VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

SERÍA UN INTRUSO

Abbé Michel André

El título canónico es el derecho de ejercer una jurisdicción eclesiástica. Los que desempeñan alguna dignidad o empleo en la Iglesia deben haber recibido su misión de los superiores eclesiásticos; no se puede poseer en ella ninguna dignidad u oficio sin un título canónico; de modo que, la más larga posesión no impide que el ordinario pueda disponer de la dignidad u oficio, si el poseedor no tiene un título legítimo (Reg. I juris, in 6.o). El que la ejerciese sin título canónico sería un intruso. 


Diccionario de Derecho Canónico