VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

PUESTO QUE EL PAPA ERA QUIEN CONFERÍA EL PODER ESPIRITUAL AL OBISPO



Jean-Étienne-Marie Portalis
Consejero de Estado de Napoleón y encargado de la Dirección General de Cultos tras el Concordato de 1804

Los Obispos erigieron seminarios, confiando sus cátedras a lazaristas y «Padres de la fe». Ciertamente muchos de nuevos Prelados aún no estaban penetrados de la misión que la Iglesia les cometiera, incluso algunos que habían revocado sus principios constitucionales: quién empleaba la fórmula « Por la gracia de Dios, el nombramiento del primer Cónsul y la institución canónica del Papa » ; quién escribía « Por la misericordia de Dios y la institución de la Santa Sede».

Al fin, en Julio de 1804, Portalis comunicó a los Obispos que era de desear cesasen las diferencias en este punto, y que no había por qué apartarse de la fórmula consagrada por el tiempo: « Por la misericordia de Dios y la gracia de la Santa Sede», puesto que el Papa era quien confería el poder espiritual al Obispo, y la Iglesia galicana se había valido de aquélla sin escrúpulo y durante muchos siglos. De esta manera el poder temporal tuvo que instruir a los Obispos sobre su posición dentro de la Iglesia.



HISTORIA DE LA IGLESIA
Cardenal Joseph Hergenröther
Tomo VI

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