VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

✠✠ "Sede Vacante Nihil Innovetur" ✠ "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus" ✠ "Inferior non potest tollere legem superioris" ✠✠

BOB PREVOST, ALIAS "LEÓN XIV", CONTRARIO AL DERECHO DIVINO Y CONTRARIO A LA INFALIBILIDAD DE S.S. LEÓN XIII


Bob Prevost
VIº JEFE SUPREMO DE LA RAMERA CONCILIAR DEL VATICANO II


Con esta certeza de la presencia constante de Dios, envío mis más sinceras oraciones a Su Gracia (Sarah Mullally) con motivo de su investidura como Arzobispo de Canterbury.
Sé que el cargo para el que ha sido elegido es de gran importancia, con responsabilidades no solo en la Diócesis de Canterbury (!), sino en toda la Iglesia de Inglaterra y la Comunión Anglicana en su conjunto...




Sarah Mullally
Laica cismática disfrazada

"Estoy profundamente agradecida por su generosa carta y por la seguridad de sus oraciones en el momento de mi instalación como Arzobispa de Canterbury. Sus palabras de aliento y su invocación a la guía del Espíritu Santo son recibidas con profundo aprecio."

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LO QUE DICE
LA SANTA MADRE IGLESIA

SOBRE LAS ORDENACIONES ANGLICANAS
Y SOBRE LAS ORDENACIONES A MUJERES

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S.S. Julio III   &   S.S. Pablo IV

S.S.León XIII
Apostolicae Curae
1896
Bula infalible sobre la invalidez del rito eduardiano/anglicano

"Nos pronunciamos y declaramos 
que las ordenaciones 
llevadas a cabo conforme 
al rito Anglicano han sido, y son,
absolutamente nulas y sin efecto."

"La autoridad de Julio III, y de Pablo IV, que hemos citado, claramente muestra el origen de la práctica que ha sido observada sin interrupción por más de tres siglos, que las Ordenaciones conferidas de acuerdo al rito Eduardiano deben ser consideradas nulas y sin efecto. Esta práctica es plenamente probada por los numerosos casos de absoluta re-ordenación conforme al rito Católico incluso en Roma.

(...) Entonces, considerando que esta matería, aunque ya decidida, había sido puesta de nuevo a discusión por ciertas personas, cualesquiera fueran sus razones, y que a partir de ahí podría haberse fomentado un pernicioso error en las mentes de aquellos que podrían suponerse a si mismos poseedores del Sacramento y los efectos de las Órdenes, que de ninguna manera podrían poseerlos, nos pareció bueno pronunciar en el nombre del Señor nuestro juicio.

Por eso, adhiriéndonos estrictamente, en esta materia, a los decretos de los Pontífices, Nuestros predecesores, y confirmándolos más plenamente, y, por decirlo así, renovándolos por Nuestra autoridad, por Nuestra propia iniciativa y certero conocimiento, Nos pronunciamos y declaramos que las ordenaciones llevadas a cabo conforme al rito Anglicano han sido, y son, absolutamente nulas y sin efecto."


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S.S. San Pío X & S.S. Benedicto XV
CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO

Canon 968, §1

Sólo el varón bautizado recibe válidamente
la sagrada ordenación;

la recibe lícitamente el que a juicio de su Ordinario esté adornado de las cualidades que se exigen por los sagrados cánones y no tenga irregularidad o impedimento alguno que se lo prohíba.

Sacram ordinationem valide recipit solus vir baptizatus; licite autem, qui ad normam sacrorum canonum debitis qualitatibus, iudicio proprii Ordinarii, praeditus sit, neque ulla detineatur irregularitate aliove impedimento


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 Franz Xaver Wernz
Jus decretalium 
Tomo II
1899

SOBRE EL SUJETO CAPAZ O INCAPAZ DE LA SAGRADA ORDENACIÓN

Por derecho divino, todos y solo los hombres viadores de sexo masculino son sujetos capaces de la sagrada ordenación; las mujeres, en cambio, resultan totalmente incapaces para recibir cualesquiera órdenes o grados, incluso la primera tonsura, en la jerarquía del orden.

"Cfr. I. Cor. XIV. 54.; I. Timoth. II. 11. 12.; Hebr. V. 1. sq.; can. 19. Concil. Nicaen. (a. 325.) = ex parte c. 52. C. I. q. 1. iunct. Hefele l. c. t. I. p. 428. sq.; c. 11. Concil. Laodic. (a. 343.-383.) = c. 19. Dist. 32. iunct. S. Epiphan. (403.), Adversus haeres. 79. n. 1. 2. 3. (Migne, P. Gr. XLII. 739. 59.); c. 29. D. 23. et c. 20. Dist. 4. de consecr. = stat. Eccles. Antiqua; cap. 10. X. de poenit. V. 38.; Hallier l. c. P. II. sect. 4. cap. 2. § 3.; Ferraris l. c. v. Ordo art. 2. n. 25.; Schmalzgr. h. t. 11. n. 21. 22.; De Augustinis l. c. p. 535. sq. (3); Gasparri l. c. n. 122. sq.; Pesch l. c."




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Ludwig Ott
Fundamentals of Catholic dogma
1954

El sujeto receptor del Sacramento del Orden

El Sacramento del Orden solo puede ser recibido válidamente por un varón bautizado. (Sent. certa.) CIC 968, Par. 1.

Que solo los varones están facultados para recibir el Sacramento del Orden se basa en la ley divina positiva. Cristo llamó únicamente a hombres al apostolado. Según el testimonio de la Sagrada Escritura (cf. 1 Cor. 14, 34 et seq.; 1 Tim. 2, 11 et seq.) y de acuerdo con la práctica constante de la Iglesia, las potestades jerárquicas fueron transmitidas únicamente a hombres. 
Cf. Tertuliano, De praescr. 41; De virg. vel. 9.



Felix M. Cappello
Tractatus Canonico-Moralis De Sacramentis
De Sacra Ordinatione
1951

Son incapaces las mujeres. El Apóstol dice: «Las mujeres callen en la iglesia; porque no les es permitido hablar, sino estar sujetas, como también lo dice la ley (Gen. III). Y si quieren aprender algo, pregunten en casa a sus maridos. Porque es indecoroso que una mujer hable en la iglesia».

Y en otro lugar: «La mujer aprenda en silencio con toda sujeción. Porque no permito a la mujer enseñar, ni tener dominio sobre el varón, sino estar en silencio».

Los Santos Padres interpretan las palabras de San Pablo de modo que excluyen totalmente a las mujeres de la jerarquía eclesiástica y, por tanto, de recibir las órdenes, y tienen por herética la sentencia que afirma que la dignidad y el oficio sacerdotal pueden ser conferidos a las mujeres.



Fuentes Bíblicas
  • I Corintios 14:34-35
Mulieres in ecclesiis taceant: non enim permittitur eis loqui, sed subditas esse, sicut et lex dicit.
Si quid autem volunt discere, domi viros suos interrogent: turpe est enim mulieri loqui in ecclesia.

Las mujeres callen en las iglesias; porque no les es permitido hablar, sino estar sujetas, como también la ley lo dice. Y si quieren aprender alguna cosa, pregunten en casa a sus maridos: porque es cosa indecente que una mujer hable en la iglesia.

  • I Timoteo 2:11-12
Mulier in silentio discat cum omni subiectione.
Docere autem mulieri non permitto, neque dominari in virum, sed esse in silentio.

La mujer aprenda en silencio con toda sujeción.
Porque no permito a la mujer enseñar, ni tomar autoridad sobre el varón; sino estar en silencio.

  • Hebreos 5:1
Omnis namque pontifex ex hominibus assumptus, pro hominibus constituitur in iis quae sunt ad Deum: ut offerat dona et sacrificia pro peccatis.

Porque todo pontífice tomado de entre los hombres, es constituido a favor de los hombres en lo que toca a Dios, para que ofrezca dones y sacrificios por los pecados.


Concilios

Concilio de Nicea (325): Canon 19.
En cuanto a los antiguos paulinos que buscan refugio en la Iglesia católica, se determina que deben ser rebautizados incondicionalmente. Aquellos que en el pasado fueron inscritos entre el clero, si se muestran irreprochables e intachables, deben ser rebautizados y ordenados por el obispo de la Iglesia católica. Pero si tras una investigación se demuestra que no son idóneos, es justo que sean depuestos. De igual modo, con respecto a las diaconisas y a todos en general cuyos nombres figuran en el registro, se observará el mismo procedimiento. Nos referimos a las diaconisas a quienes se les ha otorgado este estatus, pues no reciben imposición de manos, por lo que en todos los aspectos deben ser contadas entre los laicos.

Concilio de Laodicea (343-383): Canon 11.  
Quod non oportet eas quae dicuntur presbytides, sive praesidentes, in Ecclesia constitui.
No se debe permitir que las llamadas 'presbítides' o aquellas que presiden, sean instituidas en la Iglesia


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