VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

REUNIR EN UNA SOLA LAS SEMILLAS DE LAS DOCTRINAS CORRUPTAS

 En efecto, tan pronto como este Sínodo de Pistoia SALIÓ DE LA OSCURIDAD en la que había permanecido oculto durante algún tiempo, no hubo una persona de religión auténtica y piadosa y de sabiduría válida que no se dio cuenta inmediatamente de que la intención deliberada de los autores había sido REUNIR EN UNA SOLA LAS SEMILLAS DE LAS DOCTRINAS CORRUPTAS. que habían esparcido en tantos panfletos, resucitar errores ya condenados, derogar la fe y la autoridad de aquellos decretos que habían expresado las condenas.


VIENDO ESTAS COSAS, que cuanto más graves eran en sí mismas tanto más intensamente requerían la intervención de nuestra cura pastoral, no tardamos en volver la mente a aquellas decisiones que parecían más adecuadas para curar o reprimir el mal naciente. En primer lugar, recordando la sabia amonestación de Nuestro Predecesor, el Beato Zósimo (San Zósimo, Carta 2 a Custo), según el cual " las grandes cosas requieren un gran examen», ordenamos que el Sínodo de Pistoya, TAL COMO FUE PUBLICADO por un obispo,DEBE SER SOMETIDO PRIMERO AL EXAMEN de cuatro obispos a los que se deben agregar otros teólogos del clero secular; luego encargamos una Congregación de varios Cardenales de la Santa Iglesia Romana y otros Obispos, que consideraron diligentemente toda la serie de Actas, compararon los pasajes dispersos aquí y allá, discutieron las sentencias extraídas del Sínodo: recibimos sus opiniones expresadas verbalmente por escrito frente a nosotros. Declararon que el Sínodo en general debía ser reprobado, y varias proposiciones extraídas de él debían ser condenadas en sí mismas con severas censuras, y otras en conexión con otras afirmaciones. Habiendo escuchado y ponderado sus observaciones,  FUE NUESTRO CUIDADO SELECCIONAR ALGUNOS CAPÍTULOS PRINCIPALES DE LAS DOCTRINAS PERVERSAS, A LA QUE SE PUEDEN REFERIR DIRECTA O INDIRECTAMENTE LAS CONDENABLES SENTENCIAS ESPARCIDAS POR EL SÍNODO; LAS HEMOS DISPUESTO EN CIERTO ORDEN, Y A CADA UNA DE ELLAS SE LE HA APLICADO SU CENSURA PARTICULAR.



Sínodo de Pistoya

Fecha:19 al 28 de septiembre de 1786

Objetivo(s): Reforma de la Iglesia católica adoptando doctrinas del jansenismo.

Participante: 250 sacerdotes de la Toscana

Organización: Obispo Scipione de Ricci

Condenación: S.S. Pío VI por medio de la bula Auctorem Fidei en 1794.

https://www.vatican.va/content/pius-vi/it/documents/bolla-auctorem-fidei-28-agosto-1794.html

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