VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

CARTA DE S.S. PÍO VII NEGANDO LA PROMOCIÓN AL EPISCOPADO DE UN NOMBRADO POR EL REY FERNANDO VII



S.S. Pío VII
&
S.M. Fernando VII de Borbón

Nuestro muy amado hijo en Jesucristo, salud bendición apostólica:

En la carta del 2 Agosto nos hace presente Vuestra Majestad le sería muy sensible se retardase por más tiempo el despacho y expedición de nuestras bulas a favor de los Presbíteros José Espiga y Gadea, y Diego Muñoz Torrero, nombrados por Vuestra Majestad. el primero para la iglesia arzobispal de Sevilla, y el segundo para la episcopal de Guadix, dándonos a entender al mismo tiempo que ambos a dos por sus virtudes y su sabiduría merecen su real estimación, y que la falta de Obispos en las iglesias de tan vasta monarquía se hace cada día más sensible a la Religión y a la piedad de sus súbditos, en los cuales desea Vuestra Majestad conservar y acrecentar una y otra por todos los medios que están en su poder; excitándonos por lo mismo a remover con toda solicitud, cualesquiera obstáculo que pueda haber impedido la preconización de dichos dos sujetos en el consistorio, celebrado el pasado mes de Junio.

En cuanto a Nos toca bien podemos cerciorar a Vuestra Majestad que la tardanza sobredicha a la expresada preconización ha sido solo efecto consecuencia necesaria del terrible deber que nos impone nuestro ministerio; a saber, de no promover al gobierno de las iglesias a aquellos sujetos que no están dotados de las cualidades canónicas competentes, y por otra parte exentos de los impedimentos religiosos que según las leyes divinas y eclesiásticas los hacen indignos de ello. 

Habiendo, pues, Nos hallado por desgracia algunos de estos en los dos sobredichos nombrados, no podíamos hacer traición a nuestros deberes procediendo a su promoción; y así, después de un detenido y maduro examen de sus cualidades, y tomados los oportunos consejos, según la práctica de la santa Sede en estos negocios, que lo son de la mayor importancia, hemos suspendido su preconización en consistorio.

Sin embargo, no hemos dejado por eso de procurar en cuanto a Nos tocaba, y como puntualmente desea Vuestra Majestad, el remover los obstáculos que conocíamos se oponían a su promoción, y mediante el auxilio de la divina gracia, implorada por Nos con el mayor fervor, hemos llegado a concebir alguna no mal fundada esperanza de conseguirlo respecto al uno de ellos, a saber, del Sacerdote José Espiga. 

En efecto, este nos ha enviado una declaración dirigida a desvanecer la siniestra opinión en materia de no sana doctrina, que había dado lugar a hacer concebir de su; declaración sin embargo que es necesario venga modificada en algunas pocas cosas que ya le hemos dado a conocer, y a cuya consecuencia esperamos poderlo pro mover a la iglesia de Sevilla (con tranquilidad de nuestra conciencia) luego que llegue el acto sobredicho Preformado al tenor de nuestras insinuaciones. 

Estos cuidados que nos hemos tomado en orden a Espiga deben probar a Vuestra Majestad el vivo deseo que tenemos de complacerle en cuanto nos permiten nuestros deberes pero tales pasos, que repetidamente hemos debido dar para llegar a este término, han exigido no corto tiempo, y la dilación en ello sobrevenida no podrá parecer mal a Vuestra Majestad si con ella, como nos lisonjeamos, se llega a conseguir y produce aquel feliz resultado a que van dirigidos sus deseos. 

Por lo que toca al Presbítero Muñoz Torrero, aunque demasiadamente ya Nos tuviésemos indicios menos favorables relativamente a su persona, sin embargo, no desesperanzados de su reconocimiento, hemos empleado toda especie de tentativas para obtenerlo; mas él no solo se ha negado a toda declaración que nos asegurase de la rectitud de sus sentimientos, al menos en la actualidad, sino que tampoco ha tenido dificultad de manifestar exteriormente y propalar aun en esta ocasión, y profesar su tenaz: adhesión a reprobables y erróneas doctrinas y protestarse inflexible en ellas, poniéndonos de este modo él mismo en la imposibilidad de promoverle al episcopado, por lo que en este caso Vuestra Majestad no debe experimentar el dolor, por otra parte tan justo y digno de su Religión, de que la iglesia, la cual le había nombrado, continúe y permanezca en su viudedad. 

Es mucho menor mal que la sobre dicha iglesia permanezca todavía por algún tiempo sin Pastor, que el que tenga uno decididamente malo. Nos no podríamos darle uno de semejante carácter sin hacernos reos delante de que Dios de la pérdida de las almas fuesen por él pervertidas, y cuya sangre reclamaría el Señor de nuestras manos, como se explica el santo Concilio de Trento. 

Bien ve Vuestra Majestad por lo que hace a Nos que no está lejos el momento en que hayamos de dar cuenta al tremendo Juez del gobierno de la Iglesia universal que nos ha confiado: ¿y cómo podríamos comparecer en su presencia manchándonos con tan grave culpa? 

Así, pues, nos vemos obligados por nuestros deberes a rehusar con aquella libertad apostólica, que es propia de nuestro sagrado ministerio, el promover al episcopado al Sacerdote Muñoz Torrero, porque lo reconocemos positivamente indigno por su no sana doctrina, del mismo modo que nuestros antecesores; y Nos mismo hemos debido negarnos a admitir al episcopado a algunos sujetos nombrados por otros Soberanos porque no los habíamos hallado adornados que esencialmente de aquellos dotes se requieren en un Obispo.

Suplicamos por tanto a Vuestra Majestad nos proponga desde luego otro sujeto, sobre quien no hallando dificultad, podamos inmediatamente promoverlo a la iglesia de Guadix, la cual de este modo no permanecerá más tiempo sin Pastor. 

No puede Vuestra Majestad dudar de nuestra propensísima inclinación y disposición hacia su Real Persona y para con toda la nación española. Apelamos en orden a esto a las pruebas que tenemos dadas en todos tiempos, en la actual situación del reino, tanto en los negocios sobre que se ha recurrido a nuestra autoridad, como en las provisiones mismas de las iglesias, según que Vuestra Majestad ha podido echar de ver en la pronta promoción del Obispo de Cuzco. 

Por lo que, si en el caso de que se trata ahora, Nos no hacemos otro tanto, debe Vuestra Majestad persuadirse que sola la conciencia es la que nos detiene; ni puede Vuestra Majestad ni otro alguno exigir de Nos que por complacerle ofendamos a Dios y hagamos traición a los más sagrados intereses de su Iglesia, y puesto que para obtener la pronta promoción de los dos sujetos de que se trata, Vuestra Majestad se vale también de la reflexión del daño que ocasionan los fieles la falta de Obispos en muchas diócesis de la España, permítanos el dar lugar en esta nuestra respuesta a un desahogo del intenso dolor que puntualmente experimentamos por la privación que tantas iglesias de ese reino sufren de sus Pastores, que en el actual orden de cosas han sido por desgracia extrañados. 

No hemos cesado de hacer por medio de nuestro Nuncio nuestras justas reclamaciones contra estos hechos lesivos de los sagrados derechos del episcopado, y por los cuales tantas diócesis han quedado expuestas a los mayores desórdenes y a las más fatales consecuencias; pero con el más vivo dolor de nuestro corazón hemos visto que hasta ahora han sido infructuosas todas nuestras solicitudes.

Sin embargo no queremos todavía deponer aquella esperanza que la conocida piedad de Vuestra Majestad y la Religión de esa católica nación nos ha hecho justamente concebir, y por lo mismo hemos aprovechado y abrazado cuidadosamente la ocasión de reclamar a Vuestra Majestad sobre este importantísimo objeto. 

En lo demás el mismo deseo que tiene Vuestra Majestad de conservar y aumentar por todos los medios posibles la piedad de sus súbditos, es el que precisamente nos detiene é impide para no darles por Pastores unos sujetos, que careciendo de los dotes que los sagrados cánones exigen en los Obispos, no se hallan aptos para corresponder a la santidad de su vocación. nuestros sentimientos, que con plena confianza le exponemos; y con la Estos son mayor efusión de nuestro paternal corazón damos a Vuestra Majestad y su Real Familia nuestra bendición apostólica. Dado en Roma en Santa María la Mayor a 30 de Agosto de 1821.

 Pío Papa VII.