VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

✠✠ "Sede Vacante Nihil Innovetur" ✠ "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus" ✠ "Inferior non potest tollere legem superioris" ✠✠

CUALQUIERA QUE SEA LA SITUACIÓN DEL INDIVIDUO, NO HAY MÁS REMEDIO QUE OBEDECER

S.S. PÍO XII
Condenación de la falsa «Ética de Situación»
Exhortación papal
«Soyez les bienvenues»
a las participantes en el congreso de la Federación Mundial de Mujeres Jóvenes Católicas, dado en el Salón de Bendiciones, 
viernes 18 de abril del año del Señor 1952, decimocuarto año de su vigente y prevalente pontificado. 
Acta Apostolicæ Sedis, Vol. XXXXIV (1952), N.º 7-8, págs. 413 - 419.

Bienvenida y Contexto

Bienvenidas seáis, amadas hijas de la Federación Mundial de las Juventudes Femeninas Católicas. Os saludamos con el mismo placer, con la misma alegría y con el mismo afecto con que hace cinco años os recibimos en Castelgandolfo con ocasión de la gran Asamblea Internacional de las Mujeres Católicas.

Los estímulos y sabias directivas que os proporcionó aquel Congreso, lo mismo que las palabras que Nos os dirigimos entonces (Discorsi e Radiomessaggi 9, 221-223), no han quedado, en verdad, sin fruto. Conocemos los esfuerzos que en este intervalo habéis desarrollado para realizar los objetivos precisos de los cuales teníais clara visión.

Esto también nos lo prueba la Memoria impresa que, con motivo de preparar este Congreso, nos habéis hecho llegar: La foi des jeunes. Problème de notre temps. Sus páginas tienen el peso de un grueso volumen, y Nos las hemos examinado con gran atención, porque resume y sintetiza las enseñanzas de numerosas y variadas encuestas sobre el estado de la fe en la juventud católica de Europa, siendo altamente instructivas sus conclusiones.

El Fenómeno de la Nueva Concepción Moral

De muchas de las cuestiones tocadas en ella, Nos mismo hemos tratarlo en nuestra alocución del 11 de septiembre de 1947, a la que asistíais vosotras, y en muchas otras alocuciones de antes y después.

Hoy querríamos aprovechar la oportunidad que nos ofrece esta reunión con vosotras para decir lo que pensarnos acerca de cierto fenómeno que se manifiesta algo por todas partes en la vida de la fe de los católicos y que afecta un poco a todos, pero particularmente a la juventud y a sus educadores, del que se encuentran huellas en diversos lugares de vuestra Memoria, como cuando decís: «Confundiendo el cristianismo con un código de preceptos y prohibiciones, los jóvenes tienen la impresión de ahogarse en ese clima de moral imperativa, y no es urca ínfima minoría la que echa por la borda el embarazoso fardo» (p. 10).

Fenómeno este al que podríamos llamar una nueva concepción de la vida moral, pues se trata de una tendencia que se manifiesta en el campo de la moralidad. Ahora bien: en las verdades de la fe se fundan los principios de la moralidad, y vosotras sabéis bien cuán capital importancia tiene para la conservación y el desarrollo de la fe el que la conciencia de la joven se forme cuanto antes y se desarrolle según las justas y sanas normas morales. Por ello, la nueva concepción de la moralidad cristiana toca muy directamente al problema de la fe de los jóvenes.

Nos hemos hablado ya de la nueva moral en nuestro radiomensaje del 23 de marzo último a los educadores cristianos. Y lo que hoy vamos a tratar no es sólo una continuación de lo que entonces dijimos: Nos queremos descubrir los profundos orígenes de esta concepción. Se la podría calificar de existencialismo ético, de actualismo ético, de individualismo ético, entendidos en el sentido restrictivo que vamos a explicar y tal como se les encuentra en lo que con otro nombre se ha llamado Situationsethik (moral de situación).

La «Moral de Situación»: Su Signo Distintivo

El signo distintivo de esta moral es que no se basa en manera alguna sobre las leyes morales universales, como —por ejemplo— los diez mandamientos, sino sobre las condiciones o circunstancias reales y concretas en las que ha de obrar y según las cuales la conciencia individual tiene que juzgar y elegir.

Tal estado de cosas es único y vale una vez para cada acción humana. Luego la decisión de la conciencia —afirman los defensores de esta ética— no puede ser imperada por las ideas, principios y leyes universales.

La fe cristiana basa sus exigencias morales en el conocimiento de las verdades esenciales y de sus relaciones; así lo hace San Pablo en la carta a los Romanos (Rom 1, 19-21) para la religión en cuanto tal, ya sea ésta la cristiana, ya la anterior al cristianismo: a partir de la creación, dice el Apóstol, el hombre entrevé y palpa de algún modo al Creador, su poder eterno y su divinidad, y esto con una evidencia tal que él se sabe y se siente obligado a reconocer a Dios y a darle algún culto, de manera que desdeñar este cultivo o pervertirlo en la idolatría es gravemente culpable, para todos y en todos los tiempos.

Crítica a la Ética de Situación

Esto no es, de ningún modo, lo que afirma la ética de que Nos hablamos. Ella no niega, sin más, los conceptos y los principios morales generales (aunque a veces se acerque mucho a semejante negación), sino que los desplaza del centro al último confín.

Puede suceder que la decisión de la conciencia muchas veces esté de acuerdo con ellos. Pero no son, por decirlo así, una colección de premisas, de las que la conciencia saca las consecuencias lógicas en el caso particular, el caso de una vez. ¡De ningún modo!

En el centro se encuentra el bien, que es preciso cumplir o conservar en su valor real y concreto; por ejemplo, en el campo de la fe, la relación personal que nos liga a Dios. Si la conciencia seriamente formada estableciera que el abandono de la fe católica y la adhesión a otra «confesión» lleva más cerca de Dios, este paso se encontraría justificado, aun cuando generalmente se le califica de defección en la fe.

O también, en el campo de la moralidad, la donación de sí —corporal o espiritual— entre jóvenes. Aquí la conciencia seriamente formada establecería que por razón de la sincera inclinación mutua están permitidas las intimidades de cuerpo y de sentidos, y éstas, aunque admisibles solamente entre esposos, resultarían permitidas.

La conciencia abierta de hoy decidiría así, porque ella deduce de la jerarquía de los valores el principio de que los valores de la personalidad, por ser los más altos, podrían servirse de los valores inferiores del cuerpo y de los sentidos o bien descartarlos, según lo sugiera cada situación. Se ha pretendo con insistencia que, precisamente según ese principio, en materia de derechos de los esposos sería necesario, en caso de conflicto, dejar a la conciencia seria y recta de los cónyuges, según las exigencias de las situaciones concretas, la facultad de impedir directamente la realización de los valores biológicos, en favor de los valores de la personalidad.

Los juicios de una conciencia de esta naturaleza, por muy contrarios que a primera vista parezcan a los preceptos divinos, valdrían, sin embargo, delante de Dios; porque, se dice, la conciencia sincera, seriamente formada, es más importante delante de Dios mismo que el precepto y que la ley. Y, por ello, tal decisión es activa y productiva, no pasiva y receptiva de la decisión de la ley, escrita por Dios en el corazón de cada uno, y menos todavía de la del Decálogo, que el dedo de Dios ha escrito en tablas de piedra, dejando a la autoridad humana el promulgarlo y el conservarlo.

La «Moral Nueva» como Individualismo

La ética nueva (adaptada a las circunstancias), dicen sus autores, es eminentemente individual. En la determinación de la conciencia, cada hombre en particular se encuentra directamente con Dios y ante El se decide, sin intervención de ninguna ley, de ninguna autoridad, de ninguna comunidad, de ningún culto o confesión, en nada y de ninguna manera.

AQUÍ SÓLO EXISTE EL YO DEL HOMBRE Y EL YO DE DIOS PERSONAL; NO DEL DIOS DE LA LEY, DEL DIOS PADRE, CON QUIEN EL HOMBRE DEBE UNIRSE CON AMOR FILIAL. Vista así, la decisión de la conciencia es, por lo tanto, un riesgo personal, según el conocimiento y la valoración propios, con plena sinceridad ante Dios.

Estas dos cosas, la intención recta y la respuesta sincera, son lo que Dios considera; la acción no le importa. Por ello, la respuesta puede ser la de cambiar la fe católica por otros principios, la de divorciarse, la de interrumpir la gestación, la de rehusar la obediencia a la autoridad competente en la familia, en la Iglesia, en el Estado; y así, en otras cosas.

Todo esto correspondería perfectamente a la condición de mayoría de edad del hombre y, en el orden cristiano, a la relación de filiación, que, según la enseñanza de Cristo, nos hace rezar Padre nuestro...

Esta visión personal ahorra al hombre tener que medir en cada momento si la decisión que se ha de tomar corresponde a los artículos de la ley o a los cánones de normas y reglas abstractas; ella le preserva de la hipocresía de una fidelidad farisaica a las leyes; ella le preserva tanto del escrúpulo patológico como de la ligereza o de la falta de conciencia, porque hace recaer personalmente sobre el cristiano la responsabilidad total ante Dios. ASÍ HABLAN LOS QUE PREDICAN LA MORAL NUEVA.

Incompatibilidad con los Principios Católicos

Expuesta así la ética nueva, SE HALLA TAN FUERA DE LA LEY Y DE LOS PRINCIPIOS CATÓLICOS, QUE HASTA UN NIÑO QUE SEPA SU CATECISMO LO VERÁ Y SE DARÁ CUENTA Y LO PERCIBIRÁ.

Por lo tanto, no es difícil advertir cómo el nuevo sistema moral se deriva del existencialismo, que, o hace abstracción de Dios, o simplemente LO NIEGA, Y EN TODO CASO ABANDONA AL HOMBRE A SÍ MISMO. Tal vez sean las condiciones presentes las que hayan inducido a intentar el trasplantar esta moral nueva al terreno católico, para hacer más llevaderas a los fieles las dificultades de la vida cristiana.

De hecho, a millones de ellos se les exigen hoy —en un grado extraordinario— FIRMEZA, PACIENCIA, CONSTANCIA Y ESPÍRITU DE SACRIFICIO SI QUIEREN PERMANECER ÍNTEGROS EN SU FE, bien sea BAJO LA RESERVA DE LA FORTUNA o bien bajo las seducciones de un ambiente que pone a su alcance todo aquello que forma la aspiración y el deseo de su corazón apasionado. PERO SEMEJANTE TENTATIVA NUNCA JAMÁS PODRÁ TENER ÉXITO.

Las Obligaciones Fundamentales de la Ley Moral

Se preguntará de qué modo puede LA LEY MORAL, QUE ES UNIVERSAL, bastar e incluso ser obligatoria en un caso particular, el cual, en su situación concreta, es siempre único y de una vez.

ELLA LO PUEDE Y ELLA LO HACE, porque, precisamente DEBIDO A SU UNIVERSALIDAD, LA LEY MORAL COMPRENDE NECESARIA E INTENCIONALMENTE TODOS LOS CASOS PARTICULARES, EN LOS QUE SE VERIFICAN SUS CONCEPTOS. Y en estos casos, muy numerosos, ella lo HACE CON UNA LÓGICA TAN CONCLUYENTE, que aun la conciencia del simple fiel percibe inmediatamente y con plena certeza la decisión que se debe tornar.

Esto VALE ESPECIALMENTE PARA LAS OBLIGACIONES NEGATIVAS DE LA LEY MORAL, PARA LAS QUE EXIGEN UN NO HACER UN DEJAR DE LADO. Pero no para éstas solas. Las obligaciones fundamentales de la ley moral están basadas en la esencia, en la naturaleza del hombre y en sus relaciones esenciales, y VALEN, POR CONSIGUIENTE, EN TODAS PARTES DONDE SE ENCUENTRE EL HOMBRE.

De las relaciones esenciales entre el hombre y Dios, entre hombre y hombre, entre los cónyuges, entre padres e hijos resultan prohibiciones graves: el odio a Dios, la blasfemia, la idolatría, la defección de la verdadera fe, el homicidio, el adulterio, el robo, la defraudación del salario justo y las injustas maniobras de especulación. TODO ELLO ESTÁ GRAVEMENTE PROHIBIDO POR EL LEGISLADOR DIVINO. No hay motivo para dudar. CUALQUIERA QUE SEA LA SITUACIÓN DEL INDIVIDUO, NO HAY MÁS REMEDIO QUE OBEDECER.

Tres Consideraciones contra la Ética de Situación

Por lo demás, A LA ÉTICA DE SITUACIÓN OPONEMOS NOS TRES CONSIDERACIONES O MÁXIMAS:

  1. La primera: Concedemos que Dios quiere ante todo y siempre la intención recta; pero ÉSTA NO BASTA. Él quiere, además, LA OBRA BUENA.

  2. La segunda: NO ESTÁ PERMITIDO HACER EL MAL PARA QUE RESULTE UN BIEN (cf. Rom 3,8). Pero esta ética obra según el principio de que «el bien santifica los medios».

  3. La tercera: Puede haber situaciones en las cuales el hombre debe SACRIFICARLO TODO, AUN LA MISMA VIDA, POR SALVAR SU ALMA. Los mártires como María Goretti o la madre de los Macabeos son los testigos más elocuentes de la verdad contra la nueva moral.

El Problema de la Formación de las Conciencias

La moral católica ha tratado siempre y ampliamente este problema de la formación de la propia conciencia con el examen previo de las circunstancias del caso que se ha de resolver. Bastará citar la exposición de Santo Tomás sobre la virtud cardinal de la prudencia. Su tratado revela un sentido en la actividad personal que contiene todo cuanto hay de justo en la ética según la situación, pero evitando sus desviaciones.

La educación cristiana de la conciencia está muy lejos de despreciar la personalidad. TODA SANA EDUCACIÓN TIENDE A HACER AL EDUCADOR MÁS INNECESARIO POCO A POCO Y AL EDUCANDO MÁS INDEPENDIENTE DENTRO DE LOS JUSTOS LÍMITES. El objetivo es el hombre «mayor», que tiene también el valor de su responsabilidad.

Jesucristo permanece como Señor y Maestro POR MEDIO DE SU IGLESIA. El cristiano debe asumir el grave cometido de hacer valer en su vida la verdad y la ley de Cristo. ESTO ES LA MORAL CATÓLICA; Y ELLA DEJA UN VASTO CAMPO LIBRE A LA INICIATIVA Y A LA RESPONSABILIDAD PERSONAL DEL CRISTIANO.

Conclusiones Finales

Los peligros para la fe de nuestra juventud son hoy extraordinariamente numerosos. Sin embargo, pocos son tan graves como los que LA MORAL NUEVA HACE CORRER A LA FE. Los extravíos a que conducen terminarían, con el tiempo, por corromper aun la fuente misma. Así muere la fe.

De todo lo que hemos dicho vamos a sacar dos conclusiones:

  • Primera: LA FE DE LA JUVENTUD DEBE SER UNA FE ORANTE. La juventud DEBE APRENDER A ORAR. SIN LA ORACIÓN NO ES POSIBLE PERMANECER FIEL A LA FE.

  • Segunda: LA JUVENTUD DEBE ESTAR ORGULLOSA DE SU FE Y ACEPTAR QUE LE CUESTE ALGO. HA DE ACOSTUMBRARSE A HACER SACRIFICOS POR SU FE Y A CAMINAR DELANTE DE DIOS EN RECTITUD DE CONCIENCIA.

Que la caridad de Dios, la gracia de Jesucristo y la participación del Espíritu Santo estén con todos ustedes. Con el más paternal afecto, les impartimos la Bendición Apostólica.


ROMA LOCUTA ✠ CAUSA FINITA
***

LA POTESTAD DE JURISDICCIÓN EPISCOPAL LA RECIBEN INMEDIATAMENTE DEL ROMANO PONTÍFICE


Carlo Sardagna S.J.
Theologia Dogmatico-Polemica
1771

CDXXXIV. CUESTIÓN III.

¿De quién reciben los obispos inmediatamente su potestad?

Respuesta: La potestad de Orden la reciben inmediatamente de Dios mismo, ya que solo Dios puede otorgar la gracia santificante e imprimir el carácter, mientras que el hombre no ofrece más que un simple ministerio; pero la potestad de Jurisdicción episcopal la reciben inmediatamente del Romano Pontífice. Esta es la opinión más común de los teólogos.

Se prueba esta afirmación en primer lugar mediante la autoridad de los Padres. TERTULIANO en Scorpiaco, Cap. X, dice: "Si aún crees que el cielo está cerrado, recuerda que el Señor dejó sus llaves aquí a Pedro, y por medio de él a la Iglesia".

S. OPTATO MILEVITANO, Libro VII, contra Parmeniano: "Por el bien de la unidad, el bienaventurado Pedro, a quien le habría bastado con obtener el perdón tras haberlo negado, mereció ser preferido ante todos los Apóstoles, y él solo recibió las llaves del reino de los cielos para ser comunicadas a los demás". DUPIN sostiene que estas palabras, "llaves para ser comunicadas a los demás", no deben referirse a Pedro, sino a Cristo; es decir, que Pedro recibió las llaves que Cristo habría de comunicar también a los demás. Pero la interpretación de Dupin queda abiertamente refutada por el hecho de que se dice que el origen de la unidad está constituido en Pedro, puesto que él aceptó las llaves: si Cristo no hubiera querido que las llaves se comunicaran a otros a través de él, de nada serviría para recomendar la unidad que el mismo Pedro hubiera aceptado esas llaves.

S. CIPRIANO, Libro de la Unidad de la Iglesia, después de haber comparado la Sede de Pedro con la cabeza, la raíz, la fuente y el sol, añade en el Cap. IV: "Así también la Iglesia, bañada en la luz del Señor, extiende sus rayos por todo el mundo. Sin embargo, una sola es la luz que se difunde por todas partes, y la unidad del cuerpo no se separa: extiende sus ramas por toda la tierra con abundancia de fecundidad, despliega sus ríos que fluyen profusamente; sin embargo, una sola es la cabeza y un solo origen".

S. GREGORIO NACIANCENO [Nyssenus], Tratado contra aquellos que soportan mal las correcciones, dice: "Por medio de Pedro dio a los obispos las llaves de los bienes celestiales".

S. INOCENCIO I, Epístola a los Padres reunidos en Cartago, escribe: "Sabiendo lo que se debe a la Sede Apostólica: puesto que todos nosotros, colocados en este lugar, deseábamos seguir al mismo Apóstol (Pedro), de quien surgió el mismo Episcopado y toda la autoridad de este nombre". Y en la Epístola a los Padres Milevitanos: "Cuando se ventila la razón de la fe, considero que todos los Hermanos y Coepíscopos nuestros no deben remitirse a nadie más que a Pedro, es decir, al autor de su nombre y de su honor, tal como vuestra dilección acaba de referir".

S. LEÓN M., Sermón III sobre su Asunción, dice: "Grande y maravilloso, amadísimos, es el consorcio de su poder que la dignidad divina tributó a este hombre (el bienaventurado Pedro); y si quiso que algo fuera común con él a los otros Príncipes [Apóstoles], nunca lo dio sino por medio de él, lo que no negó a los demás". Y en la Epístola X, alias LXXXIX, a los Obispos de la provincia de Vienne, Cap. I: "El Señor quiso que el sacramento de este ministerio perteneciera de tal manera al oficio de todos los Apóstoles, que lo colocó principalmente en el bienaventurado Pedro, el más importante de todos los Apóstoles; para que, desde él, como desde una cabeza, derramara sus dones por todo el cuerpo".

Y dado que a la autoridad de estos Padres se han sumado S. Tomás, S. Buenaventura, S. Antonino y la mayoría de los teólogos, parece que merece ser preferida [esta opinión] a la Facultad de París, de la que se dice que ha condenado y reprobado esta sentencia en las afirmaciones de Juan Sarazin, Nicolás Quadrigarius y Francisco Guillou.

Carlo Sardagna S.J.
Theologia Dogmatico-Polemica
tomo VII, art. VI, controversia II, n. CDXXXIV, p. 483
1771

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S.S. Pío XII

1942 A LOS PÁRROCOS Y A LOS CUARESMEROS DE ROMA 

"...el Vicario de Cristo es el centro de su unidad y la fuente de la autoridad, pues a él deben estar unidos todos los demás Pastores, que de él reciben inmediatamente su jurisdicción y su misión; a él corresponde confirmarlos en la fe, como Pastor primero y universal, y, como Pastor de los Pastores, prevenir y corregir los abusos, guardar inviolable el depósito de la doctrina de Cristo y de la santidad de la moral, condenar auténticamente el error. Sólo él, sucesor de Pedro, Piedra fundamental de la Iglesia."

S.S. Pío XII
1943 MYSTICI CORPORIS CHRISTI

"Por lo cual los obispos no solamente han de ser considerados como los principales miembros de la Iglesia universal, como quienes están ligados por un vínculo especialísimo con la Cabeza divina de todo el Cuerpo y por ello con razón son llamados «partes principales de los miembros del Señor», sino que, por lo que a su propia diócesis se refiere, apacientan y rigen como verdaderos pastores, en nombre de Cristo, la grey que a cada uno ha sido confiada; pero, haciendo esto, no son completamente independientes, sino que están puestos bajo la autoridad del Romano Pontífice, aunque gozan de jurisdicción ordinaria, que el mismo Sumo Pontífice directamente les ha comunicado." 


S.S. Pío XII
1954 AD SINARUM GENTEM

"Además - lo que del mismo modo ha sido establecido por disposición divina - a la potestad de orden (en virtud de la cual la Jerarquía eclesiástica se halla compuesta de Obispos, sacerdotes y ministros) se accede recibiendo el sacramento del Orden sagrado; la potestad de jurisdicción, además, que al Sumo Pontífice es conferida directamente por derecho divino, proviene a los Obispos del mismo derecho, pero solamente mediante el Sucesor de San Pedro, al cual no solamente los simples fieles, sino también todos los Obispos deben estar constantemente sujetos y ligados con el homenaje de la obediencia y con el vínculo de la unidad."

S.S. Pío XII
1958 AD APOSTOLORUM PRINCIPIS
1958

"... volvimos a referirnos a esta doctrina con estas palabras "La potestad de jurisdicción que se confiere directamente por derecho divino al Sumo Pontífice llega a los obispos por ese mismo derecho, pero sólo a través del sucesor de Pedro, al que no sólo los fieles sino también todos los obispos están obligados a estar constantemente sujetos y a adherirse tanto por la reverencia de la obediencia como por el vínculo de la unidad."




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RELACIONADO

PÍO XII ENSEÑA POSITIVAMENTE QUE LA JURISDICCIÓN DEL OBISPO ES MEDIATA
Joaquín Salaverri S.J.

DEFINITIVAMENTE NO ES LIBRE PARA  SOSTENER QUE LA DOCTRINA ESTABLECIDA POR EL SANTO PADRE PUEDE SER RECHAZADA O MODIFICADA EN ABSOLUTO
Mons. Joseph C. Fenton

ESTA DOCTRINA ES ABSOLUTAMENTE CIERTA
Mons. Jean Marie Hervé

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DOMINGO DE RAMOS


Salen las turbas con flores y palmas a recibir al Redentor, y al Vencedor triunfante rinden dignos obsequios.
Cual Hijo de Dios le publican las gentes, y en alabanza de Cristo resuenan voces por los aires:
Hosanna en las alturas.


https://annvmliturgicvs.blogspot.com/2024/03/domingo-ii-de-pasion-o-de-ramos.html
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EL PODER DE ATAR Y DESATAR DESCIENDE DE SAN PEDRO A LOS DEMÁS APÓSTOLES


Abbé Frédéric Lebrethon
Petite somme théologique de saint Thomas d'Aquin
1862

Dondequiera que varias administraciones se refieran a un mismo fin, una autoridad general debe dominarlas a todas, para hacer converger hacia el bien universal los bienes particulares que ellas persiguen; de lo contrario, no tendrían vínculo alguno de unidad. Puesto que la Iglesia no es sino un solo y mismo cuerpo, necesita necesariamente, para el mantenimiento de esta unidad, un poder gubernamental que, abrazándola en su conjunto a fin de unir todas sus partes, se eleve por encima del poder episcopal, al cual están confiadas las iglesias particulares.

Este poder es el del Papa. De ahí proviene que se llame cismáticos a quienes, por la negación de su autoridad suprema, dividen la unidad de la Iglesia. Es preciso reconocer, además, entre los obispos y el Papa, dignidades de diferentes grados correspondientes a circunscripciones que contienen a otras, como la provincia contiene a las ciudades, el reino a las provincias, y el mundo entero a los reinos.

Que no se nos objete que todos los obispos son sucesores de los Apóstoles, y que el mismo poder dado a San Pedro fue conferido a todos. Aunque el poder de atar y desatar fue dado generalmente a todos los Apóstoles, fue confiado en primer lugar a San Pedro solo, para mostrar que debe descender de él hacia los demás. Por ello, Nuestro Señor pronunció estas palabras en singular: «Confirma a tus hermanos» (Lucas 22, 32); y esta otra también: «Apacienta mis ovejas» (Juan 21, 17); como si hubiera dicho, según la explicación de San Juan Crisóstomo:

«Sé, en mi lugar, su superior y su jefe, a fin de que todos, reconociéndome a mí mismo en tu persona, proclamen y sostengan en el universo entero la preeminencia del trono donde estarás sentado».



Abbé Frédéric Lebrethon
Petite somme théologique de saint Thomas d'Aquin
Tome 4, P.544

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LOS SIETE DOLORES DE MARÍA SANTÍSIMA


Los Siete Dolores de María Santísima

La profecía de Simeón, La huida a Egipto, La pérdida de N.S.J.C en el Templo, El encuentro de la Santísima Virgen María con N.S.J.C en el vía crucis, La crucifixión y muerte de N.S.J.C, El descendimiento de la Cruz, La sepultura de N.S.J.C.

Primer Dolor
Pecador, si a mis dolores quieres tener devoción, yo te haré dos mil favores; y pondré mi intercesión a favor de tus errores. Si en siete días cabales, tú, mis dolores contemplas, ganarás contra tus males, veintiún mil trescientas indulgencias parciales. No pienses que en escucharlos de paso, tenga yo el gusto; sino que has de contemplarlos con sentimiento, pues es justo que me ayudes a pasarlos. Contempla, en el primer día, los filos de la espada que traspasó el alma mía, cuando escuché declarada tan amarga profecía. Presenté al templo a mi Hijo como la ley lo mandaba, y Simeón con regocijo en sus brazos lo tomaba, y estas palabras me dijo: Señora, este hijo amado y hermoso, que tanto estimas, lo verás presto azotado, y coronado de espinas a morir crucificado. Si contemplas el dolor tan amargo que sentí en esa tal predicción, tú, conseguirás por mí el perdón del Salvador.

Segundo Dolor
En este dolor segundo, para matar a mi Hijo mandó, Herodes iracundo, degollar según cual dijo a los inocentes del mundo. Un ángel del cielo vino, y dijo a mi amado esposo que emprendiésemos camino; pues, Herodes, viene furioso con su ejército maligno. Con qué agonía en mis brazos tomé a mi Hijo, y a Egipto nos fuimos con lentos pasos yo y mi esposo: ¡qué conflicto! mi corazón se hizo pedazos. A cada instante volvía la vista, por ver si acaso el tirano nos seguía, desmayando a cada paso con tan mortal agonía. Sin la menor prevención, sin dormir, sin descansar y quebrantado el corazón, caminaba sin parar: ¡contemplad con qué aflicción! Unos ladrones sin tasa nos salieron, y un ladrón escuchando lo que pasa, ablandó su corazón y nos hospedó en su casa. Si haces como aquel ladrón, compadécete de mí en tan amarga aflicción; que lo que yo haré por ti es conseguir el perdón.

Tercer Dolor
En el tercer dolor, tres días tuve perdido mi bien: contempla en mis agonías, que tú llorarás también las amargas penas mías. Yo y José, mi esposo amado, con Jesús al templo fuimos los tres, y habiendo llegado, un grande concurso vimos de gente allí congregado. A la fiesta que allí había, y habiéndose ya acabado, yo del templo me salía; y José con gran cuidado por otra puerta venía. Y juntándonos los dos a mi esposo pregunté: José, ¿y el Hijo de Dios? María, dijo, yo no lo sé; yo juzgué que iba con Vos. Aquel corazón partido con una angustia tan fuerte, quedó como sin sentido, mirando la amarga suerte de ver a Jesús perdido. Tres días fui preguntando con sus noches, ¡qué tormento! yo y José siempre llorando, hasta hallarlo en el templo con los sabios disputando. Si a Jesús tienes perdido por la culpa, ven a mí cuando te halles afligido, que como lo hagas así, tendrás descanso cumplido.

Cuarto Dolor
El cuarto dolor fue, cuando con la carga sin mesura, vi a mi Hijo caminando por la calle de Amargura, cada instante tropezando. Siendo la sentencia dada, vino Juan a mi retiro dándome esta embajada; y dando un tierno suspiro quedé como desmayada. Con valor que me dio el cielo, en angustia tan crecida, caminaba con anhelo a ver el bien de mi vida, afligida y sin consuelo. Llegué a la calle cruel, donde me paré a escuchar las voces de aquel tropel, facineroso y ladrón, blasfemaban todos de él. La trompeta y el pregón decían: «Muera el malvado, facineroso y ladrón, y pague crucificado su infame predicación». Rompí por entre la gente, y con mi Hijo abrazada, le hablaba allá interiormente; con la garganta anudada de dolor tan vehemente. Si este amargo dolor imprimes en tu memoria, te aseguro pecador que has de conseguir la gloria, prenda de inmenso valor.

Quinto Dolor
El quinto fue tan penoso, que es digno de contemplar; cuando a mi Hijo precioso yo le vi crucificar en la cruz, como alevoso. Llegamos a la montaña del Calvario, y por despojos, le arrancan con ira y saña a la lumbre de mis ojos la túnica; ¡cosa extraña! Cuando le miré desnudo, renovadas las heridas y el cuerpo destrozado, crecieron las ansias mías al verle tan maltratado. Que se extendiese ordenaron en la cruz: y él, con paciencia hizo lo que le mandaron, y con tirana insolencia pies y manos le clavaron. Y después la cruz volvieron aquellos sayones bravos, y su santa faz pusieron, y remacharon los clavos con que mis penas crecieron. Después aquellos sayones la santa cruz levantaron, y con blasfemias y baldones, el santo cuerpo dejaron en medio de dos ladrones. Si este dolor tan fuerte te detienes en pensar llorando mi amarga suerte, yo te prometo ayudar en las ansias de tu muerte.

Sexto Dolor
El sexto, con tiernos lazos al Hijo de mis entrañas difunto, y hecho pedazos por las malicias extrañas, lo pusieron en mis brazos. Dos santos varones vieron mi tristeza y amargura, y a Pilatos le pidieron para darle sepultura licencia, y la consiguieron. Y luego desenclavaron aquel cuerpo sacrosanto, y en mis brazos lo entregaron; y con un lienzo limpio y blanco al punto lo amortajaron. Con ungüentos olorosos que prevenidos traían, le ungieron estos piadosos varones, que me asistían en lances tan lastimosos. Yo, que le estaba mirando de los pies a la cabeza, mi dolor siempre avivando con una amarga tristeza, le decía suspirando. Hijo mío muy amado, ¿quién os puso esas espinas? ¿quién abrió este costado? ¿quién vuestras manos divinas? ¿quién esos pies taladrados? Si este dolor tan amargo contemplas, dejando el vicio, de lo que Dios te hará cargo en el día del juicio, yo daré por ti el descargo.

Séptimo Dolor
El séptimo, ¡oh qué asunto pecador! este es muy fijo, pues toda me desconjunto al hallarme sin mi hijo, ya ni vivo ni difunto. Los varones con quebranto me decían: gran Señora, no os entreguéis más al llanto, que ya es llegada la hora del entierro sacrosanto. Mitigad tanto tormento, cese ya esa pena dura, dadnos el cuerpo sangriento, para darle sepultura en un nuevo monumento. Pero yo, aunque agradecía fineza tan amorosa, dándoselo les decía: tomad esa prenda hermosa del Hijo que más quería. San Juan y la Magdalena me llevaron de los brazos, y todos cargados de pena, fuimos siguiendo los pasos donde el sepulcro se ordena. Llegamos al monumento, donde con piedad honrosa pusieron el cuerpo dentro y lo cubrieron con la losa: contemplad mi sentimiento.

Todas estas siete espadas pasaron mi corazón; si de ti son contempladas, gozarás el galardón en las celestes moradas.




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BOB PREVOST, ALIAS "LEÓN XIV", CONTRARIO AL DERECHO DIVINO Y CONTRARIO A LA INFALIBILIDAD DE S.S. LEÓN XIII


Bob Prevost
VIº JEFE SUPREMO DE LA RAMERA CONCILIAR DEL VATICANO II


Con esta certeza de la presencia constante de Dios, envío mis más sinceras oraciones a Su Gracia (Sarah Mullally) con motivo de su investidura como Arzobispo de Canterbury.
Sé que el cargo para el que ha sido elegido es de gran importancia, con responsabilidades no solo en la Diócesis de Canterbury (!), sino en toda la Iglesia de Inglaterra y la Comunión Anglicana en su conjunto...




Sarah Mullally
Laica cismática disfrazada

"Estoy profundamente agradecida por su generosa carta y por la seguridad de sus oraciones en el momento de mi instalación como Arzobispa de Canterbury. Sus palabras de aliento y su invocación a la guía del Espíritu Santo son recibidas con profundo aprecio."

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LO QUE DICE INFALIBLEMENTE
LA SANTA MADRE IGLESIA

SOBRE LAS ORDENACIONES ANGLICANAS
Y SOBRE LAS ORDENACIONES A MUJERES

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S.S. Julio III   &   S.S. Pablo IV

S.S.León XIII
Apostolicae Curae
1896
Bula infalible sobre la invalidez del rito eduardiano/anglicano

"Nos pronunciamos y declaramos 
que las ordenaciones 
llevadas a cabo conforme 
al rito Anglicano han sido, y son,
absolutamente nulas y sin efecto."

"La autoridad de Julio III, y de Pablo IV, que hemos citado, claramente muestra el origen de la práctica que ha sido observada sin interrupción por más de tres siglos, que las Ordenaciones conferidas de acuerdo al rito Eduardiano deben ser consideradas nulas y sin efecto. Esta práctica es plenamente probada por los numerosos casos de absoluta re-ordenación conforme al rito Católico incluso en Roma.

(...) Entonces, considerando que esta matería, aunque ya decidida, había sido puesta de nuevo a discusión por ciertas personas, cualesquiera fueran sus razones, y que a partir de ahí podría haberse fomentado un pernicioso error en las mentes de aquellos que podrían suponerse a si mismos poseedores del Sacramento y los efectos de las Órdenes, que de ninguna manera podrían poseerlos, nos pareció bueno pronunciar en el nombre del Señor nuestro juicio.

Por eso, adhiriéndonos estrictamente, en esta materia, a los decretos de los Pontífices, Nuestros predecesores, y confirmándolos más plenamente, y, por decirlo así, renovándolos por Nuestra autoridad, por Nuestra propia iniciativa y certero conocimiento, Nos pronunciamos y declaramos que las ordenaciones llevadas a cabo conforme al rito Anglicano han sido, y son, absolutamente nulas y sin efecto."

Itaque omnibus Pontificum Decessorum in hac ipsa causa decretis usquequaque assentientes, eaque plenissime confirmantes ac veluti renovantes auctoritate Nostra, motu proprio certa scientia, pronuntiamus et declaramus, Ordinationes ritu anglicano actas, irritas prorsus fuisse et esse, omninoque nullas.



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S.S. San Pío X & S.S. Benedicto XV
CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO

Canon 968, §1

Sólo el varón bautizado recibe válidamente
la sagrada ordenación;

la recibe lícitamente el que a juicio de su Ordinario esté adornado de las cualidades que se exigen por los sagrados cánones y no tenga irregularidad o impedimento alguno que se lo prohíba.

Sacram ordinationem valide recipit solus vir baptizatus; licite autem, qui ad normam sacrorum canonum debitis qualitatibus, iudicio proprii Ordinarii, praeditus sit, neque ulla detineatur irregularitate aliove impedimento


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 Franz Xaver Wernz
Jus decretalium 
Tomo II
1899

SOBRE EL SUJETO CAPAZ O INCAPAZ DE LA SAGRADA ORDENACIÓN

Por derecho divino, todos y solo los hombres viadores de sexo masculino son sujetos capaces de la sagrada ordenación; las mujeres, en cambio, resultan totalmente incapaces para recibir cualesquiera órdenes o grados, incluso la primera tonsura, en la jerarquía del orden.

"Cfr. I. Cor. XIV. 54.; I. Timoth. II. 11. 12.; Hebr. V. 1. sq.; can. 19. Concil. Nicaen. (a. 325.) = ex parte c. 52. C. I. q. 1. iunct. Hefele l. c. t. I. p. 428. sq.; c. 11. Concil. Laodic. (a. 343.-383.) = c. 19. Dist. 32. iunct. S. Epiphan. (403.), Adversus haeres. 79. n. 1. 2. 3. (Migne, P. Gr. XLII. 739. 59.); c. 29. D. 23. et c. 20. Dist. 4. de consecr. = stat. Eccles. Antiqua; cap. 10. X. de poenit. V. 38.; Hallier l. c. P. II. sect. 4. cap. 2. § 3.; Ferraris l. c. v. Ordo art. 2. n. 25.; Schmalzgr. h. t. 11. n. 21. 22.; De Augustinis l. c. p. 535. sq. (3); Gasparri l. c. n. 122. sq.; Pesch l. c."




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Ludwig Ott
Fundamentals of Catholic dogma
1954

El sujeto receptor del Sacramento del Orden

El Sacramento del Orden solo puede ser recibido válidamente por un varón bautizado. (Sent. certa.) CIC 968, Par. 1.

Que solo los varones están facultados para recibir el Sacramento del Orden se basa en la ley divina positiva. Cristo llamó únicamente a hombres al apostolado. Según el testimonio de la Sagrada Escritura (cf. 1 Cor. 14, 34 et seq.; 1 Tim. 2, 11 et seq.) y de acuerdo con la práctica constante de la Iglesia, las potestades jerárquicas fueron transmitidas únicamente a hombres. 
Cf. Tertuliano, De praescr. 41; De virg. vel. 9.



Felix M. Cappello
Tractatus Canonico-Moralis De Sacramentis
De Sacra Ordinatione
1951

Son incapaces las mujeres. El Apóstol dice: «Las mujeres callen en la iglesia; porque no les es permitido hablar, sino estar sujetas, como también lo dice la ley (Gen. III). Y si quieren aprender algo, pregunten en casa a sus maridos. Porque es indecoroso que una mujer hable en la iglesia».

Y en otro lugar: «La mujer aprenda en silencio con toda sujeción. Porque no permito a la mujer enseñar, ni tener dominio sobre el varón, sino estar en silencio».

Los Santos Padres interpretan las palabras de San Pablo de modo que excluyen totalmente a las mujeres de la jerarquía eclesiástica y, por tanto, de recibir las órdenes, y tienen por herética la sentencia que afirma que la dignidad y el oficio sacerdotal pueden ser conferidos a las mujeres.



Fuentes Bíblicas
  • I Corintios 14:34-35
Mulieres in ecclesiis taceant: non enim permittitur eis loqui, sed subditas esse, sicut et lex dicit.
Si quid autem volunt discere, domi viros suos interrogent: turpe est enim mulieri loqui in ecclesia.

Las mujeres callen en las iglesias; porque no les es permitido hablar, sino estar sujetas, como también la ley lo dice. Y si quieren aprender alguna cosa, pregunten en casa a sus maridos: porque es cosa indecente que una mujer hable en la iglesia.

  • I Timoteo 2:11-12
Mulier in silentio discat cum omni subiectione.
Docere autem mulieri non permitto, neque dominari in virum, sed esse in silentio.

La mujer aprenda en silencio con toda sujeción.
Porque no permito a la mujer enseñar, ni tomar autoridad sobre el varón; sino estar en silencio.

  • Hebreos 5:1
Omnis namque pontifex ex hominibus assumptus, pro hominibus constituitur in iis quae sunt ad Deum: ut offerat dona et sacrificia pro peccatis.

Porque todo pontífice tomado de entre los hombres, es constituido a favor de los hombres en lo que toca a Dios, para que ofrezca dones y sacrificios por los pecados.


Concilios

Concilio de Nicea (325): Canon 19.
En cuanto a los antiguos paulinos que buscan refugio en la Iglesia católica, se determina que deben ser rebautizados incondicionalmente. Aquellos que en el pasado fueron inscritos entre el clero, si se muestran irreprochables e intachables, deben ser rebautizados y ordenados por el obispo de la Iglesia católica. Pero si tras una investigación se demuestra que no son idóneos, es justo que sean depuestos. De igual modo, con respecto a las diaconisas y a todos en general cuyos nombres figuran en el registro, se observará el mismo procedimiento. Nos referimos a las diaconisas a quienes se les ha otorgado este estatus, pues no reciben imposición de manos, por lo que en todos los aspectos deben ser contadas entre los laicos.

Concilio de Laodicea (343-383): Canon 11.  
Quod non oportet eas quae dicuntur presbytides, sive praesidentes, in Ecclesia constitui.
No se debe permitir que las llamadas 'presbítides' o aquellas que presiden, sean instituidas en la Iglesia


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