VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

DIVINA AUTORIDAD, DISCIPLINA, SALVACIÓN DE LAS ALMAS, CONCILIO VATICANO 1870, ROMANO PONTÍFICE, JANSENISMO Y REGALISMO.

Parece increíble que el jansenismo incrédulo, regalista, de estos tiempos predicadores de tan omnímoda libertad, pase luego en la práctica a convertirla en despotismo e intolerable tiranía, pretendiendo osadamente defender que los reyes y poderes civiles pueden divorciar y separar los fieles del Pastor universal, Maestro infalible de todos ellos. Y sin ir más lejos, la misma Santa Sínodo Vaticana definió, allí congregada y con divina autoridad, que la susodicha sujeción y obediencia de Pastores y de ovejas, por deber de jerárquica potestad, se ha de entender, no sólo á lo concerniente á la fe católica y moral cristiana, sino, además, á todo lo perteneciente a la disciplina y gobierno de la misma Iglesia, extendida por los reinos todos del mundo. Non solum in rebus quae ad fidem et mores, sed etiam in úis quae ad disciplánam et regimen ecclesiac per totum orbem diffusae pertinent (Constit. cit., cap. III, 2). Palabras que obligan al buen cristiano en conciencia 4 creer y defender que los Pastores y fieles todos, juntos ó separados, de cualquier dignidad que sean, están sometidos al Romano Pontífice, sin excluir emperadores, reyes, príncipes y gobiernos católicos, en cuanto pertenece a la salvación eterna de las almas. Y esto es así verdad de fe católica; porque en tal forma quedó en el mundo establecido por el Hijo de Dios Cristo Jesús. Siendo, pues, el Papa de Roma, por institución divina, Pastor Supremo, Maestro Sumo y Juez inapelable de todas las Iglesias, de todos los Pastores y de todos los fieles.


El syllabus de Pio IX

Fernández Montaña

página 464-465

CON CENSURA Y LICENCIA ECLESIÁSTICA

https://archive.org/details/elsyllabusdepioi00fern/page/464/mode/2up?q=465