El quinto mandamiento —No matarás (Exod. 20, 13)—, esta síntesis de los deberes concernientes a la vida y la integridad del cuerpo humano, es fecundo en enseñanzas, tanto para el docente en la cátedra universitaria como para el médico en ejercicio.
Mientras un hombre no sea culpable, su vida es intangible, y es, por tanto, ilícito todo acto que tienda directamente a destruirla, sea que dicha destrucción se entienda como fin o solo como medio para el fin, y sea que se trate de vida embrional o en su pleno desarrollo o que ya haya llegado a su término. ¡Solo Dios es el dueño de la vida de un hombre que no es culpable de un delito punible con la pena de muerte!
El médico no tiene derecho a disponer ni de la vida del niño ni de la de la madre: y nadie en el mundo, ninguna persona privada, ninguna potestad humana, puede autorizarlo a la destrucción directa de la misma. Su oficio no es destruir vidas, sino salvarlas.
Estos son principios fundamentales e inmutables que la Iglesia, en el curso de las últimas décadas, se ha visto en la necesidad de proclamar repetidamente y con toda claridad contra opiniones y métodos opuestos. En las resoluciones y decretos del magisterio eclesiástico, el médico católico encuentra al respecto una guía segura para su juicio teórico y su conducta práctica.
y de la "Federación de las Asociaciones de las Familias Numerosas"
INVIOLABILIDAD DE LA VIDA HUMANA
La vida humana inocente, en cualquier condición en que se encuentre, está sustraída desde el primer instante de su existencia a cualquier ataque voluntario y directo. Este es un derecho fundamental de la persona humana, de valor general en la concepción cristiana de la vida; válido tanto para la vida todavía escondida en el seno de la madre como para la que ha visto ya la luz fuera de ella; lo mismo contra el aborto directo que contra la directa occisión del niño, antes, durante o después del parto. Por muy fundada que pueda ser la distinción entre aquellos diversos momentos del desarrollo de la vida nacida o todavía no nacida para el derecho profano y eclesiástico y para algunas consecuencias civiles y penales, según la ley moral se trata en todos aquellos casos de un grave e ilícito atentado contra la inviolable vida humana.
NO MATARÁS
Este principio vale tanto para la vida del niño como para la de la madre. Jamás y en ningún caso ha enseñado la Iglesia que la vida del niño deba preferirse a la de la madre. Es un error plantear la cuestión con esta disyuntiva: o la vida del niño o la de la madre. No; ni la vida de la madre ni la del niño pueden ser sometidas a un acto de supresión directa. Por una u otra parte la exigencia no puede ser más que una sola: hacer todo esfuerzo para salvar la vida de ambos: de la madre y del hijo (cfr. Pii XI: Encycl. «Casti connubii», 31 dic. 1930; A. A. S., vol. 22, págs. 562-563).
Es una de las más bellas y nobles aspiraciones de la medicina el buscar nuevas vías para asegurar la vida de entrambos. Si, no obstante, todos los progresos de la ciencia, se dan todavía y se darán en el futuro casos en los que se debe contar con la muerte de la madre cuando ésta quiere conducir hasta el nacimiento la vida que lleva dentro de sí y no destruirla violando el mandamiento de Dios «No matarás», no queda al hombre, que hasta el último momento se esforzará por ayudar y salvar, otra solución que inclinarse con respeto delante de las leyes naturales y de las disposiciones de la divina Providencia.