VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

PÍO XII "ESTA UNIÓN ES POR DERECHO DIVINO Y ELEMENTO ESENCIAL DE LA CONSTITUCIÓN DE LA IGLESIA"

S.S.Pío XII

Magnificate Dominum 

Discurso de Su Santidad el Papa Pío XII a cardenales, arzobispos y obispos sobre la Iglesia Católica y sus poderes de santificación y gobierno, 2 de noviembre de 1954 (fragmento)


"La costumbre de consultar a la Santa Sede no sólo en asuntos doctrinales, sino también en asuntos de gobierno y disciplina, ha florecido desde los primeros tiempos del cristianismo. Muchas pruebas y ejemplos se encuentran en los registros históricos antiguos. Cuando se les preguntó por su decisión, los Romanos Pontífices no respondieron como teólogos particulares, sino en virtud de su autoridad y conscientes del poder que recibieron de Cristo para gobernar sobre todo el rebaño y cada una de sus partes. Lo mismo se deduce de los casos en que los Romanos Pontífices, sin ser consultados, resolvieron disputas surgidas o mandaron que dubia ser llevados a ellos para ser resueltos. Esta unión, por tanto, y comunicación armoniosa con la Santa Sede no surge de una especie de deseo de centralizar y unificar todo, sino por derecho divino y en razón de un elemento esencial de la constitución de la Iglesia de Cristo."




Fuente original (latín): Acta Apostolicae Sedis, vol. 46 (1954): pp. 666-677. 

http://www.vatican.va/archive/aas/index_en.htm

El Papa habla, vol. 1, no. 4 (4º trimestre, 1954), pp. 375-385; cursiva añadida].

https://archive.org/details/sim_pope-speaks_fourth-quarter-1954_1_4/page/384/mode/2up?q=