VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

DE LA CONCIENCIA RECTA PARA ADORAR A DIOS, DE LA CONCIENCIA FALSA Y ERRÓNEA, Y DEL IUSPOSITIVISMO

14, 43.

OBEDIRE OPORTET DEO MAGIS QUAM HOMINIBUS


Abbé Nicolas-Sylvestre Bergier
Diccionario Católico de Teología 

"APOSTASÍA, APÓSTATA. Dejando a los canonistas los diversos sentidos que puede tener esta palabra en su facultad, nosotros entendemos por apostasía el crimen del que abandona la verdadera religión para abrazar una falsa.

Desde el tiempo de los mismos apóstoles hubo apóstatas en el cristianismo: San Juan en su 1.a Epíst., cap. 2, v. 8, habla ya de ellos y los llama anticristos. Creció el número de estos, cuando las persecuciones llegaron a ser crueles. Plinio, después de haberse informado con madurez, declara en su carta a Trajano, que nada ha descubierto sino que el cristianismo es un exceso de superstición. En efecto, ninguno de los apóstatas reveló jamás a judíos ni a paganos un solo hecho desventajoso a la religión que había abandonado; mas bien puede decirse que han hecho su apología. Cuando cesaban las persecuciones volvían muchos a la penitencia y obtenían el perdón: prueba invencible de la verdad y santidad del cristianismo, en la cual no fijaron los ojos sus acusadores.

Hobbes (positivismo jurídico), que pretendía poner la autoridad de los soberanos superior a la del mismo Dios, dice, que un cristiano debe en conciencia obedecer las leyes  de un rey infiel, aun las que dictare en materia de religión; por consiguiente renegar de Jesucristo en lo esterior ó de palabra con tal que conserve en su corazón la fé de Jesucristo; y en este caso, dice, no es el súbdito quien reniega de Jesucristo delante de los hombres, sino el gobierno y el monarca, y por lo mismo no aprueba la constancia de los mártires. Para probar esta abominable doctrina pregunta, qué debería hacer un mahometano a quien se mandase so pena de la vida abjurar el mahometismo y profesar el cristianismo contra su conciencia. Si se responde, prosigue, aunque debe más bien sufrir la muerte, se autoriza a todo súbdito.

Nosotros respondemos que este mahometano debe lo primero dejarse instruir para deponer la falsa conciencia: si le es imposible disipar en un todo su ceguedad, suposición que no podemos admitir, estará obligado a sufrir la muerte. Mandará Dios a los israelitas exterminar a los idólatras; pero no mandara arrastrarlos al pie de sus altares para obligarlos a practicar el judaísmo, pena de la vida. Jesucristo no mandó jamás emplear la violencia y los suplicios para forzar a los paganos a profesar su doctrina contra el dictamen de su propia conciencia. Por lo demás, es un sofisma comparar la conciencia ilustrada y recta de un cristiano con la conciencia falsa y errónea de un idólatra, ó de un sarraceno. Es un absurdo querer que la autoridad del soberano sea superior a la ley divina expresada por el mismo Jesucristo en los términos siguientes. Si alguno reniega de mi delante de los hombres, renegaré yo de él delante de mi Padre. San Mateo, cap. 10, v. 33. La ley del soberano ninguna fuerza puede tener, sino en cuanto Dios nos manda estarle sumisos; mas no da Dios a ningún soberano la autoridad de dictar leyes superiores a la suya. Jesucristo nos dice, que demos al César lo que es del César, y a Dios lo que es de Dios, cap. 22, v. 21: y no al César, sino a solo Dios corresponde el derecho de prescribirnos la religión. Si el soberano mandase cometer un perjurio, un robo, un adulterio, un homicidio, ó cualquier otro crímen contrario a la ley natural, estaríamos obligados a obedecerle?"

Fin de la cita



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San Isidoro de Sevilla 
Concilio IV de Toledo

«Respecto de los judíos, el Santo Sínodo ordena que en adelante a nadie se le fuerce a creer, puesto que de quien quiere tiene misericordia y a quien quiere Te endurece (Rom. 9, 18). Pues no han de salvarse a la fuerza, sino libremente, y así será íntegra la forma de la justicia. Así como el hombre se perdió obedeciendo a la serpiente, así todo hombre, convertido de corazón por la gracia de Dios, se salva creyendo. Por consiguiente, no por la fuerza, sino por libre persuasión se han de convertir» 

«De Judaeis autem hoc praecipit sancta Synodus, nemini deinceps ad cre- dendum vim inferre: Cui enim vult miseretur et quem vult indurat. Non enim tales inviti salvandi sunt, sed volentes, ut integra sit forma iustitiae. Sicut enim homo proprii arbitrii voluntate serpenti obediens periit, sie vocante gratia Dei propriae mentis conversione homo quisque credendo salvatur. Ergo non vi, sed liberi arbitrii facultate ut convertantur suadendi sunt, non potius impellendi»

(Cap. 57. D. MANSI, Sacrorum Conciliorum nova et amplissima collectio, t. 10, col. 633).


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S.S. Pío IX
Concilio Vaticano
(Dz 1814)

Si alguno dijere que el asentimiento a la fe cristiana no es libre...
sea anatema

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S.S. San Pío X
S.S. Benedicto XV
Código de Derecho Canónico
Canon 1351
"No se obligará a nadie abrazar la fe católica contra su voluntad"


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S.S. Pío XII
24 de diciembre de 1942

17. El ordenamiento jurídico tiene, además, el alto y difícil fin de asegurar las armónicas relaciones ya entre los individuos, ya entre las sociedades, ya también dentro de éstas. A lo cual se llegará si los legisladores se abstienen de seguir aquellas peligrosas teorías y prácticas, dañosas para la comunidad y para su cohesión, que tienen su origen y difusión en una serie de postulados erróneos.

Entre éstos hay que contar el positivismo jurídico, que atribuye una engañosa majestad a la promulgación de leyes puramente humanas y abre el camino hacia una funesta separación entre la ley y la moralidad; igualmente, la concepción que reivindica para determinadas naciones, estirpes o clases el instinto jurídico, como último imperativo e inapelable norma; por último, aquellas diversas teorías que, diferentes en sí mismas y procedentes de criterios ideológicamente opuestos, concuerdan, sin embargo, en considerar al Estado o a la clase que lo representa como una entidad absoluta y suprema, exenta de control y de crítica, incluso cuando sus postulados teóricos y prácticos desembocan y tropiezan en la abierta negación de valores esenciales de la conciencia humana y cristiana.
Fin de la cita.


Dice S.S.Pío XII en Sertum Laetitiae el 1 de Noviembre de 1939:

"Pero a Dios, del que quien se aleja muere, al que quien se convierte vive, en el que quien se fija es glorificado, no se llega venciendo el espacio corpóreo, sino bajo la guía de Cristo, con la plenitud de una fe sincera, con la conciencia inmaculada de una voluntad recta, con la santidad en las obras, con la conquista y la práctica de aquella genuina libertad cuyas sacras normas están promulgadas en el Evangelio."
Fin de la cita.

Dice S.S.Pío XII el 12 de Mayo de 1943:

"Verdad es que, en la práctica y en la vida social, en aras de la tranquilidad y convivencia recíproca, conviene creer al prójimo por su palabra, mientras no nos dé prueba manifiesta de su incompetencia, ligereza o deslealtad. Pero la dignidad y la rectitud de la conciencia, ¿no se indignarían y se rebelarían al comprobar que, en tal modo de obrar no se hace excepción sino tan sólo contra Dios y contra la Iglesia, al negarles aquella fe que se otorga a los hombres?
Dad, pues a la fe en Dios aquella adhesión filial que, para decirlo más claramente, no es sino el asentimiento de la inteligencia a las verdades reveladas por Dios, asentimiento imperado por la voluntad humana bajo el influjo de la gracia, porque no se puede creer si no se quiere creer, pues la fe es libre asentimiento de nuestra mente, que prestamos a Dios a causa de su autoridad infalible. Creemos en Él sin ver lo que creemos, porque la fe es de las cosas que no se ven."
Fin de la cita.

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S.S. San Pío X
"...se derriba la fe, cuando se descuida
la recta conciencia"

Dice San Anselmo citado por S.S. San Pío X, en Communium Rerum: "...no sólo cuando se eliminan la fe y la obediencia a los mandamientos se impide a la mente ascender a la inteligencia de las verdades superiores, sino que con bastante frecuencia se quita la inteligencia que se ha dado y se derriba la fe, cuando se descuida la recta conciencia» («De Fide Trinitatis», cap. 2)."


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S.S. León XIII
Libertas

21: Mucho se habla también de la llamada libertad de conciencia. Si esta libertad se entiende en el sentido de que es lícito a cada uno, según le plazca, dar o no dar culto a Dios, queda suficientemente refutada con los argumentos expuestos anteriormente.

Pero puede entenderse también en el sentido de que el hombre en el Estado tiene el derecho de seguir, según su conciencia, la voluntad de Dios y de cumplir sus mandamientos sin impedimento alguno.

 Esta libertad, la libertad verdadera, la libertad digna de los hijos de Dios, que protege tan gloriosamente la dignidad de la persona humana, está por encima de toda violencia y de toda opresión y ha sido siempre el objeto de los deseos y del amor de la Iglesi
a. Esta es la libertad que reivindicaron constantemente para sí los apóstoles, ésta es la libertad que confirmaron con sus escritos los apologistas, ésta es la libertad que consagraron con su sangre los innumerables mártires cristianos. Y con razón, porque la suprema autoridad de Dios sobre los hombres y el supremo deber del hombre para con Dios encuentran en esta libertad cristiana un testimonio definitivo. Nada tiene de común esta libertad cristiana con el espíritu de sedición y de desobediencia. Ni pretende derogar el respeto debido al poder público, porque el poder humano en tanto tiene el derecho de mandar y de exigir obediencia en cuanto no se aparta del poder divino y se mantiene dentro del orden establecido por Dios. Pero cuando el poder humano manda algo claramente contrario a la voluntad divina, traspasa los límites que tiene fijados y entra en conflicto con la divina autoridad. En este caso es justo no obedecer.

22. Por el contrario, los partidarios del liberalismo, que atribuyen al Estado un poder despótico e ilimitado y afirman que hemos de vivir sin tener en cuenta para nada a Dios, rechazan totalmente esta libertad de que hablamos, y que está tan íntimamente unida a la virtud y a la religión. Y califican de delito contra el Estado todo cuanto se hace para conservar esta libertad cristiana. Si fuesen consecuentes con sus principios el hombre estaría obligado, según ellos, a obedecer a cualquier gobierno, por muy tiránico que fuese.

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S.S. Pío XI
Mit brennender Sorge

35. Es una nefasta característica del tiempo presente querer desgajar no solamente la doctrina moral, sino los mismos fundamentos del derecho y de su aplicación, de la verdadera fe en Dios y de las normas de la relación divina. Fíjase aquí nuestro pensamiento en lo que se suele llamar derecho natural, impreso por el dedo mismo del Creador en las tablas del corazón humano (cf. Rom 2,14-15), y que la sana razón humana no obscurecida por pecados y pasiones es capaz de descubrir. A la luz de las normas de este derecho natural puede ser valorado todo derecho positivo, cualquiera que sea el legislador, en su contenido ético y, consiguientemente, en la legitimidad del mandato y en la obligación que implica de cumplirlo. 

Las leyes humanas, que están en oposición insoluble con el derecho natural, adolecen de un vicio original, que no puede subsanarse ni con las opresiones ni con el aparato de la fuerza externa. Según este criterio, se ha de juzgar el principio: «Derecho es lo que es útil a la nación». Cierto que a este principio se le puede dar un sentido justo si se entiende que lo moralmente ilícito no puede ser jamás verdaderamente ventajoso al pueblo. Hasta el antiguo paganismo reconoció que, para ser justa, esta frase debía ser cambiada y decir: «Nada hay que sea ventajoso si no es al mismo tiempo moralmente bueno; y no por ser ventajoso es moralmente bueno, sino que por ser moralmente bueno es también ventajoso [Cicerón, De officiis III, 30).

Este principio, desvinculado de la ley ética, equivaldría, por lo que respecta a la vida internacional, a un eterno estado de guerra entre las naciones; además, en la vida nacional, pasa por alto, al confundir el interés y el derecho, el hecho fundamental de que el hombre como persona tiene derechos recibidos de Dios, que han de ser defendidos contra cualquier atentado de la comunidad que pretendiese negarlos, abolirlos o impedir su ejercicio. Despreciando esta verdad se pierde de vista que, en último término, el verdadero bien común se determina y se conoce mediante la naturaleza del hombre con su armónico equilibrio entre derecho personal y vínculo social, como también por el fin de la sociedad, determinado por la misma naturaleza humana. 

El Creador quiere la sociedad como medio para el pleno desenvolvimiento de las facultades individuales y sociales, del cual medio tiene que valerse el hombre, ora dando, ora recibiendo, para el bien propio y el de los demás. 

Hasta aquellos valores más universales y más altos que solamente pueden ser realizados por la sociedad, no por el individuo, tienen, por voluntad del Creador, como fin último el hombre, así como su desarrollo y perfección natural y sobrenatural. El que se aparte de este orden conmueve los pilares en que se asienta la sociedad y pone en peligro la tranquilidad, la seguridad y la existencia de la misma.

36. El creyente tiene un derecho inalienable a profesar su fe y a practicarla en la forma más conveniente a aquélla. Las leyes que suprimen o dificultan la profesión y la práctica de esta fe están en oposición con el derecho natural.

37. Los padres, conscientes y conocedores de su misión educadora, tienen, antes que nadie, derecho esencial a la educación de los hijos, que Dios les ha dado, según el espíritu de la verdadera fe y en consecuencia con sus principios y sus prescripciones. Las leyes y demás disposiciones semejantes que no tengan en cuenta la voluntad de los padres en la cuestión escolar, o la hagan ineficaz con amenazas o con la violencia, están en contradicción con el derecho natural y son íntima y esencialmente inmorales.

38. La Iglesia, que tiene como misión guardar e interpretar el derecho natural, divino en su origen, tiene el deber de declarar que son efecto de la violencia, y, por lo tanto, sin valor jurídico alguno, las inscripciones escolares hechas en un pasado reciente en una atmósfera de notoria carencia de libertad.

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San Pablo
(1 Tim 1,5)
"El fin de la predicación es el amor de un corazón puro,
de conciencia recta y cuya fe no sea fingida."

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 Fr. Bernardo Pacheco

¿Estamos obligados a seguir la conciencia recta 
por precepto natural? 

Que sí; porque por precepto natural estamos obligados a conformarnos con la conciencia recta. 
Y se prueba: 
La conciencia recta es la misma ley natural, que dicta lo que debemos hacer, y lo que debemos omitir: luego por precepto natural, impreso en nuestros corazones, estamos obligados a seguir, y conformarnos con la conciencia recta.

La consecuencia es clara: El antecedente enseña S. Thom. 1. 2. q.71. art. 6. ad 4. en estas palabras: ius naturale, quod continetur primo quidem in lege aeterna, secundario vero in naturali iudicatorio rationis humanae : Atqui, el dictamen de la razón es la conciencia: luego la conciencia no es otra cosa que la ley natural, que dicta lo que bic & nunc se ha de obrar, y lo que se ha de omitir.


Suma moral
Tomo 1
Bernardo Pacheco
1766
https://www.google.es/books/edition/Suma_moral_escrita_en_breve_compendio/dhFOgA6rBg0C?hl=es&gbpv=1

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Alberto Martín-Artajo Álvarez
Ministro de Asuntos Exteriores
1945-1957
DOCTRINA PONTIFICIA
Documentos políticos
Conciencia y culto

Una cosa se entiende por libertad de conciencia, expresión clásica acuñada por el liberalismo racionalista, para afirmar la falsa tesis de que es lícito a cada uno, según le plazca, dar o no culto a Dios o bien manifestar y defender públicamente sus ideas, sin que la autoridad eclesiástica o civil puedan limitar esa libertad; y otra cosa distinta por libertad de la conciencia, expresión cristiana que significa el derecho del hombre de seguir la voluntad de Dios según los dictados de su propia conciencia y el derecho a profesar su fe y practicarla en la forma debida. Esta libertad verdadera, libertad digna de los hijos de Dios, es la que está por encima de toda violencia y a salvo de cualquier opresión; a pesar de que los liberales racionalistas califiquen a veces de delito contra el Estado cuanto hacen los católicos por conservar esta cristiana libertad.

De la falsa libertad de conciencia dimana la no menos ficticia libertad de cultos, según la cual cada uno puede profesar a su arbitrio la religión que prefiera o no profesar ninguna. Esta no es libertad; es una depravación de la libertad, pues equivale a conceder el falso derecho de desnaturalizar una obligación santísima y ser infiel a ella.

El Estado no puede fingirse neutral en materia religiosa. No le es lícito medir con un mismo nivel todos los cultos, porque no todos son igualmente aceptables y gratos a los ojos de Dios. La religión verdadera, la que Dios mismo ha mandado, ésta es la que deben conservar y proteger los gobernantes. En cuanto a tolerar de hecho los cultos disidentes, son de aplicación los criterios generales arriba expuestos sobre libertad y tolerancia.


DOCTRINA PONTIFICIA
Documentos políticos

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Lucio Cecilio Firmiano Lactancio
INSTITUCIONES DIVINAS
LIBRO IV CAPÍTULO 28
Diferencia entre religión y superstición
https://archive.org/details/LACTANCIOInstitucionesDivinasIIII/LACTANCIO%20Instituciones%20Divinas%20IV-VII/page/n43/mode/2up

Está claro que el hombre no tiene otra esperanza de vida que, tras abandonar las vanidades y el mísero error, conocer y servir a Dios; que renunciar a esta vida temporal y dedicarse, a partir del instrumento del bien,  a la práctica de la verdadera religión.

Nacemos, en efecto, con esta condición: para ofrecer al Dios que nos ha engendrado el justo y debido culto, para conocerle a él solo y  seguirle. 
[...]

¿Qué decir, pues? Sin duda que la religión alude a un culto verdadero y la superstición a un culto falso. [...]

Ahora bien, como ya hemos descubierto que también los dioses antiguos fueron igualmente divinizados tras su muerte, hay que concluir que son también supersticiosos quienes adoran a muchos y falsos dioses, y que nosotros, que rogamos al único y verdadero Dios, somos religiosos.

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