VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

✠✠ "Sede Vacante Nihil Innovetur" ✠ "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus" ✠ "Inferior non potest tollere legem superioris" ✠✠

LES ES IMPARTIDO POR LA CABEZA DE LA IGLESIA

Cardenal Joseph Hergenröther
Catholic church and Christian state
1876

El poder episcopal de jurisdicción, por lo tanto, no se deriva inmediatamente de Cristo en cuanto que existe en los individuos; ha sido establecido por Cristo, pero no es conferido inmediatamente por Él a los obispos individuales; les es impartido por la Cabeza de la Iglesia o por obispos a quienes él haya autorizado.

Así, la unidad del episcopado, en la que tanto insistieron los Padres, se mantiene plenamente; la Santa Sede es cabeza, raíz, fuente y origen de la autoridad espiritual; esto concuerda con el dicho de Optato de Mileto y otros, de que a San Pedro le fueron dadas las llaves del reino de los cielos para que pudiera impartirlas a otros. Concuerda también con los derechos de la Cabeza de la Iglesia para juzgar y remover obispos, para fundar nuevos obispados, para dividir y unir otros, o para aumentar o disminuir su poder y dignidad.


Cardinal Joseph Hergenröther
Catholic church and Christian state
1876
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