesia; el Concilio provincial para toda la provincia, el Obispo para su diócesis, y, en general, los Ordinarios para su territorio; los Superiores regulares con arreglo a sus constituciones, etc.

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MAGNIFICATE DOMINUM
Pio XII 
Nos falta por añadir algunas cosas sobre la disciplina eclesiástica. Deben saber los clérigos y los seglares que tanto la Iglesia como los ordinarios de lugar, cada uno dentro de su territorio y según las normas del derecho, tienen poder legítimo para determinar y hacer cumplir la disciplina eclesiástica, es decir, para establecer la forma de obrar y comportarse en lo referente al orden externo y que no proceda o esté establecida la misma naturaleza de las cosas o por inmediata institución divina. No es lícito ni a los clérigos ni a los seglares sustrae a esta disciplina, sino que todos deben procurar, con el sincero cumplimiento de la disciplina eclesiástica, que la acción del pastor sea más fácil y eficaz, que se consolide la unión entre pastor y la grey, que dentro de la misma grey haya un pacifico acuerdo y mutua colaboración, sirviendo el uno para el otro d ejemplo y ayuda.

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EST SANE MOLESTUM
León XIII
Los obispos constituyen la parte más augusta de la Iglesia, esto es, la que enseña y gobierna a los hombres por derecho divino; por este motivo, todo el que los resiste, o rechaza pertinazmente sus órdenes, queda separado de la Iglesia.

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Franz Xaver Wernz
Código de Derecho Canónico
Poniendo como ejemplo la prohibición del "Secreto de la Salette"
Illa evulgatio revelationum, apparitionum, miraculorum, etc. in quibus publicandis datur hodie efírena quaedam vesania, facile praebet hostibus religionis catholicáe occasionem eam irridendi et contemnendi supernaturalia etiam exploratissima, tametsi in praxi acatholici plures, ipsa experientia testante, sint magis creduli quam prudentes catholici (97).

(97) Cfr. prohibitionem disserendi vel tractandi circa vulgo dictum « Secret de la Salette » S. O. 13 (A. A. S. VII, 594)




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NO SE PUEDE ALEGAR LAS REVELACIONES PRIVADAS 
PARA DIRIMIR UNA CONTROVERSIA TEOLÓGICA, Y MUCHO MENOS PARA RESOLVER UN PUNTO FILOSÓFICO, HISTÓRICO O DE OTRA CIENCIA CUALQUIERA

R.P. Pierre Toulemont S.J.
&
Mélanie Calvat

¿Cuál es, pues, la autoridad de las revelaciones privadas? Tienen el valor mismo que merece el testimonio de la persona que las refiere, ni mas ni menos. Y como esta persona no es infalible, resulta, pues, que las cosas que atestigua no son siempre y para siempre absolutamente ciertas, salvo el caso de un milagro obrado directamente en favor de este testimonio. En una palabra, las revelaciones privadas no tienen mas que una autoridad puramente humana y probable.

De aquí resulta que generalmente hablando, no se puede alegar las revelaciones privadas para dirimir una controversia teológica, y mucho menos para resolver un punto filosófico, histórico ó de otra ciencia cualquiera.

También seria un abuso excepto algunos casos excepcionales mencionar en el púlpito las revelaciones privadas; todo lo mas que está permitido en las exhortaciones dirigidas á algunas personas piadosas es ofrecérselas como alimento de edificación espiritual y es con las debidas precauciones para que no exageren la estimación que deben hacer de tales revelaciones. 


R.P. Pierre Toulemont S.J. 
Revelaciones privada según la doctrina Católica. 
Revista La Cruz 1866 T.II pág 240. 
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ANEXO DE LOS DOCUMENTOS SOBRE 
EL“SECRETO DE LA SALETTE”

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RELACIONADO


S.S. Pío IX:
"Son castigos que amenazan a la Francia"

ESTUDIO ANTERIOR A LOS "MENSAJES" DE LA MELANIE ADULTA
APARICION, REVELACIONES Y MILAGROS de la Virgen santísima en un monte de los Alpes llamado La Saleta, el día 49 de Setiembre de 1846. 

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