VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

PROMULGAMOS ESTE CÓDIGO, TAL COMO HA SIDO REDACTADO, Y DECRETAMOS Y MANDAMOS QUE TENGA DESDE AHORA FUERZA DE LEY PARA TODA LA IGLESIA

 CON ESTA CONSTITUCIÓN NUESTRA, PARA QUE PRETENDEMOS ATRIBUIRLE VIGENCIA PERPETUA. PROMULGAMOS ESTE CÓDIGO, TAL COMO HA SIDO REDACTADO, Y DECRETAMOS Y MANDAMOS QUE TENGA DESDE AHORA FUERZA DE LEY PARA TODA LA IGLESIA 



"Por tanto, habiendo invocado el auxilio de la gracia divina, consolados por la autoridad de los Beatos Apóstoles Pedro y Pablo, con motu proprio, con cierto conocimiento y en la plenitud del poder apostólico de que estamos investidos, con esta Constitución nuestra, para que pretendemos atribuirle vigencia perpetua, « PROMULGAMOS  este Código, tal como ha sido redactado, y decretamos y mandamos que tenga desde ahora fuerza de ley para toda la Iglesia », y lo encomendamos a vuestra custodia y vigilancia."


PROVIDENTISSIMA MATER Bula con la que Benedicto XV promulga el nuevo Código de Derecho Canónico.

https://www.vatican.va/content/benedict-xv/it/bulls/documents/hf_ben-xv_bulls_19170527_providentissima-mater.html

https://www.youtube.com/watch?v=stHsUgFKayA

https://thecatholicnewsarchive.org/?a=d&d=CC19170727-01.2.27&e=-------en-20--1--txt-txIN--------

https://acortar.link/ldBvgR