VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

MISERICORDIOSA CORREDENTORA DEL GÉNERO HUMANO

San Pío X
SAGRADA CONGREGACIÓN DE RITOS
Decreto por el que la fiesta de los Siete Dolores de la Bienaventurada Virgen María, fijada el tercer Domingo de Septiembre, es elevada al rito doble de segunda clase para toda la Iglesia.

Los Dolores de la Virgen Madre de Dios, aunque se conmemoren en la Iglesia universal con una doble fiesta a lo largo del año, a saber, el Viernes siguiente al Domingo de Pasión y el tercer Domingo de Septiembre; sin embargo, ambas fiestas movibles de la Bienaventurada Virgen María, por ser secundarias, se celebran solo bajo el rito doble mayor.

Para que se aumente el culto de la misma Virgen Dolorosa, y la piedad de los fieles y los sentimientos de gratitud sean cada vez más fomentados hacia la misericordiosa Corredentora del género humano; el Reverendísimo Padre Prior General de la Orden de los Siervos de la Bienaventurada Virgen María, quienes veneran especialmente a la propia Madre Dolorosa como su Fundadora y principal Patrona, aprovechando la ocasión de que en el próximo Septiembre (mes sagrado para la conmemoración de los Dolores de la Virgen) se cumple felizmente el quincuagésimo año del inicio del sacerdocio de Nuestro Santísimo Señor el Papa Pío X, suplicó a dicho Santísimo Señor Nuestro, con los votos de toda la Familia Regular, que se dignara elevar la fiesta de los Siete Dolores de la Bienaventurada Virgen María, fijada el tercer Domingo de Septiembre, al rito doble al menos de segunda clase, para toda la Iglesia, también para perenne memoria del hecho.

Su Santidad, por medio del Cardenal Prefecto de la Sagrada Congregación de Ritos que suscribe, acogiendo con gran benevolencia tales súplicas, decretó que la fiesta de los Siete Dolores de la Bienaventurada Virgen María, que fue asignada al mencionado Domingo, sea en adelante conmemorada en todas partes bajo el rito doble de segunda clase: observándose las Rúbricas. No obstando cualesquiera disposiciones contrarias.

Día 13 de mayo de 1908.

S. Card. CRETONI, Prefecto.

† D. Panici, Arzobispo de Laodicea, Secretario.


Roman documents and decrees
(1903-1914 : Pius X); David Dunford 
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