The Catholic Encyclopedia 1907. Vol. 2, págs. 796-797
Sobre el concilio en París de Napoleón (17 junio 1811).
Señores míos, aquí todo subterfugio es en vano; la cuestión se decide únicamente por las cartas y escritos de Pío VI sobre los constitucionalistas. Estas decisiones fueron recibidas no sólo por la Iglesia de Francia, sino por toda la Iglesia católica, como oráculos de la sana doctrina. El Papa condenó la constitución civil del clero ex nostro et apostolicæ hujus Sedis judicio, quod "gallicani episcopi a nobis exquisierant, quodque Galliarum catholici exoptabant". Se trata, pues, de una sentencia doctrinal; y Ecclesiæ catholicæ consensus ei accessit. Ahora bien, una sentencia papal en materia de doctrina se convierte en regla de fe, según nosotros los galicanos (Iglesia de Francia), en cuanto ha sido adoptada por la Iglesia*. Es, pues, cuestión de fe que sin bulas papales no se puede ser obispo legítimo, que sin ellas se es obispo cismático, privado de jurisdicción y separado de la comunión de la Iglesia católica.