VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

POR NO PODER SUFRIR LA SANA DOCTRINA

 

"Tampoco podemos pasar en silencio la audacia de aquellos que, por no poder sufrir la sana doctrina (II Timoteo IV, 3), pretenden que “pueden negarse asentimiento y obediencia, sin pecado ni detrimento alguno de la profesión católica, a aquellos juicios y decretos de la Sede Apostólica, cuyo objeto se declara mirar al bien general de la Iglesia y a sus derechos y disciplina, con tal que no se toquen los dogmas de fe y costumbres”. Lo cual, cuan contrario sea al dogma católico sobre la plena potestad divinamente conferida por Cristo Señor al Romano Pontífice de apacentar, regir y gobernar a la Iglesia universal, nadie hay que clara y abiertamente no lo vea y entienda. "

PÍO IX

1864