VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

VANO FUERA HABLAR DE LAS NECESIDADES EXTREMAS PARA CONFIRMAR OBISPOS SIN PERMISO DEL PAPA


P. Jaime Luciano Balmes y Urpiá

Obispo de Astorga (Félix Torres Amat) bien que sin nombrarle, decíamos: «Al tratarse del arreglo de los negocios eclesiásticos y de las desavenencias de la corte de Roma han hablado algunos de necesidades extremas, de restablecimiento de la antigua disciplina, de confirmación de los obispos por el metropolitano...

[...]Aun prescindiendo de los principios de dogma y de disciplina, aun dejando aparte el cisma, el evidente cisma en que se precipitaría la Iglesia española si consintiese la alteración de la disciplina universal sobre el negocio de la confirmación de los obispos...

[...]Vano fuera hablar de necesidades extremas [para confirmar Obispos sin permiso del Papa], vano recordar la antigua disciplina, vanos todos los preámbulos de los decretos en que se prescribiese la sumisión a los intrusos, vanas todas las pláticas y pastorales y discursos de éstos para convencer de su legitimidad; mil y mil plumas demostrarían la infracción de los sagrados cánones, la subversión de la disciplina, el quebrantamiento de la unidad; mil y mil lenguas se emplearían pública u ocultamente en combatir el funesto error, y el pueblo español, católico por ideas, por costumbres, por hábitos; este pueblo dotado por la Providencia de un admirable tino para discernir al lobo aun cuando se cubra con la piel de oveja; el pueblo, repetimos, dirigiéndose a los falsos pastores, les diría: «Nosotros no sabemos de estas cosas tanto como vosotros; pero lo que no podemos ignorar es que no os hemos visto entrar por la puerta, y quien por ella no entra es un ladrón, según la enseñanza del divino Maestro.»





Contextualizamos: El tío de Felix Torres Amat (Obispo de Astorga) el Arzobispo de Palmira llamado Félix Amat de Palau y Pons, tenía tendencias galicanistas y jansenistas y una obra suya fue puesta en el Index Romano de libros prohibidos en 1825 por S.S.León XII, su sobrino hizo una obra en su defensa y una Pastoral en 1842 defendiendo esas tendencias, que también fue puesta en el Index Romano y no contento con ello siguió insistiendo de forma ofensiva en la defensa de su tío y en la de él mismo, contra lo dispuesto por el Papa.

P. Jaime Luciano Balmes y Urpiá
Obras completas 1925 volumen IX página 370-373
Estudios apologéticos


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RELACIONADO

CARTA DE UN OBISPO CATÓLICO
CONTRARIO AL CISMA

"SIENDO CONSTANTE LA MÁXIMA QUE
NADA DEBE INNOVARSE EN LA SEDE VACANTE"

CARTA COMPLETA
Pp 354-355


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EL GRITO DE GUERRA DE TODO CISMA

"SALUS POPULI SUPREMA LEX ESTO"
"La salvación de las personas sea la ley suprema" es el grito de guerra de todo cismático, para pretender implementar su cisma.

Contra El Panfleto Jansenista, Febroniano y Galicanista del Abate Genaro Céstari
Por la revista La Censura, año 1844

https://archive.org/details/contra-el-panfleto-jansenista-del-abate-genaro-cestari/mode/2up?q=SALUS+POPULI

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S.S.Pío VI


"...unos ministros sin misión y pastores sin jurisdicción, y por consiguiente párrocos intrusos, no harían sino actos nulos, y que todas las funciones que ejercieran serian otras tantas profanaciones.”

".declaramos y decretamos que estas consagraciones fueron pecaminosas y son ilícitas, ilegales, sacrílegas y en desacuerdo con las regulaciones de los cánones sagrados. Dado que fueron elegidos imprudentemente e injustamente, carecen de toda jurisdicción eclesiástica y espiritual para guiar a las almas, y han sido suspendidos de todo ejercicio del cargo episcopal."

"...prohibimos severamente a los mal elegidos e ilícitamente consagrados, asumir la jurisdicción episcopal ya que nunca la han recibido. Tampoco deben nombrar, para la cura de almas y la administración de los sacramentos, bajo ningún pretexto de necesidad."


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ES UN DOGMA QUE SIN LAS BULAS PAPALES SE ES UN OBISPO CISMÁTICO

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