VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

EL GALICANISMO TEOLÓGICO FUE TOLERADO COMO MAL MENOR (HASTA 1870) PARA EVITAR UN MAL MAYOR

René-François Régnier
Arzobispo de Cambrai

¿En qué consiste precisamente el galicanismo teológico? Una mano maestra le formuló en 1682, en la declaración llamada del clero de Francia; y según el art. 4. de esta célebre declaración, «la autoridad doctrinal del Soberano Pontífice, en los mismos actos en que, como suele decirse, goza de su mayor fuerza, se halla indirectamente subordinada a la autoridad del cuerpo episcopal; los juicios que pronuncia el Papa no son definitivos; no adquieren fuerza de ley sus decretos, ni por lo mismo se imponen a la conciencia de los fieles sus constituciones dogmáticas, sino en cuanto es todo aceptado por la Iglesia, y como resultado del consentimiento, que la misma presta.»

[...] Mas si despues que se mostró el galicanismo teológico con cierto brillo, y sobre todo desde el que adquirió con la solemne y osada declaración de 1682, no ha sido condenado, la tolerancia de que ha gozado se debe incontestablemente a las circunstancias en que se ha visto la Iglesia romana, y a la longanimidad que el Papa se veía forzado a tener con la corte de Francia. Era como un mal menor que se sufría por evitar otro mayor; y sabido es , en prueba de ello, cómo explica y justifica Benedicto XIV esta indulgencia de la Santa Sede. Pero si la opinión galicana no ha sido condenada formalmente ; si la doctrina no ha sido en sí misma herida de censura alguna directa, ella lo ha sido indirectamente de la manera mas evidente y severísima. La declaración que la enseña y compendia fue anulada , condenada y reprobada con soberano rigor por Inocencio XI, Alejandro VIII , y después de ellos por Pío VI ( Liber De Prædest., cap, XXIV. ) . Y si no, dígasenos: por ventura la expresión , todo lo solemne que se quiera, de una opinión cuya enseñanza fuera verdaderamente libre, y que nada encerrara de contrario á la sana doctrina, ¿podría incurrir, en el grado y con la persistencia que sabemos, en tan vivas y tan duras animadversiones de parte de la Iglesia Romana , guardiana siempre vigilante, y también justa, del depósito de la fe? Y porque ahora se juzgue que el galicanismo teológico debe cesar de ser tolerado, y se crea necesaria una definición dogmática para defender contra sus peligrosos atentados la autoridad docente del Soberano Pontífice, y restablecerla en su primitiva antigüedad...

EL GALICANISMO TEOLÓGICO. 
Carta Pastoral del Sr. Arzobispo de Cambrai

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