VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

LUTERO Y LOS NEO JANSENISTAS SEDEVACANTISTAS

 

Errores y herejías de Martín Lutero

27. Es cierto que no está absolutamente en manos de la Iglesia o del Papa, establecer artículos de fe, mucho menos leyes de costumbres o de buenas obras.

29. Tenemos caminos abiertos  para enervar la autoridad de los Concilios y contradecir libremente sus actas y juzgar sus decretos y confesar confiadamente  lo que nos parezca verdad, ora haya sido aprobado, ora reprobado por cualquier Concilio.


S.S.León X, Bula Exsurge Domine del 15 de junio de 1520

https://www.papalencyclicals.net/leo10/l10exdom.htm