Respondemos, que es no menos cierto que el primer sucesor de Pedro, y consecuentemente los demás, sucedió en el episcopado de la Iglesia Católica, que en el episcopado de la Iglesia Romana. Esto lo probamos porque solo una persona sucedió siempre a Pedro, como consta por las historias y por los Padres, a quienes citaremos en el capítulo siguiente; por lo tanto, o esa persona tuvo el primado de la Iglesia junto con el episcopado Romano, que es lo que sostenemos, o el primado fue abandonado sin sucesión y pereció; pero esto último es imposible, ya que va contra el derecho divino y contra la promesa de Cristo; por lo tanto, lo primero es totalmente cierto.
Por consiguiente, puesto que Pedro estableció su sede en Roma y unió la dignidad pontificia a aquel episcopado (ya sea que esa unión haya sido por institución divina, por un precepto y revelación especiales, como quisieron algunos, o por la voluntad humana de Pedro, aunque inspirada divinamente), por el mero hecho de que, no habiendo sido modificada en vida de Pedro, se mantuvo firme, y por lo tanto, quien sucedió a Pedro en el episcopado, necesariamente lo sucedió en ambas dignidades.
Y sea cual sea la cuestión que disputan los teólogos, sobre si el Sumo Pontífice puede separar el primado de la Sede Romana, y colocarlo en otro episcopado, o dejarlo separado de todo episcopado particular, creo que es cierto que, mientras ningún Sumo Pontífice lo haya hecho, la Iglesia universal, en caso de Sede Vacante, no puede realizar tal acto, porque una potestad inferior no puede cambiar lo que ha sido establecido por una superior, y porque, así como el primado le fue dado solo a Pedro, por él mismo y sus sucesores, así también le corresponde solo a él, es decir, al Sumo Pontífice, determinar la Sede Pontificia y prescribir el modo de su elección y sucesión.
Así, pues, habiendo Pedro establecido su Sede en Roma y conferido a ella todo su primado y potestad, y no habiendo modificado esa institución mientras vivía, la Iglesia acéfala no pudo, después de la muerte de Pedro, cambiar dicha institución, y por lo tanto, el sucesor de Pedro en el episcopado Romano sucedió necesariamente al mismo tiempo en el primado.
13. Y no obsta [es decir, no es una objeción válida] el hecho de que la elección no haya sido hecha por la universalidad, sino por el clero Romano, y no por la Iglesia universal, pues (como dije) determinar el modo de sucesión no incumbía al cuerpo de la Iglesia, sino a Pedro mismo, y por lo tanto, así como quiso Pedro establecer firmemente el pontificado en la Sede Romana, así también estatuyó que la elección del sucesor fuera realizada por el clero Romano.
O bien, ciertamente, el mismo Pedro designó a Clemente como su sucesor, como afirma el propio Clemente en su epístola 1 a Santiago, hermano del Señor, y en el libro 7 de las Constituciones, c. 45, aunque (como sostiene la opinión más probable) él cedió primero a Lino y Cleto, y luego les sucedió. Y así todos aquellos que estuvieron en el pontificado sucedieron simultáneamente en el primado junto con el episcopado Romano, y de la misma manera la sucesión se ha derivado a todos los siguientes Obispos Romanos.
...dum aliquis Summus Pontifex id non fecerit, non posse universam Ecclesiam, vacante papatu, id efficere, quia non potest inferior potestas mutare quod per superiorem constitutum est, et quia sicut Petro soli datus est primatus, pro ipso et successoribus ejus, ita ad solum illum, seu ad Summum Pontificem spectat determinare sedem pontificalem, et modum electionis et successionis ejus praescribere...
Neque obstat quod non ab universis electio a clero Romano, et non ab universa Ecclesia facta fuerit, nam (ut dixi) determinare modum successionis, non ad corpus Ecclesiae, sed ad ipsum Petrum pertinebat, ideoque sicut voluit Petrus pontificatum in sede Romana stabiliter collocare, ita etiam statuit electionem successoris a clero Romano fieri.
***
***
RELACIONADO
LA PERPETUIDAD E INDEFECTIBILIDAD
LA PERPETUIDAD E INDEFECTIBILIDAD
DE LA SEDE ROMANA
https://pioxiivacantisapostolicaesedis.blogspot.com/2025/08/la-perpetuidad-e-indefectibilidad-de-la.html
https://pioxiivacantisapostolicaesedis.blogspot.com/2025/08/la-perpetuidad-e-indefectibilidad-de-la.html
LA HEREJÍA DEL CONCLAVISMO THUCISTA
https://pioxiivacantisapostolicaesedis.blogspot.com/search/label/Herej%C3%ADa%20del%20Conclavismo
https://pioxiivacantisapostolicaesedis.blogspot.com/search/label/Herej%C3%ADa%20del%20Conclavismo
***
