VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

✠✠ "Sede Vacante Nihil Innovetur" ✠ "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus" ✠ "Inferior non potest tollere legem superioris" ✠✠

POR UNA HEREJÍA NOTORIA EN CUANTO PERSONA PRIVADA CESA LA POTESTAD DEL SUMO PONTIFICE

Jean-Baptiste Raus
Institutiones Canonicae in Forma Compendii
1923

 Cesa la potestad del Sumo Pontífice bien por muerte, bien por renuncia por causa legítima —renuncia para la cual de ningún modo se requiere que sea aceptada ni por los cardenales ni por cualesquiera otros, según nos enseña el canon 221—; bien por demencia perpetua y total, o bien, finalmente, por una herejía notoria en la que, según la sentencia más probable, el Papa podría caer en cuanto persona privada¹.

Pero se cree piadosamente que Dios, por su paterna Providencia, jamás permitirá eso, y hasta el presente los autores no pueden probar ningún hecho cierto de tal herejía.

¹ Cf. Prümmer, q. 95; Cocchi, III, n. 155; Wernz II, n. 612 sqq.; Vermeersch-Creusen, I, n. 246.




 Jean-Baptiste Raus, Institutiones Canonicae in Forma Compendii, 1923, págs. 140, 141
https://archive.org/details/institutionescan0000pjbr/page/141/mode/1up

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DECLARANDO LA ELECCIÓN DE TAL HOMBRE COMO PAPA NULA E INVÁLIDA + CAE DEL PAPADO EL HEREJE