VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

✠✠ "Sede Vacante Nihil Innovetur" ✠ "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus" ✠ "Inferior non potest tollere legem superioris" ✠✠

EL CANON 209 NO ES UNA LEY OMNIPRESENTE NI ANULA LAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES INVALIDANTES


P.Francis Sigismund Miaskiewicz J. C. L
Supplied Jurisdiction According To Canon 209


Pero ciertamente el canon 209 no puede considerarse una ley omnipresente, que se infiltra en el Código para anular las disposiciones de las leyes invalidantes. El canon 209 debe interpretarse más bien a la luz de todo el Código y de la perspectiva integral del legislador, en favor del bien común, para cuya salvaguardia y preservación se promulgaron las leyes relativas a la competencia e incompetencia jurisdiccional.





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