VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

DEL SENTIDO LITERAL Y EL SENTIDO ESPIRITUAL DE LA SAGRADA ESCRITURA


CARTA AL EXCELENTE PP.DD. ARZOBISPOS Y OBISPOS ITALIANOS

Del sentido literal y el sentido espiritual de la Sagrada Escritura.
Del sentido del decreto tridentino sobre la autoridad de la Vulgata.

S.S. PÍO XII

COMISIÓN BÍBLICA PONTIFICAL 20 de agosto de 1941
COMISIÓN PONTIFICIA BÍBLICA

CARTA AL EXCELENTE PP.DD. ARZOBISPOS Y OBISPOS ITALIANOS UN FOLLETO ANÓNIMO DENIGRATORIO

Excelencia Reverendísima,

La Pontificia Comisión de Estudios Bíblicos tiene constancia de que, hace semanas, se publicó un panfleto anónimo titulado: Un gravísimo peligro para la Iglesia y para las almas. El sistema crítico-científico en el estudio e interpretación de la Sagrada Escritura, sus fatales desvíos y sus aberraciones (48 páginas en 8).

El folleto lleva la inscripción en la parte superior: «Válido como manuscrito. Concienzudamente reservado". Pero en realidad, con patente contradicción, se envió a toda la península en sobres abiertos.

Además, al pie de la última página tiene la declaración: «Copia certificada de la denuncia presentada al Santo Padre Pío XII». Siendo esto muy cierto, nada más se necesita para demostrar la inconveniencia -y Vuestra Rmadma. Excelencia seguramente lo habrá notado enseguida- de enviar simultáneamente a Vuestra Santidad y a muchas personas eclesiásticas un escrito con la intención de presentarlo para examen de el Sumo Pontífice.

Los dos simples hechos bastan para demostrar hasta qué punto el autor del folleto, quienquiera que sea, carece de juicio, prudencia y reverencia, y podría prescindir de más observaciones. Sin embargo, temiendo que ciertas acusaciones o insinuaciones pudieran inquietar a algunos Pastores y distraerlos del propósito de procurar a sus futuros sacerdotes esa sana y justa enseñanza de la Sagrada Escritura, que está en gran medida en el corazón del Sumo Pontífice, los Padres E. mi haciendo la Pontificia Comisión de Estudios Bíblicos, reunida en sesión plenaria para examinar el caso, han decidido someter a la benévola atención de Vuestra Excelencia las siguientes consideraciones.

El folleto pretende ser una defensa de cierta exégesis llamada meditación; pero es sobre todo una virulenta acusación del estudio científico de las Sagradas Escrituras: examen filológico, histórico, arqueológico, etc. de la Biblia no son más que racionalismo, naturalismo, modernismo, escepticismo, ateísmo, etc.; para comprender bien la Biblia hay que dejar rienda suelta al espíritu, casi como si cada uno estuviese en comunión personal con la Sabiduría divina, y recibiera especial iluminación individual del Espíritu Santo, como pretendían los primitivos protestantes. Por eso los anónimos atacan con extrema violencia a personas e institutos científicos pontificios; denigra el espíritu de los estudios bíblicos científicos, «un espíritu maldito de soberbia, presunción y superficialidad, paliado por la investigación ceñuda y la escrupulosidad hipócrita de la letra» (p. 40); desprecia la erudición, el estudio de las lenguas orientales y otras ciencias auxiliares, y comete graves errores en cuanto a los principios fundamentales de la hermenéutica católica consecuente con la noción teológica de la inspiración bíblica, ignorando la doctrina de los sentidos de las Sagradas Escrituras, y tratando con sumo ligereza el sentido literal y su cuidadosa investigación; finalmente, como si ignorara la historia de los textos originales y las versiones antiguas, así como la naturaleza y la importancia de la crítica textual, defiende una teoría falsa de la autenticidad de la Vulgata.

Como sería fuera de lugar, y poco reverente hacia los Pastores y Maestros de la Iglesia, volver a las nociones primordiales de inspiración bíblica y hermenéutica, basta colocar algunas de las disposiciones más recientes de la Santa Sede en el estudio científico ante las pretensiones de los anónimos de la Sagrada Escritura, a partir de León XIII .

1. Del sentido literal. Aunque el anónimo afirma pro forma que el sentido literal es la "base de la interpretación bíblica" (página 6), en realidad aboga por una exégesis absolutamente subjetiva y alegórica, según la inspiración personal o más bien según la imaginación más o menos viva y fecunda. de todos. Ahora bien, si es una proposición de fe que debe tenerse como principio fundamental que la Sagrada Escritura contiene, además del sentido literal, un sentido espiritual o típico, como nos enseña la práctica de Nuestro Señor y de los Apóstoles, sin embargo no toda oración o El relato contiene un sentido típico, y fue un grave exceso de la escuela alejandrina el querer encontrar en todas partes un sentido simbólico, incluso en detrimento del sentido literal e histórico. El sentido espiritual o típico, además de basarse en el sentido literal, debe probarse tanto por el uso de Nuestro Señor, los Apóstoles o escritores inspirados como por el uso tradicional de los Santos Padres y de la Iglesia, especialmente en la sagrada liturgia, porque "lex orandi, lex credendi". Ciertamente podría justificarse una aplicación más amplia de los textos sagrados con el objetivo de edificación en homilías y obras ascéticas; pero el sentido que resulta de los arreglos más felices, cuando no se prueba como se mencionó anteriormente, no puede decirse verdadera y estrictamente que sea el sentido de la Biblia, ni que fue inspirado por Dios al hagiógrafo. 

En cambio el anónimo, que no hace ninguna de estas distinciones elementales, quiere imponer las cavilaciones de su imaginación como un sentido de la Biblia, como "verdaderas comuniones espirituales de la sabiduría del Señor" (pág. 45), y despreciando la capital importancia del sentido literal calumnia a los exegetas católicos de considerar "sólo el sentido literal" y de considerarlo "de manera humana, tomándolo sólo materialmente, por lo que suenan las palabras" (p. 11), incluso de estar "obsesionados con el sentido literal de la Escritura" (pág. 46). Rechaza así la regla de oro de los doctores de la Iglesia, tan claramente formulada por Tomás de Aquino: "Omnes sensus fundantur super unum, scilicet literalem, ex quo solo potest trahi argumentum" (1, q. 1, 10 ad 1); regla que los Sumos Pontífices sancionaron y consagraron cuando prescribieron que, en primer lugar, busque cuidadosamente el significado literal. 

Así que por ej. León XIII en la Encíclica Providentissimus Deus : «Propterea cum studio perpendendi quid ipsa verba valeant, quid consecutio rerum velit, quid locorum similitudo aut talia cetera, externa quoque postae eruditionis illustratio societur» (Ench. Bibl., n. 92), y más sobre: ​​«Praeceptioni illi, ab Augustino wiser propositae, religiosa obsequatur (exegeta), videlicet a litterali et veluti obvio sensu minime discedendum, nisi qua eum vel ratio tener prohibeat vel necessitas cogat dimittere» (Ench. Bibl., n. 97). 

Así lo dice Benedicto XV en la Encíclica Spiritus Paraclitus : «Ipsa Scripturae verba perdiligenter consideremus, ut certo constet quidnam sacer scriptor dixerit» (Ench. Bibl., n. 498); donde, ilustrando el ejemplo y los principios exegéticos del «Doctor maximus in exponendis Sacris Scripturis», san Jerónimo, quien «litterali seu historica significatione in tuto collocata, internos altioresque rimatur sensus, ut exquisitiore epulo spiritum pascat» (Ench. Bibl. , n. 499), recomienda a los exegetas «modest temperateque e litterali sententia ad altiora exsurgant» (Ench. Bibl., n. 499). 

Ambos finalmente los Sumos Pontífices, León XIII y Benedicto XV, insiste, con las mismas palabras de san Jerónimo, en el deber del exégeta: «commentatoris officium esse, non quid ipse velit sed quid sentiat ille, quem interpretatur, exponere» (Ench. Bibl., n. 91 et 500) .

2. Del uso de la Vulgata. Aún más palpable es el error anónimo sobre el significado y alcance del decreto tridentino sobre el uso de la Vulgata latina. El Concilio de Trento, frente a la confusión provocada por las nuevas traducciones en latín y en lengua vernácula entonces propaladas, quiso que se sancionara el uso público, en la Iglesia occidental, de la versión latina común, justificándolo por el uso secular que se hacía de él. por la Iglesia misma, pero no pensó en nada en disminuir la autoridad de las versiones antiguas usadas en las Iglesias orientales, de la LXX en particular usada por los mismos Apóstoles, y menos aún la autoridad de los textos originales, y se resistió una parte de los Padres, que querían el uso exclusivo de la Vulgata como única autoridad. Ahora bien, el anónimo afirma que en virtud del decreto tridentino la versión latina posee un texto declarado superior a todos los demás, reprocha a los exegetas querer interpretar la Vulgata con la ayuda de los originales y otras versiones antiguas. Para él, el decreto da la "certidumbre del Texto Sagrado", para que la Iglesia no necesite "buscar todavía la auténtica letra de Dios" (pág. 7), y esto no sólo in rebus fidei et mororum , sino en todos los aspectos (incluidos los literarios, geográficos, cronológicos, etc.). Con ese decreto, la Iglesia nos dio «el texto auténtico y oficial, del cual no es lícito apartarse» (p. 6), y hacer crítica textual es una «mutilación de la Sagrada Escritura» (p. 8), es un «sustituir presuntuosamente su autoridad [de la Iglesia], que es la única que puede presentarnos un texto auténtico, y solo nos la presenta de hecho con el mencionado Decreto del Concilio de Trento» (pág. 28): toda operación crítica sobre la texto bíblico, tal como se presenta en la Vulgata, es «el libre examen, más aún, el delirante examen personal, sustituido por la Autoridad de la Iglesia» (p. 9).

Pues bien, esta pretensión no sólo va contra el sentido común, que nunca aceptará que una versión pueda ser superior al texto original, sino que va también contra la mente de los Padres conciliares, como se desprende de las Actas; en efecto, el Concilio fue consciente de la necesidad de una revisión y corrección de la Vulgata misma, y ​​encomendó su ejecución a los Sumos Pontífices, quienes la hicieron, como lo hicieron, según la mente de los más autorizados colaboradores del mismo Concilio, una edición corregida de la LXX (bajo Sixto V), y luego ordenó la del Antiguo Testamento hebreo y el Nuevo Testamento griego, nombrando comisiones específicas. Y está abiertamente en contra del precepto de la Encíclica Providentissimus : «Neque tamen non sua habenda erit ratio reliquarum versionum; quas christiana laudavit usurpavitque antiquitas, maxime codicum primigeniorum» (Ench. Bibl., n. 91).

En definitiva, el Concilio de Trento declaró la Vulgata "auténtica" en el sentido jurídico, es decir, en cuanto a la "vis probativa in rebus fidei et morum", pero no excluyó en absoluto posibles divergencias con el texto original y con la versiones antiguas, como todo buen libro de Introducción Bíblica expone claramente según las mismas Actas del Concilio.


3. De la crítica textual. Con la idea, expuesta más arriba, del valor casi único de la Vulgata, y del valor mínimo o casi nulo de los textos originales y de las demás versiones antiguas, no es de extrañar que el autor anónimo niegue la necesidad y utilidad de la crítica textual. , a pesar de que los recientes descubrimientos de textos invaluables han confirmado lo contrario. Dado que "es la Iglesia la que nos presenta y nos garantiza el Texto Sagrado" (p. 10), hacer crítica textual es "tratar el Libro divino como un libro humano" (p. 23), y el único uso que se le puede dar el texto original y de las versiones antiguas es consultarlas «en alguna dificultad para iluminar» (p. 6); el texto griego no puede «ser auténtico» frente a otro texto y «contra el texto oficial de la Iglesia» (p. 8), y «de ningún modo pueden ser borrados... del Texto, no sólo de la Iglesia (= Vulgata), sino de la original, secciones enteras o versículos enteros» (pág. 7), por lo tanto no aunque ausente de la tradición primitiva de la misma y penetrante después; intentar establecer el Texto Sagrado por medios críticos es "matar" la Biblia (p. 9). Luego las varias páginas del folleto, llenas de invectivas contra la "crítica científica", el "naturalismo", el "modernismo".

Que la ciencia bíblica católica, desde los tiempos de Orígenes y San Jerónimo hasta la «Comisión para la revisión y enmienda de la Vulgata», instituida por el mismo Papa de la Encíclica Pascendi, se ha esforzado por establecer la forma más pura posible del original texto y de las versiones, incluyendo (sin mencionar principalmente) la Vulgata; que León XIII recomienda enérgicamente: «Artis criticiae disciplinam, quippe percipiendae penitus hagiographorum sententiae perutilem, Nobis vehementer probantibus, nostri excolant. Hanc ipsam facultatem, adhibita loco ope heterodoxorum, Nobis non repugnantibus, iidem exacuant» (Litt. Apost. Vigilantiae , Ench. Biblia, no. 135); que la Pontificia Comisión Bíblica respondió que, en el Pentateuco (y «servatis servandis» también en otros libros bíblicos: cf. el decreto De Psalmis , Ench. Bibl., n. 345) se puede admitir «tam longo saeculorum decursu nonnullas». las modificaciones obvenisse, uti: additamenta post Moysi mortem vel ab auctore inspirato posta, vel glossas et explicationes textui interiectas; vocabula quaedam et formas e sermone antiquato in sermonem moderniorem translatas: mendosas demum lectiones vitio amanuensium adscribendas, de quibus fas sit ad normas artis criticiae disquirere et iudicare» (Decr. De Mosaica authentia Pentateuchi , dd 27 junio 1906, Ench. Bibl. , n 177); que el Santo Oficio ha permitido y permite a los exegetas católicos discutir la cuestión deComma Ioanneum e, «argumentis hinc inde precision perpensis, cum ea, quam rei gravitas requirit, moderatione et temperantia, in sententiam genuinitati contrariam inclinare» (Declaratio S. Officii, dd 2 junio 1927, Ench. Bibl., n. 121): todo esto olvida u oculta al autor del panfleto para hacer objeto de horror la obra de los exegetas católicos, quienes, fieles a las tradiciones católicas y a las normas inculcadas por la suprema autoridad eclesiástica, prueban, por el solo hecho de sus austeras y dolorosas obras de crítica textual, en cuanta veneración tienen el Texto Sagrado.

4. Del estudio de las lenguas orientales y ciencias auxiliares. La increíble ligereza y arrogancia con que el anónimo habla de ello mueve a la conmiseración ya la vez a la indignación. «Hebreo, siríaco, arameo» sería sólo motivo de orgullo para los «científicos» (p. 4), «alarde de erudición» (p. 14), «el orientalismo se ha convertido en verdadero fetichismo», y «la sabiduría orientalista moderna es a menudo muy cuestionable» (página 46). Tanto desprecio, nacido para alejar a los espíritus del arduo estudio y fomentar la ligereza y soltura en el tratamiento de los libros divinos, con el resultado inevitable de disminuir la suprema reverencia y total temor debido a ellos y el saludable temor de hacer menos uso de ellos. conveniente, contrasta plenamente con la tradición de la Iglesia, que, Providentissimus Deus , Ench. Biblia, no. 103), y recomendó «ut omnibus in Academiis... de ceteris item antiquis linguis, maxime semiticis, deque congruente cum illis eruditione, sint magisteria» (ibíd.), y exhortó a tratar, «ut minor in pretio ne sit apud nos quam apud externos, linguarum veterum orientalium scientia» (León XIII, Litt. Apost. Vigilantiae , Ench. Bibl., n. 133). El anónimo olvida que el estudio de las lenguas bíblicas, griego y hebreo, recomendado por León XIII para las academias teológicas, fue hecho obligatorio por Pío X (Ench. Bibl., n. 171), y que esta ley está recogida en la constitución Deus Scientiarum Dominus (art. 33-34; Ordinationes, art. 27, I).

Naturalmente, el estudio de las lenguas orientales y de las ciencias auxiliares no es, para los exégetas, un fin en sí mismo, sino ordenado a la comprensión y exposición precisa y clara de la palabra divina, de manera que se nutra en lo posible la vida espiritual. En este sentido, y no por mezquina pedantería ni por mal disimulada desconfianza hacia la inteligencia espiritual, se recomienda e inculca con el auxilio de la filología y de la crítica la búsqueda del sentido literal, y quien se abusa de ella sería desaprobado, y exclusivamente, peor si abusivamente, como si el libro no fuera divino. Pero al mismo tiempo no puede permitirse que, bajo el pretexto del abuso, se pretenda hacer sospechar y sustraer el uso de verdaderos principios exegéticos: "abusus non tollit usum".

El autor añadió al folleto cuatro páginas con el título «Confirmaciones extraídas de la Encíclica Pascendi», como para poner su desafortunada empresa bajo el patrocinio del santo Papa Pío X. Expediente desafortunado, porque si la enseñanza de la Sagrada Escritura recibió de León XIII en la Encíclica Providentissimus Deus la Carta Magna, que llamó la atención de toda la Iglesia sobre el tema tan importante, fue Pío X quien dio, por su cuenta personal iniciativa, el orden definitivo a esa enseñanza, especialmente en Roma y en Italia, ya que él, en su experiencia de obispo, observó de cerca las deficiencias de la enseñanza bíblica y los efectos desastrosos que de ella se derivaban.

De hecho, comenzó por instituir, pocos meses después de su elección, el 23 de febrero de 1904, los grados de licenciatura y licenciatura en Sagrada Escritura, consciente de que la creación de títulos especiales era un medio eficaz para que los estudiantes se dedicaran de manera especial para estudiarlo. No pudiendo entonces, por falta de medios, fundar inmediatamente el Instituto de Estudios Bíblicos Avanzados en el que pensaba Pío X impulsó, en 1906, la enseñanza de la Sagrada Escritura en el Pontificio Seminario Romano, aprobó, en los años 1908 y 1909, la creación de una enseñanza superior de la Sagrada Escritura en el Gregoriano y en el Angelicum, y finalmente, en el mismo año 1909 , creó el Pontificio Instituto Bíblico, cuya obra no ha dejado de desarrollarse bajo la mirada de los Sumos Pontífices con una continuidad de directrices tan evidente que no requiere demostración. Cuánto ha hecho el Instituto Bíblico para promover el progreso del estudio de la Sagrada Escritura, especialmente en Italia, lo demuestra el número de estudiantes y oyentes de nacionalidad italiana, y el de los inscritos en las Semanas Bíblicas, convocadas cada año con mayor frecuencia y fruta. fue Pío X además, quien estableció las directrices para el estudio de la Sagrada Escritura en los seminarios, al publicar la carta apostólica Quoniam in re biblica del 27 de marzo de 1906 (Ench. Bibl., nn. 155-173), y se ocupó de su aplicación en los seminarios de Italia con el programa especial de la Sagrada Congregación de Obispos y Regulares del 10 de mayo de 1907.

No hace falta insistir más: cualquiera que sea el autor de la exposición, y sus fines, el estudio de la Sagrada Escritura debe continuar, también en los seminarios de Italia, según las directrices dadas por los últimos Sumos Pontífices, porque hoy, no menos que ayer, es importante que los sacerdotes y ministros de la Palabra de Dios estén bien preparados y sean capaces de dar respuestas satisfactorias, no sólo sobre cuestiones de dogma y moral católica, sino también sobre las dificultades que se plantean contra la verdad histórica y la doctrina religiosa de la Biblia, particularmente del Antiguo Testamento. 

Por eso es grato terminar con las mismas palabras con las que Benedicto XV , de sm, cerró la Encíclica Spiritus Paraclitus : «Exegetae sanctissimi [St. Hieronymi] documenta, Venerabiles Fratres, eruditos eficientes, ut animis clericorum et sacerdotum vestrorum altius insideant; nam vestrum in primis est diligenter revocare eos ad consideradum, quid ab ipsis divini muneris, quo aucti sunt, ratio postulet, si eo non indignos se praestare velint: "Labia enim preteris custodiaent scientiam et legem requirent ex ore eius, quia Angelus Domini exercituum est (Mal 2,7). Sciant igitur, sibi nec studium Scripturarum esse negligendum, nec illud alia via aggrediendum, ac León XIII Encyclis Litteris Providentissimus Deus data opera praescripsit» (Ench. Bibl., n. 494).

El Santo Padre, a quien se remitió toda la cuestión en la Audiencia concedida por Su Santidad el 16 de agosto de 1941 al Rvdmo. Secretario de la Pontificia Comisión de Estudios Bíblicos, se dignó aprobar las resoluciones de los Eminentes miembros de la Comisión y ordenar el envío de esta carta.

Por tanto, en el cumplimiento de la tarea que me ha sido encomendada, le ruego, Reverendísima Excelencia, que acepte el sentido de mi homenaje, mientras le confirmo de Su Excelencia con la mayor devoción para servirle


E. Cardenal Tisserant, Presidente .
Hno. GM Vosté, OP, Secretario .
Roma, 20 de agosto de 1941

COMPLETO:
http://www.vatican.va/roman_curia/congregations/cfaith/pcb_documents/rc_con_cfaith_doc_19410820_opuscolo-denigratorio_it.html

AUDIO:
https://youtu.be/jE7KVagKfFg


SENTIDO LITERAL DE LA BIBLIA.

• ENCÍCLICA SPIRITUS PARACLITUS: # 53 AL 55, BENEDICTO XV.
• ENCÍCLICA PROVIDENTISSIMUS DEUS: # 29, LEON XIII.
• ENCÍCLICA DIVINO AFFLANTE SPIRITU: # 15, 17, 20, 23,32, PIO XII.
• ENCÍCLICA HUMANI GENERIS: #17, PIO XII.

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