Dijo en verdad el apóstol Pablo: Después de una corrección, rehúye al hereje, sabiendo que el tal ha claudicado, peca y está condenado por sí mismo. Pero no han de ser tenidos por herejes los que no defienden con terca animosidad su sentencia, aunque ella sea perversa y falsa; especialmente si ellos no la inventaron por propia y audaz presunción, sino que fueron seducidos e inducidos a error, porque la recibieron de sus padres, y con tal de que busquen por otra parte con prudente diligencia la verdad y estén dispuestos a corregirse cuando la encuentren. Si yo no creyese que vosotros sois de ésos, no os enviaría quizá una carta. Es cierto que se nos exhorta a rehuir al hereje hinchado por su odiosa soberbia y enloquecido por su terquedad funesta y contenciosa, para que no seduzca a los débiles y pequeños; pero tampoco me niego a corregirle con todos los medios que descubro a mi alcance...
CARTA 43
Fecha: En el año 397 probablemente.
Lugar: Hipona.
Tema: Documentación donatista.
AGUSTÍN a los hermanos GLORIO, ELEUSIO, los FÉLIX, GRAMÁTICO, señores amadísimos y dignos de elogio, y a los demás a quienes esto agrade.
Obras de San Agustín VIII Cartas 1º P.253
Nota: San Agustín hace una distinción entre hereje material y formal.