VACANTIS APOSTOLICAE SEDIS

"Quod si ex Ecclesiae voluntate et praescripto eadem aliquando fuerit necessaria ad valorem quoque." "Ipsum Suprema Nostra auctoritate nullum et irritum declaramus."

INVITO SACRO CON MOTIVO DE LA ENCÍCLICA QUANTA CURA Y SYLLABUS

Cardenal Costantino Patrizi Naro

INVITO SACRO DEL EMMO. SR. CARDENAL VICARIO DE ROMA CON MOTIVO DE LA ENCÍCLICA QUANTA CURA Y SYLLABUS, Y DEL JUBILEO CONCEDIDO.

CONSTANTINO, por la misericordia de Dios Obispo de Porto y Santa Rufina, Cardenal Patrizi, Arzobispo de la Basílica Patriarcal Liberiense, Vicario general de la Santidad de Nuestro Señor, juez ordinario de la curia romana y de distrito, etc., etc.

Desde lo alto de la Cátedra de la verdad el Soberano Pontífice, instalado como Maestro universal de la Iglesia, fijó los ojos sobre el mundo entero, y vivamente conmovido a la vista de los males de que se halla amenazada la sociedad humana, trastornada por el espíritu del error que se difunde por todas partes, y que intenta removerla en sus bases para volverla a la barbarie, de la que fue sacada por la luz del Evangelio, elevó su voz apostólica, y dirigiendo sus palabras a todos los Obispos católicos, excitó su solicitud pastoral a fin de que, redoblando su vigilancia sobre el rebaño que les está confiado, le adviertan del grave peligro que corría, si no se ponía en guardia contra las asechanzas que se le tienden de todas partes para hacerle perder el don precioso de la fe, y envolverle en una serie espantosa de males que le harían desgraciado en este mundo, y muy desgraciado en la eternidad.

Este es el objeto de la Encíclica que la Santidad de Nuestro Señor ha dirigido recientemente a los Obispos, y en la que, recordando los errores principales condenados por él en varios actos de su pontificado, señala otros muy peligrosos propagados por fautores de iniquidades, y de los que creemos deber indicar aquí algunos, parte de los cuales tienden a quitar a la Religión toda influencia saludable en la sociedad humana, y otra parte proclama la funesta libertad de conciencia y de cultos como un derecho de todo individuo que puede ser sancionado por la ley, así como el pretendido derecho inherente a cada cual de difundir por la prensa ó por cualquiera otro medio las ideas más extrañas y mas erróneas; falsos principios de los que se deriva también la idea que se intenta como erigida a la altura de una ley suprema; a saber: la voluntad del pueblo y lo que se llama la opinión pública, según la cual todo hecho, por inicuo é injusto que sea, llegaría a ser, precisamente por estar realizado y consumado, un derecho contra el cual no se deba reclamar.

Y para no enumerar aquí uno por uno los otros errores monstruosos citados en dicha Carta Encíclica, bastaría indicar que se refieren a las opiniones más absurdas y más extrañas, por las cuales, falseando los santos principios y la verdadera doctrina enseñada siempre por La Iglesia, se quiere eximir completamente a la sociedad humana de todo lazo de justicia y de religión, persiguiendo a los que siguen los consejos evangélicos, prohibiendo el uso de la limosna recogida a título de caridad cristiana, así como la observancia de los días consagrados al Señor, como si fuese contraria a la economía social. Se quiere que los derechos más sagrados de la familia, como el de los padres sobre los hijos, se deriven únicamente de la vida civil, y se atribuye, por consi- guiente, a esta ley sola el derecho sobre su educación, denunciando además como peligrosa y opuesta a la ciencia y al progreso civil la obra del clero en la educación de la juventud.

No queremos repetir aquí los otros gravísimos errores que los enemigos de todo orden difunden contra la divina autoridad de la Iglesia y de la Sede Apostólica; esto es, haciendo depender la fuerza de sus leyes de la voluntad de los príncipes, osando interpretar según su juicio los sagrados cánones del Concilio de Trento sobre las penas fulminadas contra los usurpadores de los derechos y de los bienes de la Iglesia; afirmando además que el poder eclesiástico no es de derecho distinto é independiente del derecho civil: que aun esa distinción daría lugar a la usurpación por la Iglesia del poder civil, y pretendiendo, por último, fijar los límites de la obediencia que los fieles deben prestar a las leyes de la Sede Apostólica.

Tales son los errores tan absurdos y las falsas doctrinas que han provocado una condenación solemne en la Encíclica, en la que los verdaderos católicos tienen un guía seguro que seguir para no extraviarse en medio de las densas tinieblas de opiniones.

Si los fieles que se muestran tales por las palabras y por las obras, reconocen en la voz del Jefe visible de la Iglesia la palabra misma de Dios, palabra a la que ningún poder de la tierra tiene derecho a poner un freno. Él tiene autoridad para hablar a toda la Iglesia, y el que no le escucha declara él mismo que deja de pertenecer a la Iglesia, que no forma parte del rebaño de Jesucristo, y que no tiene derecho, por lo tanto, a la herencia eterna del cielo.

En medio de una aglomeración de males tan espantosos, el Padre Santo no halla otra salvación que acudir humildemente a Dios para apaciguar su justa irritación é implorar su misericordia para que las personas extraviadas vuelvan de nuevo a la verdadera senda, y para que los que han permanecido fieles obtengan la gracia de no sucumbir en presencia de los ejemplos de perversión que tienen constantemente ante sus ojos.

..continua.

Dado en nuestra residencia el 23 de febrero de 1865. -CONSTANTINO, Cardenal Vicario.-VICENZO, canónigo. -Martini, secretario.


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