VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

16 DE JULIO DEL AÑO DEL SEÑOR, NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN

 

EL ESCAPULARIO DEL CARMEN ES UNA VESTIDURA MARIANA, COMO DICE S.S.PÍO XII, QUE DEBE SER IMPUESTA Y BENDECIDA MEDIANTE UN ECLESIÁSTICO (VÁLIDO Y LÍCITO) CON TAL FACULTAD.


II. La fórmula acostumbrada en el acto de la imposición del escapulario es esencial para la debida recepción del escapulario y para que haya derecho a ganar las indulgencias concedidas a los que le llevan , ó podrá omitirse sin perjuicio alguno, sobre todo en enfermedad ú otro caso urgente?

Se contestó tanto a la primera como a la segunda parte, que se han de pronunciar las palabras que son sustanciales con arreglo al decreto dado por la misma congregación en 24 de agosto de 1844 con motivo de haberse preguntado, si es legitima la adscripción de los fieles a la hermandad de la Santísima Virgen del Carmen, hecha por sacerdotes facultados al efecto , sin observar la fórmula prescrita en el ritual y breviario de la orden de Carmelitas:

A cuya pregunta se contestó afirmativamente siempre que los sacerdotes autorizados no falten en las cosas sustanciales, a saber : en la bendición é imposición del hábito y en la recepción en la hermandad.

Las anteriores resoluciones son de 20 de julio de 1868, y fueron confirmadas expresamente por su Santidad en 18 de agosto del mismo año.

Observaciones. I. Los que tienen facultad de la santa Sede para bendecir escapularios, están autorizados por este mero hecho para imponerlos a los fieles y adscribirlos a las cofradías, porque son ac
tos correlativos que están unidos en la mente del que pide la gracia y del que la concede , y por esto el rescripto en que se concede facultad para bendecir escapularios, suele hallarse concebido en estos términos : Pro gratia jurta preces....


Manual eclesiástico
De Francisco Gómez Salazar
Pág. 483 y ss
Indulgencias auténticas y su calendario
Pág. 211 y ss


DOCUMENTOS MAGISTERIALES
Escapulario carmelitano
Documentos 124; Paulo V n.2 13; VII centenario 822; Pío XII n.167; llevado según determinada forma Pío XII n.11; VII centenario 783; la primera devoción mariana 785: memoria de humildad y castidad 785; breviario de modestia y sencillez 785; símbolo de súplicas 785: consagración al Corazón de María 785; escapularios, León XIII n.86; del Carmen, Pío IX n.30 31: de los Sagrados Corazones, Pío IX n.36

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