Introductio in Codicem
1946
Canon 221.
...No pocos canonistas enseñan que, además de la muerte y la abdicación, la dignidad pontificia también puede perderse por incurrir en cierta locura, que legalmente equivale a la muerte, así como por herejía manifiesta y notoria. En este último caso, un papa perdería automáticamente su poder, y esto, de hecho, sin que se emitiera sentencia alguna, pues la primera Sede [es decir, la Sede de Pedro] no es juzgada por nadie.
La razón es que, al caer en la herejía, el papa deja de ser miembro de la Iglesia. Quien no es miembro de una sociedad, obviamente, no puede ser su cabeza. No encontramos ningún ejemplo de esto en la historia.
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