La Santa Iglesia católica es una. Su Primado no ha sido establecido, ni por los Apóstoles, ni por un Concilio, sino por el mismo Jesucristo . Fuera de la Iglesia católica, ni se recibe el Espíritu Santo , ni se obtiene la facultad de atar y desatar , ni se ofrece a Dios el verdadero sacrificio . Todos los que quieran ser herederos del reino celeste, están obligados a creer y sostener lo que la Iglesia cree y sostiene infaliblemente .
Así como en la Iglesia triunfante no hay más que un solo Príncipe Supremo, que es Dios, a quien toda esta Iglesia está perfectamente sometida, así la Iglesia . militante está dirigida por el Sumo Pontífice. La sumisión y la obediencia al Sumo Pontífice son necesarias para salvarse .
La elección del Sumo Pontífice se hace por los Cardenales, y no por los príncipes seculares ó por el pueblo . El que es legítimamente elegido, recibe inmediatamente de Dios el poder sobre toda la Iglesia .
El Sumo Pontífice no tiene superior alguno sobre la tierra . Es Jefe visible de toda la Iglesia , Obispo del universo , Ordinario de los Ordinarios, Juez de todos, sentado en el tribunal de Jesucristo , y concurriendo con todos los Ordinarios y todos los administradores inferiores .
Aunque la Iglesia haya recibido en la persona de Pedro el poder de atar y desatar , y goza del mismo poder que Pedro, el Papa no es, sin embargo, para hablar propiamente, el Vicario de Pedro . La autoridad del Papa no es tan solo humana ; es también divina: lo cual le hace que tenga algo de común con Dios sobre los hombres .
El Sumo Pontífice tiene pleno derecho y facultad plena para convocar Concilios , para aprobarlos , juzgarlos, trasladarlos y disolverlos . Los decretos de los Concilios son válidos y obligatorios en cuanto los aprueba y confirma la autoridad de la Santa Sede Apostólica .
Lo que puede decidir un Concilio general convocado por el Sumo Pontífice, eso mismo puede decidir y resolver el Papa solo y sin Concilio. El Concilio, en las cosas dudosas y para los asuntos de mayor importancia, debe consultar al Papa con el más profundo respeto , a fin de que el Papa defina y determine las cosas que el Concilio no puede definir o decidir .
La definición del Concilio general confirmado por el Sumo Pontífice, es infalible . Todo el mundo debe recibirla y observarla inviolablemente .
Los decretos de un Concilio, aunque sea general, aunque estén confirmados, si no son relativos a la fe, pueden ser derogados y alterados por el Sumo Pontífice. Por ejemplo: el Papa puede alterar lo que está prescrito en el Concilio de Trento sobre las costumbres y la disciplina eclesiástica . |
El Sumo Pontífice no puede ser juzgado por un Concilio . Por el contrario, él es quien puede anular los decretos de los Concilios . Jamás es permitido apelar del Papa a un Concilio, al paso que se puede apelar del Concilio al Papa .
El Papa príncipe Soberano sobre la tierra , exento de toda ley humana , puede establecer nuevos cánones y nuevas leyes, y dictar decretos que obliguen a todo el mundo . Todo el que desprecie esos decretos incurre en excomunión ; y todo el que voluntariamente los infringe, debe ser considerado como un hereje .
El Sumo Pontífice, como supremo Juez y Pastor de la Iglesia universal, puede establecer artículos de fe sin necesidad de Concilio . Puede interpretarlos . Su autoridad es infalible para definir las cosas de fe. No puede engañarse en un juicio público sobre la fe, ni en los decretos relativos a las costumbres y a la canonización de los Santos . El Papa es la regla infalible de la fe .
Es necesario estar a la sentencia del Papa, aunque sea contra nosotros , sin que nadie pueda cambiará , a no ser que el Papa la haya dictado de modo que pueda ser modificada , o haya alguna facultad para variarla, ó que su sucesor crea conveniente alterarla. Es enteramente nulo el proceso instruido por un inferior en causa abocada ya al Papa .
El Sumo Pontífice tiene potestad plena sobre el derecho positivo . Anunciado por una Constitución general, puede revocar una ley antecedente directamente contraria a su Constitución, sin hacer mención de esta ley . Sin embargo, no se considera que las Constituciones ó rescriptos de un Papa deroguen el derecho especial de otro, si no lo expresa así .
Las Constituciones del Papa no son derogadas ni por la prescripción , ni por el uso contrario , ni por el no uso durante cuarenta años , si el Papa no tiene conocimiento de ello. En el mero hecho de ser promulgada una Constitución , se considera recibida por el uso .
El Papa tiene dos llaves: una para conocer y otra para definir. De ambas necesita para promulgar decretos sobre la fe y las costumbres .
El Sumo Pontífice puede libremente dispensar del derecho humano positivo, alterar los decretos de sus predecesores que no se refieran a la fe. También puede declarar que la ley divina no obliga en ciertos casos.
Solo el Papa puede hacer las cosas siguientes: Canonizar Santos . Conceder indulgencias plenarias que pueden ser aplicadas por los fieles difuntos. Crear Cardenales . Erigir Iglesias patriarcales , metropolitanas y catedrales, y establecer en ellas visitadores, administradores y nuevas dignidades. Unir los obispados, dividirlos, desmembrar una parte de una diócesis, y someterla a otro Prelado inferior . Dar dos Obispos aún obispado , ó poner dos Obispos en una misma Silla . Reservarse las elecciones, prohibir que se proceda a ellas sin beneplácito suyo, confirmar a los elegidos, ó conceder especialmente a un Primado el privilegio de hacer estas confirmaciones. Conceder el pallium episcopal. Conceder la autoridad y jurisdicción episcopal aún para que sea ejercida en el foro de otro , suspender esta jurisdicción , crear Obispos, condenarlos , restablecerlos , trasladarlos , conocer de sus exenciones , renuncias , mutación y traslación. Permitir la enajenación de los bienes eclesiásticos . Aprobar las Órdenes religiosas , facultar para la erección de monasterios de regulares , permitir a estos pasen a una regla menos rígida, eximir de la jurisdicción de otro , sin que el exento pueda renunciar a su exención . Dar permiso a un simple sacerdote para que administre el sacramento de la Confirmación. Delegar las causas eclesiásticas a los seculares .
El poder de la Santa Sede Apostólica sobre los beneficios y oficios eclesiásticos es tan grande, que puede, no solo conferir beneficios vacantes aun para cierto tiempo y bajo una condición futura, y concurrir con los Ordinarios, y prevenirlos en esta clase de colaciones, sino también proveer los beneficios que pueden vacar en lo sucesivo, y dar derechos a otros para que puedan serles conferidos en su dia . En los beneficios cuyo patronato pertenece a seculares, puede instituir antes de que estos se presenten. Tiene facultad para admitir con causa las renuncias in favorem, ó las que tienen lugar sin reserva de frutos: dará a otros facultad para conferir los beneficios reservados a la Santa. Sede, etc. .
Los actos del Papa son válidos aun antes de su coronación; a saber: las proposiciones, reservas, dispensas relativas a beneficios incompatibles, irregularidades, impedimentos de matrimonios, y otras dispensas del derecho positivo .
El Papa tiene la autoridad, la monarquía suprema entre todos los príncipes del mundo. Es Príncipe de los príncipes . Los príncipes romanos deben prestarle juramento de fidelidad, y comprometerse con juramento a conservar, guardar y defender su honor y el de la Santa Iglesia Romana , así como sus derechos, posesiones, ventajas, etc. .
El Sumo Pontífice confirma, corona y defiende a los Emperadores elegidos. Excomulga a todo usurpador del imperio .
El Sumo Pontífice puede crear y constituir nuevos príncipes en cualquier provincia, dar coadjutores a los que gobiernan mal, obligarles a respetar el derecho canónico, obligarles a que administren justicia , anular las sentencias injustas, tomar la jurisdicción que descuiden ejercer, desliar a sus súbditos del juramento de fidelidad, juzgar, condenar y deponer a los que viven carnal y escandalosamente , y mandar se elija a otros en lugar de los depuestos .
En las causas convenientes al honor de la Religión católica ó al bien de la cristiandad ó foro eclesiástico, el Sumo Pontífice puede establecer y ejercer la jurisdicción sobre los legos de un territorio extraño, é imponer la pena de privación de bienes .
El Sumo Pontífice reconcilia a los príncipes con el Emperador, les hace adoptar una paz duradera, y los exhorta que tomen las armas contra los enemigos de la Iglesia .