S.S. Pío XII
A los participantes en el II Congreso Mundial para el Apostolado de los Laicos
(5 de octubre de 1957)
Cuando se habla de «apostolado jerárquico» y de «apostolado de los seglares», hay que tener, por lo tanto, presente una doble distinción: en primer lugar, entre el Papa, los Obispos y los sacerdotes por un lado, y el conjunto del elemento seglar por otro; luego, entre el mismo clero, entre los que poseen en su plenitud el poder de consagrar y de gobernar, y los demás clérigos. Los primeros (Papa, Obispos y sacerdotes) pertenecen necesariamente al clero; si un seglar fuese elegido Papa, no podría aceptar la elección más que a condición de ser apto para recibir la ordenación y estar dispuesto a ser ordenado; el poder de enseñar y de gobernar, así como el carisma de la infabilidad, le serían concedidos a partir del instante de su aceptación, incluso antes de su ordenación.
AAS 49 (1957) 924
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