VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

PASTORES SIN MISIÓN, JUECES DE LA PENITENCIA SIN JURISDICCIÓN, BOCAS IMPOTENTES SIN ABSOLUCIÓN

Cardenal César-Guillaume La Luzerne

Y tú, a quien la ignorancia culpable, la seducción y la debilidad han conducido a los pies de estos sacerdotes sin poder, de estos pastores sin misión, de estos jueces sin jurisdicción, no has podido recibir de ellos un perdón que no tenían derecho a darte: las palabras sagradas, en sus bocas impotentes, no fueron más que un vano sonido sin virtud; la absolución que te pronunciaron, dejándote manchado con todos tus pecados, añadió a ellos los nuevos pecados de participación en el cisma y profanación del sacramento. "

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S.S.Pío VI
Auctorem Fidei 
(Contra jansenistas del sinoadiabulo de Pistoya)
28 de agosto de 1794

XXXVII. La doctrina del sínodo, cuando hablando de la autoridad de absolver que se recibe por la ordenación, dice que después del establecimiento de las diócesis y parroquias es conveniente que cada uno ejerza este juicio sobre las personas que le están sujetas, ó por razón de territorio, ó por algún derecho personal, porque de otra suerte se da entrada a la confusión y perturbación.

En cuanto solamente dice que es conveniente, después de establecidas las diócesis y parroquias, que la potestad de absolver se ejercite sobre los que sean súbditos para precaver la confusion, entendida de modo que para el uso válido de esta potestad no sea necesaria aquella jurisdicción ordinaria ó delegada, sin la cual declara el Tridentino ser de ningún valor la absolución dada por el Sacerdote.

Falsa, temeraria, perniciosa, contraria é injuriosa al Tridentino; errónea.

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S.S.Pío XII

"Otros sacramentos — los que son más necesarios —, cuando falta el ministro, pueden ser suplidos por el poder de la misericordia divina, que pasa también por encima de los signos externos para llevar la gracia a los corazones: el catecúmeno que no tiene quien le derrame el agua sobre su cabeza, al pecador que no encuentra quien le absuelva, Dios, benigno, concederá por su acto de deseo y de amor aquella gracia que les hace amigos e hijos suyos, aun sin el Bautismo y la Confesión actuales."

Los Esposos, Ministros del Sacramento del Matrimonio.
Discurso de S.S.Pío XII, 5 de Marzo de 1941
Ediciones Acción Católica Española, imprimatur, 7 de enero de 1946.
Página 8

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No, ni thucistas, ni lefebvristas, ni ancianos Novus Ordo tienen potestad de administrar válidamente el Sacramento de la Penitencia.

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