Niceto Alonso Perujo
Enciso (La Rioja), III.1841 – Valencia, 1890. Presbítero, doctor en Teología y en Derecho Canónico, canónigo en varios cabildos, profesor y rector de Seminario, apologeta y polifacético escritor.
Lecciones sobre el syllabus
El Salvador que da a la Iglesia un poder tan ilimitado, distingue cuidadosamente este poder del poder civil, al cual nos manda pagar el tributo y obedecer: Dad a Dios lo que es de Dios, y al César lo que es del César. Confiesa que este poder de los príncipes, les ha sido también dado por Dios, y honra a sus representantes, aunque inicuos, pero en las cosas de su misión divina, obra sin contar con su permiso y con entera independencia de ellos. A los príncipes pertenece el gobierno del Estado, a la Iglesia pertenece el gobierno de la Religión.
No hay en el Evangelio una sola palabra que autorice ó favorezca la intervención de los príncipes en las cosas eclesiásticas.
Al contrario, lejos de llamar a los príncipes al gobierno de la Iglesia, predice que serán sus perseguidores: exhorta a sus discípulos a armarse de valor para sufrir las persecuciones y a regocijarse de ser maltratados por su amor.-Así lo entendieron y enseñaron los Apóstoles: San Pablo recomendaba a los Obispos que mirasen por sí mismos y por toda la grey, en la cual, el Espíritu Santo, (no los príncipes), os ha puesto por Obispos para gobernar la Iglesia de Dios.
Y si aconteciese que los gobiernos temporales mandasen alguna cosa contraria a esta santa independencia, enseñan que es preciso obedecer a Dios antes que a los hombres.
Los Hechos de los Apóstoles, historia de la naciente Iglesia, interpretación práctica que los mismos Apóstoles hicieron de las doctrinas de su divino Maestro, atestiguan en todas sus páginas que aquellos obraron con dicha independencia, persuadidos de su propia autoridad. Predican sin consentimiento y aun contra la voluntad de los gobiernos temporales, enseñan y definen las doctrinas, arreglan la disciplina, administran los bienes y cosas eclesiásticas, instituyen los ministros, juzgan las diferencias, trasmiten a sus sucesores la autoridad que han recibido, y al mismo tiempo, nótese bien esto, mandan la obediencia a los poderes civiles, se someten a ellos, y en caso necesario, como hizo San Pablo, apelan a su autoridad.
En lo sucesivo, gloriándose la Iglesia de que los cristianos eran los súbditos más fieles del Estado, los defensores más leales del imperio, jamás toleró, sin embargo, ninguna intervención de los príncipes en los asuntos eclesiásticos. El Estado, es cierto que pretendió desde el principio invadir el terreno de la Iglesia, desde que se constituyó en su protector, pero los Santos Obispos que la gobernaban, resistieron, con celo apostólico y libertad cristiana, todo género de invasiones, recordando a los príncipes que no tenían ningún derecho sobre la Iglesia, y que se contuviesen en los límites de su propia potestad. Y si alguno más osado o temerario, abusaba de su poder a pesar de las amonestaciones, bien pronto le alcanzaban las censuras de la Iglesia.
«El Apóstol, escribía Tertuliano, nos enseña que debemos honrar y obedecer al príncipe, cuando manda sobre negocios seculares que le pertenecen, pero no cuando intenta mezclarse en las cosas eclesiásticas.»
«Al príncipe secular, decía Orígenes, pertenecen las cosas políticas y los censos; a Dios en sus ministros todo lo relativo a la virtud y a la religión... »
Apenas el emperador Constantino intentó extender su autoridad a los asuntos eclesiásticos, los Obispos, siempre fieles a sus leyes, le resistieron en esta parte con la mayor firmeza. «No os mezcléis en las cosas eclesiásticas, le escribía el grande Osio de Córdoba, ni nos deis preceptos sobre estas materias, sino antes bien recibidlos de nosotros. A vos confió Dios el imperio, a nosotros las cosas eclesiásticas.»
«Provea tu clemencia, le escribía también San Hilario, que todos los jueces que pones al frente de las provincias, a los cuales solo pertenece el cuidado y gobierno de los negocios públicos, se guarden de intervenir en la disciplina de la religión, y no presuman conocer las causas de los clérigos.»
«¿Cuándo se ha oído tal cosa? exclamaba el valeroso S. Atanasio; ¿Cuándo un decreto de la Iglesia ha recibido su autoridad del emperador, o los decretos de éste han tenido fuerza en la Iglesia... Al saber que Constancio llama a sí las causas de la Iglesia y preside él mismo los juicios, ¿quién, viéndole mandar a los Obispos, no creerá que ha entrado la abominación de desolación en el lugar santo? »
El Papa S. Félix III amonestaba al emperador Zenon, que por su propio interés no pretendiese intervenir en los asuntos religiosos: «Nada hay más útil a los príncipes, que dejar á la Iglesia que haga uso de sus leyes. Conviene mucho a sus intereses, según la constitución divina, que tratándose de las cosas de Dios, sometan su voluntad real a los sacerdotes de Cristo, y no presuman anteponerla... han de seguir la regla de la Iglesia, y no dar a ésta leyes humanas por las cuales deba regirse .»
Lo mismo repetía S. Gelasio al emperador Anastasio en una carta mezclada de severidad y dulzura: «El gobierno del mundo, príncipe augusto, se halla fundado sobre estas dos bases: el poder sagrado de los pontífices, y la autoridad real... Bien sabéis, hijo clementísimo, que si bien sois superiores en dignidad a los demás hombres, debéis doblar la cabeza a los prelados eclesiásticos en lo que atañe á la salvación. En el órden político los Obispos obedecen vuestras leyes y reconocen vuestro imperio; y por lo mismo debéis vos obedecer con todo afecto a los ministros sagrados, a quienes Dios ha confiado la dispensación de sus adorables misterios .»
«El buen emperador está en la Iglesia y no sobre ella,» exclama S. Ambrosio.
«Si el emperador es católico, es hijo, y no prelado de la Iglesia,» dice un canon que Nicolás I recordaba al emperador Miguel .