VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

DICEN: NI GOZA DEL PRIMADO DE JURISDICCIÓN, NI A SUS DECRETOS SE DEBE ENTERA OBEDIENCIA

 


"Es innegable que la doctrina de Pistoya acerca de la obediencia de los fieles a las decisiones y mandatos la Iglesia, tiende toda a la indiferencia de sus decretos, y últimamente a la reveno. Según ellos, el Papa no es ya el Vicario de Jesucristo, conforme a la expresión del santo Concilio de Trento, que tiene la suprema autoridad en el gobierno de la Iglesia, ni goza del Primado de jurisdicción, ni a sus decretos se debe entera obediencia, según la decisión del Florentino: es solo una Cabeza ministerial."


https://www.google.es/books/edition/Biblioteca_de_religi%C3%B3n_1828_404_p/5LjwfP2And8C?hl=es&gbpv=1