VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

LÓGICAS DE LA ANOMIA CON LAS QUE SE INTENTA PASAR POR ALTO LO ATADO POR SU SANTIDAD PÍO XII

Por José Augusto Ceccarelli.



«TODOS, PASTORES Y FIELES, de cualquier rito y dignidad, están obligados, hacia Él, POR EL DEBER DE SUBORDINACIÓN JERÁRQUICA Y VERDADERA OBEDIENCIA, no sólo en lo relativo a la fe y las costumbres, sino también en lo relativo a la DISCIPLINA Y GOBIERNO DE LA IGLESIA, EN TODO EL MUNDO. De esta manera, habiendo salvaguardado la unidad de comunión y profesión de la misma fe con el Romano Pontífice, la Iglesia de Cristo será un solo rebaño bajo UN SOLO PASTOR SUPREMO. Esta es la doctrina de la verdad católica.» SU SANTIDAD PÍO IX, PASTOR ÆTERNUS, CONCILIO VATICANO.



Anómico: — Me parece muy bien que usted use como seudónimo «Pastor Æternus», pues a los «tradicionalistas» hay que recordarles constantemente que existe esa CONSTITUCIÓN DOGMÁTICA, LA CUAL EXIGE LA OBEDIENCIA EN TODO LO DISPUESTO POR ELLA AL PAPA. Por otro lado los lefebvristas, al igual que los protestantes, someten todo a su pobre y alterada conciencia y deciden de acuerdo con ella a su gusto.



R: — Bien dicho, y así, TODO EL QUE DESOBEDEZCA SUS MANDATOS EXPRESOS, ya que hacen a su Primacía indiscutible. Claro ejemplo de ello, es la nulidad dispuesta en Vacantis Apostolicæ Sedis para todos los intrusos que se atrevieron a «consagrar Obispos» durante la presente vacancia, usurpadores no solo del episcopado, sino de la jurisdicción y prerrogativas que son competencia exclusiva del Papa.



Anómico: — En la actual situación, por no haber Papa y no haberlo en corto tiempo y haber necesidad grave de Obispos, es «lícito» ordenar Obispos, siempre y cuando sean de la «verdadera Fe y moralmente íntegros».



R: — Además de contradecirse en sus dichos de un momento a otro ¿Prefiere pasar por alto la inexpugnable Cátedra de Pedro, donde puso Cristo Nuestro Señor el Fundamento de su Iglesia santa, dando a Pedro las llaves del reino de los cielos para ATAR Y DESATAR CUANTO DISPONGA [1]?



Anómico: — Sí.



R: — ¿Puede sustentar lo dicho con alguna cita de un Sumo Pontífice, donde sea permitido tal insurrección contra su Suprema Autoridad, que es la de Cristo [2], aun sabiendo que Su Santidad León XIII tacho de inviable el comportamiento cismático hacia el Romano Pontífice [3]?



Anómico: — No, pero si con lo que repiten siempre los «Obispos» y «Sacerdotes» que sigo.



R: — Entonces lo que Pedro ató como nulo y sin efecto [4], como doctrina [5] y como ilícito [6] ¿Ahora significa válido, es herejía y es lícito, solo porque así lo disponen ustedes en su magisterio paralelo? Eso es trasladar la autoridad papal de Su Santidad Pío XII a sus pseudo obispos, junto con su séquito.



Anómico: — Si, por la situación actual.



R: — ¿No es eso mismo, lo que alegaba Roncalli en la apertura del conciliábulo del Vaticano II [7]?



Anómico: — No lo sé, lo que sí sé con exactitud, es que los «Obispos» de los cuales yo hablo, han sido «consagrados» después de la muerte de Pío XII, es decir cuando no había Papa y «son verdaderos católicos» e íntegros moralmente. Por eso, reconozco como «Obispos» a «Mons.» Squetino y «Mons.» Pío Espina.



R: — Acaba de negar que el Papa nunca suelta el timón de la Iglesia [8], y que durante la vacancia papal, la Iglesia yace segura en el ejercicio de su Primado preexistente [9], como en los 260 interregnos a la fecha. Por otro lado, le pregunto ¿Usted cree que existe unidad entre los señores que acaba de citar?



Anómico: — Si, por su puesto.



R: — Si hace referencia a la unidad en el desacato hacia Su Santidad Pío XII, tiene razón, porque las organizaciones auto cefálicas que ambos presiden, sostienen opuestos.

La «Sociedad San Vicente Ferrer» es conclavista y ejerce varias acusaciones a quienes no siguen esta línea [10], mientras que en el «Retiro Mater Dei» dan por probable la errónea tesis sedeprivacionista [11]. Para Merardo Loya, «obispo consagrado» por Squetino, afín y colaborador estrecho de este, demuestra en una de sus «homilías» [12] la falta de unidad y constantes incongruencias dentro del movimiento sedevacantista/tradicionalista, y pone como ejemplo a Dávila Gándara, quien considera a las «consagraciones» devenidas del cisma lefebvrista COMO DUDOSAS, para luego «consagrar» como «obispo» a Espina, «consagrado sacerdote» por Sanborn (sedepriovacionista «consagrado sacerdote» por Lefebvre), siendo que al conferir los sacramentos nunca está permitido adoptar un curso probable de acción en lo referente a la validez, abandonando el curso más seguro [13].



Anómico: — Bueno, pero mantienen la nota de Apostólica por ser «sucesores de los Apóstoles.»



R: — Nuevamente plantea afirmaciones contrarias. Pretender tener la nota de Apostolicidad/Apostólica yendo en contra de la misma SEDE APOSTÓLICA, es una afirmación cismático/herética. La Sucesión Apostólica SOLO PUEDE SER TRANSMITIDA POR UN ROMANO PONTÍFICE. Es decir, se requiere como conditio sine qua non SER LÍCITO, ergo, permiso del Papa. Se entiende también, como misión canónica, el requisito fundamental para ser consagrado Obispo Católico (can. 953), y que éste pueda ordenar Sacerdotes Católicos. Por este motivo ESTA MISIÓN CANÓNICA ES ESENCIAL, pues es lo que haría que el ministro fuera propiamente católico, y tener así Sucesión Apostólica, y formar parte de la Jerarquía de la Iglesia, teniendo cargo u oficio eclesiástico (can. 147) y, en consecuencia, tuviera el poder de gobernar al rebaño de Cristo, poder que solo el Papa puede transmitir al Obispo Católico, poder que recibe el Papa inmediatamente de Cristo. [cf Mystici Corporis Christi, Ad Sinarum Gentem, Apostolorum Principis Sepulcrum] y por medio del Santo Padre, a los Obispos, SIEMPRE MEDIANDO EL SUMO PONTÍFICE. Por tanto, la licitud es un requisito FUNDAMENTAL para funcionar como Eclesiástico, pues faltando ésta, NO SE ES CATÓLICO SINO CISMÁTICO.



Anómico: — Aun así, obtuvieron la institución canónica por la debida autoridad eclesiástica.

R: — No, la debida autoridad eclesiástica para el caso de los Obispos es el Romano Pontífice [14], otra cuestión de fe en que sus defendidos defeccionan.



Anómico: — Pero fueron ordenados válidamente, poseen el Poder de Orden.

R: — Vacantis Apostolicæ Sedis: NULLUM ET IRRITUM DECLARAMUS.



Anómico: — Sin embrago, se puede aludir necesidad.

R: — ¿Yendo sin y contra Pedro?

Anómico: — Si, yendo sin y contra Pedro si es necesario.

R: — Felicidades, han configurado una estructura que hace tiempo se desligo del glorioso Papado. En consecuencia, el cimiento desaparece y todo el edificio se derrumba [15]; ya que, sin el influjo actual de Pedro en sus sectas, disponen de un verdadero ente imaginario [16] porque sin el Papa no hay Iglesia, y no hay Sociedad Católica sin la Santa Sede [17]; Papa y Sede, de las cuales ustedes se desentendieron el día en que saltearon fatalmente la Suprema Autoridad de Su Santidad Pío XII, en donde se apoya y sustenta la Iglesia. Cualquiera que sea la habilidad o pretexto que desplieguen sus enemigos, no podrán hacerla sucumbir jamás, ni desfallecer en lo más mínimo, PORQUE SON IMPOTENTES CONTRA PEDRO FUNDAMENTO [18].


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