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1. Idea central
En los siglos XI-XII, varios teólogos y canonistas, apoyados por distintos Papas defendieron que:
El depuesto, excomulgado o hereje manifiesto no consagra válidamente la Eucaristía ni confiere válidamente las Órdenes sagradas.
La invalidez es ontológica: no hay presencia real ni transmisión del orden, aunque el ministro conserve el carácter sacramental.
El fundamento: el ministro actúa “in persona Ecclesiae”, y cuando la Iglesia le priva del oficio pierde también la potestad misma de obrar el sacramento.
2. Papas citados
Papa Inocencio I (Ep. 17, año 414)
Latín: «Aseritur eum qui honorem amisit honorem dare non posse. Nec acquiescimus ullum aliquid ab eo accepisse. Quia nil erat in dante, quod alius ab eo posset accipere.»
Español: Se afirma que quien ha perdido el honor no puede dar honor. No admitimos que alguien haya recibido algo de él, porque no había nada en el que daba que otro pudiera recibir.
Interpretación: El depuesto no puede conferir válidamente el Orden ni consagrar.
Papa Pascual II (citado por Bernoldo)
Latín: «Numquid maledictus sua benedictione panem in Christi carnem poterit vertere? [...] Si haeretici sacerdotes voces exhortationum non possunt fari, quomodo valeant vinum in Christi cruorem vertere?»
Español: ¿Acaso el maldito podrá, con su bendición, convertir el pan en la carne de Cristo? […] Si los sacerdotes herejes no pueden pronunciar palabras de exhortación, ¿cómo podrán convertir el vino en sangre de Cristo?
Papa Pelagio (citado por Gerhohus)
Latín: «Non consecrat, sed dissecrat.»
Español: No consagra, sino que separa (desvincula la especie de la esencia del Cuerpo de Cristo).
Papa Inocencio II (Concilio Lateranense II, can. 30)
Latín: «Ordinationes factas a Petro Leonis et aliis schismaticis et haereticis evacuamus et irritas esse censemus.»
Español: Las ordenaciones hechas por Pedro Leonis y otros cismáticos y herejes las anulamos y consideramos nulas.
Papa Eugenio III (Ep. a Gerhohus)
Latín: «Personam tuam tanquam litteratum diligimus et honorare et manutenere volumus.»
Español: Amamos tu persona como hombre docto, y queremos honrarte y sostenerte.
(Elogio a Gerhohus por su defensa de esta doctrina).
Papa Inocencio IV (Apparatus in Decretales, c. 1245)
Sostiene que el Papa puede privar no solo al obispo de la potestad de ordenar, ni al presbítero de la potestad de consagrar, sino incluso a cualquier persona de la potestad de bautizar.
3. Ejemplos de invalidez en la Eucaristía
Autores como Bernoldo de Constanza, Cardenal Deusdedit, Hugo de Amiens (Hugo Rothomagensis), Gerhohus de Reichersberg, Pedro Lombardo, Bandino, Pedro de Poitiers, Hugo de San Víctor, Honorio de Autun, Esteban de Tournai, Juan Faventino, Sicardo de Cremona.
Afirman que el depuesto o el hereje manifiesto solo conserva la “species” visible, pero sin la “essentia” ni el “effectus” sacramental.
Para Gerhohus, esto es comparable a un cadáver: apariencia sin vida.
4. Ejemplos de invalidez en el Sacramento del Orden
En la corriente doctrinal medieval que niega la validez ontológica de las órdenes conferidas por ciertos ministros (depuestos, excomulgados o herejes manifiestos), varios Papas son invocados como autoridad.
Bernoldo de Constanza
Postura: El depuesto o hereje manifiesto no puede ordenar válidamente ni consagrar la Eucaristía.
Papas citados por Bernoldo:
Inocencio I (Ep. 17, año 414)
Latín: «Aseritur eum qui honorem amisit honorem dare non posse. Nec acquiescimus ullum aliquid ab eo accepisse. Quia nil erat in dante, quod alius ab eo posset accipere.»
Español: Quien ha perdido el honor no puede dar honor; no admitimos que alguien reciba algo de él, porque no había nada en él que otro pudiera recibir.
Pascual II (citado por Bernoldo)
Latín: «Numquid maledictus sua benedictione panem in Christi carnem poterit vertere?... Si haeretici sacerdotes voces exhortationum non possunt fari, quomodo valeant vinum in Christi cruorem vertere?»
Español: ¿Acaso el maldito podrá, con su bendición, convertir el pan en carne de Cristo?… Si los herejes no pueden pronunciar palabras de exhortación, ¿cómo podrán convertir el vino en la Sangre de Cristo?
Hugo de Amiens (Rothomagensis)
Postura: El depuesto o excomulgado no administra válidamente sacramentos del orden (ni la Eucaristía); “quien ya no es ministro, nada hace”.
Papa citado:
Inocencio I (mismo texto que en Bernoldo) para fundamentar que el que ha perdido la dignidad y potestad no puede otorgarla a otros.
Gerhohus de Reichersberg
Postura: El depuesto o hereje carece de “essentia” y “effectus” del sacramento; solo tendría la “species”. Las órdenes conferidas por ellos son inválidas.
Papas citados como apoyo o protectores de su doctrina:
Pelagio II (citado por Gerhohus):
Latín: «Non consecrat, sed dissecrat.»
Español: No consagra, sino que separa.
Inocencio II (1130–1143): en el Lateranense II, can. 30:
Latín: «Ordinationes factas a Petro Leonis et aliis schismaticis et haereticis evacuamus et irritas esse censemus.»
Español: Las ordenaciones hechas por Pedro Leonis y otros cismáticos y herejes las anulamos y consideramos nulas.
Eugenio III (carta a Gerhohus):
Latín: «Personam tuam tanquam litteratum diligimus et honorare et manutenere volumus.»
Español: Amamos tu persona como hombre docto, y queremos honrarte y sostenerte.
(Cita también que antes le apoyaron Honorio III, Celestino III, Lucio III, según su propio testimonio).
Pedro Lombardo
Postura: El hereje o cismático manifiesto y “praecisus” de la Iglesia no puede conferir órdenes válidas. Discute si antes de ser “praecisus” las confiere.
Papas que aparecen en su argumentación:
Toma la autoridad de Inocencio I y de textos patrísticos usados por autores anteriores, aunque no introduce decretos nuevos.
Bandino
Postura: Sigue la línea de Pedro Lombardo: el excomulgado o hereje manifiesto no puede conferir órdenes.
Papas citados indirectamente: Reproduce los argumentos del Maestro, que se apoyan en Inocencio I y otros pontífices ya mencionados.
Esteban de Tournai
Postura: Quien recibe ordenación de depuesto o excomulgado no recibe nada; si es consciente, debe ser reordenado.
Papas citados: Aplica cánones y decretos pontificios que igualan la invalidez del depuesto a la del nunca ordenado. Implícitamente se basa en decretales como las de Inocencio II (sobre órdenes de cismáticos).
Juan Faventino
Postura: El depuesto “nec sibi nec aliis conficit”; el hereje, según casos, tampoco. Las ordenaciones de excomulgados y “exauctorati” son inválidas.
Papas citados: Se apoya en la misma cadena de autoridades (Inocencio I e Inocencio II) vía Rufino/Esteban de Tournai.
Sicardo de Cremona
Postura: El “praecisus” (excluido de la Iglesia) no puede conferir válidamente órdenes ni consagrar; distingue carácter (“aptitudinis”) de oficio (“habilitatis” y “executionis”).
Papas citados entre las autoridades: Inocencio I, Pelagio, y decretos de concilios aprobados por Papas (p.ej., Lateranense II de Inocencio II).
Inocencio IV (Sinibaldo Fieschi) — él mismo como Papa, autor
Postura: El Papa puede privar no solo al obispo de la potestad de ordenar y al presbítero de la de consagrar, sino incluso a cualquier persona de la potestad de bautizar válidamente.
Cita su propia formulación: ampara de forma explícita la privación de potestad válida (privatio potestatis valida).
Los principales Papas que estos autores invocan como respaldo de la invalidez en el sacramento del orden en caso de ministros depuestos, excomulgados o herejes manifiestos son: Inocencio I, Pascual II, Pelagio II, Inocencio II, Eugenio III, Honorio III, Celestino III, Lucio III y, en el siglo XIII, Inocencio IV.
5. Doctrina común resultante
El Papa y la Iglesia pueden privar del uso y de la eficacia misma de la potestas ordinis a un ministro, de modo que sus actos sacramentales sean nulos incluso ontológicamente. La validez no depende solo de la forma y materia, sino de la comunión y el mandato de la Iglesia. El Bautismo suele ser excepción incluso para estos autores: puede ser válido por necesidad.
En conclusión:
Para esta corriente teológica medieval —respaldada por decretos y afirmaciones de Papas como Inocencio I, Pascual II, Pelagio, Inocencio II, Eugenio III e Inocencio IV—, el depuesto, hereje manifiesto o excomulgado no puede consagrar la Eucaristía ni conferir válidamente las Órdenes, por pérdida real de la potestad sacramental efectiva. Esto es invalidez ontológica, no solo nulidad jurídica.
Referencias bibliográficas
Autores modernos:
MOSTAZA RODRÍGUEZ, A.: El problema del Ministro extraordinario de la Confirmación (Madrid, 1952), GUERRA CAMPOS, J.: Recensión en Compostellanum 1 (1956) 321‑327, KUTTNER: Repertorium der Kanonistik (Ciudad del Vaticano, 1938), FRANSEN, G.: “Quaestiones” en Dict. Droit Can. 7, 407 ss., Traditio 13 (1957) 487, VERNET, F.: “Bernold de Constance” en Dict. Théol. Cath. 2, 791‑93, SALTET: Les reordinations (París, 1907), AMANN, E.: “Reordinations” en D.T.C. 13, 2385 ss., MICHEL, A.: “Ordre” en D.T.C. 11, 1275 ss., VACANDARD, E.: “Hugues d’Amiens” en D.T.C. 7, 205‑215, GHELLINCK, J. de: “Pierre Lombard” en D.T.C. 12, 1941 ss., DUBLANCHE, E.: “Bandinus” en D.T.C. 2, 140, JUNG, N.: “Pierre de Poitiers” en D.T.C. 12, 2038‑40, VERNET, F.: “Hugues de Saint Victor” en D.T.C. 7, 240 ss., AMANN, E.: “Honorius Augustodunensis” en D.T.C. 7, 139‑147, LEPOINTE, G.: “Étienne de Tournai” en Dict. Droit Can. 5, 487‑91, ARGNANI: “Joannes Faventinus” en Apollinaris 9 (1936) 650, STICKLER, A.: “Joannes Faventinus” en Dict. Droit Can. 6, 99‑101, McLAUGHLIN, T. P.: The Summa Parisiensis on the Decretum Gratiani (Toronto, Pontifical Institute of Mediaeval Studies, 1952), LEFEBVRE, Ch.: “Sicard de Crémone” en Dict. Droit Can. 7, 1008‑1011, CONTINI, J. A.: “Sinibaldo dei Fieschi” en Dict. Droit Can. 7, 1029 ss., MATHOUD, Hugo: Observationes in libros Sententiarum Roberti Pulli, VERNET, F.: “Bonacurse” en D.T.C. 2, 953‑54, VERNET, F.: “Sainte Hildegarde” en D.T.C. 6, 2468 ss., GRABMANN, M.: Historia de la Teología Católica (versión española, Madrid, 1946), BRAUN, P.: en D.T.C. 1, 656‑657.
Autores medievales y patrísticos y sus obras citadas:
Bernoldo de Constanza (Bernoldus Presbyter): Tractatus de sacramentis excommunicatorum, Epistolae a Adalberto, Papa Inocencio I: Epistola 17 (P.L. 20, 530‑531), Papa Pascual II (citado por Bernoldo), Papa Pelagio II: “Non consecrat, sed dissecrat”, Papa Inocencio II: Concilio Lateranense II, can. 30, Papa Eugenio III: cartas a Gerhohus, Papa Honorio III, Celestino III, Lucio III (citados por tradición de Gerhohus), Papa Inocencio IV (Sinibaldo Fieschi): Apparatus in Decretales, Cardenal Deusdedit: Libellus contra invasores et symoniacos, Hugo de Amiens / Rothomagensis: Dialogorum libri septem, carta a Mateo de Albano, Gerhohus de Reichersberg: Liber contra duas haereses, varias epístolas, Pedro Lombardo: Sententiarum libri IV, Bandino (Magister Bandinus): Sententiarum libri IV, Pedro de Poitiers: Sententiarum libri V, Hugo de San Víctor: Summa Sententiarum, Honorio de Autun (Honorius Augustodunensis): Offendiculum, Eucharistion, Elucidarium, Esteban de Tournai (Stephanus Tornacensis): Summa Decreti, Juan Faventino (Joannes Faventinus): Summa Decreti, Summa Parisiensis (anónima, ca. 1170), Sicardo de Cremona: Summa, Mitrale, Robertus Pullus: Sententiarum libri VIII, San Bernardo de Claraval: Sermones super Cantica, serm. 66, Bonacursus: Manifestatio haeresis catharorum, Santa Hildegarda: Epistola 43 De corpore et sanguine Domini, Alano de Lille (Alanus de Insulis): Contra haereticos libri IV, Theologicae regulae (reg. 109), Graciano: Decretum (con sus dicta), Glossa Ordinaria al Decreto.
Otras fuentes canónicas y conciliares citadas:
Decretum Gratiani (concordia discordantium canonum), Concilio de Letrán I (1123), cánones 5 y 22, Concilio de Pisa (1135), Concilio de Reims (1131), Compilatio Prima y otras colecciones decretales, 1ª Compilación, 5, 7, 1 (“omnia facta retractari praeter baptismum et crisma”), Concilio Lateranense II (1139), cánones 1, 2, 30.
ENSAYO COMPLETO
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