VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

CANON 1324


Can. 1324. Satis non est haereticam pravitatem devitare, sed oportet illos quoque errores diligenter fugere, qui ad illam plus minusve accedunt; quare omnes debent etiam constitutiones et decreta servare quibus pravae huiusmodi opiniones a Sancta Sede proscriptae et prohibitae sunt.

No basta con evitar la perversidad herética, también hay que huir diligentemente de los errores que más o menos se acerquen a ella; por eso todos deben también observar las Constituciones y decretos por los cuales las malas opiniones de este tipo son proscritas y prohibidas por la Santa Sede.



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