VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

ACERCA DE DETERMINADAS DEVOCIONES SUPERSTICIOSAS

 

ARZOBISPADO DE SANTIAGO 1957
AVISO IMPORTANTE
Acerca de determinadas devociones supersticiosas

Tenemos conocimiento de que, de un tiempo a esta parte, son muchas las personas que reciben por correo unas oraciones y prácticas de devoción, para a su vez propagarlas en la forma llamada "de cadenas", con la amenaza de grandes males y desventuras, el no se cumplen como en las mismas se indica.

Queremos salir al paso de tal procedimiento, que la Iglesia a sus fieles, por cuanto no depende de tales prácticas la salvación del alma, sino del cumplimiento de los deberes y de la observancia de los mandamientos de la Ley de Dios, ajustándose a las normas de la moral cristiana.

Por la misma razón, llamamos la atención de los fieles para que no se dejen impresionar por otras propagandas que se dicen inspiradas en revelaciones privadas, que ni son verdades de fe, ni tampoco están debidamente interpretadas, al hacer depender la salvación de algunas prácticas, como son, por ejemplo, la de tener un cirio encendido y otras por este estilo, del todo opuestas a las normas de la Iglesia.

Sepan los fieles que la mejor manera de desagraviar al Señor por los pecados propios y ajenos es mantenerse en estado de gracia y vivir conforme a las enseñanzas y a las prácticas y devociones aprobadas por la Santa Iglesia.



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