VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

LO QUE LOS HEREJES-CISMÁTICOS CONCLAVISTAS OCULTAN DEL P. FRAY FRANCISCO DE VITORIA

P. Fray Francisco de Vitoria
Relecciones teológicas

En cualquier caso que vacase la Sede apostólica, NO PRESCRIBIENDO NADA EL DERECHO, la elección pontificia correspondería a los Obispos (lícitos) de la Cristiandad.

Se prueba.

Porque los obispos son los pastores de la grey, los curadores y tutores, y toda administración eclesiástica, después del Sumo Pontífice, a ellos corresponde, y pueden de suyo todas las cosas que todos los inferiores reunidos pueden. Y digo, pues, que de cualquier modo que se reúnan los obispos cristianos, ya por algún acuerdo, ya por casualidad, en tal caso podrían los obispos elegir un Sumo Pontífice de tanta autoridad como el bienaventurado Pedro, aunque se opusieran todos o la mayor parte de los legos y aun de los clérigos.

Mas, porque esta forma de elección sería vehementemente difícil y casi imposible, digo:

El Bienaventurado Pedro, ya solo, ya con los demás apóstoles, podía disponer la manera y forma de que se le eligiese sucesor después de su muerte.

Se prueba breve y claramente diciendo, porque tenía la plenitud de la potestad y de la administración para dar leyes convenientes a la Iglesia; y la ley para la elección del Sumo Pontífice era una ley necesaria para el gobierno de la Iglesia. Luego, podía darla.

Pruébase, en segundo lugar, porque toda la Iglesia podría hacer esta ley y la hizo en los Concilios. Luego también pudo hacerla Pedro, de lo contrario, no hubiera tenido la suma potestad.

Confírmase esto, porque TODA OTRA FORMA DE ELECCIÓN, EXCLUIDA LA LEY DADA POR PEDRO, era o imposible o si la elección debía ser hecha por toda la Iglesia o por todo el clero, ó al menos gran ocasión de cismas si por todos los obispos. Luego era necesario que por alguna ley se mandara una manera de elección.


P. Fray Francisco de Vitoria

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S.S. EUGENIO IV
"EL CARDENALATO INSTITUIDO POR SAN PEDRO"

https://pioxiivacantisapostolicaesedis.blogspot.com/2025/04/el-cardenalato-instituido-por-san-pedro.html

LA ELECCIÓN DEL PAPA POR LOS CARDENALES ES DE ORIGEN APOSTÓLICO
https://pioxiivacantisapostolicaesedis.blogspot.com/2024/07/la-eleccion-del-papa-por-los-cardenales.html

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EL PAPA QUE CAE EN HEREJÍA, DEJA DE SER CABEZA DE LA IGLESIA UNIVERSAL

Felice Antonio Guarnieri
O.M.C.O.N.V. 
Opus de Ecclesia Militante

Por el mismo hecho que el Papa cae en herejía, deja de ser Cabeza de la Iglesia Universal, porque pierde inmediatamente todo poder de jurisdicción.

Objeción 4. Un Papa herético, antes de ser depuesto, es la cabeza de la Iglesia universal; por lo tanto, un hereje es miembro de la Iglesia.

13. Respondo: Niego el antecedente, porque por el mismo hecho que el Papa cae en herejía, deja de ser cabeza de la Iglesia universal, porque pierde inmediatamente todo poder de jurisdicción, como diré en el libro 2, capítulo 10.

Ob. 4. Papa hæreticus antequam deponatur est caput Ecclefiæ univerfalis, ergo hæreticus eft membrum Ecclefiæ.

13. Refp. nego antec., nam co ipso, quod Papa incidit in hæresim definit effe caput Ecclefiæ univerfalis, quia statim amittit omnem poteftatem iurisdictionis, vt dicam in lib.2.cap.10.

Opus de Ecclesia Militante [1694], p. 23
https://www.google.nl/books/edition/OPUS_DE_ECCLESIA_MILITANTE_CAPITE_ET_MEM/UFtmAAAAcAAJ?hl=en&gbpv=1&pg=PA23&printsec=frontcover

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