VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

"NO PUDO HABER SUCEDIDO SINO POR LA SUPREMA POTESTAD MISMA DEL ROMANO PONTÍFICE"

Como se solucionó el Cisma de Occidente, por un cambio en la legislación hecha por el Papa Gregorio XII antes de renunciar:

Franzelin, John Baptist, S.J.:

“Es evidente que en Constanza, tanto en el modo de la elección cuanto a los mismos electores, se establecieron y acaecieron muchas cosas que eran praeter y contra las leyes de la validez de la elección establecidas por la suprema potestad de los Romanos Pontífices Alejandro III, Gregorio X y Clemente V. Pero esta modificación y suspensión de las leyes de la suprema potestad no pudo haber sucedido sino por la suprema potestad misma del Romano Pontífice…”. 

Pag. 234

Theses de Ecclesia Christi, Opus posthumum: Brevi præmisso de eiusdem vita commentario

by Franzelin, John Baptist, S.J.

Fecha de publicación 1887

https://yt3.ggpht.com/TvUCKs8HNzVjRdSn1ajj_tN2nUbsSqH59MbO29Fw2nWIslNoZDeDIdJYuxgWWL4qKCsxiuxgaHqfM0c=s512-c-fcrop64=1,00000000b884ffff-nd-v1