VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

NO SON LEGÍTIMOS PASTORES SINO LOS ELEGIDOS Y AUTORIZADOS POR EL PAPA


Cardenal
Hyacinthe Sigismond Gerdil

No hay legítimos Pastores sin misión canónica; no es misión canónica sino la que está en la forma aprobada por el Romano Pontífice; luego no son legítimos Pastores sino los elegidos y autorizados por el Pontífice; luego el 8º Canon (del Concilio de Trento) no tiene sólo por objeto el declarar verdaderos Obispos a los que escoge el Soberano Pontífice, assumit, sino también el de excluir del verdadero ministerio a los que no son enviados por su autoridad, sino que vienen de otra parte aliunde veniunt como dice el Canon 7.


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