VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

ALGUNOS VEN AQUÍ INDIFERENTISMO PORQUE SE DICE "DERECHO AL CULTO DE DIOS, PRIVADO Y PÚBLICO" Y NO DICE "VERDADERO DIOS", HACEN UNA LECTURA LIBERAL Y NO CATÓLICA

S.S. Pío XII
RADIOMENSAJE NAVIDEÑO AL MUNDO, AÑO 1942

...hombres, casi a manera de masas sin alma; a su inconsistencia económica, social, política, intelectual y moral; a su falta de sólidos principios y de profundas convicciones, a su exuberancia de excitaciones instintivas y sensibles, y a su volubilidad; favorezca por todos los medios lícitos, en todos los campos de la vida, aquellas formas sociales que posibiliten y garanticen una plena responsabilidad personal, así en el orden terrenal como en el eterno; apoye el respeto y la práctica realización de los siguientes derechos fundamentales de la persona: el derecho a mantener y desarrollar la vida corporal, intelectual y moral, y particularmente el derecho a una formación y educación religiosa; el derecho al culto de Dios, privado y público, incluida la acción caritativa religiosa; el derecho, en principio, al matrimonio y a la consecución de su propio fin; el derecho a la sociedad conyugal y doméstica; el derecho a trabajar, como medio indispensable para la manutención de la vida familiar; el derecho a la libre elección de estado y, por consiguiente, aun del estado sacerdotal y religioso; el derecho a un uso de los bienes materiales, con plena conciencia de sus deberes y de las limitaciones sociales.




DISCURSOS DE S.S.PÍO XII, TOMO IV
EDICIONES ACCIÓN CATÓLICA ESPAÑOLA
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También ven la libertad religiosa desde el liberalismo, indiferentismo y racionalismo en la frase "el derecho a una formación y educación religiosa" ya que ellos insisten en que debería decir "formación y religión de la Verdadera Religión", según su lectura liberal concluyen que S.S.Pío XII está diciendo que la libertad religiosa liberal es un derecho fundamental de la persona.
Obviamente aquí lo leemos como lo leyeron los Católicos, y no los racionalistas, indiferentistas, masones y liberales.

También verán una suerte de impiedad porque S.S.Pío XII no cita los derechos del alma, dicen:
"¡pero nada sobre los derechos del alma, que son los esenciales!: Hay muchas cosas en el obrero que se han de tutelar con la protección del Estado, y, EN PRIMER LUGAR, LOS BIENES DEL ALMA, puesto que la vida mortal, aunque buena y deseable, no es, con todo, el fin últimopara que hemos sido creados,(León XIII, Rerum Novarum, 30)"

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