VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

¿No es esto lo que CISMATISMO BIMILENARIO viene a sostener?

Dice no conocer a estos cismáticos y excomulgados heresiarcas y heterodoxos autores, es quizás que el cisma le fue susurrado por el mismo que a los otros, por el espíritu de la rebelión, porque es evidente que son exactas las fatales y acatólicas conclusiones.


Recordemos que Francisco de Paula González-Vigil fue excomulgado 3 veces por S.S.Pío IX sin retractarse jamás de sus ideas, y seis de sus libros fueron incluidos por la Santa Sede en el Índice de Libros Prohibidos, en vida del cismático autor.

Cismatismo Bimilenario puede retractarse y eliminar ese blasfemo y cismático video, y estar otro 16 meses estudiando de nuevo, pero esta vez que estudie de fuentes Católicas y no de cismáticos, excomulgados y liberales, y resto de purria enemiga de San Pedro, y por ende de N.S.J.C.

"Vigil , siguiendo el error de los jansenistas Pereira , Villanueva y otros de semejante jaez, opuesto a la doctrina católica , a la práctica de la Iglesia universal , y a la enseñanza de todos sus doctores, sostiene : «que en el plan formado por Jesucristo para el régimen de su amada Iglesia no entra ni convenía que entrase , como privilegio de S. Pedro la institución de los obispos, sino que dejó al juicio de estos: determinar lo que mejor estuviese al servicio de les fieles ; que desde la primitiva Iglesia pertenece á los metropolitanos por una no interrumpida posesión de trece siglos ; y que pueden estos reclamar su antiquísimo derecho de confirmación, alegando la violencia con que fueron auna sin oírlos siquiera.» 

Aun cuando careciósemos de midi para derinasi el error sostenido por esos amigos del cisma , bastaría para su confusión, descrédito: de sus escritos y triunfo de la verdad presentar los falsos principios, las incoherencias y chocantes contradicciones en que tropezando, le fundan. Dice Vigil, co- mo acabamos de ver, que Jesucristo no concedió å S. Pedro el derecho de instituir los obispos , sino que dejó al juicio de estos determinar lo que mejor estuviera al servicio de los fieles ,conviniendo después en que tal facultad fuese inherente á la dignidad metropolitana."


Fuente:

El equilibrio entre las dos potestades.

Tomo 3. página 105

Rdo P. F. Pedro Gual

Capítulos XXVII y XXVIII

https://archive.org/details/institucio-n-obis-pos-por-fray-pedro-gual-ano-1852/page/n1/mode/2up

Obra completa en 3 Tomos:

https://www.google.com/search?q=Rdo.+P.+F.+Pedro+Gual+2+potestades&tbm=bks&source=lnt&tbs=bkv%3Af&sa=X&ved=2ahUKEwjw3IjnoLj9AhWwY6QEHeVsCMcQpwV6BAgBEBs&biw=1920&bih=937&dpr=1


https://www.youtube.com/channel/UCFPxFWvNQzneGfCL00pMk-w/community?lb=Ugkx2eU6CU38T-U0EmMx6GwFByFWqpQtnKgy