VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

QUÍTESE PUES LA INFALIBILIDAD DEL PAPA Y NUESTRA FÉ QUEDA EN EL AIRE DESTITUIDA DE SU MÁS SÓLIDO FUNDAMENTO.


"En cuanto a Pío IX, quien no recuerda la definición de la inmaculada Concepción de la Madre de Dios? Por ella (la infalibilidad del Papa) se elevó a dogma de nuestra fé, admitiéndose como tal en todas las Iglesias del mundo, lo que antes no era más que una piadosa creencia. Este acto fué exclusivo del supremo poder del Jefe de la Iglesia Católica, pues aunque interviniera la consulta a los Obispos, no fué en calidad de jueces, puesto que no se les pidió voto, sino de meros consejeros; así es que no se les preguntó una palabra siquiera sobre la verdad de la doctrina, sino solamente sobre la oportunidad de la definición. Quítese pues la infalibilidad del Papa y nuestra fé queda en el aire destituida de su más sólido fundamento. Sin duda el inocente galicanismo no vé esa ineludible consecuencia; pero la ve bien clara la impiedad, que por todas partes hace coro al galicanismo en sus ataques a la autoridad pontificia."


Pastoral ... sobre la Infalibilidad del Papa

Página 106

Henry Edward Manning 

Arzobispo de Westminster.

Año 1870

https://www.google.es/books/edition/Pastoral_sobre_la_Infalibilidad_del_Papa/SZteAAAAcAAJ?hl=es&gbpv=1