Monseñor Clermont-Tonnerre, Obispo de Chalons-sur-Marne, mirando la cuestión bajo otro aspecto, hace ver no solo la nulidad de la institución que darían los Metropolitanos siguiendo los decretos de la asamblea, sino también los desórdenes innumerables y el espantoso caos que resultarían en el caso de esa usurpación de la autoridad espiritual.
"En vano habríais querido cubrir el vicio radical de estas elecciones por ese fantasma de institución canónica que ordenan los nuevos decretos. Dándola los Metropolitanos sería nula, porque esta forma estaba abrogada por la Iglesia, y solo la iglesia puede restablecerla. Mas qué sería si la asamblea, burlándose de su misma obra y destruyendo la primacía metropolitana con la misma facilidad que la había decretado, trasladase contra todas las reglas de la justicia y de la decencia al primero que llegase el derecho de institución? ¿A quién se le hará creer jamás que un Obispo cualquiera, tomado por casualidad de aquí ó de allí, por sola la determinación arbitraria de un tribunal profano, pueda ser nunca la fuente apostólica de donde se derive la jurisdicción? ¿Qué un Obispo sin Sede pueda dar una Sede, y un Obispo sin territorio designar un territorio? ¿Cuándo se ha visto esa institución escandalosa mendigada de diócesis en diócesis, pasando indiferentemente del superior al inferior, de suerte que si por desgracia se halla en la Iglesia un Obispo tan indigno, y que se respete tan poco a sí mismo, que instituya al que los otros Obispos han desechado, no haya ya medio para arrojar del santuario à este vaso de ignominia, aunque fuese un apóstata ó estuviese excomulgado? Sistema tan intolerable, que dos prelados, cuya defección ha contristado a la Iglesia, han tenido rubor de con formarse a el con riesgo de estar en contradicción consigo mismos; invención tan chocante y tan absurda, que los mismos intrusos no creen en ella, y así ninguno se ha atrevido a manifestar sus patentes irrisorias, y abochornados de prevalerse de ellas, han querido mas bien precipitarse en la herejía de la jurisdicción universal de que cada Obispo, dicen, es re vestido por su ordenación. Mas ya se sostenga este último error condenado. el Concilio de Trento, ya se por exija el recurso a esa sombra de institución constitucional, ¿Qué viene a ser de la Iglesia y de la santa armonía que debe reinar en este grande todo? Don de está aquel admirable orden de las tiendas y pabellones de Jacob? Aquella magnifica jerarquía, que forma su fuerza y su hermosura, y que sería una de las ideas mas sublimes del humano entendimiento, aun cuando no fuera su autor el mismo Jesucristo? ¡Qué caos entonces su disciplina! ¡Qué anarquía en su gobierno! ¿Y cómo es creíble que el que dijo yo os envió como mi Padre me envió a mi haya querido establecer esta creación de pastores independientes unos de otros, los cuales no harían de su misión sino un juego, del ministerio un tráfico vil, y de la sociedad cristiana un monstruo indefinible?"
Collect. eccles., tom. XII, pag. 367.